1.- Bol.N° 12092-07 Modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales.
Para este asunto ha sido especialmente invitado el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Jaime Gajardo.
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Senadora, antes de entrar en la orden del día para la cual estamos convocados, colega, les pediría la atención por lo siguiente: en cumplimiento de los acuerdos y de lo ocurrido, al menos en el Senado, desde el lunes de esta semana la presidenta de la Comisión de Constitución es la senadora Paulina Núñez. Entonces, lo que me gustaría es proponer el proceder al reemplazo de la presidencia de esta mixta, no obstante que la elección se hizo hace un par de semanas en mi calidad de presidente de la Comisión de Constitución, pero también para honrar los acuerdos, ya que la presidenta titular por todo el año es la senadora Paulina Núñez. Me permito plantear eso, si les parece, para que ella pueda presidir la Comisión Mixta. ¿Les parece? Por unanimidad, entonces procedemos al reemplazo.
Senadora, presidenta, tiene la palabra.
Bueno, muchas gracias al senador Durresti y, por supuesto, a la comisión también, por la unanimidad. Todos sabemos que en este proyecto quiero saludar, por supuesto, al ministro, a los asesores presentes y a cada uno de los senadores, senadoras, diputados y diputadas. Queda poco, lo quiero decir de esa manera, y creo que podríamos perfectamente seguir con la discusión, avanzando en lo que aún se debe votar y, ojalá, pudiéramos, al menos con el ánimo, tomarnos una sesión más. Yo, sinceramente, creo que para poder ordenarnos, para poder discutir y votar —como ya lo indicaba el senador Durresti— el trabajo se hizo como correspondía, sin perder tiempo por el tema de los cambios, comisiones, etcétera. Por ello, le pido a la Secretaría que nos actualice, puesto que, tras la discusión que se logró dar en la sesión pasada, ya tenemos lo que debemos recordar y, en consecuencia, poder votar.
Señor Secretario, gracias.
Sus señorías, muy buenas tardes a todos ustedes. Buenas tardes, invitados e invitadas, señor Ministro, buenas tardes. Ustedes recordarán que en la última sesión que hizo esta Comisión Mixta a propósito de este asunto se constató que, en primer lugar, existen siete puntos de divergencia con la Cámara de Diputados, y enseguida la Comisión se abocó a revisar, en específico, el punto que incide en el numeral 2 —que pasó a ser el numeral 4 en el texto del Senado—, reemplazando el artículo 287 del Código. Ese texto fue sometido a votación con la sola excepción de las letras E e I, que quedaron pendientes. Como resultado de esa votación, el texto acordado por el Senado fue aprobado por 9 votos a favor y 1 en contra, del senador Soraya. En consecuencia, corresponde que continuemos con el debate relativo a esas letras E e I que quedaron pendientes.
Estamos hablando, en el comparado, de la página 11, donde aparece el numeral 2 y, específicamente, nos referimos a ese mismo numeral de la Cámara de Diputados que en el Senado pasó a ser el numeral 4. La letra E está consignada en la página 15 de nuestro comparador. Esa letra, que fue acordada por el Senado en el segundo trámite constitucional, dice lo siguiente:
"La respectiva convocatoria no podrá condicionar la postulación o selección al cumplimiento de requisitos diversos a los previstos en el artículo 463 bis de este código. Todos los postulantes que cumplan con estos requisitos serán incorporados directamente a la fase de evaluación del proceso de selección. En la fase de evaluación no podrá, en caso alguno, considerarse el ejercicio previo de las funciones notarial, registral o archivística para dar preferencia a una postulación respecto de otra."
Este es el punto que, en particular, generó especial controversia con la Cámara de Diputados en relación a la experiencia.
¿Le doy la palabra al Ministro? ¿O senadora? ¿Sobre el punto? No, Ministro.
Por su intermedio, presidenta, junto con saludarle a usted, saludar a todos los senadores y senadoras presentes, diputados y diputadas.
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El Ejecutivo tiene una propuesta para el inciso segundo del literal E, que considera aquellos aspectos discutidos en la última sesión, teniendo en cuenta que se presentó una propuesta pero hubo diferencias respecto a la expuesta en ese momento. Entre otras cosas, se planteó —por ejemplo— que la redacción de la propuesta fuera más sencilla y, en segundo lugar, que se eliminara la fórmula condicionada, señalándose de manera imperativa que se tendrá que considerar la experiencia. En consecuencia, la nueva propuesta dispone que, en la fase de evaluación, se considerará la experiencia; es decir, ya no se evaluará de forma opcional, sino de manera obligatoria.
La propuesta también establece que se valorará la experiencia profesional previa de los postulantes, en especial en el ejercicio de carácter titular de los cargos de notario, conservador o archivero. En estos casos, la ponderación asignada a dicho criterio y el resultado final no podrán vulnerar la igualdad de los postulantes, debiendo prevalecer los resultados obtenidos mediante la rendición de los instrumentos de evaluación. Esta última parte se ha adoptado, simplificándose su redacción, basándose en un enfoque similar al de la Ley de Compras Públicas, con el objeto de evitar que uno de los criterios evaluativos sea el único factor determinante.
Al tratarse de una redacción similar a la utilizada en otros procesos concursales —que cuenta además con amplia jurisprudencia— se ha entendido que, en aras del principio de igualdad al momento de postular, deben considerarse distintos aspectos, sin que ninguno de ellos tenga un peso absoluto. Por ejemplo, si existen diversos elementos para evaluar, ninguno puede valer el 80%, ya que eso implicaría que la experiencia fuera el criterio preponderante. Por ello, deben considerarse distintos factores que permitan que quienes cumplan con los requisitos postulen en igualdad de condiciones.
Gracias, Ministro.
Me permito intervenir: Estoy absolutamente abierta y me parece importante considerar la experiencia. Escuchando las distintas intervenciones en la Cámara, resulta evidente que tiene sentido, más aún cuando el propio Ministro, a través de la Presidenta, nos ha señalado que, conforme a la Ley de Compras Públicas, no puede existir un único criterio evaluador. Sin embargo, dado que la redacción propuesta queda demasiado abierta y no se condice con lo que se pretende aplicar, considero que, si la Comisión Mixta está de acuerdo en la necesidad de valorar la experiencia, se le debe asignar un porcentaje definido. No puede ser, por ejemplo, un 80%, porque implicaría omitir su valoración; podría ser un esquema de 30-70 o 40-60, pero que quede claramente establecido. Con la redacción actual, la alta dirección podría decidir, en algunos concursos, dar mayor énfasis a la experiencia y en otros, menor. Es fundamental que se determine de forma precisa que el factor experiencia en la evaluación se considerará, ya sea en un 40% o en un 30%, independientemente de las diferencias en la prueba, en el mérito o en la forma de evaluar los conocimientos del postulante.
Gracias, Presidenta.
Gracias, Presidenta, por el intermedio para saludar al Ministro y a su equipo. Quiero señalar que la indicación presentada resulta en esencia lo mismo que, entre comillas, se rechaza, aunque expresada con otras palabras. Considero, tal como se sostuvo durante la discusión en la Comisión, que debe evaluarse la experiencia y mantenerse la diferenciación por categorías. No es lo mismo administrar o servir en una notaría, por ejemplo, en la comuna de Sierra Corda, que hacerse cargo del Conservador de Antofagasta, ya que se trata de niveles de complejidad distintos y aprobar la prueba no garantiza necesariamente que el postulante posea las capacidades o la experiencia suficiente. Debe existir un enfoque integral, y la trayectoria profesional respalda esa diversidad. Si se opta por no mantener las categorías, comparto el criterio de la Senadora Benzper de que, por ley, se debería establecer que el porcentaje mayoritario al postular corresponda a la experiencia, pues no se trata únicamente de participar, sino de respetar un cierto grado de carrera profesional.
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niveles de conocimiento, porque si no aquí se pueden cometer errores que después vamos a estar lamentando. Entonces, en eso creo que la indicación del Ejecutivo no cumple con lo que fue el rechazo de la Cámara y lo que se conversó en la sesión pasada. Gracias, Senador. La diputada Flores y el diputado Alessandri.
Presidenta, yo primero quiero coincidir con mis antecesores, con los dos senadores. Me parece que, en definitiva, no existe un cambio realmente esencial en la indicación que está presentando el Ejecutivo, como dijo por su intermedio, Presidenta, el senador Araya, es lo mismo, no más que con otras palabras. Yo creo que, cuando en la Cámara de Diputados quisimos darle una relevancia y una ponderación especial que tuviera efectos en el resultado final a la hora de designar a un notario o un archivero, considerando la experiencia, no se trataba simplemente de ponerlo como algo –un adorno, un adicional–, sino que efectivamente incidiera en el resultado. Esa fue la discusión que nosotros dimos, pues no nos parece inocuo que una persona con experiencia y otra sin experiencia tengan absolutamente las mismas posibilidades.
Yo creo que la experiencia, sobre todo en este tipo de cargos, es fundamental. En ese sentido, la indicación tal como está –yo diría que hasta el primer punto seguido estaría disponible–, pero en el resto va en contra de lo que en la Cámara de Diputados tratamos de ponderar, que era precisamente darle importancia a la experiencia, así como mantener el tema de las categorías, también fundamental. Por lo tanto, Presidenta, creo que el acuerdo al que habíamos llegado de generar una redacción distinta, que realmente genere efecto al considerar la experiencia, no se está cumpliendo con la indicación del Ejecutivo. Gracias, Presidenta.
Gracias, Diputada. Diputado Alessandri.
Gracias, Presidenta. En la misma línea, esta comisión mixta había decidido que la experiencia debía ser tomada en cuenta. La indicación del Ejecutivo dice “se considerará”, pero a continuación establece que “no podrá vulnerar la igualdad de los postulantes”; por lo tanto, la indica y después la elimina. Parece más cuña de televisión que indicación para un proyecto de ley. Y, a propósito de lo que decía el senador Araya sobre las categorías, estoy de acuerdo en que habría que mantenerla y, además, en la primera línea, donde se dice “se considerará la experiencia profesional previa”, eso resulta demasiado alto, o sea, demasiado abierto. Yo quiero que se precise: que tengan experiencia en notarías, en conservadores. La expresión “experiencia profesional” abarca, por ejemplo, el trabajo como abogado privado o en un banco, lo que deja el concepto excesivamente amplio. No sé cuál sería la redacción correcta, si poner “experiencia registral” o “experiencia en un cargo similar”. Me parece que la mera experiencia profesional no es suficiente, ya que un abogado puede tener carreras en áreas muy distintas. A mí me gustaría que tuvieran experiencia siendo notarios en notarías medianas o pequeñas, para luego acceder a una grande. Gracias.
Gracias, diputado.
Senador Durresti. Estimados colegas, estamos en un punto para aprobar un proyecto histórico de reforma al sistema notarial. Con mucho respeto, considero que las intervenciones de los colegas que me han antecedido buscan mantener el gatopardismo: cambiar, pero no en esencia. ¿Me van a decir que llegan a las notarías gente con experiencia hoy día, si es que no por vínculos familiares o cercanos? Cuando son los propios notarios quienes designan a su suplente, esa persona acumula experiencia y, luego, obviamente, califica. Eso es justamente lo que queremos romper. Es un principio básico, por lo que optamos por la alta dirección pública, que significa que compita, que se examinen sus antecedentes, que se exponga su experiencia, edad y trayectoria, sin que quede circunscrito a los mismos de siempre.
Asimismo, es importante que el ministro aclare o reitere la argumentación que señaló, colegas, en aras de mantener la continuidad: uno debe tener el mismo criterio en las distintas instituciones del Estado. El ministro realizó una extensa discusión en la que, por ejemplo, se mencionó que en el Tribunal de la Libre Competencia o, a propósito, en el sistema de compras públicas, no puede imponerse una condición que establezca mayor ponderación a cierto tipo de experiencia, lo que automáticamente excluye a otra persona. Si se pusiera, por ejemplo, que “van a tener mayor preferencia”, se estaría vulnerando ese principio.
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Quienes han ejercido cargos anteriores que no son titulares, obviamente el que hizo un reemplazo ese va a ser el futuro notario o conservador. Y yo creo, estimados colegas, eso es lo que queremos evitar. Me parece muy bien que tenga que ser gente con experiencia. Me parece muy bien que sean revisados, que haya experiencia, y eso debe ocurrir en igualdad de condiciones en la alta dirección pública, en que no se convierta en el eterno suplente que, casi por tema de tiempo, termina asumiendo la titularidad. No. Va a tener, obviamente, ojalá que mucha gente se forme y que pase por ahí, pero no puede ser que la notaría sea prácticamente heredable para quien hizo la suplencia o estuvo ahí, y eso es lo que tenemos que cambiar.
Entonces, estimados colegas, me abro a discutir; voté la otra norma. Entiendo que se hace referencia al postulante en el mismo cargo, pero no, no alteremos esto, sino que revisemos todo y establezcamos nuevamente que salimos del sistema de la alta dirección pública. La alta dirección pública es precisamente para que cualquier hombre o mujer con las características pueda postular, sin generar discriminaciones ni a favor, ni barreras de entrada, ni cotos de atención. Aunque tengo muchas diferencias y planteo discrepancias respecto de la alta dirección pública, confío en que ellos seleccionan a personas de alto nivel en nuestro país y confío, también políticamente, en que lograrán elegir un buen candidato o candidata. Y luego será el Ejecutivo, a través del Ministro o el Presidente –como algunos diputados lo señalan, lo cual no tengo inconveniente en que lo elija–. Entonces, hagamos algo sistémico. Estoy dispuesto a perder una votación; no siempre seré mayoría, pero lo que pido es coherencia en el sistema. Y creo que alterar esto es mejor. Volvamos al sistema en el que las tenas las hace la Corte y mantenemos la misma situación. Considero que la indicación es coherente y, además, le pediría, perdón, Presidenta, que el Ministro –al menos a mí me hizo fe eso– no se trata de una voluntad o un gustito, un plurito del Ejecutivo, sino de una norma que el Ministro consignó a raíz de algunos fallos que han ocurrido en la contratación pública.
Procederé en el orden de la palabra solicitada: el diputado Calisto, el Ministro, el senador Araya y el diputado... no, Leo Soto. Muchas gracias.
¿Me dio la palabra? Sí, ya. Muchas gracias, Presidenta.
Mire, yo creo que aquí tenemos que ser, y por eso es la Comisión Mixta, que es posible llegar a un equilibrio en lo que se ha dicho. En algún momento, públicamente, como Presidenta de la Comisión de Constitución y cuando tramitamos este tema en la Cámara, señalé a propósito de la alta dirección pública que no podíamos pasar del beso a mano de la Corte al beso a mano de la política. Porque tengo mis cuestionamientos respecto del funcionamiento de la alta dirección pública; perdonen que lo diga, pero tengo mis dudas sobre cómo opera, y creo que hay que ser muy claros: el director o representante de la alta dirección pública lo nombra el Presidente de la República. Por lo tanto, evidentemente, la alta dirección pública es política también, ya que existe una designación política. Hecho ese cambio, Presidenta, respecto de la alta dirección pública, que tiene un componente político, creo que no podemos dejar tan abierto este tema en el que ingresen personas que no poseen la capacidad ni la experiencia para dirigir notarías y conservadores en Chile. Debe incluirse la experiencia, y coincido con la diputada Flores cuando en la primera parte se señala sobre la experiencia profesional, pero en la segunda se contradice lo dicho al inicio, es decir, es como letra muerta.
Entonces, creo que es perfectamente posible, Presidenta, llegar a un entendimiento en esta Comisión Mixta, porque si no sucede lo mismo que ocurre con las embajadas –todos cuestionamos que a los embajadores se les nombra directamente, a veces por designación política, sin respetar la carrera diplomática– aquí estamos haciendo exactamente lo mismo. Y no estamos, a propósito, en lo que decía el senador Durresti; no es lo mismo respecto de las compras públicas. Uno entiende que si se va a licitar efectivamente la compra de algún servicio, ahí no puede ir condicionado. Ciertamente, en las licitaciones no puede establecerse en las bases una condición discriminatoria, pero en este caso estamos hablando de la selección de personas que van a cumplir un servicio, en este caso servicio a la...
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Comunidad, de fe pública, servicios notariales y registrales. Entonces, yo creo que hay que buscar el equilibrio. Yo creo que ya se dio el paso de transparencia, de apertura, con la aprobación de la alta dirección pública. Reitero, algo que yo no comparto 100%, pero creo que en la segunda parte tenemos que incorporar un contenido relacionado con la experiencia y tenemos que buscar el acuerdo. Gracias, diputado. Ministro. Muchas gracias, Presidenta, por su intermedio.
Solo quiero recalcar un par de cosas que son parte de la lógica del sistema y de los fundamentos del porqué se está haciendo esta reforma. La Fiscalía Nacional Económica, en su momento, señaló en un informe que uno de los principales problemas del sistema de notarios era que, para poder llegar a ser notario, se requería, primero, haber sido notario suplente durante un tiempo y que únicamente las personas que habían sido notarios suplentes podían llegar a ser notarios titulares, ya que cumplían el requisito que, posteriormente, abría la posibilidad de participar en los concursos. Requisito que no se encuentra en la ley vigente.
Entonces, una de las cosas que hace esta reforma es señalar que no pueden existir otros requisitos que funcionen como barreras de entrada; se eliminarán dichas barreras, quedando únicamente los requisitos que señala la ley y que serán contemplados, conforme a lo aprobado en el artículo 287. Lo otro es que se cambia, por cierto, quién llevará a cabo los procesos de selección: ya no serán las Cortes, sino que será el sistema de alta dirección pública. En esa lógica, el proyecto original, en su formulación de cómo quedó en el segundo trámite, no considera la experiencia como un criterio de evaluación más allá de los perfiles que se pudieran elaborar. Por eso, lo que rechaza la Comisión de Constitución de la Cámara en el tercer trámite es la estricta limitación de considerar la experiencia únicamente dentro de los perfiles, sin que exista ninguna norma o regla que establezca que deba considerarse la experiencia previa en un cargo de notario, archivero o conservador en la evaluación.
Lo que estamos proponiendo en esta tercera versión es que los criterios de evaluación deben incorporar la experiencia. Ahora bien, contamos con una experiencia acumulada en otro sistema similar, que es el de Compras Públicas. Originalmente, ese sistema tenía un problema parecido al del sistema notarial: las empresas que se adjudicaban las licitaciones cumplían con los criterios de evaluación, lo que generaba, a través de dichos criterios, una barrera de entrada. Esto se ha estudiado durante el tiempo que ha estado vigente la Ley de Compras Públicas, ya que, aun sin existir una barrera de entrada inicial, los criterios de evaluación pueden, al establecer requisitos no contemplados en la ley, constituir una barrera.
Para evitar que esto ocurra, se ha adoptado la redacción del artículo 58 de la Ley de Compras Públicas, que dispone que ningún criterio de evaluación, por sí solo, puede generar una desigualdad entre los oferentes. En el caso que planteamos, esto se refiere a los postulantes, pues ya se encuentra consolidada la jurisprudencia administrativa que establece que los criterios de evaluación, en sí mismos, no deben afectar la igualdad de los postulantes o concursantes. En términos sencillos, ningún criterio puede generar un desequilibrio en una postulación pública que se convierta en una barrera de entrada, ya que de lo contrario se afectaría la igualdad entre los postulantes.
Efectivamente, se podría argumentar que el mercado público es distinto al mercado notarial, pero al fin y al cabo ambos son procesos concursales en los cuales también pueden existir servicios profesionales. Lo que está detrás de eso es que ese proceso concursal ya cuenta con ciertas, por así decirlo, reglas que nos permiten...
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