1.- Bol.N° 16629-12 Continuar el estudio del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que regula el instrumento de conservación denominado "Río Protegido", y modifica la ley N° 19.300, en la forma que indica (Boletín N° 16.629-12).
A esta sesión se ha invitado al Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura, señor Antonio Walker; a la académica de la Pontificia Universidad Católica, señora Daniela Rivera, y a la representante de la Organzación Pew, señora Pía Weber.
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Se abre la sesión. Se saluda a los senadores presentes, a nuestra secretaría y se informa que hoy corresponde continuar el estudio del proyecto de ley en primer trámite constitucional, que regula el instrumento de conservación denominado “Río Protegido” y modifica la Ley N° 19.300, en la forma que indica el Boletín N° 16.629-12.
Está invitada la representante de la Organización Pew, señora Pía Weber. Antes de darle la palabra, se agradece su presencia. Se recuerda que ayer no pude presidir la comisión y se agradece al senador La Torre, quien estuvo presente, ya que mientras se presentaba otro proyecto sobre el derecho constitucional a la ciudad y se desarrollaba un seminario, se distribuían las presentaciones por escrito y se procedía con la cuenta. Asimismo, se informa que han comunicado sus excusas la profesora de la Pontificia Universidad Católica, señora Daniela Rivera, y el gerente general de la Sociedad Nacional de Agricultura, quienes por problemas de agenda y otras situaciones no pudieron asistir, pero solicitan ser invitados en una próxima oportunidad.
Antes de otorgar la palabra a nuestra invitada, se solicita al senador La Torre un breve resumen sobre las presentaciones para ilustrar a quienes siguen la discusión y, tras la exposición, se darán paso a las preguntas o reflexiones.
Senador La Torre:
Bien, gracias, presidente. El día de ayer, la primera parte de la sesión se centró en el tema de Gualpen, con el alcalde exponiendo y el senador Saavedra participando sobre el parque y la compensación al territorio, en relación con ENAP. Se presentó una propuesta bien concreta, acompañada de una exposición extensa y se distribuyeron documentos a la comisión.
El segundo punto trató con las intervenciones del profesor Ira Razzal, de la Universidad Católica, de Derecho y Medio Ambiente y director del centro, y de la profesora Colin, de la Universidad Austral. Ambas presentaciones fueron muy buenas. Yo destaco a la profesora Colin, quien desde la perspectiva ecológica enfatizó la necesidad de proteger los ríos, ejemplificando con el caso del río Bío Bío, que ha estado muy intervenido y amenazado. Se abordaron también temas relacionados con la gestión integral de cuencas. En el capítulo del “producir arrasal” se realizó un aporte interesante al exponer cómo se podría aterrizar jurídicamente esta protección, junto con algunas observaciones y propuestas. Se entregaron las presentaciones por escrito, pensando en la discusión particular y en futuras indicaciones.
Presidente:
Muchas gracias, senador La Torre, por la aclaración. Se saluda también al senador Lagos Bebel, quien se integra a la sesión. Sin más preguntas, se da la palabra a Pía Weber, nuestra invitada de hoy.
Pía Weber:
Siempre es grato contar con la familia presente. Primero que todo, agradezco la invitación. No tengo dudas de que la representación de la sociedad civil con esta presentación podrá ilustrar la discusión de hoy y aportar elementos importantes para el debate. Lo que vamos a conversar tiene que ver con los compromisos internacionales que Chile ha asumido, la meta 30-30 en el marco de la Convención de Diversidad y con los mecanismos de protección vigentes…
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Que era parte de las preguntas que han ido surgiendo en las sesiones pasadas. También la posibilidad de mirar sistemas nacionales de protección para poder entender cómo se ha hecho esto en otros países del mundo; no es bueno copiar y pegar, pero sin duda puede ser una forma de ilustrar la discusión. Y, finalmente, lo que nosotros entendemos que pueden ser las oportunidades que presenta el día de hoy esta discusión y la posibilidad de crear la figura de Río Protegido.
Solo a modo general e introductorio, en la sesión pasada aparecieron varios conceptos. Primero, lo que tiene que ver con humedales, que es una de las definiciones –o de los conceptos más amplios– que existen dentro de la regulación chilena. Después, existe una subcategoría de aguas continentales, que es lo que hoy día está dentro de los desafíos que Chile debe abordar al año 2030. Las aguas continentales se refieren a esos ecosistemas de agua que pueden ser de agua dulce, de agua salada o ecosistemas salobres, y ahí es donde entra este grupo de ecosistemas como los ríos, los humedales, las turberas, etcétera.
Luego tenemos una subcategoría que corresponde a los ecosistemas de agua dulce, aquellos que provienen exclusivamente de los ríos, lagos y napas subterráneas. Y de ahí nace el concepto de río, que es lo que hoy día es objeto de esta legislación que se está tramitando en el Congreso.
Con respecto a los compromisos internacionales, sabemos que Chile se encuentra ante el desafío de abordar la protección de al menos el 30% de los ecosistemas terrestres y marinos, y desde el marco de Biodiversidad Cumín-Montreal se incorpora el concepto de avanzar en la protección y la restauración del 30% de los ecosistemas de aguas continentales, en áreas de especial importancia para, por supuesto, la biodiversidad y para las funciones y servicios ecosistémicos. Pero aquí yo creo que el proyecto de ley viene a relevar otro elemento importante, que es que hoy día la legislación no aborda –con excepción de los derechos de aprovechamiento de agua para usos no extractivos, relacionados con la preservación ecosistémica y actividades deportivas– aquellos usos y valores que históricamente han sido olvidados.
Desde el año 1981, cuando se habla de los usos, esto está muy asociado a los derechos de aprovechamiento de agua y a la titularidad de los mismos. Sin embargo, la relación y las conexiones con un río no son solamente productivas, sino que también comprenden aspectos relacionales, turísticos, culturales y recreacionales. Yo vivo en Futalefú, donde somos 3.000 habitantes, con una población flotante que se duplica, y la cultura se desarrolla en torno al río no solo para actividades turísticas o productivas, sino también para estos otros elementos.
Creemos que el proyecto de ley y la figura de Río Protegido vienen a relevar ese elemento y, por supuesto, a fortalecer la necesidad en torno a la seguridad hídrica, que hoy día es un gran desafío para el país.
Solo quería también relevar lo que aparece en la página web del Ministerio, y que no difiere de lo que ocurre a nivel mundial, al hablar de la meta 30-30 y la necesidad de proteger el 30% de nuestro territorio y nuestro maritorio. Se establecen métricas específicas, pues se indica que Chile cuenta actualmente con el 23% de su territorio terrestre protegido y un 42% de su zona económica exclusiva protegida, es decir, su maritorio. La pregunta es: ¿qué ocurre con los avances en temas de aguas continentales? ¿Cómo estamos abordando este desafío y cómo se está incluyendo en la discusión?
Sabemos que Svab va a ser la columna vertebral para alcanzar estos objetivos. En el GIF 7 se incorporan, como actores claves, el Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Bienes Nacionales, donde vemos una oportunidad muy importante, ya que hoy día sabemos que gran parte de los ríos se encuentran dentro de territorios fiscales o de tierras fiscales, lo que también tiene que ver con la disminución de la conflictividad para avanzar en territorios que no son de propiedad privada, sino estatal. Sus pescas, hernapesca y subturismo tienen algo que decir, y vuelvo a relevar el hecho de que, por ejemplo, la Dirección General de Aguas y el Ministerio de Obras Públicas, que quizás tienen mucho que aportar en esta discusión –especialmente en temas relacionados con soluciones basadas en la naturaleza y la protección–, no necesariamente están incluidos.
El desafío actual muestra, pues, una brecha importante en lo que tiene que ver con las aguas continentales y, de forma específica, con el ecosistema río. En sus carpetas pueden encontrar una declaración de la Sociedad de Limnología y de diferentes centros de investigación, expertos en ecosistemas de agua dulce, que relevan la urgencia de proteger estos ecosistemas. Dicho documento, firmado el 15 de marzo de 2023, establece en sus recomendaciones que los académicos y científicos, quienes más saben sobre esta temática a nivel nacional, señalan la necesidad de abordar medidas urgentes para proteger los ecosistemas de agua dulce. Indican que se requieren leyes específicas, comprensivas y que permitan detener el deterioro de los ríos. Así, ahí tienen la declaración para que puedan leerla, la cual también releva lo que indicaba la doctora Nicole Cole en la sesión pasada.
En las sesiones también se discutió en profundidad sobre los mecanismos de protección, cómo están funcionando y por qué es necesario crear la figura de río protegido. En la pantalla pueden observar lo que, desde la coalición de ríos protegidos, hemos identificado como diferentes herramientas de protección, las cuales hemos analizado de manera más profunda.
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Para entender por qué no han funcionado, son instrumentos que hoy día están fragmentados y que tienen nula o baja aplicación. Por supuesto, en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas hay una oportunidad, pero no tenemos que olvidar que la forma en que han sido diseñadas las áreas protegidas, históricamente, ha sido para relevar los ecosistemas terrestres y los ecosistemas marinos, y existe un desafío muy importante en entender cómo se abordarían los ecosistemas acuáticos. Hoy día sabemos que hay ríos, un 9,9% de ríos dentro de las áreas protegidas, que aún están súper representados para el desafío que enfrentamos; pero, además, es importante destacar que todavía no tenemos un entendimiento claro de cuántos de estos ríos están incluidos en los planes de manejo, cuántos están establecidos como objeto de protección y conservación y cuántas medidas de conservación efectivas se están incorporando para avanzar en ello.
Y además están estos otros elementos, mencionados también en la sesión pasada: el director general de Aguas y la relevancia de estos instrumentos, el Ministerio de Medio Ambiente, la calidad de agua, normas secundarias de calidad y la cantidad de agua. Sin embargo, sabemos que estos instrumentos, en primer lugar, reconocen solamente un elemento del río, ya sea la cantidad o la calidad, pero no lo abordan de forma íntegra. Todo lo relacionado con la protección de las zonas ribereñas —que la doctora Nicole Collin relevó como importantísimas para analizar el ecosistema del río de forma integral— hoy día se rige por legislaciones fragmentadas, vinculadas en gran medida a la ley de bosques y al ecosistema terrestre, con regulaciones escasas y de baja aplicación que no integran el ecosistema en su totalidad.
Asimismo, están reconocidas en la legislación otras figuras de protección, como el rol de los humedales urbanos. No debemos olvidar que los ríos protegidos por la ley de humedales urbanos están referidos a la desembocadura, es decir, a un tramo específico del río y en zonas urbanas. Por lo tanto, persiste una brecha importante en términos de protección.
Voy a revisar algunas normas para que hoy día tengamos claridad sobre el estado de protección y analicemos cómo se están protegiendo los ecosistemas de agua dulce. En Chile, las normas secundarias de calidad abarcan 101 cuencas, de las cuales solo existen 5 normas secundarias; contamos con 12.784 lagos y lagunas y únicamente 2 normas secundarias para ellos, además de 2 declaraciones de zonas saturadas y un plan de descontaminación a la fecha. Claramente, la representación y la protección de estos ecosistemas es muy baja en términos de calidad.
Si abordamos ahora la cantidad de agua, en el año 2005 se reformó el Código de Aguas y se permitió la creación de reservas de caudal por circunstancias excepcionales o internacionales que protegen el flujo del agua en el río. Hoy día, solamente existen siete reservas. Sin embargo, desde el año 2022 se implementó la reserva de caudal para fines de preservación ecosistémica, lo que ha representado un tremendo avance. Hay que agradecer al equipo de la Dirección General de Aguas, que ha logrado avanzar en los informes técnicos y en las reservas de caudal para los ríos Pueblo y Futa, a los senadores y a la comunidad, que ha participado activamente para que esto llegue a buen puerto. No obstante, esos decretos aún están en controlaría y no han sido tomados de razón; por lo tanto, a la fecha tenemos cero reservas de caudal para fines de preservación ecosistémica. Es crucial avanzar en estas reservas y crear las primeras para proteger esos ríos que tienen una vocación turística, recreacional y escénica reconocida por la comunidad.
Si seguimos revisando las herramientas, este ejercicio se puede aplicar a cada uno de los mecanismos, con resultados similares: mecanismos con nula o baja aplicación, que no tienen como objeto de protección el río. Lo que hacen es regular un elemento o atributo ecológico, enfocándose únicamente en la calidad del agua, en la cantidad o en el régimen hidrológico, pero sin abordar el río de forma integral, lo que representa una gran oportunidad que este proyecto de ley presenta.
Se discutió en la sesión pasada el tema de abordar los ríos mediante una ley especial en lugar de una ley general. El senador Lagosber destacó ayer la importancia de relevar estos ecosistemas, y es fundamental entender que el deber del Estado de preservar la naturaleza no se agota con las leyes generales. Si bien estas leyes generales son avances y marcos institucionales que se pueden integrar con leyes especiales, el principio de especialidad es claro: la ley especial prima sobre la general. ¿Y por qué? Porque estamos abordando un ecosistema con particularidades que no deberían encuadrarse únicamente en las leyes generales, ya que posee elementos muy específicos que esta ley intenta abordar. Además, los aprendizajes obtenidos de la ley de humedales urbanos y la ley de turberas funcionarán como insumos para mejorar la técnica legislativa, demostrando que ha sido un tremendo avance poder contar con estas leyes específicas.
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Y eso también es algo que hoy día simplemente suma a la discusión de río protegido.
Entonces, los ríos en Chile están subrepresentados, no protegidos; solo un 9,9% de ellos se encuentra dentro de las áreas protegidas. Aquí hay una oportunidad para comenzar a proteger los ríos vinculados a estas áreas, mejorando su protección, pensando en las zonas aledañas y en tierras fiscales, y observando que alrededor del 1 o el 5% cuentan con estos mecanismos, aunque se trata de mecanismos fragmentados que no consideran el río de forma íntegra. Por lo tanto, esta ley presenta una oportunidad en ese sentido. Y ahora, el cómo.
¿Esto ha ocurrido en otros países? Efectivamente, ha ocurrido en otros países y, si bien no es la idea copiar y pegar sin entender las realidades chilenas, regulatorias y legislativas de nuestro país, dichos modelos sirven para ilustrar la discusión.
Hoy día contamos con el sistema de ríos salvajes y escénicos de Estados Unidos, que data del año 1968 y lleva años implementándose; las Water Conservation Orders de Nueva Zelanda, en aplicación desde el año 1981; el sistema de ríos patrimoniales de Canadá, establecido desde el año 1984 y basado en las competencias de diversos servicios públicos que releva ciertos ríos con valores excepcionales o altos valores socioecológicos; la protección de rápidos de Finlandia, con una conexión potente al turismo; y la directiva marco de la Unión Europea, que entiende que la protección de los ecosistemas de agua dulce, ríos y lagos, es también una forma de garantizar la seguridad hídrica y la calidad de las aguas para diversos usos.
Con esto, ya voy cerrando, pero solo para dejar un insumo sobre la ley y su implementación en Estados Unidos. Dicha ley se dictó en 1968 con la finalidad de preservar y proteger determinados ríos o tramos de río, estableciendo que los proyectos que involucren estos cuerpos de agua se realicen solo en aquellos tramos pertinentes o apropiados, relevando así otros usos: valores escénicos, recreacionales, geológicos y culturales. Es importante entender, además, la progresión con la que se avanzó en esta ley.
Estados Unidos cuenta con alrededor de 250.000 ríos y comenzó designando ocho ríos como protegidos, mandando estudiar 144 ríos para identificar cuáles tenían ciertas características en términos de calidad, propiedades de la tierra y otros elementos relevantes para la toma de decisiones. Asimismo, se trabajó en un inventario nacional de ríos. Hoy, mientras contamos con un inventario nacional de humedales, el inventario de ríos resulta mucho más específico, pues no solo importa saber dónde se localiza el río en términos de geografía y longitud, sino también en qué condiciones se encuentra.
La idea de un inventario de ríos es unificar la información sobre calidad, cantidad y biodiversidad, para permitir un proceso planificado de toma de decisiones y de priorización. Además, se clarifica que Estados Unidos clasifica los ríos protegidos en tres categorías, lo que refleja los distintos objetivos de protección y niveles de conservación, dependiendo de los usos históricos del río, sean productivos o no productivos.
En esa línea, están los ríos salvajes, que son tramos sin embalses, generalmente inaccesibles, remotos y esencialmente prístinos; los ríos escénicos, que carecen de embalses o cuyas cuencas están levemente alteradas, en gran parte prístinas y accesibles en algunos tramos por carretera; y, finalmente, los ríos recreativos, que presentan una mayor intervención y accesibilidad. De hecho, un mismo río –por ejemplo, el río Amargosa– puede tener 6 millas de tramo recreacional, 12 millas de tramo escénico y 7 millas de tramo salvaje, atendiendo así a las necesidades y realidades de cada territorio.
Con esta slide ya voy a ir terminando. ¿Qué es lo que entendemos que presenta como principales oportunidades este proyecto de ley? Primero, la seguridad hídrica. Es un instrumento que se alía con la Ley Marco de Medio Ambiente y la Ley de Cambio Climático, promoviendo la sostenibilidad hídrica en un contexto de crisis hídrica y de triple crisis planetaria.
Liderar: Chile puede liderar la protección de aguas continentales, tal como lo ha hecho en conservación oceánica, fortaleciendo su imagen internacional y promoviendo una gestión ambiental seria y transparente, con métricas que no solamente aborden los kilómetros y las hectáreas, sino que también incluyan otros indicadores que consideren la complejidad de estos ecosistemas y los diversos usos y valores que se pretenden relevar.
Busca también integrar y coordinar.
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Hay una normativa que está fragmentada, una institucionalidad automatizada, casi cuarenta y tantas autoridades que tienen competencia en torno al agua y, por supuesto, mucho más si sumamos las competencias en los otros elementos del río. Esta ley tiene la posibilidad de integrar esos elementos y coordinar a los diferentes servicios públicos con un foco específico. Es importante también la necesidad de valorar y proteger, reconociendo los distintos usos y valores. Aquí se reconocen a los diversos usuarios del río y las relaciones que históricamente han sido olvidadas. Asimismo, Chile, al avanzar en esta ley, avanza de forma colectiva en el cumplimiento de las metas y los desafíos 30-30.
No me queda nada más que agradecer y decir que hoy estamos aquí en representación de la Coalición de Ríos Protegidos, coalición que reúne a distintas organizaciones de la sociedad civil, centros de investigación y programas. Buscamos, desde la ciencia, aportar con datos científicos que respalden las decisiones que se están discutiendo, con información legislativa que sume a la discusión y con un trabajo territorial importante. Hemos recorrido Chile de norte a sur para entender cuáles son estas necesidades y la oportunidad que se presenta. Agradezco a los senadores que presentaron el proyecto de ley, ya que finalmente responde a una demanda histórica y a un nuevo escenario en el país en el que queremos contribuir a esta discusión. Nos ponemos a disposición para lo que se requiera y para seguir avanzando en esta temática tan importante.
Muchas gracias, Pía, por la exposición. Queda a disposición de los senadores en formato digital.
Ofrezco la palabra al senador Francisco Echamón.
Sí, presidente. Uno de los temas que me preocupa, por supuesto, es que, si bien soy partidario de que podamos proteger los ríos —que sin lugar a dudas representan un valor en sí mismo— me inquieta que esto pudiera rigidizar, por ejemplo, los procesos de canalización que necesitan los ríos para la renovación del material árido. Me tocó ser especialista en esta materia; hice el primer informe de áridos en la construcción cuando trabajaba en el mundo privado. Ciertamente, se produce una renovación natural del material árido y, justamente por la protección de las obras de arte vial —puentes y otras infraestructuras— se requieren labores de canalización.
En ese contexto, es importante avanzar en cómo protegemos los ríos y, al mismo tiempo, cómo los compatibilizamos o les damos la flexibilidad necesaria. Del mismo modo, en lo que respecta a los derechos de agua, se deben poder solicitar en aquellas cuencas que, efectivamente, lo permitan desde el punto de vista de las actividades productivas —ya sean labores agrícolas u otros emprendimientos— realizados dentro del Bien Nacional de Uso Público y que cuenten con autorización especial. Estoy hablando, por ejemplo, de plantas de extracción de áridos u otras que requieran derechos de agua no consultivos.
Mi única preocupación radica en que se establezca un régimen de rigidización de eventualidades que debe zanjarse. Tenemos, además, crecidas esporádicas que requieren labores de canalización, y si esto no queda debidamente resguardado, tendremos dificultades. De hecho, en aquellas regiones golpeadas fuertemente por el cambio climático, es un tema importante, pero como estos procesos tienden a ser cíclicos en algunas cuencas, me preocupa que, si establecemos una rigidización de la protección, después no se puedan establecer condiciones distintas. Eso era, primero, y también cómo juega esto algo, algo, relación fundamentalmente con
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