La sesión tiene por objeto iniciar el estudio en particular del proyecto de ley originado en Moción, que “Modifica el Código del Trabajo para incorporar el contrato de trabajo de salvavidas”, correspondiente al boletín N° 16.652-13, calificado con urgencia “simple”. Señor Giorgio Boccardo Bosoni, Ministro del Trabajo y Previsión Social. V.A. señor Roberto Zegers Leighton, Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
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10:00
La ministra: "No, no bien para el primer."
El nombre de hoy y la patria; se abre la sesión. El acta de la sesión número 123 se va por aprobada, sin objeto de observaciones, y el acta de la sesión número 124 dispone lo que han igualmente señalado las señoras y señores diputados, conforme a la lectura realizada por la secretaria a la cuenta.
"Gracias, presidente. Tenemos los siguientes documentos para la cuenta: un oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual se hace presente la urgencia suma para el despacho del proyecto que modifica la Ley 19.132, que crea la empresa Televisión Nacional de Chile (boletín 14.832); otro oficio del Presidente de la República, mediante el cual se retira la urgencia simple para el despacho del proyecto que modifica la Ley 19.928, relativo al fomento de la música chilena en materia de autorización de eventos masivos (boletín 15.419); asimismo, el proyecto que prohíbe actos de exaltación u homenaje a la figura de Augusto Pinochet Ugarte (boletín 17.457); y, por último, un oficio de la Secretaría General mediante el que se comunica que la diputada señora Clara Sagardia Cabezas reemplazará de forma permanente a la diputada Catalina Pérez Salinas en la Comisión."
A continuación, se presenta un oficio de la directora del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, en el cual se informa sobre el término anticipado del contrato del señor Francisco Yanes Canilla y se comunica que el señor Ian prestó servicios en calidad de honorarios discontinuos en dicho Servicio. Se señala que prestó servicios en la Dirección de Bibliotecas y Museo entre los años 2003 y 2009, y posteriormente entre 2021 y 2023; además, entre los años 2009 y 2020, trabajó para empresas que tenían contratados con la DIVAM. Por lo tanto, no fue un funcionario de carrera, sino que alternó prestaciones de servicios mediante contratos honorarios suscritos con el Servicio y con empresas externas, adquiriendo la calidad de funcionario público recién en el año 2023, siendo contratado el 1 de diciembre de ese año. El documento con el detalle fue enviado a los correos de los integrantes de la Comisión, acompañado de un correo electrónico del Gabinete de la Ministra.
15:00
En nombre de Dios y la patria se abre la sesión. A continuación, se procederá a ver la cuenta; luego, el acta de la sesión número 156 se ha aprobado y la sesión número 157 queda a disposición de la señora C y de señores diputados. Así, vamos a ver la cuenta: hemos fijado plazas de indicaciones.
Don Pedro, secretario, ¿puede indicarnos cuál es la situación del proyecto de ley? El presidente de la Comisión había fijado como plazo para recibir indicaciones respecto al proyecto salvavidas el día lunes a las 10 de la mañana. Las indicaciones de la señora Osandón y las suyas llegaron con posterioridad, a una fecha y hora que dependen de la Comisión.
Por unanimidad se acepta la indicación. Señor secretario, pido la unanimidad de la Comisión para aceptar las indicaciones. Sí, perfecto.
Entonces, lo siguiente, presidente, es que, siendo la indicación del Ejecutivo una indicación que sustituye totalmente un proyecto de ley ya aprobado en general por la Comisión, necesitamos la unanimidad de la Comisión para aceptar la tramitación de esa indicación.
Diputado Sondón: Gracias, presidente. Yo no tengo ningún problema en darla, pero me encantaría que se exigiera la explicación después de todo ese trámite, ¿no? Y después, darla. Gracias, diputada.
20:00
Sí, estamos esperando a la Subsecretaría para poder iniciar el debate respecto de la indicación. ¿Habría acuerdo? Suspendemos cinco minutos para esperar.
La sesión tiene por objeto iniciar el estudio en particular del proyecto de ley originado en Moción, que modifica el Código del Trabajo para incorporar el contrato de trabajo de salvavidas, calificado con urgencia simple. A esta sesión ha sido invitada la señora María Elizabeth Soto, subsecretaria del Trabajo subrogante, a quien le damos la bienvenida. También ha venido, como hemos acordado, el señor Roberto Zegers Leighton, Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; y asiste en su representación el capitán de navío, don Daniel González Salinas, director de intereses marítimos y medioambiente acuático, y don Manuel Fuenzalía López, oficial secretario.
Hemos indicado que se ha recibido una indicación del Ejecutivo, que sustituye la moción original; algo de lo que ya habíamos prevenido en las sesiones anteriores. Para estos aspectos, me gustaría darle la palabra a la subsecretaria para que pueda explicarnos sobre la indicación.
Muchas gracias. Muy buenas tardes a todos y todas los presentes. Voy a hacer la lectura de un mensaje de la Subsecretaría del Trabajo antes de pasar la palabra a nuestro asesor legislativo respecto justamente a esta indicación.
Los trabajadores salvavidas se presentan como un sector laboral que posee particularidades distintas a la generalidad de trabajadores por tener una temporalidad de funcionamiento determinada, exposición a riesgos laborales y la necesidad de una mayor regulación para evitar la existencia de informalidad. Por lo mismo, quiero agradecer sinceramente a cada institución, organización y persona que ha sido parte del proceso que nos reúne hoy. La propuesta que presentamos no nace en un escritorio, sino de un proceso de diálogo social articulado desde la Subsecretaría del Trabajo y nutrido por las voces de quienes conocen en profundidad la realidad del trabajo de salvavidas en Chile. Este camino comenzó con un encuentro entre trabajadores salvavidas y el diputado Luis Cuello, en el que tuvimos la oportunidad de escuchar de primera fuente sus demandas por mejores condiciones laborales, capacitación, certificación, mayor seguridad en el trabajo y reconocimiento legal de su función. A partir de ese momento, se estableció una mesa de trabajo interinstitucional que ha permitido construir una propuesta seria, fundada en la experiencia directa de los trabajadores y trabajadoras y en el compromiso técnico de los distintos organismos convocados. En este proceso han participado activamente la Subsecretaría de Previsión…
25:00
Social, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Directemar, han entregado insumos claves para comprender el marco vigente y avanzar en soluciones efectivas. Pero quiero detenerme en el aporte de dos instituciones que han asumido compromisos concretos y de alto impacto para este sector. En primer lugar, Chile Valora ha comprometido el inicio del proceso de elaboración de un perfil ocupacional de salvavidas que permita estandarizar las competencias requeridas para ejercer esta labor. Este perfil será construido mediante una mesa de diálogo tripartita con participación de trabajadores, empleadores y el Estado, y su desarrollo comenzará este año. Esta medida es fundamental no solo para asegurar formación de calidad, sino también para avanzar en el reconocimiento formal, la certificación de competencias y mejoras en las condiciones de empleabilidad del sector.
En segundo lugar, la Dirección del Trabajo (DT) ha reforzado su rol fiscalizador activando operativos durante la temporada estival en diversas regiones del país. Además, ha expresado su disposición para coordinarse con los propios trabajadores salvavidas de las zonas norte, sur y centro, a fin de levantar un diagnóstico detallado sobre las condiciones de salud y seguridad en sus lugares de trabajo, torres de vigilancia, elementos de protección personal, formalización laboral y cumplimiento de los contratos. Esta articulación no solo busca fiscalizar, sino también prevenir y mejorar el estándar laboral desde una lógica de acompañamiento institucional.
El resultado de este proceso es una indicación que busca dar un marco normativo específico a la labor de salvavidas, reconociendo su carácter estacional, su exposición a riesgos y la necesidad de contar con estándares mínimos para el ejercicio de esta función. Este es un nuevo paso en nuestra tarea de avanzar en trabajo decente, con condiciones dignas, salud y seguridad, especialmente para quienes históricamente han sido invisibilizados por la regulación laboral. Para presentar este contenido jurídico y técnico de esta indicación, dejo con ustedes al jefe del equipo legislativo del Ministerio del Trabajo por su intermedio, señor presidente. Muchas gracias, subsecretaria. Don Francisco Leiva tiene entonces la palabra.
Buenas tardes, presidente, a los diputados y a la diputada. Como señalara la subsecretaria, la indicación del Ejecutivo busca recoger distintos aspectos surgidos a partir del debate y de las mesas de trabajo. También hay que agradecer la coordinación mantida con el Ministerio de Salud, con el Ministerio de Defensa a través de la Subsecretaría de Fuerzas Armadas y con las consultas realizadas a Directemar, con miras a lograr una propuesta coherente en términos normativos respecto al funcionamiento del sector de salvavidas, considerando que existen piscinas de uso público, playas y otras situaciones. En el marco de la discusión, la propuesta pretende reconocer la labor de los salvavidas definiéndola a partir del decreto supremo 209 –en relación al Ministerio de Salud–, el cual establece la función que cumple un salvavidas. Contar con una definición clara ha permitido avanzar en la protección mediante instrumentos normativos generales, desde la labor de prevención hasta la intervención de la Dirección del Trabajo.
Asimismo, se hace expresa mención al principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales en la propuesta del Ejecutivo, resguardando que la regulación sectorial, ya sea del Ministerio de Defensa o del Ministerio de Salud, no afecte los derechos mínimos de todo trabajador, un elemento obligatorio que se destaca para facilitar una mejor coordinación en la materia. También se establece la importancia de contar con requisitos en materia de certificación de competencias, aspecto surgido en las mesas de trabajo sobre los perfiles que deben cumplir quienes desempeñan esta función, promoviendo así la profesionalización de la labor de los salvavidas, lo que contribuirá tanto a la seguridad de los bañistas como al adecuado cumplimiento de sus funciones.
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Era una multa de hasta 500 UTM para las compañías de seguro; estamos hablando de hoy en día cerca de 35 millones de pesos, y el costo promedio de los autos –por ejemplo, los que se roban– es de 7 millones y medio, considerando su antigüedad, etcétera. Ese es otro comentario que queríamos hacer respecto a este tema.
Respecto a algunas acciones relevantes que realizan las compañías de seguro y que motivan propuestas que traemos a esta Comisión, se destaca, en primer lugar, la creación del Departamento de Prevención de Robo de Vehículos. Este departamento se encuentra trabajando de forma activa, como fuerza de tarea de la Subsecretaría de Prevención del Delito, en una alianza público-privada para enfrentar el robo de vehículos desde sus inicios. Las acciones implementadas han contribuido a reducir este flagelo, se han dictado numerosas normativas legales para disminuirlo y se colabora activamente con el Ministerio Público y las autoridades correspondientes.
En el caso de los vehículos condicionados, materia propia de la industria de seguros y relevante para conocer, se refiere a aquellos con pérdida total pero reparables. Como se mencionó anteriormente, las compañías de seguro crearon la figura del vehículo condicionado. Esto significa que, cada vez que a un vehículo se le asigna, por una compañía, la connotación de pérdida total –debido a que el costo de reparación es superior al costo de pagar el siniestro–, lo que se hace es pagar el siniestro y rematar el resto del vehículo. Hay personas que lo adquieren para repararlo, y en ese caso se condiciona el vehículo, es decir, se le indica al propietario que puede llevarlo a arreglar, pero solamente una vez que ha pasado por un proceso de inspección y aprobación técnica.
Utilizando las mismas plantas de revisión técnica que existen para certificar el correcto funcionamiento del auto, se levanta el condicionamiento o la prenda que las compañías de seguros imponen para que estos vehículos puedan volver a circular; de lo contrario, no podrían hacerlo. Esta medida minimiza la posibilidad de utilizar la documentación de vehículos siniestrados para darles nueva vida o para instalarla en vehículos robados, siendo una medida preventiva autoimpuesta y financiada por la industria de seguros.
Por último, en el ámbito de los sistemas automáticos de lectura de placa patente, se ha desarrollado un sistema informático para la lectura de placas a través de teléfonos móviles, en conjunto con una base de datos compartida entre nosotros y los propios municipios para localizar vehículos robados. A la fecha, este sistema se implementa en más de 240 comunas de forma gratuita y ha permitido la recuperación de más de 3.500 vehículos robados, de los cuales el 80% no tienen seguro. Este avance se enmarca en la integración de todos los puntos de lectura distribuidos por el país, junto con el sistema estatal CITIA, desarrollado a la brevedad.
Entre las propuestas presentadas a esta Comisión, la primera es el procedimiento de autentificación y rehabilitación. Muchos vehículos robados sufren la alteración de sus números de seguridad –ya sea del motor o del chasis– para ser reinscritos fraudulentamente y ocultar su identidad. Al ser recuperados, presentan el grave problema de no poder obtener la revisión técnica y, por ende, no pueden circular. La propuesta consiste en que los vehículos recuperados con números adulterados se sometan a un peritaje técnico para autentificar su identidad; y, si se confirma que fueron robados, sean devueltos a sus propietarios o asegurados. Posteriormente, se reimpondrá el número original mediante la convalidación en una planta de revisión técnica y se emitirá un certificado o dictamen que facilite su reinscripción como vehículo rehabilitado.
30:00
Van a tener mayor certeza de cuáles son sus funciones, lo que aportará a la seguridad – como señalaba el bañista – y eso redundará, sin duda, en un mejor desempeño de las funciones de los propios trabajadores. Esto permite alinear, además, estándares técnicos, haciendo presente que la indicación del Ejecutivo mantiene en dicho aspecto las exigencias propias que pueden establecer el Ministerio de Salud y el Ministerio de Defensa en relación a las matrículas o certificaciones necesarias. Porque, evidentemente, la función –como ejemplo, en el caso de Directemar en las playas– requiere mantener los ámbitos de competencia de dicha institución. Por lo tanto, esto se sumaría a la certificación de competencia y a las exigencias propias que tenga Directemar o, en el caso de las piscinas de uso público, la Seremia de Salud, según lo contenido en el Decreto 209.
Además, se hace hincapié en la obligación del empleador de garantizar condiciones de salud y seguridad. Esto permite, por un lado, entenderlo como una obligación general, pero al regularlo específicamente en este articulado se establece un marco de acción distinto para la Dirección del Trabajo cuando aborda estos elementos. Es decir, se contempla que, en relación con los salvavidas, existan sanciones específicas y no se diluya su alcance dentro del marco general. Del mismo modo, se discutió lo que ocurría con la contratación de salvavidas, un elemento que preocupaba a la comisión en su momento. Es importante hacer presente que, cuando existe una autorización para el funcionamiento de piscinas de uso público, se fija un mínimo de salvavidas y la identificación de los mismos. Es decir, puede existir una piscina que no cumpla con la cantidad determinada de salvavidas identificadas.
En consecuencia, la fórmula de contratación –y también en el caso de las playas, cuando la autorización exige un mínimo de salvavidas– demanda que cualquier empleador cuente con ese número para poder funcionar. No existe una excepción. Además, considerando lo que ocurre en temporada estival, se establece que la contratación de estas personas, en vista del cumplimiento de las obligaciones reglamentarias o de las determinaciones de Directemar, debe hacerse por temporada. ¿Qué ocurre si el trabajador no cumple con las características del cargo o incurre en una falta laboral? Se aplicará el mismo régimen laboral, sin que esta regulación impida que un empleador, ejerciendo sus facultades disciplinarias, ponga término a un contrato de trabajo. La idea es garantizar certeza respecto al plazo de prestación de servicios, sin afectar el resto de la regulación existente.
De hecho, se establece expresamente un ámbito de flexibilidad en cuanto a la contratación y las incapacidades laborales. Evidentemente, si un salvavidas no puede asistir porque se encuentra enfermo y con licencia, debe haber alguien que lo reemplace, sin que ello se rija por el régimen general aplicable a los salvavidas informados, por ejemplo, al Ministerio de Salud. Es importante dejarlo claro, ya que no se busca generar una reducción de los márgenes actualmente establecidos en el Código del Trabajo para los empleadores. Por lo tanto, el gobierno enfatiza que, si un empleador tiene claro que necesita una persona por determinado tiempo, se le debe brindar la certeza de contar con ese personal durante el plazo previsto, salvo que ocurra alguna eventualidad propia del desarrollo de un contrato que lleve a su término.
Ese es, en gran medida, el rasgo principal de lo que propone el Ejecutivo en su indicación, considerando las discusiones realizadas en comisión y lo desarrollado a través del diálogo de la Mesa de Trabajo –agradecimiento especial al diputado Cuello por permitir que se escuchen también las inquietudes del sector.
Por mi parte, presidente. Gracias, Francisco Leiva y la subsecretaria. Diputado Giménez Sondón.
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En el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, se plantea una segunda propuesta, presidente: la obligación de lectura y registro de placas patentes en estacionamientos públicos y privados. El Estado desarrolló el sistema CITIA, en el cual se integra información de una base de datos que reúne todos los vehículos denunciados como robados. Esto permitiría que las cámaras lectoras de patente, conectadas a dicho sistema, alerten sobre el lugar y el momento en que se encuentre un vehículo denunciado.
Se propone, entonces, que exista una obligación de lectura y registro de placas patentes en estacionamientos públicos y privados, y que se dicte un reglamento que defina la integración y el procedimiento efectivo de recuperación de estos vehículos.
Asimismo, se plantea la integración de este sistema con los lectores, entre otros, los que se han instalado en las 240 comunas. Por último, se propone la unificación de registros de permiso de circulación. Actualmente, cada una de las 346 comunas a nivel nacional emite sus permisos de forma independiente, sin existir un registro único donde comprobar la veracidad o trazabilidad de los documentos. Esto dificulta la verificación digital y centralizada, pudiendo incluso darse el caso de que un código QR redirija a una página falsa, en contraposición a contar con un sistema único que aglutine toda la información. En este sentido, presidenta, creemos que disponer de una base centralizada es sumamente importante, ya que facilitaría la fiscalización y evitaría una menor recaudación fiscal, al reducir la falsificación de documentación que impacta en la capacidad de fiscalización y en la detección de vehículos robados.
Como conclusión, presidenta, valoramos y compartimos el objetivo del proyecto, pero sugerimos considerar las observaciones realizadas para asegurar su correcta implementación. Es fundamental fortalecer los mecanismos existentes antes de sumar nuevas obligaciones, y apoyamos la incorporación de medidas adicionales mediante el uso de nuevas tecnologías, integrando herramientas administrativas y legales para combatir el delito y facilitar la recuperación de vehículos. Con ello concluyo la presentación. Muchas gracias.
Muchas gracias, presidenta. Bueno, muy buena la exposición, pero quisiera que me detallara, con manzanita, el tema de la “nueva vida” del vehículo, cuando este pasa por pérdida total, cierto; ya que la compañía de seguros le paga cuando el costo de reparación excede el valor del vehículo, pero este puede rematarse para que otro lo use. Ese traspaso se realiza en notaría, por lo que la patente se transfiere al nuevo dueño; es decir, la patente no se declara siniestrada completamente, sino que se transfiere a la otra persona. ¿O, como se plantea, el vehículo adquiere una “nueva vida”, asignándosele, por ejemplo, una nueva patente al chasis? Es un tema importante.
Los lectores de patente quizás deban ser considerados, estimados diputados, como prioritarios en la entrada de las ciudades o de los barrios de macro sectores, para vigilar, sobre todo en situaciones de persecución o delitos que se dan en ciertos barrios y así identificar cuáles vehículos circulan. Creo que esto podría implementarse, al igual que la unificación del registro, un tema que, con el apoyo de la inteligencia artificial –ahora que José…
35:00
Gracias, presidente. Bueno, echándole una mirada rápida y se agradece la explicación, tengo algunas preguntas. Esto es, a orden general, ¿cuánto tiempo se demora en ponerle término a un contrato? Estamos hablando de tres meses; existe una falta en el mes dos. ¿Es automático o empieza un proceso que es largo? Quiero saber eso, cómo funciona cuando se le pone término a un contrato, si puede ser algo automático o no.
Segundo, en el proyecto no veo aquí, van a ver, como si esa exigencia, ¿los municipios tienen presupuesto para esto? Cuando se trata de piscinas municipales y se les aumenta la exigencia, quiero saber cómo se aborda el tema del presupuesto.
Después, otra tercera pregunta que es la que hemos estado discutiendo acá y que lo dijeron aquí los sindicatos de salvavidas: justamente, que existían a lo largo de la vía distintos tipos de salvavidas. Ellos se quejaron, por su intermedio, de que existía un entrenamiento, pero que en el fondo no quedaban listos para, no sé, playas con muchas corrientes, porque eran entrenados en ciertos lugares que no eran necesariamente el sitio donde iban a trabajar y la dificultad era mayor. Entonces, de alguna forma, nosotros aquí, no sé, pensábamos, al igual que los choferes (licencia clase A, B, C), que dependía de la capacidad de la persona y del lugar donde fue entrenada, ya que no es lo mismo en una bahía mansita que en una playa con aguas correntosas. Ellos decían que, efectivamente, se van auto preparando, porque no están preparados exactamente para tal vez diferentes tipos de mares o lo que sea. Por eso mi pregunta: ¿se sociabilizó esta indicación sustitutiva con los gremios, que vinieron por lo menos dos veces a plantear su problema?
Y bueno, eso primero, para partir la conversación. Gracias, presidente.
Gracias, diputada. Diputado Ulloa. Gracias, presidente. Dos cosas respecto de lo señalado: la temporada que habíamos comentado, conversando sobre este tema antes de la votación en general, en aquellas regiones o zonas del país donde la temporada estival puede ser inferior a tres meses, me imagino en algunos sectores o comunas de la región de Aysén o de Magallanes, fundamentalmente, porque obviamente Chile no es uno solo, no es uniforme. Es obvio lo que estoy diciendo, pero muchas veces se olvida, debido al centralismo tan asfixiante. Y, en segundo lugar, el Ejecutivo me parece que tomó nota respecto de un número mínimo en ciertos balnearios, donde no es lo mismo atender a 100 personas que a 1.000. Tampoco veo una dotación, haciendo un símil con el sector marítimo de Directemar, de dotaciones mínimas; no se especifica un número o una cápita referida a la dotación mínima de salvavidas de acuerdo a la densidad o al número de personas. Eso presiento. Gracias, diputado Boyun.
Se le ofrece la palabra a don Francisco Leib para que pueda hacer las consultas. Por su intermedio, presidente, respecto a las consultas formuladas, particularmente, como se sabe, en Chile existe el despido causal, lo que permite poner término a la relación laboral mediante la comunicación de la respectiva carta al trabajador. Ese trabajador queda desvinculado, igual que el resto de los trabajadores, como ocurre en Chile, sin perjuicio de que, como toda persona, tiene el derecho al reclamo respectivo ante los tribunales de justicia. Por lo tanto, no existe ningún impedimento para un plazo que permita efectuar el despido; por eso hablaba que se rige por las reglas generales.
En materia de lo que se señalaba, particularmente, respecto a las distintas calidades que puede tener un salvavidas propiamente tal para efectos de las operaciones que realiza, primero hay que distinguir una cuestión que guarda relación con las competencias de Directemar, quien fija específicamente, a propósito de la dotación que consultaba por su intermedio el diputado Ulloa, las características y la cantidad de salvavidas, por ejemplo, en la playa; esa dotación la define Directemar. En el caso particular de las piscinas de uso público se encuentra establecida en el Reglamento 209 del Ministerio de Salud.
40:00
Y el Ministerio de Salud, cuando autoriza el funcionamiento de una piscina, determina el número de salvavidas que debe tener, en atención a sus características propias y a la cantidad de personas que pueden ingresar. Existe también una regulación relativa al recinto particular, que debe, por ejemplo, contar con camarines; es decir, esto se encuentra regulado por la normativa sectorial respectiva, por lo que no se aborda acá.
¿Por qué se hacía esta prevención previa? Básicamente, porque la inquietud manifestada, en particular por los albedrías, era abordarla a través de la participación directa en los procesos de certificación de competencias laborales. ¿Qué implica el proceso de certificación de competencias laborales, conocido en el sistema como Chile Valora? Consiste en la creación de un perfil –o de varios perfiles– que recoja las características de los distintos tipos de salvavidas. Esto se realiza de forma tripartita, con la participación de los trabajadores, los empleadores y el Estado, y mediante ello se definen dichos perfiles. ¿Qué permite esto? Que los salvavidas que cumplan con determinadas competencias puedan certificar aquellas aptitudes que no se adquieren mediante la educación tradicional, y que permitan acreditar el cumplimiento de requisitos en situaciones específicas, como el nado en determinadas circunstancias.
Esto no obsta a que, con esos perfiles, la autoridad marítima y el Ministerio de Salud continúen estableciendo los requisitos mínimos, ya que están relacionados con las características particulares de cada entorno. En materia laboral, incluso se podría fijar una regla; sin embargo, la regulación sectorial resulta mucho más dinámica en relación a los tipos de piscina. Por ejemplo, en el contexto de la aparición de alguna enfermedad –como ocurrió con el coronavirus–, la regulación del sector que autoriza el funcionamiento se modifica, sin que ello exceda el ámbito de los aspectos laborales.
Por ello, el proyecto no recoge dotaciones mínimas, ya que estas están establecidas legalmente en otras instancias, como en lo que respecta al presupuesto de los municipios. La diputada Sandón ha señalado que las exigencias de la normativa precisan obligaciones que ya existen. En el ámbito de la certificación de competencias laborales, quienes acuden a la certificación son los salvavidas, en relación con la construcción de un perfil. En este sentido, como se señala en el informe financiero, lo que se busca con la regulación es adecuar aspectos que ya deberían cumplirse. Por ejemplo, a propósito de la fiscalización que indicó la subsecretaria a través del presidente, se detectó que existían aspectos –como los baños– que ya están contemplados en la regulación vigente.
Lo que se pretende es que se consideren de forma particular las condiciones de los salvavidas en el cumplimiento de dichas normativas, potenciando el tipo de fiscalizaciones que tengan en cuenta las condiciones específicas que enfrentan, por ejemplo, en una playa, donde conviven situaciones muy particulares, como la presencia de mascotas o el consumo de alcohol, que no forman parte de sus funciones. Por ello, es importante definir qué es un salvavidas y fijar un marco de perfil de competencia.
Finalmente, respecto a estos cuatro puntos, no se afectan las fórmulas de despido vigentes. Las inquietudes del sector se han abordado a través de Chile Valora y la certificación de competencias, aspecto que se pretende avanzar durante este año. En cuanto a las dotaciones mínimas, estas están fijadas actualmente por la legislación, ya que no puede funcionar una playa o una piscina sin cumplir con ellas. Y, en relación al presupuesto de los municipios, lo que establece la regulación es, en esencia, ordenar lo que ya existe.
Muchas gracias. Gracias, presidente.
45:00
El tiempo contratado no podrá ser inferior a tres meses. Ese es el punto que yo coloco nuevamente en el tablete, porque insisto: no es lo mismo Arica, no es lo mismo Iquique, no es lo mismo Santiago, no es lo mismo Punta Arenas, no es lo mismo Chiloé, etc. Por tanto, obviamente, esta norma es muy fácil que la puedan cumplir eventualmente los municipios, ¿cierto? Aún cuando los alcaldes nos van a reclamar, sin lugar a dudas —como ya de costumbre— que estamos haciendo normas sin el presupuesto necesario. Pero está bien, aceptando eso, también se aplicará a empresarios o a condominios que eventualmente puedan tener piscinas, sean públicas o privadas. Por tanto, hay que tener especial cuidado con la temporada estival de la zona respectiva. Insisto: tres meses puede parecer, para una persona del centro, algo evidente, pero no es evidente en todo Chile. Eso es, presidente.
Muchas gracias, diputada Olloa.
Diputada Osandor: Gracias, presidente. Quisiera preguntarle al Ejecutivo, por su intermedio, respecto a lo que observamos al leer rápidamente el proyecto. Lamentablemente no lo teníamos antes, pero en el proyecto original discutimos varias cuestiones que veo que aquí se han eliminado. ¿Se acuerdan que debatimos, por ejemplo, las labores que se le podía permitir o no? Se trataba, en especial, de no involucrar tareas relacionadas con el orden público, el rescate de animales o el aseo de playas, tal como se expresa en el artículo 152, actividades de las cuales el Ejecutivo no se hacía cargo en el proyecto sustitutivo. Eso es lo que quiero señalar: creo que se restringe a lo mínimo. Quiero que se aclare, porque recuerdo que debatimos bastante ese tipo de cuestiones, como si correspondía que se incorporasen o no, y si en ciertos casos, como el de los perros —¿se acuerdan?— se discutía si se debía exigir algo específico al municipio en situaciones de ausencia de personal o durante días lluviosos, cuando algunos decían que se podía proceder con limpieza y otros no. En ese sentido, solicito, por intermedio de este espacio, preguntarle al Ejecutivo acerca de los perfiles que se evaluarán. Entiendo que Directemar, en el fondo, certificará esos distintos perfiles. Quisiera saber si existirá una nueva tipología de certificaciones o se mantendrán las actuales. Hoy tengo entendido que, al menos en algunos casos, se distinguen perfiles de manera diferenciada, como ya expresé hace un ratito. Tal vez dejemos esta pregunta para más adelante o, en su defecto, el Ejecutivo podría comunicarnos si tiene noción al respecto. Me parece que la sustitutividad del Ejecutivo resulta más restringida de lo que se debatió con los gremios en esta comisión.
Presidente: Gracias, diputado Sandón. Antes de continuar, quisiera recabar el acuerdo respecto a que se admite a trámite la indicación presentada por el Ejecutivo. ¿No habría acuerdo? Muy bien.
Presidente: Antes de dar la palabra al Ejecutivo, permítanme hacer una observación en relación a lo que planteó el diputado Ulloa. Su observación, ya formulada en sesión anterior, tiene sentido. Yo sostendría la opinión de introducir una enmienda que establezca una excepción, es decir, que se agregue que el contrato, tal como indica la propuesta, no será inferior a tres meses, salvo en aquellas zonas donde la Autoridad Marítima Sanitaria fije una temporada estival menor. Propongo esto para salvar el punto.
Diputado Llega: Gracias, presidente. Considero que esta es una aprehensión compartida por muchos. Hago una mención especial: la norma señala que son trabajadores salvavidas aquellas personas cuya labor consiste en la vigilancia y el salvamento de bañistas en áreas públicas o privadas. Es decir, ¿puede entenderse que, en algunos casos, se trate de la piscina de un condominio? Ese es el punto que expongo, con el fin de dejar clara la delimitación de lo que abarca la norma. Según lo expresado en la indicación sustitutiva, que tenemos ahora la oportunidad de revisar detenidamente, se entiende que los trabajadores salvavidas incluyen aquellos que actúan en playas de mar, ríos, lagos, embalses y piscinas.
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Pero es que no tenemos el comparado; solo contábamos con el texto. Entonces, el numeral 5, que indica el número de factura de compra o documento equivalente que acredite la importación, queda enunciado respecto a la eficacia de lo señalado.
Sí, sí, sí, me permite, Presidenta: le voy a pasar la palabra para referirse a este punto a don Diego Rojas. Bueno, en relación a esta consulta sobre el impacto que tiene el trabajo realizado con la fuerza tarea para la prevención de nuevos vehículos, que permitió el enrolamiento de vendedores el año pasado, cabe destacar que ya se posibilitó el control de los vehículos. Antes de este enrolamiento, si uno traía un auto del extranjero, no tenía manera de demostrarlo. Hoy, para poder vender un vehículo, es imprescindible estar enrolado, y eso ya fue cubierto por la norma anterior, que abordó la prevención de este tipo de situación. Considero que, a esas alturas, ya estaría resuelto, ya que se está haciendo prevención por esa vía.
Muchas gracias, Presidenta.
En relación a las preguntas del diputado Araya, la base de datos no integrada de lo que era «auto seguro» es tema relevante. El sistema que opera la Asociación de Aseguradoras, y que se entrega de forma gratuita a 240 municipalidades, contiene la base de datos de vehículos denunciados por las compañías de seguro, al señalar que han sido reportados como robados, así como las denuncias vecinales registradas en cada municipalidad. Sin embargo, esta base no es la misma que mantiene Carabineros, donde se acumulan todas las denuncias de robo. Por ello, no están integradas. Hemos solicitado esa integración, pero hasta el momento no se ha logrado. Aprovechemos que contamos con 240 municipalidades equipadas con lectores de placas, y propongo integrar toda la información para que se realicen los controles necesarios, ya sea por parte de Carabineros o del Ministerio del Interior, de modo que esta solución esté habilitada antes de que finalice el mes, según lo que corresponda en el ámbito del Ministerio de Seguridad.
Coincido en la necesidad de un oficio unánime de la Comisión, exigiendo que esta integración se realice a la brevedad posible. ¿Cómo vamos a depender del sector privado y de sus autoengaños? Por favor, le solicito a su secretario que se encargue de redactarlo.
Siguiendo con el tema, el diputado Araya también preguntó qué ocurrirá respecto al robo de placas o a la duplicidad de la patente. Por ello, vuelvo a ceder la palabra, con intermedio de la Presidenta, a don Diego Rojas para que responda esta inquietud en particular.
Presidenta: Justamente, el robo o duplicidad de la placa patente es hoy un gran problema. Muchos de ustedes, que representan zonas distantes de Santiago, reciben reclamos de situaciones en las que, por ejemplo, un vehículo aparece en Santiago y luego, en cuestión de 20 minutos, en otra comuna, como en Nueva Imperial, sin que haya presencia real del propietario. Esto sucede porque, al no tener los datos cruzados ni sincronizados, los vehículos parecen circular en lugares distintos simultáneamente. Con la herramienta que proveemos a las municipalidades, estamos levantando alertas en tiempo real: se reporta, por ejemplo, que un auto se visualiza en Arauco y luego en San Miguel en un corto lapso. Esto posibilita su recuperación; sin embargo, para quienes sufren el robo de su patente, o en el caso de la clonación, habría que explorar alguna medida especial para permitir el cambio de la patente o realizar una inscripción, de la misma forma que, en ocasiones, lo hace la Corte con instrucciones especiales.
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Esa es la generalidad. Por tanto, ¿las piscinas de condominios en todos los lugares de Chile van a estar obligadas a contratar salvavidas? Esa es la primera pregunta, es decir, genera un costo. Ya tenemos un costo de luz, ya tenemos un costo de agua, tenemos gastos comunes que van acumulándose. Entonces, mi consulta es sobre los condominios, lo que sería, obviamente, algo muy perjudicial hoy día: establecer un costo adicional. Quiero salir de esa duda respecto a lo que se plantea como concepto general, porque, más encima, estamos asignando tres meses en un condominio del sur, donde la temporada dura, con suerte, solo enero. Me parece exagerado establecer este tipo de requisitos en todos, sin excepción. Eso es, presidente.
Bueno, es una buena pregunta. Yo tengo la duda. Entiendo que esto nos trae una obligatoriedad, pero dejemos que le pegue la palabra al Ejecutivo y luego escuchemos también a Directe Mar para que podamos seguir con el debate.
Voy a intentar hacer memoria de lo que consultaron, porque se me acabó mi computadora. Anecdóticamente, el enchufe no funciona. Respecto de los aspectos de funcionamiento en materia de competencias laborales, lo que se hace es que existen centros que certifican las competencias, a propósito de la construcción de un perfil. En ese perfil puede participar el Estado y, con seguridad, este participará con las funciones propias del Ministerio del Trabajo, pero sin duda tiene que haber un trabajo coordinado con el Ministerio de Defensa para certificar dichas competencias. Esa certificación habilita que una persona no tenga que estar contando sus experiencias laborales en un currículum para dar cuenta de que sabe algo, algo que no puede certificar cualquier institución.
A propósito de eso, eso no obsta a que las condiciones propias de cada lugar las definan Directe Mar o el Ministerio de Salud, para dejarlo súper claro. Quienes certifican serán las instituciones certificadoras de Chile Valora, a propósito de esta construcción de perfiles, pero, finalmente, en el ámbito de la contratación se tiene que cumplir, además de estar certificado, por cierto, los requerimientos específicos del MINSAL y, según sea el caso, de Directe Mar.
Respecto al alcance de la restricción que existía en el primer proyecto en cuanto a las labores que se establecían, a juicio del Ejecutivo, el hecho de que exista una definición de las labores específicas y que, en el inciso tercero, se establezcan condiciones para el cumplimiento de las funciones definidas en el inciso primero – relacionado con capacitación, condiciones básicas, condiciones de salud, aspectos de capacitación, etc. –, lo que se busca es que no exista una enumeración. Podríamos listar cada requisito, pero lo importante es que se dé cuenta que esas personas están capacitadas para esa labor. Por ello, también se van a certificar las competencias laborales para esa función, con el fin de dar certeza a los trabajadores y resguardar la seguridad de los bañistas; eso es fundamental dejarlo asentado.
En relación a la consulta sobre la temporalidad, nosotros, al menos, compartimos con la prevención realizada y consideramos que se puede efectuar algún ajuste en materia de piscinas privadas. Lo relevante es hacer presente que no todas las piscinas privadas tienen salvavidas, ya que no existe una exigencia en la materia: es lógico, pues hay personas que tienen una casa y una piscina privada. Lo que sí se establece es que, si voy a contratar a alguien como salvavidas, esa persona debe cumplir con lo que implica serlo, porque, de lo contrario, no se cumple el objetivo de resguardar a los bañistas y tampoco se protege laboralmente a quien desempeñe esa función. Una institución privada puede contratar un salvavidas o, igualmente, optar por no tenerlo en su condominio. Cosas distintas son las piscinas de uso público, en las que se establece un número mínimo de salvavidas, se identifican y se regulan sus funciones. Por ello, para hacer esta distinción, creemos que es necesario que, si alguien va a contratar un salvavidas, se asegure de que esa persona cumple con la ley.
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