1.- Votar la renuncia presentada a la presidencia de la Comisión, y proceder a la elección de nuevo Presidente, y
2.- Ver aspectos pendientes de la discusión en general y particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica, con urgencia calificada de "suma" (Boletín Nº 16.566-03).
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Se abre la sesión. Esta sesión ha sido convocada para votar la renuncia presentada a la presidencia de la comisión por el senador Rojo Edwards y también corresponde proceder a la elección de un nuevo presidente.
Por lo mismo, los senadores aquí presentes tienen que proponer a quién podría ser el nuevo presidente y proceder a la votación correspondiente. ¿O elegir un presidente accidental? Perfecto. ¿A quién proponen? Al senador Edwards.
Dejar constancia de que el senador Edwards está reemplazando al senador Pew por esta asociación. Aprobado entonces por Anonimir. Bueno, perdón.
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No, pero entendemos entonces que mi renuncia a la presidencia de la Comisión queda aprobada por unanimidad. ¿Les parece? Bien.
Señor secretario, por favor, demos lectura a la cuenta.
Me corresponde informar de los siguientes asuntos. Primero, han llegado nuevos proyectos de ley del honorable senador señor Castro, en el que se modifica la Ley 20.448 en materia de red de justabilidad de los créditos hipotecarios universales. También se ha presentado una moción de la senadora Allende, mediante la cual se modifica la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores para regular el volumen de las comunicaciones promocionales o publicadas. Asimismo, la senadora Allende propone modificar la Ley 20.009, con el objeto de facilitar el aviso oportuno del usuario a los emisores en casos de extravío, hurto, robo o fraude de los medios de pago.
Luego, se anuncian reemplazos permanentes en la Comisión de Economía. Se reemplaza al senador Rojo Evers por el honorable senador Daniel Núñez, a contar del 26 de marzo. Además, la senadora María Loreto Carvajal, del Comité PPD Independiente, será reemplazada a partir del 10 de abril por el senador Francisco Huentumilla, del Comité Mixto Democrático-Gristiano e Independiente.
Finalmente, se remiten dos oficios. El primero, por parte de la Controladora General de la República, señora Dorote Pérez, en virtud de lo dispuesto en la Ley 19.886 de bases sobre el contrato administrativo de suministro y prestaciones de servicios, informa a la Comisión de Economía sobre las principales observaciones detectadas hasta la fecha en el marco de la aplicación del cuerpo normativo individualizado y de su reglamento. El segundo oficio procede de la subsecretaria de Economía, Fomento y Empresas de Menor Tamaño, señora Javera Peterson, quien remite un informe de avance relativo al sistema unificado de la economía.
Eso es todo, presidente.
Muchas gracias, secretario.
Aprovecho de saludar a quienes nos acompañan, especialmente a los representantes del Ministerio de Economía, y de informar que el ministro Grau viene en camino y se incorporará a la sesión en unos minutos. Por ahora, quizás le pedimos a Virginia que nos acompañe en la mesa para poder empezar a ver las adecuaciones que entiende el gobierno está proponiendo, tanto las adecuaciones formales como las indicaciones que, aunque ya habíamos conversado, no han tenido un pronunciamiento formal. Las iremos viendo una a una.
Asimismo, saludo a todos los asesores de los señores senadores que nos acompañan y que han realizado una gran labor en este proyecto de ley. No sé si los senadores Sangüesa y Núñez; y aprovecho también para dar la bienvenida al senador Núñez, quien se incorpora de forma permanente a la Comisión de Economía, y al senador Guancho Milla, que se integra a partir del día de hoy al trabajo de esta comisión.
Señor secretario, partimos por la indicación número 196. Así es, presidente: la secretaría preparó una minuta que está a disposición de los señores senadores en sus respectivos puestos. No hubo pronunciamiento respecto de la indicación 196. Los autores son los senadores Edwards, Piu y Sangüesa, quienes propusieron incorporar un artículo nuevo, el 45 bis. Yo le quiero comentar, señor secretario, que la intención de dichos senadores era retirarlo, ya que nosotros la entendíamos retirada. No se precisó, quizás por falta de campanilla, pero la intención era esa, debido a los problemas de admisibilidad.
También damos la bienvenida a la ministra de Economía, que se incorpora en este mismo minuto a la sesión de la Comisión.
Finalmente, se informa que existen otros dos asuntos que no fueron sancionados por la Comisión.
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Referidas al artículo 4º, que comprende materias excluidas del ámbito de la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, se destaca la indicación 11 bis, propuesta por el honorable senador Turresti, cuyo fin es reemplazar la letra A indicada en el proyecto y en la propia indicación A, relativas a autorizaciones tramitadas íntegramente en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Por otro lado, la indicación 12 bis fue presentada por los autores, además del senador Durresti y el senador Saavedra, y también se refiere a la misma materia.
Cabe recordar que, durante la discusión directa, esta materia fue abordada en base a otra indicación del Ejecutivo, la indicación 10 bis, que fue aprobada 4 por 0. La materia en cuestión está reflejada en el artículo 4º y en los términos presentados por el Ejecutivo durante la tramitación. Posteriormente, se ofreció la palabra a Virginia o al ministro.
Se entiende que las indicaciones 11 bis y 12 bis fueron subsumidas en la propuesta del Ejecutivo, lo que se acordó incorporándolo en el literal A del artículo 4º. Ahora bien, dado que el senador Durresti y el senador Saavedra no están presentes, no es posible retirarlas; sin embargo, se considera que ya forman parte del acuerdo derivado de la reacción del Ejecutivo, que modificó la letra A del artículo 4º.
Ante esto, se propone que la Comisión rechace las indicaciones 11 bis y 12 bis, es decir, la 11 bis del senador Turresti y la 12 bis del senador Durresti y del senador Saavedra, por encontrarse subsumidas dentro de la indicación del Ejecutivo en el artículo 4º. Se deja constancia de la intención de entender estas dos indicaciones como rechazadas, ya que, a pesar de haber quedado registradas, su retiro no se hizo de forma clara.
Bien, pasemos al artículo 99. Este artículo surge tras conversar con representantes del Ejecutivo; en su momento se presentó la indicación 373, que no mencionaba el artículo 99 porque se presumía que este desaparecería, situación que finalmente no se consumó. Se hizo notar que, dado que se realizaron modificaciones en una serie de otras normas y que el artículo 99 parecía haber quedado en el tintero, el Ejecutivo estuvo de acuerdo en que debía incluirse en el artículo correspondiente. Esta adecuación se efectuó, posiblemente, en unas 30 leyes, y dado que en este caso se propuso eliminar el artículo y finalmente no se eliminó, habría que proceder a la adecuación correspondiente. Se estima que estaríamos para aprobarlo por unanimidad.
Sí, pero a este, digamos, la indicación 373.
15:00
Quería saludar a los señores senadores presentes y al resto de la comisión. Efectivamente, esta es una modificación que se hizo por consistencia para que se recogieran adecuadamente los criterios establecidos en el artículo 61 de la Ley Marco y en la modificación a las leyes sectoriales. El Ejecutivo, sin prefuicio de ello, estaba por eliminar la modificación a la norma de Conadi, que, si bien únicamente reconoce funciones a la Conadi para que se incorpore al sistema de autorizaciones sectoriales sin establecer nada más que aquello, se estimaba prudente eliminar ese artículo. Al ser rechazada esa indicación del Ejecutivo, corresponderá entonces hacer esta modificación por consistencia, al igual que las otras leyes sectoriales que se modificaron.
Bien, si le parece a los senadores presentes, vamos a aprobar esta adecuación de manera unánime. ¿Le parece? Bien, aprobado.
Vamos con la siguiente. Las siguientes son cambios realizados por la Secretaría en cumplimiento de la autorización y el mandato de la comisión de hacer adecuaciones formales para la coherencia interna de la ley. La primera de ellas es una indicación del senador Sangüesa respecto del artículo 2, para sustituir la expresión “comité de subsecretarios y subsecretarios para la regulación y evaluación sectorial” por “comité para la regulación y evaluación sectorial”.
En el marco de la discusión de las indicaciones, la indicación 374 del Presidente de la República propone, de forma transversal, reemplazar en todo el texto del proyecto “comité de subsecretarias” por “comité de autorizaciones sectoriales e inversión”. En ese sentido, entendimos que resultaba preferible aprobar la integración en esos términos. Probablemente el senador Sanhuelza quiera retirar esta indicación; por lo tanto, queda dentro del acuerdo, se retira y queda registrada la 374 para no tener que rechazarla.
Asimismo, se retira la indicación número 7 bis del senador Zambuesa, ya que también se enmarca dentro de lo acordado y de la nueva denominación de este cuerpo.
Pasando a la siguiente parte, la indicación 282 número 4 presenta dos letras que pretenden introducir la misma modificación en la misma parte del artículo, valga la redundancia. El Ejecutivo sugiere dejar la letra B como única opción, pues se detectó un problema en la redacción de la indicación original al artículo sexto, ya que tanto la letra A como la letra B planteaban un reemplazo muy similar. La diferencia era nada más que una preposición. Luego de consultar con el Ejecutivo, se decidió optar únicamente por la letra B, ya que la diferencia es prácticamente nula: una redacción dice “o a la presentación de la declaración jurada que se refiere al artículo 14 bis según corresponda” y la otra “o de la presentación de la declaración jurada de acuerdo con el artículo 14 bis según corresponda”. Cabe aclarar que, en la orágena de esta tramitación, fue un error del Ejecutivo incluir ambas letras, siendo preferible la letra B por una cuestión de claridad.
Bien, si le parece a los senadores, vamos a aprobar entonces la propuesta del Presidente de la República. Queda aprobada la redacción en el artículo sexto de la letra B.
La siguiente es una corrección en la indicación número 331 T, también del Presidente de la República. Se detectó un problema, más bien formal, debido a que se reitera toda la redacción del inciso quinto al cual solo se pretende agregar una frase.
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Entonces, la propuesta es aprobar esa indicación con modificaciones en el sentido de reemplazar solamente lo que corresponde. Una de las tantas que se modifican es el artículo 19.882, que regula la nueva política personal a los funcionarios públicos.
Lo ocurrido es lo siguiente: en un texto completo queríamos incluir una parte únicamente al final y, en lugar de ello, se volvió a insertar el texto completo, por lo que aparece primero el texto original y luego, al final, la parte agregada repetida. Específicamente, se repite el párrafo en el que se establece que, en la proposición de convenios, se incluirán las metas anuales. Ese párrafo repetido debe eliminarse, quedándose solamente con lo que se agrega, es decir, con la columna tercera.
Esto funciona como un encabezado de lo que viene dentro del plazo máximo de 60 días corridos; no obstante, dado que el artículo es largo y ocupa toda la columna, la modificación efectiva se encuentra en la página siguiente, en la tercera columna, al final.
Si le parece, eliminamos el párrafo repetido y seguimos la propuesta de la Secretaría, que ordena la propuesta ya aprobada por el Ejecutivo.
Otras modificaciones formales, relativas al cumplimiento del encargo y del mandato de la Comisión a la Secretaría, son las siguientes: se establece que “Administración del Estado” debe escribirse con mayúsculas; se reemplaza el término “servicio sectorial” por “órgano sectorial”, de acuerdo con la definición incluida en la ley; se normaliza “mesa regional” con mayúsculas; se sustituye “comité subsanitario” por “comité” en algunas partes, y se emplea el nombre propio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; asimismo, se reemplaza “sistema de información unificado permiso” por “sistema de información unificado permiso sectorial”, que es el nombre que indica la ley; y, finalmente, se ajusta el término “mecanismos establecidos en el título” cada vez que corresponde, entre otros.
Con lo anterior, se puede aprobar el título y pasar a considerar las normas de quórum. ¿Habría acuerdo entonces con todas las modificaciones formales propuestas por la Secretaría?
Acordado.
Asimismo, corresponde a la Comisión pronunciarse sobre las normas que tienen carácter supramayoritario, es decir, sobre las normas de carácter orgánico constitucional. Son las siguientes: la primera, en el artículo 40 del texto despachado por esta Comisión (ex 41 del texto de la Cámara de Diputados), que crea la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversiones; y, luego, dos modificaciones precisas a la... ¿Pero qué es lo que tenemos que hacer acá? Es determinar que, en esencia, esto es lo que vamos a enviar nosotros con la primera, que es la creación de la oficina, y la segunda…
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Son dos modificaciones que están contenidas en el artículo 97, que modifica la ley sobre cierre de faenas de minería. ¿Y por qué esto se pone en la ley? ¿No hay alguna información de impugnación de muchos? Sí, esa ley tiene bastantes aplicaciones y estas son normas propias, las cuales fueron consultadas en su momento también a la Corte Suprema. Viene así calificado también por la Cámara de Diputados: el artículo 97, ex 92; y, finalmente, como ley de quórum calificado, el artículo 45, ex 46 de la Cámara, que es relativo al secreto de la información y a los documentos de la oficina, ya que siempre que hay algo reservado se requiere quórum calificado.
¿El Ejecutivo está de acuerdo en que no hay nada más de quórum en toda esta ley? – No, no estoy de acuerdo. Pero, con esto, ¿están de acuerdo? – Vamos a aprobar entonces la declaración de normas de quórum de la secretaría, tal como están expresadas en el documento que tienen los senadores al frente.
Bien, le damos la palabra al Ejecutivo. Por su intermedio:
"Esta es una conversación que hemos adelantado con la Secretaría de la Cámara. No teníamos conocimiento de que se iba a plantear la calificación de las normas en esta ocasión. La principal diferencia que hemos planteado es que, al momento de votarse las normas en la sala de la Cámara, se estableció un quórum distinto por parte de la Secretaría de la Cámara para varias normas que no estaban incluidas, y luego, por alguna razón que desconocemos, no fueron incluidas con esa categoría en el informe oficial que envió la Cámara al Senado tras la aprobación en sala. Sin embargo, fueron consideradas con quórum en la votación de la sala y, ahí, desde el Ejecutivo se nos plantearon algunas dudas, ya que en principio estábamos de acuerdo con esa calificación preliminar para la votación en la sala de la Cámara.
Esto lo hemos planteado a la Secretaría de la Cámara, lo hemos conversado y, en términos reglamentarios, ya conocemos el procedimiento a seguir, de modo que los puntos han sido planteados. A ver, ¿esto podría ser declarado en la Comisión de Hacienda o en la misma sala? Porque, si dejamos esto establecido acá, existe un nuevo momento en que el gobierno podría expresar esa opinión. La idea es sacarlo de la comisión para que pueda pasar a Hacienda y no quedarnos atascados con ello.
Yo quiero explicar que tomamos contacto con la Secretaría de la Cámara, porque, tal como indica Camila, en el informe de las comisiones en la Cámara se planteaba algo distinto de lo que finalmente sancionó la Secretaría de la Cámara en el oficio correspondiente, que es el documento oficial sobre el cual nosotros trabajamos. Ese documento fue tomado como base para la calificación de estas normas supremabilitarias. Aunque han cambiado de orden por todas las modificaciones que tuvo el proyecto, estimamos que no se suman nuevas normas que requieran de un quórum especial, ni tanto orgánico constitucionales como de quórum calificado.
En la Secretaría de la Cámara nos explicaron que, posterior a la aprobación por parte de la sala, realizan un trabajo en el que se descarta esa apreciación preliminar de la comisión y, con mayor detenimiento, evalúan si una determinada norma tiene o no un carácter supremo y autoritario. La conclusión a la que llegaron es que solamente estas normas son orgánicas constitucionales y de quórum calificado, no las demás, que habían sido sugeridas por la comisión como que eventualmente podían tener un carácter supremo y autoritario. Pero ellos, en la Secretaría, en el documento oficial que...
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