Cámara de Diputados Educación

Cámara de Diputados - Educación - 26 de marzo de 2025

26 de marzo de 2025
11:30
Duración: 1h 31m

Contexto de la sesión

Sesión especial citada con objeto de continuar con la votación en particular del proyecto de ley, originado en mensaje, que crea un nuevo instrumento de financiamiento público para estudios de nivel superior y un plan de reorganización y condonación de deudas educativas (boletín N° 17169-04), en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “suma”. La Comisión ha invitado al Ministro de Educación, señor Nicolás Cataldo Astorga, o al Subsecretario de Educación Superior, señor Víctor Orellana Calderón. * Los indicados en la citación.

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Ruego a las y los presentes ponerse de pie. Buenos días. En nombre de Dios y la patria, se abre la sesión. La señora Secretaria dará lectura de la cuenta. Gracias, Presidenta. Se han recibido los siguientes documentos: Comunicación del jefe del comité de Diputados de CEE e Independiente, por la que informo que el diputado Felipe Camaño será reemplazado en esta sesión por el diputado Héctor Berría; comunicación suscrita por la jefa de la bancada de diputados PPD y el jefe de la bancada de diputados Frente Amplio e Independiente, a través de la cual se informa que la diputada Elia Molina será reemplazada en esta sesión por el diputado Jaime Sáez; comunicación suscrita por el comité Frente Amplio e Independiente y el comité Liberal, Radical e Independiente, por medio de la cual se comunica que la diputada Carolina Tello reemplazará en la presente sesión al diputado Luis Maya; también, una comunicación para hacer presente el reemplazo de la diputada Serrano por la diputada Gael Llamas; y comunicación suscrita por la diputada Marcia Rafael y el diputado Juan Santana, por la que informan que han acordado pareo para la presente sesión. Hasta el momento no se han recibido otros reemplazos, Presidenta. Es toda la cuenta. Muchas gracias, señora Secretaria. De todas maneras, entiendo que el diputado Becker vino a reemplazar para marcar la asistencia de la diputada Marcia Rafael. Abrí unanimidad para que, no para desarmar el pareo, porque eso depende de otro diputado, pero sí para darle la posibilidad de marcar asistencia al diputado. ¿Sí? Acordado. Acordado. Reemplaza a la diputada Marcia Rafael para los efectos de… no llegó, pero hay unanimidad, así que espero que se mantenga la misma buena voluntad el resto de la sesión. Dicho eso, señora Secretaria, ¿podría ilustrarnos de dónde quedamos en la última votación? Diputado Abadía. No, no, no, nada, es serio. Pongámonos serios ya. A la Secretaría, Presidenta, respecto de las convocatorias: ¿con cuántas horas de anticipación? Yo sé que la Presidenta tiene la facultad y que, bueno, a…
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Y abusado de esa facultad, pero creo que no es prudente que se nos cite de la noche a la mañana cuando muchos diputados tenemos otros compromisos que hemos contraído con mucha anticipación. Entiendo perfectamente que la Presidenta quiera apurar el trámite de este mal proyecto del Ejecutivo, pero eso no es aconsejable si lo hacemos en forma inconsulta. Creo que es conveniente siempre consultar, ya que así se contribuye al buen ambiente en la comisión. Entonces, le consulto a la Secretaría: ¿con cuántas horas de anticipación está facultada para convocar a la Presidenta, en este caso, a esta sesión? Presidenta, la citación normalmente se hace con cuatro horas, es decir, se requieren cuatro horas de anticipación. En el caso de un proyecto con suma urgencia o con discusión inmediata, se requiere una hora. Una hora. Ok. Está bien. Aclarado el punto, diputado Díaz. Está bien que se requiera una hora, pero siempre es recomendable que se consulte, ya que todos tenemos otros compromisos y comisiones paralelas que han sido convocadas con mucha más anticipación. Espero que la próxima presidencia haga uso de sus facultades consultando, por cierto, a los integrantes de esta comisión y no, como ha ocurrido el día de hoy, de forma unilateral. Muchas gracias, diputado Abadía; esperamos que así sea con la próxima presidencia. Dicho eso, señora Secretaría, ¿nos puede ilustrar en dónde quedamos para poder dar la discusión? Nos corresponde conocer el artículo 11 del proyecto. Las indicaciones son: la primera, del diputado Cornejo, para suprimirlo, y la del Ejecutivo para incorporar, en el inciso primero, a continuación de la palabra financiamiento, la frase: "así como respecto de quien realice un cambio entre instituciones adscritas para cursar la misma carrera o programa". Eso, Presidente. Ofrezco la palabra. Estamos en la indicación 12, indicación 29, ¿cierto? Artículo 11, perdón. Artículo 11. Puede intervenir, diputado Badía. Creo que sería conveniente que le demos lectura al artículo que estamos votando y ver cómo queda con la propuesta del Ejecutivo. Por una razón muy sencilla, Presidente, y espero que en esto, Presidenta, estemos de acuerdo: ayer se me hizo el comentario de que quienes siguen —y son muchos— la discusión de este proyecto, no tienen acceso al texto como nosotros lo tenemos. Las personas que lo siguen a través de la televisión no saben lo que estamos votando. Por lo tanto, es conveniente que, para que efectivamente tengan el antecedente directo de lo que estamos votando, se le dé lectura al artículo correspondiente con las indicaciones que han propuesto los diputados del Ejecutivo. Por lo tanto, solicito a la Secretaría que lea el artículo 11 con las indicaciones que se están proponiendo. Y, después, procedamos a la votación. Diputado Abadía, señora Secretaría, déle lectura al artículo en vista de lo que solicitó el diputado Abadía, y luego entramos en votación, ya que no hay más palabras. En todo caso, presiento aclarar que el comparado siempre se publica en la página web de la comisión. Artículo 11. Sobre el cambio de carrera o programas de estudio. El instrumento se mantendrá respecto de la o el estudiante que realice un cambio voluntario de carrera o programa de estudio dentro de una institución de educación superior, o entre instituciones adscritas del instrumento de financiamiento, por una única vez. Ahí, donde está marcado en el comparado con una rayita, va la indicación del Ejecutivo. En los casos regulados en el inciso precedente, para la determinación de la cobertura máxima del financiamiento, se considerará la duración nominal de la carrera o programa de estudio más larga, aumentada en un 50%. No se considerará que el o la estudiante ha realizado un cambio voluntario de carrera o programa de estudio en el sentido referido en el primer inciso cuando haya debido realizar el cambio de carrera o programa por haberse revocado la acreditación de la institución de educación superior en que cursaba sus estudios, o por haberse revocado el reconocimiento de la institución de educación superior en que cursaba sus estudios, …
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Oficial de la carrera o institución de educación superior en que cursaba sus estudios. En este caso, el instrumento cubrirá hasta un año adicional a la duración nominal de la nueva carrera, de conformidad con lo establecido en el artículo 130. Eso es, Presidenta. Muchas gracias. Ofrezco la palabra al Diputado Schubert. Diputado Schubert: Muchas gracias. Buenos días, Presidente. Saludo a los presentes, en particular al señor Subsecretario. Dos cosas: Uno, ¿se puede hacer lectura de la propuesta del Ejecutivo, es decir, de la indicación? Y, dos, si tal vez el Subsecretario pudiera explicar el inciso segundo, ya que no entiendo bien cómo opera o qué es lo que se está planteando. La señora Secretaria hizo lectura de la propuesta del Ejecutivo, tal como me acaba de señalar. Pero respecto de la indicación 33, ésta será leída sin continuar, porque todos lo tienen en sus pupitres. Le ofrezco la palabra al señor Subsecretario. Subsecretario: Indicación. La indicación simplemente cumple el propósito de clarificar que un cambio de carrera se entiende tanto como un cambio de carrera dentro de la misma institución (o programa distinto) como el cambio al mismo programa en otra institución. Ambas situaciones se consideran, a efectos de este proyecto, como un cambio de carrera. El proyecto establece una regla que admite un cambio de carrera con un máximo equivalente a la duración sumada de ambos programas, por lo que es necesario definir qué es un cambio de carrera. En este sentido, la indicación clarifica que se consideran cambios de carrera tanto aquellos que implican programas distintos en una misma institución, como aquellos que implican el mismo programa en instituciones diferentes. Diputado Badía: Presidenta, junto con lo planteado por el Diputado Schubert, la verdad es que en el segundo párrafo no me queda claro y me gustaría que el Ejecutivo profundizara respecto del contenido de esta propuesta en el tercer inciso, que señala que no se considerará que el estudiante ha realizado un cambio voluntario. ¿A qué se refiere? Subsecretario: Estas son reglas que ya existen en el sistema de educación superior, en distintos instrumentos de financiamiento, y se están aplicando en este caso. En relación al inciso segundo, partiendo de los casos regulados en el inciso precedente, se señala que en un cambio de carrera la cobertura total del financiamiento –que abarca ambos programas– se calcula considerando la duración nominal del programa o carrera más larga, más un 50% de la duración de la otra carrera. Luego, el inciso tercero excluye de esta regla a las personas que se cambian de carrera, por motivos de fuerza mayor, por ejemplo, cuando a una institución se le cancela el reconocimiento oficial. Supongamos, ¿no? El año pasado enfrentamos la dificultad en el Instituto Profesional ICFT de Los Lagos, donde, al cambiar de programa –aunque pudiera tratarse del mismo programa en otra institución–, naturalmente no se aplica esta norma, de modo que, entre comillas, no se considera un cambio de carrera voluntario. No sé si se entiende perfectamente. Ofrezco la palabra: Si no entramos en tiempo de votación, evitemos el diálogo. Entramos en votación, entonces, señora Secretaria. En votación, la indicación se somete al artículo 11. Exactamente. He ofrecido la palabra dos veces y nadie la pidió. Normalmente... A ver, diputado, le pido la palabra. Diputado: Sí, pero no se la doy todavía porque le voy a explicar lo siguiente: ofrecí la palabra dos veces y nadie la pidió. Todos pudieron hablar, usted intervino dos veces, el Subsecretario también realizó dos intervenciones, y el Diputado Schubert formuló una pregunta. Fue suficiente, porque nadie pidió la palabra cuando se indicó: “vamos a entrar en votación”. Entonces, vamos a entrar en votación, Presidenta. Yo no voy a hablar sobre el contenido, sino sobre la modalidad de votación. Ah, no, es que eso no: no vamos a abrir palabras sobre ello.
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Señora secretaria, por favor, en votación. Sí, las indicaciones se votan con el artículo; esa es la modalidad de votación que establece el reglamento. Si se rechaza de esa manera, se vota el artículo en su forma original. Esa es la forma de votar. Diputado Guadilla. Diputado Barría. Diputada Tello. A favor, secretaria. Gracias, Diputada Medina. A favor, Diputado Sáez. A favor, Diputado Schubert. A favor, Diputada Llamas. A favor, Diputado Vadilla. Presidenta. A favor. Por la afirmativa: 7 votos, una abstención. Aprobado el artículo, o sea, la indicación — perdón, la indicación con el artículo 12: Suspensión del beneficio, tanto para los efectos del cálculo de la permanencia de un estudiante referido en el artículo 10, como para la permanencia a la que se refiere el artículo 14, no se considerará el tiempo en el cual el estudiante suspenda justificadamente sus estudios, siempre que dicha suspensión sea aprobada por la institución respectiva y se haya notificado a la Subsecretaría según lo disponga el reglamento. La indicación 34 del diputado Cornejo es para suprimir el artículo 12, y la indicación 35 del diputado Badilla es para agregar, entre las frases “institución respectiva” y “se haya notificado”, la expresión “conforme a su normativa interna”. Ofrezco la palabra, señor subsecretario. — Sí, Presidenta, por su intermedio, respecto al artículo 12. Naturalmente, el Ejecutivo recomienda, como se ha considerado por la Secretaría, que la indicación del diputado Cornejo para suprimir el artículo no debe ser aprobada. Por lo tanto, me imagino que se va a votar el artículo en cuanto tal. Asimismo, consideramos que la indicación 35 del diputado Badilla, en aras de seguir teniendo un espíritu de diálogo orientado al entendimiento — si bien nos parece que no agrega nada, dado que las instituciones deben manifestarse y trabajar conforme a su normativa interna — no habría inconveniente en aprobarla por parte de la Comisión desde el punto de vista del Ejecutivo. Así es la indicación 35. Perfecto. Ofrezco la palabra, diputado Abadilla. — Tremendo gesto del Ejecutivo. Es una indicación que, por cierto, contribuye en algo a mejorar, pero me gustaría, por su intermedio, Presidenta, que esa misma disposición se aplicara a otras indicaciones que van al fondo de este proyecto, que en definitiva permiten, entre otras cosas, que los estudiantes se endeuden sabiendo en cuánto y, por cierto, que también tengan la posibilidad de pedir menos de lo que este proyecto obliga — es decir, pedir el 100% y quedar endeudados por 20 años. A eso me gustaría que el subsecretario concurriese con la misma disposición que ha manifestado respecto a esta indicación. Es un gesto insignificante, pero lo valoro. Muchas gracias, diputado Badilla. Ofrezco la palabra. ¿Habría unanimidad para aprobar la indicación 35? ¿El diputado Badilla no otorga la unanimidad sobre su propia indicación? — Claro. (Se hace el micrófono) En votación: la indicación 35 se vota junto con el artículo 12. Diputado Badilla. Presidenta, reitero la invitación que le hago al Ejecutivo para que tenga la misma disposición en las siguientes indicaciones que hemos propuesto, con el único fin de mejorar este proyecto, que sin duda traerá graves consecuencias si se sigue tramitando tal como lo presentó el Ejecutivo. Voto a favor: Diputado Barría; Diputado Cornejo; Diputada Tello; Diputada Medina; Diputado Sáez.
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Diputado Rey, Diputado Schubert. A favor. Diputada Llamas, Diputada Tello. A favor, secretaria. Presidenta. A favor. Por la afirmativa, 10 votos. Aprobada la indicación. Por unanimidad. Artículo 13. Se entiende aprobado el artículo en conjunto con la indicación. Artículo 13. Límite de cobro a estudiantes que financien sus estudios mediante el instrumento. Mientras la duración de los estudios de una persona beneficiaria del instrumento de financiamiento se mantenga dentro de los plazos dispuestos en el artículo 10 de la presente Ley, la institución de educación superior deberá eximirle de cualquier pago asociado a arancel y derechos básicos de matrícula, cualquiera sea su denominación. La misma obligación se aplicará respecto de las y los estudiantes que hayan efectuado un cambio de carrera y cuya permanencia total entre ambas carreras se encuentre dentro del plazo definido en el artículo 11 de la presente Ley, exceptuándose a las instituciones de educación superior de la obligación regulada en el inciso anterior, cuando se trate de personas beneficiarias del instrumento que provengan de los hogares pertenecientes al decil de mayores ingresos o de menor vulnerabilidad socioeconómica de la población, respecto de las cuales se podrá cobrar un monto equivalente a la diferencia entre el arancel regulado y el arancel real de la institución. El reglamento establecerá el instrumento para acreditar la pertenencia al decil correspondiente de cada persona beneficiaria. La indicación 36 del diputado Cornejo es para suprimir el artículo. La indicación 37 del diputado Bobadilla es para reemplazarlo por el siguiente: Artículo 13. Cobro a estudiantes que financian sus estudios mediante el instrumento. Mientras la duración de los estudios de una persona beneficiaria del instrumento de financiamiento se mantenga dentro de los plazos establecidos en el artículo 10 de la presente Ley, o en caso de que se haya efectuado un cambio de carrera cuya permanencia total entre ambas carreras se encuentre dentro del plazo definido en el artículo 11 de la presente Ley, se aplicarán las siguientes disposiciones: 1. Personas beneficiarias pertenecientes a los primeros seis deciles de menores ingresos o de mayor vulnerabilidad socioeconómica de la población. Si han solicitado la totalidad del arancel de referencia, la institución de educación superior deberá eximirles de cualquier pago asociado a arancel y derechos básicos de matrícula, cualquiera sea su denominación. Si han solicitado solo una parte del arancel de referencia, la institución de educación superior sólo podrá cobrarles hasta la diferencia entre el monto solicitado para ser financiado por este instrumento y el arancel de referencia. 2. Personas beneficiarias pertenecientes a los cuatro deciles de mayores ingresos o de menor vulnerabilidad socioeconómica de la población. Si han solicitado la totalidad del arancel de referencia, la institución de educación superior podrá cobrarles la diferencia entre este y el arancel real, y los derechos de matrícula y los costos de titulación. Si han solicitado solo una parte del arancel de referencia, la institución de educación superior podrá cobrarles hasta la diferencia entre el monto solicitado y el arancel real, y los derechos de matrícula y los costos de titulación. El reglamento establecerá el mecanismo para acreditar la pertenencia al decil correspondiente de cada persona beneficiaria. La indicación 38 de la diputada Rafael y del diputado Rey es para modificar el artículo 13 de la siguiente forma: A. Para eliminar lo siguiente:   "deberá eximirle de cualquier pago asociado a arancel y derechos básicos de matrícula, cualquiera sea su denominación. La misma obligación se aplicará respecto de las y los estudiantes que hayan efectuado un cambio de carrera y cuya permanencia total entre ambas carreras se encuentre dentro del plazo definido en el artículo 11 de la presente Ley, exceptuándose a las instituciones de educación superior de la obligación regulada en el inciso anterior, cuando se trate de personas beneficiarias del instrumento que provengan de los hogares pertenecientes al decil de mayores ingresos o de menor vulnerabilidad socioeconómica de la población del país". B. Para agregar en el inciso segundo, antes de la frase "podrá cobrar", la palabra "solo". C. Para reemplazar   "deberá eximirle de cualquier pago asociado a arancel y derechos básicos de matrícula, cualquiera sea su denominación. La misma obligación se aplicará respecto de las y los estudiantes que hayan efectuado un cambio de carrera y cuya permanencia total entre ambas carreras se encuentre dentro del plazo definido en el artículo 11 de la presente Ley, exceptuándose a las instituciones de educación superior de la obligación regulada en el inciso anterior, cuando se trate de personas beneficiarias del instrumento que provengan de los hogares pertenecientes al decil de mayores ingresos o de menor vulnerabilidad socioeconómica de la población del país" por el siguiente texto:   "La institución de educación superior podrá voluntariamente eximir del pago de esta diferencia a los estudiantes que tengan el beneficio por motivos socioeconómicos, por mérito académico o por otros motivos, en cuyo caso deberá extender esta posibilidad a todos los estudiantes que se encuentren en la misma situación". Eso es, Presidenta. Prescuela palabra, Diputado Abadía.
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Presidenta, yo le quisiera consultar la opinión respecto de la indicación que he presentado al Ejecutivo y, posteriormente, realizar algunas consultas dependiendo de si el Ejecutivo acoge nuestra propuesta tal cual acogió la indicación anterior. Vamos a ver si efectivamente hay disposición para acoger lo que estamos presentando como indicaciones para mejorar este proyecto y, si el Ejecutivo lo tiene a bien, le pediría asimismo al resto de los colegas que lo votásemos por unanimidad, pues, si es que el Ejecutivo está de acuerdo con la propuesta, por lo tanto me gustaría escuchar primero la opinión del Ejecutivo. Muchas gracias, diputado Badilla. Diputado Rey tiene la palabra. Solamente, antes, quiero decir que, lo comento, no lo he podido comentar con la Secretaría, pero me parece que la 38 sería incompatible con lo ya aprobado. Sí, gracias, muchas gracias, Presidenta. A ver, no solamente señalo que nosotros tenemos nuestra indicación, la 38, sino también hago una observación respecto de la indicación de mi colega Bob Adilla, de la cual, por esta vez, voy a hablar bien. Lo que pasa es que, en general, muchas de las instituciones de educación superior han señalado que han recibido una merma en sus ingresos con esta nueva propuesta. Y esto es porque, como se indicó ayer, la Superintendencia, contablemente, hizo bien al comparar los pesos anteriores con los pesos de hoy día respecto de los ingresos, sin observar mayores variaciones. Por ello, no se habló de un déficit al no incorporar el IPC, dado que se trataba de un cálculo. Sin embargo, para un estudio, eso no es comprensible, y esto se lo trasladaré a la Superintendencia; debe estar con el IPC incorporado. ¿Por qué? Porque, por algo, las instituciones de educación superior aseguran que con esta medida van a enfrentar un déficit significativo, pues la situación económica de las universidades se complica. Por eso creemos que esta indicación permite aumentar el flujo de ingresos de las instituciones que han caído en este déficit debido a la actual regulación en la gratuidad, la cual prohíbe el pago en los primeros seis deciles. Esta medida fortalecería la situación precaria de muchas universidades, centros técnicos y su autonomía financiera. Los estudiantes podrían solicitar un monto ascendente a la totalidad o, alternativamente, aparte del arancel de referencia, que es lo que se busca. Respecto de nuestra indicación, Usted ha declarado que podría tener incompatibilidad con lo anterior, aunque no lo ha señalado la Secretaría. Quisiera, por último, defenderla y proponer que las instituciones tengan libertad para fijar sus aranceles, haciendo que todos los estudiantes asuman esta diferencia, pero con límites. Esto no es libre albedrío ni implica que se sobrepase, por ejemplo, el 100% del arancel vigente, aunque podría estar sometido a alguna regulación. No obstante, permite que, en este tipo de situaciones, las instituciones puedan eximir del pago de esta diferencia a estudiantes por razones socioeconómicas, mérito académico u otras circunstancias, siempre que se otorguen beneficios de forma equitativa para evitar discriminaciones. Restringir el cobro de la diferencia entre el arancel real y el regulado únicamente a estudiantes del CIR de mayor ingreso implicaría, efectivamente, un coste para aquellos que decidan no acceder o no deseen utilizar beneficios estatales. Además, esta medida puede generar desfinanciamiento en las instituciones de educación superior, similar a lo ocurrido con la fijación de aranceles en la gratuidad. Y por último, Presidenta, hay algo no menor: en los análisis realizados por el Ejecutivo, al proponer este nuevo sistema de financiamiento, no se tuvo en cuenta que las familias de mayores ingresos, al ver que su hijo va a pagar durante 20 años sin tener claro el monto exacto –y considerando que, al proyectar sus ingresos, podrían desembolsar entre el 50%, el 80%, el 100% o incluso el 150% más de lo que cuesta la carrera–, probablemente optarán por pedir un préstamo para financiar sus estudios. Y eso, Presidenta, el gobierno no lo ha considerado, a pesar de que parte de ese financiamiento está incluido en este proyecto. Entonces, existen situaciones que...
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Que no está muy clara, hay vacíos que diría yo pueden debilitar un poco la iniciativa y, por lo tanto, puede parecer que no es posible, que no es real, que nadie pide préstamos para estudiar. Bueno, le pido que vea la realidad de miles de estudiantes que hoy día sí lo hacen en el país. Presidenta, muchas gracias. Muchas gracias, diputado Rey. Diputados, viene llegando la diputada Daniela Serrano, que estaba siendo reemplazada por la diputada Gael Geomans, pero me acaba de informar la diputada Mónica Arce que tuvo un problema en la mañana y que está buscando un reemplazo sin éxito. Por lo tanto, así como dimos la unanimidad para que el diputado Becker reemplazara a la diputada Marcia Rafael, solicito la unanimidad para que la diputada Geomans reemplace a la diputada Mónica Arce en lo que resta de la acción, una vez que llegue la diputada Serrano. ¿Habría acuerdo para ello? Pero llega la diputada Serrano y se acaba su reemplazo, digamos, el que figura en el documento. Sin embargo, el documento puede quedar aprobado mientras llega el mismo, por la buena voluntad que tuvimos también con el diputado Becker. Diputado Abadía: Presidenta, invito a los diputados de oposición a que nos concedan unos minutos para conversar el tema. Diputado (respuesta): No vamos a suspender la sesión, diputado. Me parece que esta es una decisión mucho más sencilla. Diputado Abadía: Bueno, Presidenta, dado que usted dirige y tiene la facultad, y considerando que, como gesto de buena voluntad, no ha concedido algunos minutos para conversar, voy a actuar de manera contraria a lo que usted ha hecho. Doy la unanimidad. Muchas gracias, diputado Abadía. Entonces, la diputada Yeomans reemplaza a la diputada Mónica Arce una vez que llegue la diputada Daniela Serrano. De todas maneras, no cambia la correlación y procederemos a pedir el documento. Seguiremos con la misma correlación, que era solamente para efectos de asistencia, puesto que la diputada también estaba muy preocupada por esta sesión. Dicho eso, ofrezco la palabra al Ejecutivo. Señor Subsecretario: El artículo 13 se refiere a los límites de cobro que las instituciones pueden tener con los estudiantes que se acogen a esta política, a este beneficio. Se presentan dos indicaciones, tres en realidad, considerando la del diputado Cornejo para suprimir el artículo 13, relativo al formato de las indicaciones sobre las cuales ya hemos hecho referencia. La indicación 37 del diputado Badilla, que fundamentalmente trata de ampliar las posibilidades de cobro para las instituciones junto con la posibilidad de solicitar cantidades variables de apoyo a través del beneficio o del instrumento FES, es sometida a discusión. Nosotros, como Ejecutivo, hemos manifestado nuestra disposición a debatir la flexibilidad del instrumento FES y, tal como lo hemos planteado en oportunidades anteriores respecto a otras indicaciones presentadas, consideramos que esta indicación es inamigable, puesto que afecta la Administración Financiera del Estado, alterando tanto las posibilidades de gasto como los ingresos fiscales, por lo que nos resulta inadmisible. En contraste, la situación de la Indicaciones 38 presentada por la diputada Rafael y el diputado Rey, que se refiere a las posibilidades de cobro por parte de la institución, es una cuestión que no necesariamente implica gasto fiscal. El problema con esta indicación –y aquí se introduce el tema del copago– es que se plantea, y ahora agrego una argumentación de naturaleza más política, la necesidad de resolver la sostenibilidad financiera de las instituciones que han manifestado déficit o falta de recursos. La dificultad de esta indicación, siendo legítimo el debate, y considerando que, en términos globales, creemos que las personas, mientras estudian, deben estar fundamentalmente preocupadas por sus estudios y no por pagar, es lo que planteamos.
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Lo que ocurre es que esta indicación abre la posibilidad a que, en la medida de que lo que se denomina arancel real es un precio fijado unilateralmente por las instituciones, literalmente las instituciones puedan cobrar lo que quieran a las y los estudiantes. Y eso nos parece que, incluso aceptando la posibilidad de debatir situaciones de copago, está por fuera de lo que creemos que corresponde. La indicación no contempla ningún límite para el cobro, como ocurre en las proposiciones que ya se conocen, por ejemplo, en la política de gratuidad, donde los copagos para los aranceles no cubiertos –es decir, los límites de cobro para los aranceles no cubiertos por dicha política– están regulados. En este caso, en esta indicación no se contempla, por lo tanto, la recomendación del Ejecutivo; incluso aceptando el debate legítimo sobre el copago, se propone rechazar la indicación, toda vez que, según nuestro buen entender, una persona del decilo 8 podría pagar, teniendo ya aporte fiscal, literalmente lo que la institución quisiese cobrarle, y eso no necesariamente resuelve los problemas de sostenibilidad financiera de la educación superior ni es lo que nos parece correcto en el debate del copago. Recuerdo también que, en estos días, estamos en conversaciones con el sistema de educación superior para estudiar la posibilidad de realizar cambios a nuestro proyecto en aras de asegurar la sustentabilidad global del sistema. Así que, resumiendo y descontando la recomendación o la manera en que la Secretaría Ejecutiva ha planteado la indicación 36 del diputado Cornejo –que constituye su primer artículo–, consideramos la indicación 37 del diputado Badía inadmisible y recomendamos que la 38 sea rechazada por las razones expuestas. Esto, so pena, es parte de una evaluación política de consideraciones técnicas que puede realizar la Secretaría Técnica, como señaló usted, Presidenta, hace un momento. Muchas gracias. Muchas gracias, diputado Badía. Un segundo, al tiro le doy la palabra. Estábamos conversando con la Secretaría. Lo primero es que la indicación 38 es del todo incompatible, porque aborda cuestiones que ya fueron rechazadas y, por lo tanto, no podríamos votarla; la declaro incompatible. La indicación 37, por incidir en la administración financiera del Estado, también sería inadmisible. O sea, esta resultaría inadmisible; pero entiendo si los colegas desean reclamar la admisibilidad. Esa es la explicación que da el subsecretario. Él señala que están dispuestos a flexibilizar su postura y su propuesta, pero esto lo venimos escuchando desde hace días. ¿Puedo esperar, Presidenta, que vuelva el subsecretario? Pues pueda, si le pide agua, si lo sabe. No, si está listo… ¿Qué le sirva en el café, si hay hartos asesores y asesoras del Ministerio, y le pueden traer un café de buena voluntad al subsecretario? Subsecretario, sí. Yo le puse mucha atención a lo que estaba planteando, y la verdad es que no me termina de convencer que esté dispuesto a flexibilizar la propuesta. En reiteradas oportunidades ha dicho exactamente lo mismo, y esa disposición no se ha traducido en ninguna propuesta concreta. Debo entender, yo, que una vez más el Ejecutivo piensa que la Cámara es un buzón y que los problemas los van a arreglar en el Senado. Eso, subsecretario, por su intermedio, Presidenta, lo encuentro impresentable. Aquí, en reiteradas ocasiones, se comenta que cuando uno interviene estamos perdiendo el tiempo. A lo mejor deberían haber partido por el Senado con este proyecto, subsecretario; si piensan arreglarlo allá, deberían haber partido por allá, y no por intermedio –por supuesto, de la extinguida Presidenta. Muchas gracias. En segundo término, subsecretario, yo podría a lo mejor compartir con usted que…
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