1.- Bol.N° 16132-06 -Comenzar el estudio del proyecto de ley, en segundo tramite constitucional, que consagra funciones en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito, y de apoyo y asistencia a víctimas, a los gobiernos regionales, correspondiente al Boletín N°16.132-06, con urgencia calificada de suma.
-A esta sesión ha sido invitado el Presidente de la Asociación de Gobernadores y Gobernadoras Regionales de Chile, el señor
Pablo Silva Amaya.
2.- Bol.N° 16848-06 -Continuar el estudio del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, en cuanto a la información que debe contener la propaganda electoral, correspondiente al Boletín N°16.848-06.
-A esta sesión han sido invitados, el Director Nacional del Servicio Electoral señor Raúl Garcia Aspillaga y los señores Arturo Fernandois, Pepe Auth y Gabriel Osorio.
Vista pública limitada
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Muy buenas tardes. Sí, en nombre de Dios se abre la sesión. Patria. La cuenta… sí, estamos ya.
En la Secretaría se recibió el reemplazo en forma permanente del honorable senador señor Rafael Provence por el honorable senador señor Rojo Edwards. Bienvenido, entonces, colega.
Además, deseo informar que se conectarán la Asociación de Gobernadores y Gobernadoras Regionales, su presidente don Pablo Silva Amaya, el director Diego Paco y los asesores Ricardo Godoy y Jaime Pilovsky. También estarán vía Zoom los abogados Gabriel Osorio y Arturo Fernández.
Senador Edwards, en la comisión podríamos tener algún tipo de discusión en la próxima sesión en la que nos comente, más o menos, qué tiene pensado para el año, cuáles son los proyectos que podría poner en tabla o las ideas que tengamos, para contar con una pequeña hoja de ruta. La semana pasada dejamos un listado de proyectos en la Comisión; hay bastantes que no tienen movimiento desde hace tiempo y pensamos incluso que se pudieran archivar algunos, pero, sobre todo, ver en cuáles cada senador tiene interés.
Hoy, por ejemplo, tenemos el proyecto de los gobiernos regionales, que es muy importante porque, en materia de seguridad, la Asociación de Gobernadores muestra interés en tramitarlo. Además, hay otros proyectos de transparencia y también de migración que son importantes en esta Comisión. Así que, de todas maneras, podemos abordar estos temas la próxima semana.
Quiero plantear una situación: el senador Velázquez estuvo la semana pasada, cuando tomamos el acuerdo para pedir que pasara el proyecto de ferias libres por acá. Finalmente, yo no lo solicité. Visité la sala y, buscando el boletín, nos dimos cuenta de que hay dos proyectos. Uno, que está en el Senado, es el boletín 17.040-05 y se encuentra en la Comisión de Hacienda. Ese proyecto únicamente fija un régimen tributario especial para las personas que ejercen en las ferias libres, quienes deben incorporarse en un registro y ver reducida la tasa del IVA al 1,5%, en lugar del 19%. Se trata de un proyecto que solo ha pasado por Hacienda en la Cámara de Diputados y aquí, y los feriantes están apurados para que se apropie, ya que es una exención tributaria importante para ellos, fundamentalmente por el pago con tarjetas.
El otro proyecto, que está en la Cámara de Diputados, reconoce y fortalece a las ferias libres como pilar de la alimentación y del desarrollo local, otorgando un marco jurídico integral para ellas. Este es el boletín 17.117-03, iniciado por mensaje del Ejecutivo y que se encuentra en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados. La propuesta es que el proyecto que es meramente tributario siga su curso sin pasar por esta comisión, puesto que en él no se establece ningún tipo de diferenciación por regiones ni tiene materia propia de esta comisión, lo que permite que las personas continúen contando con un régimen simplificado y rebajado de tributación.
Si les parece, pasamos a otro punto sobre la cuenta: han ingresado dos mociones al trámite. La primera modifica la Ley de Inmigración y Extranjería en materia de acreditación de requisitos.
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De los procedimientos migratorios correspondientes al boletín 1746406, que es el del senador Bianchi y la señora Pérez, que es el de Castro Prieto, Moreira y Sandón; y, en segunda instancia, la moción de los senadores, el señor Sangüesa, la señora Bodano y los señores Macaya, Provence y Velázquez, que modifica la ley 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, en materia de reemplazo del alcalde electo, afectado por una inhabilidad sobreviniente, correspondiente al boletín 17468-106. Sí, Esteban, este es el del reemplazo de los alcaldes, que quede como… La propuesta es que el reemplazo sea como… Explícale al senador. Que modifique la ley de municipalidades en cuanto al reemplazo del alcalde electo afectado por inhabilidad sobreviviente. ¿Qué es para qué? Ah, ya. ¿Perdón? ¿Estará conectado don Pablo Silva? Ahí está. Ahí está.
Listo. Muy buenas tardes. Tenemos como primer punto de tabla iniciar el estudio del proyecto de ley que consagra funciones en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito, y de apoyo y asistencia a víctimas, a los gobiernos regionales. Están ahí presentes don Pablo Silva, gobernador de O'Higgins y presidente de la Asociación de Gobernadores de Chile. Muy buenas tardes, Pablo, y muchas gracias. Y don Jaime Pilovsky, asesor de la Asociación de la Agorechi. Les vamos a dar la palabra. No sé quién va a partir. Sí, yo, pues, sí. Gracias.
Este es un importante tema de los gobiernos. Hemos estado haciendo un esfuerzo en la seguridad pública, como en todos los países, en temas que nos interesan. Así como la seguridad de los gobiernos, hemos realizado una inversión gigantesca en seguridad pública, de más de 500 mil millones de pesos en términos generales, básicamente aportando en la construcción de cuarteles, la compra de vehículos, equipamiento, patrullas, motos y en la construcción de portales de seguridad en diversos ámbitos. Se hace necesario contar con una unidad o división que esté a cargo de la seguridad pública de la región, con el experticio suficiente para hacer la inversión más pertinente y colaborar, ¿no es cierto?, en la seguridad pública de la región, tal como corresponde a los gobiernos regionales.
Quisiera dejar a Jaime Vilosky, quien tiene una presentación y ha estado trabajando en el proyecto, en el cual ya hemos avanzado; contamos con una muy buena votación en la Cámara de Diputados y queremos seguir avanzando, porque creemos que es necesario para el bien del país que en todos los gobiernos regionales exista una división que permita la interacción con los demás ministerios, la policía, la fiscalía y todos los entes que están involucrados en la seguridad pública en cada una de las regiones. Así que voy a dejar a Jaime para que se explaye un poco más sobre el proyecto. Muchas gracias.
Presidenta: Ahí la escuchamos. No sé si se ve la presentación. ¿Se ve la presentación? Se ve.
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Pero quizás pudiera ampliar la pantalla. A ver, ¿ahí? ¿Ahí se ve? Ahí quedó bien. Perfecto.
Presidenta, muchas gracias a los senadores que están presentes, el senador Velázquez y el senador Rojo, por la oportunidad para la Asociación de Gobernadores y Gobernadoras Regionales de Chile. Es muy importante este proyecto, el cual cabe señalar que surge en abril del año 2023, cuando el Gobierno Central suscribió un convenio con la Asociación de Gobernadores. En principio, dicho convenio establece dotar a los gobiernos regionales de competencias en materia de prevención del delito, así como de protección y apoyo a las víctimas. Este proyecto no tiene nada que ver con sistemas de control, ya que los organismos competentes son del Gobierno Nacional; se trata únicamente de prevención del delito. ¿Y por qué? Porque los gobernadores, los gobiernos regionales y sus consejos tienen una mirada estratégica del territorio, ya que el delito no reconoce los límites comunales.
Por lo tanto, actualmente existen facultades y competencias tanto en el Gobierno Nacional como en las municipalidades, pero los gobiernos regionales no están dotados, desde el punto de vista jurídico, de facultades en materia de prevención del delito. El proyecto se presentó el 1º de agosto del año 2023 y estuvo un año detenido en la Cámara de Diputados; sin embargo, el 8 de enero del año 2025 se le otorgó urgencia calificada de suma para su despacho. Finalmente, fue votado el 18 de marzo en la Cámara de Diputados, alcanzando 114 votos a favor, y su contenido resulta absolutamente coherente con el compromiso suscrito por la CORRESTE con el Gobierno Central.
Tal como señalaba el gobernador de O’Higgins, Pablo Silva Amaya, presidente de la asociación, los gobiernos regionales realizan una enorme inversión actualmente en materia de prevención del delito. En los últimos años se han destinado más de 500.000 millones en cada uno de los temas planteados por el gobernador, pero en la actualidad carecemos de una división especializada en prevención, siendo este tema un elemento esencial exigido por la ciudadanía.
El proyecto establece algunas modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno Regionales, en particular:
En primer lugar, se introduce un agregado al inciso segundo de la ETA-F del artículo 16, el cual señala que, al financiar proyectos de infraestructura o equipamiento de las fuerzas de orden y seguridad pública, estos deben ser coherentes con las estrategias y políticas nacionales. La idea es que, dado que existen materias de control asignadas al Gobierno Nacional, las inversiones en esta área sean coherentes con lo que este ha definido.
En segundo lugar, se modifica el artículo 16 para establecer que serán funciones generales de los gobiernos regionales diseñar, aprobar, ejecutar y aplicar políticas, planes, programas y proyectos regionales en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito, así como en materia de atención y asistencia a víctimas, todo ello en coordinación con los ministerios encargados de la seguridad pública. Además, se añade la letra J, que señala que pueden asesorar a las municipalidades en la formulación e implementación de sus planes comunales de seguridad pública o de cualquier otro proyecto o estrategia en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría encargada de la prevención del delito. Con ello se garantiza la coordinación entre el Gobierno Nacional, las municipalidades y los gobiernos regionales.
Finalmente, se modifica el artículo 24 para establecer que el Gobierno Regional, mediante el Gobernador, puede proponer al Consejo Regional las políticas, estrategias y planes regionales en materia de prevención social, situacional y comunitaria del delito, a partir de las facultades establecidas en el artículo 18.
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Se establece que, para efectos prácticos, se debe proponer al Consejo Regional que, con una modificación al artículo 36, se aprueben las políticas, estrategias y planes regionales. Es decir, no se deja la decisión únicamente al arbitrio del gobernador, sino que se busca mantener la coherencia con el trabajo que se está realizando mediante los Consejos Regionales. ¿Y cuál es la modificación que se efectúa? Se permite que cada gobernador o gobernadora regional, con el acuerdo del respectivo Consejo Regional, pueda crear una división de prevención del delito encargada de las tareas de coordinación a las que se ha hecho referencia. Esto es importante: se establece como una facultad, no como una obligación, y requiere el acuerdo del Consejo Regional.
Otra modificación, vinculada fundamentalmente a la ley orgánica municipal, consiste en que la designación y remoción del director de seguridad pública de las municipalidades comunales debe informarse también al gobernador regional, de modo que este, o el funcionario que designe, pueda participar en los Consejos Comunales de Seguridad Pública. Además, se establece que las municipalidades pueden solicitar a los gobiernos regionales asesoría en la formulación e implementación de sus planes regionales.
En definitiva, se dispone que, una vez que el Gobierno Regional, a través del gobernador y el Consejo Regional, haya solicitado ejercer esta facultad, se creará el cargo de jefe de la división de prevención del delito, en grado 4. Este jefe deberá cumplir con los requisitos del artículo 68, los cuales exigen contar con, al menos, ocho semestres de formación y un mínimo de cinco años de experiencia profesional. En la Cámara de Diputados, algunos diputados plantearon una modificación o complemento, solicitando que, además de los cinco años de experiencia, la persona cuente con al menos dos años de experiencia profesional en materia de gestión pública, prevención del delito u otras áreas afines, de forma que sea realmente competente para ejercer el cargo. Tal como señala el gobernador Silva, es crucial, dado que los proyectos que se aprueban y diseñan en el Gobierno Regional involucran montos de muchos millones o incluso miles de millones de pesos, y es necesario que una persona idónea pueda asegurar que dichos proyectos sean coherentes con las políticas establecidas y útiles para la lucha contra la delincuencia o para la prevención del delito.
Quedan dos temas pendientes. El primero es que, aunque la ley crea una división y un jefe de división, el proyecto de ley no establece colaboradores para este cargo. Como es sabido, las plantas en los gobiernos regionales son bastante exiguas, ya que se cuenta, por ejemplo, con plantas de 200 o 150 funcionarios, y un jefe de división requiere de colaboradores para ejercer adecuadamente sus funciones, aspecto que este proyecto de ley no resuelve a la fecha.
El segundo problema es que tanto el jefe de división como sus colaboradores carecen de financiamiento específico; no existe un financiamiento distinto asignado por parte de la DIPRES. Esto se apunta a resolver mediante conversaciones que ha sostenido el gobernador con la Dirección de Presupuesto y con una indicación sencilla del tenor que se señala, la cual permitiría que, durante al menos este año, los gobiernos regionales que creen el cargo puedan transferir recursos de inversión a funcionamiento (pasando de una tasa del 0,2 al 0,1). Con este artículo transitorio que se propone –y que se espera que el Ejecutivo presente una vez se abra el plazo para hacerlo– se facilitará que los gobiernos regionales interesados en la materia puedan financiar al jefe de división y a sus colaboradores para prestar el servicio.
Está ahí el artículo; lo leo textualmente: “Para el primer año presupuestario de aplicación de esta ley, el Ministerio de Hacienda, mediante…”
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