Muy buenos días, señor, señora Dolores.
Hoy día tenemos cuenta, señor secretario. Gracias, señor presidente.
La cuenta de hoy es breve e informar que, con fecha 15 de abril del presente año, ha pasado la Comisión de Seguridad Pública el proyecto de ley en segundo trámite constitucional que regula el origen de los honorarios percibidos por los abogados defensores de personas imputadas y de los recursos destinados a la caución económica, boletines 17.111-07 y 17.125-25 refundidos, de modo tal que este proyecto queda ya en condición de ser tratado por esta Comisión cuando sus señorías así lo estimen.
Esto en materia de cuentas, señor presidente. Informo también que la honorable senadora, señora Paulina Odanich, hizo llegar un reemplazo que sería sustituido por don Juan Luis Castro. Gracias, presidente.
Muy bien, leía la cuenta. Se ofrece la palabra.
Solo, perdón, presidente, si me permite consultar: ¿esa moción es una moción o un mensaje al proyecto de ley que queda aquí en esta Comisión? Moción… No, lo haré llegar. No he hecho aún el… Bien. Entonces, vamos a la tabla: se trata de continuar el estudio del proyecto de ley que modifica el Código Penal para considerar como circunstancia agravante el ingreso clandestino al país, Boletín 17.026-07.
Le ofrezco la palabra al señor jefe de la división jurídica de la Subsecretaría de Seguridad Pública, don José Tomás Humud, para ver el estado del proyecto.
Muchas gracias, presidente. Saludo de nuevo a la comisión. Ha habido una serie de reuniones de la mesa técnica sobre este proyecto de ley en particular. El punto de disenso, que terminó siendo principalmente la necesidad que plantearon algunos asesores y el Ejecutivo, fue que la agravante considere la conexión que debe existir entre el ingreso irregular al país y la comisión del delito; es decir, que no se aplique a la persona únicamente por estar en una situación irregular, sino a aquellas que se aprovechan o valen de esa situación para cometer delitos, ya sea porque vienen a delinquir o porque se aprovechan de que no tienen una identidad oficial para evitar su captura.
En ese sentido, en conversaciones recientes con algunos asesores se llegó a una solución que puede someterse a la evaluación de esta comisión, consistente en agregar a la propuesta —se trabajó la idea de que el agravante se aplique a las personas que mantienen la situación irregular y se valen de ella—. No sé si había por ahí algún borrador, digamos, de la propuesta, pero con eso el Ejecutivo estaría conforme.
Gracias, Tomás.
Quisiera solicitar la consideración de los miembros de la comisión para que se pueda leer esta propuesta y debatirla. Señor Secretario.
Gracias, señor Presidente. Tal como señaló el asesor del Ministerio de Seguridad Pública, se ha hecho llegar a esta Secretaría una nueva propuesta que se firmó por el presidente de la comisión y que se suma, debo señalar, a las propuestas contenidas en el comparado. En consecuencia, junto con conocer esta, habrá que pronunciarse o sacar las consecuencias del efecto que producen las restantes indicaciones. El 14 de abril de 2025 se hizo llegar, entonces, la propuesta que se encuentra en la carpeta de los señores parlamentarios; se remitió a la Secretaría de la Comisión una redacción sustitutiva del proyecto de ley de la referencia.
Efectivamente, lo que se propone es agregar en el artículo 2 del Código Penal una agravante, numerada con el número 25. ¿Y qué, pasemos a leerla? Consiste en cometer el delito o participar en él habiendo ingresado por un paso no habilitado al país o eludiendo el control migratorio, manteniendo dicha situación migratoria irregular al momento de su comisión y valiéndose de ella.
En segundo inciso se señala que no se aplicará esta circunstancia a quienes hubieran ingresado por un paso no habilitado al país o eludiendo el control migratorio siendo menores de 18 años.
Esa es la propuesta que se ha hecho llegar a la Secretaría.
Gracias, secretario.
Bueno, esta propuesta básicamente implica que encontrando...
En situación irregular y habiendo cometido un delito, obviamente tendría el agravante de la pena. Se somete a consideración de los señores senadores, ofrece la palabra. Senador Píez.
Gracias, presidente. Tal como lo señala el texto que se ha leído, para aquellos que cometen o participan en la comisión de un delito —los delitos ya tipificados, por eso es la agravante. Aquí viene lo primero que uno podría tener como hipótesis: la búsqueda de la impunidad por el hecho de no conocer la identidad. Una persona que no tiene registro de ningún tipo, ya sea con su documentación de su país original, si es que la tuviera, o ninguna; hay algunos que se han deshecho de esa identidad, no se puede saber quién es y tampoco se puede saber dónde vive. Esa es la realidad, lo práctico de lo que está pasando. Esto es para la historia de la ley.
La persona ingresa y puede que ingrese sin ningún documento y sin ninguna dirección conocida. Y al mantenerse en esa condición, bueno, no se sabe nada. Y si incluso se ha desprendido de la identificación entregada por su país, no se puede ni siquiera requerir antecedentes a otros países o saber, por ejemplo, si está en alguna de las listas de Interpol de los diferentes colores. Hoy tenemos un caso particular de gente que está con la alerta roja, la notificación roja, que se sabe que son personas que tienen antecedentes e incluso están en el país. Y eso es lo que se busca, que existan mecanismos de intercambio de información. Pero cuando no hay mecanismos de intercambio de información, cuando las personas no tienen nada que presentar, bueno, ¿quiénes son? Eso es lo primero, o sea, ¿a quién se está deteniendo? Y esa es la pregunta, porque tenemos que lograr que se genere esa identificación.
Obviamente, esto hace que sea mucho más atractivo estar cometiendo delitos, participando de ellos, con esta suerte de cobertura. Le llamo cobertura porque no tiene identidad, o sea, ¿quién es? Nadie. Es una persona sin rasgos identificables. No hay una foto con la que se pueda contrastar, porque no se tomó un control en el acceso o un documento que se compare. No hay un lugar donde ir a buscarlo, donde esta persona reside. No tenemos nada. Y, curiosamente, esa gente accede a servicios en algunos lugares o al uso de equipos celulares. Comprar un celular es muy fácil. Entonces, hay una asimetría gigantesca entre quienes ocultan su identidad y quienes, en forma voluntaria, fueron a decir: "Mire, yo estoy en una condición especial, estoy disponible, tómenme la biometría, yo voy a vivir en tal lugar". Esa gente es la que se reconoce, incluso en algunos casos, porque también puede que no tengan los documentos de origen disponibles por cualquier razón.
En el tráfico de personas, lo primero que se hace no es solo secuestrar a la persona, sino secuestrar sus documentos. Los documentos terminan siendo destruidos y esas personas quedan insertadas en esa situación sin identificación. Entonces, el punto de fondo es ese: cómo se puede usar una condición de no tener ningún medio para poder identificar a alguien, favoreciendo la impunidad que se busca. ¿Qué es lo que llevaría a algunas personas a hacer esto? Esa es la reflexión respecto a aquellos que mantienen su condición, o sea, no están disponibles para hacer algo que el Estado sí ha pedido. Tenemos que empadronar, necesitamos saber quiénes son y dónde están. Y eso es lo primero. ¿Y eso por qué algunos quieren mantenerlo? Porque, probablemente, es la condición óptima para no ser descubiertos, perseguidos, ya que no se sabe a quién se está buscando ni sobre quién se da la orden. Esa es la pregunta.
Gracias, presidente. Gracias, senador Pío. Se ofrece la palabra. Un Tomás.
Muchas gracias.
Esto, lo que voy a señalar ahora, no lo conversamos con los asesores, pero es una duda que me surge. Pues lo siguiente, el agravante dice: cometer el delito o participar en él. El resto de los agravantes del Código Penal del artículo número 12, que es el que se introduciría este agravante, en ningún caso se señala "cometer o participar", sino "cometer el delito", "cometerlo mediante...", "ejecutar el delito", "cometer el mal causado", etc. La preocupación del Ejecutivo es que, si es que solo en el número...