Con el objeto de recibir audiencias solicitadas, respecto del proyecto de ley que Modifica el decreto ley N°825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, para establecer un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres, Boletín N°17040-05, con urgencia calificada de Suma. A su término se procederá a la votación de la iniciativa hasta su total despacho. Ministro de Hacienda, señor Mario Marcel Cullell.
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A la sesión del día de hoy. Tengan todas y todos muy buenos días.
Vamos a darle, además, también la bienvenida a nuestro colega, que hoy día hace el reemplazo del colega Franz Sauermann, a don Hugo Rey. Bienvenido. No, no. Bienvenido, Hugo, a esta Comisión de Hacienda.
Muy buenos días a quienes nos vienen a acompañar y a exponer. Secretaria, si hay cuenta, por favor.
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Sí, Presidente. En la sesión del día de hoy, el diputado don Hugo Rey va a reemplazar al diputado don Frank Sauerbaum y el diputado don Héctor Barría, el diputado don Ricardo Cifuentes. Igualmente, una carta del Banco Estado donde remite informe del FOGAPE correspondiente al segundo semestre de 2024; se lo hemos hecho llegar, Presidente, a usted también por WhatsApp, y Banco Estado también remite la cuenta anual correspondiente al mismo año, 2024.
Eso, Presidente. Bien. Sobre la cuenta, ¿alguna palabra? En varios, ¿alguna palabra? No hay palabra.
Vamos a entrar entonces a la orden del día. Con el objeto de recibir audiencias solicitadas respecto del proyecto de ley que modifica el decreto ley 825 del año 74, 1974, sobre impuesto a las ventas y servicios para establecer un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres. Hemos invitado, nos ha solicitado algunos colegas de manera excepcional, y por eso es que el espacio es muy reducido, porque hoy día estamos citados para votar. Desde ya le adelanto que estamos haciendo una excepcionalidad, pero con mucho agrado tenerlas y tenerlos acá, y van a poder exponer, entiendo que solamente una persona por la agrupación, por la institución que vienen a representar. Los gremios para esta audiencia están los gremios de la Feria y Sindicato de Comerciantes de Pudahuel Sur; entiendo que está acá la señora María Eugenia Pérez Aravena, Sibele Elizabeth Sotomayor Guerrero, Ellen Rosana Michea Galvez y el señor don Cristian Marcelo Cuevas Monsalve. ¿Quién va a hacer uso de la palabra? ¿Es usted? Muy bien, señora María, entonces, bienvenida, buenos días.
Tiene un espacio, le repito breve, siete, diez minutos, cuando máximo, ¿ya? Lo tomamos a partir de ahora.
Hola, buenos días, señores diputados y diputadas, y a la audiencia que está presente. Mi nombre es María Eugenia Pérez, soy abogada, representante de la organización Gremial Feria Persa Mensoleros y los sindicatos de trabajadores de ferias de la comuna de Pudahuel. Nosotros hemos leído el proyecto de ley y nos encontramos aquí para poner nuestra postura.
Tenemos varias dudas con respecto al nuevo proyecto de ley, y dentro de ello, es la desigualdad en la aplicación de la ley, ya que encontramos que no estamos de acuerdo con que esta ley solo se aplique a los comerciantes formalizados y patentados, mientras que los comerciantes informales quedan fuera de esta regularización, la cual no se menciona en dicha ley. Esto genera una competencia desleal, ya que los comerciantes patentados deberán cumplir con exigencias tributarias adicionales, mientras que los informales continuarán operando las ferias libres sin esta regularización. Exigimos que se tomen medidas para la regularización de esta situación de los comerciantes informales antes de imponer nuevas cargas a los comerciantes de nuestras ferias patentadas. Eso es el primer punto que tenemos en duda.
También tenemos la falta de certeza en la aplicación igualitaria de la ley; no hay claridad sobre cómo se garantizará la igualdad de la aplicación de la ley entre comerciantes formales e informales, que es lo mismo que planteamos. Además, tenemos exigencias específicas sobre la implementación de la ley, ya que, si bien es cierto, muchos comerciantes son de tercera edad y no saben manejar lo que son las máquinas o transferencias. Por lo tanto, esta parte está pidiendo que se dé una marcha blanca de al menos un año para poder capacitar a los feriantes o comerciantes de las ferias libres, para que estos puedan operar bajo esta ley.
También tenemos dudas, varias dudas, porque las transferencias… o sea, ¿cómo se va a regir en cuanto a las transferencias bancarias? Las transferencias bancarias se van a regir por el porcentaje de IVA del 19%, y mientras que las tarjetas solo con un 1.5%, ahí tenemos una duda, pues se van a aplicar diferentes tributos, y las peticiones concretas son la aplicación equitativa de la ley para todos los comerciantes formales e informales; dos, la eliminación… Ah, lo otro que tenemos también es la restricción de fuente de ingresos, que esta ley señala…
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Que solamente deben tener una fuente de ingreso formal, porque si tienen dos ingresos, lo que pasa es que se excluyen automáticamente de esta ley, del beneficio supuestamente de esta ley. Por eso pedimos la eliminación de la restricción por fuente de ingresos. Tres: establecimiento de una marcha blanca, a lo menos de un año con capacitaciones. Cuatro: ¿qué va a pasar con las máquinas, las maquinarias? ¿El financiamiento estatal o municipal va a correr con estas máquinas, digamos? Y cinco: la aclaración sobre los tributos diferenciada en métodos de pago, como ya lo expliqué anteriormente. Esperamos que estas demandas sean atendidas para garantizar que la ley tributaria de Ferias Libres no perjudique injustamente a los comerciantes que cumplen sus obligaciones. Quedamos atentos a lo que ustedes puedan.
Muchas gracias por su presentación.
Solo en respuesta a las inquietudes que ustedes tienen, y Diego, que me corrija si me equivoco, efectivamente hay una marcha blanca que los va a acompañar hasta julio del 2025. ¿Qué ocurre con las personas que no están formalizadas? De lo que debatimos acá y de lo que yo interpreté, va a haber una fiscalización mucho más rigurosa por parte del Servicio de Impuestos Internos, de modo que aquellos que no estén bajo este régimen tendrán que pagar el 19% de IVA. Por eso, termina siendo un beneficio: uno para formalizar y tener un comercio formalizado, y otro para evitar pagar un tributo mucho más alto, llegando al 1,5%. Esta es una visión muy mía de lo que alcanzamos a ver y de lo que interpreto, ya que a la postre, obligadamente hay que pagar un tributo que debiera ser del 19%. Aquí se establece una excepcionalidad que permitirá, por un lado, legalizarse y, por otro, pagar un tributo del 1,5%, sumado a todas las otras posibilidades de apoyos que se ofrecerán al rubro. Solo esa apreciación. Diego, no sé si quieres complementar algo. Si no, por supuesto, diputado Romero.
Gracias, presidente.
También yo quiero hacer una opinión muy mía. Efectivamente, para confirmar lo que señala la expositora, no hay ninguna norma relacionada con los coleros y con la informalidad. No se establece ninguna facultad adicional para el Servicio de Impuestos Internos en lo referente a las fiscalizaciones que ha mencionado. Es, en efecto, un deseo y lo que se esperaría, pero no se contempla dentro de la ley ninguna norma que faculte, por ejemplo, a los municipios para decomisar y destruir toda la mercadería de los comerciantes ilegales. Tampoco aparece en la norma algún tipo de condonación a la deuda que hoy día tienen los comerciantes de las ferias por el uso de estos dispositivos durante este período intermedio. Lo que sí hay es una conversación con el Servicio de Impuestos Internos de que no pasará nada, pero mientras esto no sea ley, la obligación de pagar existe y, por lo tanto, podrían cobrar. Por eso, en mi opinión personal, no sé qué ganan con esta ley los comerciantes de las ferias.
Gracias.
Bajo la misma lógica, no sé para qué presentan el proyecto. ¿Cuál es el incentivo de formalizarse si un feriante puede vender el 99% de sus ventas sin impuesto y, al hacer el POS, quedar exento de impuesto? Por otro lado, en la presentación del Ejecutivo se señala que se aplicará sobre las ventas efectuadas un 1,5% y que el tope máximo, incluidos los medios de pago electrónico, será de 3,5%. ¿Saben cuánto es la tasa que cobran algunas maquinitas? Algunas cobran entre el 2% y el 3,5% o más. Entonces, si cobran unas maquinitas más del 3,5%, se quedaría sin impuesto el fisco, ya que se sumarían 3,5% más 1,5%. Yo lo que quiero es que averigüemos cuánto están cobrando las maquinitas, porque algunos comerciantes se quejan de que es un costo demasiado elevado, que varía según el rubro, ya que depende del porcentaje que cobra la máquina. Entonces, si efectivamente esto va a ser…
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Subir, porque si cobra menos y es un máximo de 3,5, a lo mejor te hacen subir. La máquina, en vez de cobrar lo bueno, va a cobrar un 2, porque es el 1,5; entonces llega al 3,5 máximo y se incentiva que suba el costo. Yo no sé, eso lo averiguaría con las empresas proveedoras, si efectivamente respetan a los feriantes el costo que implica, porque entre ellas hay competencia, ¿cierto? Pero también… no son el Hogar de Cristo, ellos tienen un negocio, te cuento. Gracias, diputado. Diego, para poder aclarar, por favor, los puntos.
Sí, gracias, presidente. Yo creo que, a ver, lo primero que es necesario aclarar o reafirmar es que la ley lo que hace es establecer un procedimiento y un régimen especial para los comerciantes de ferias libres; no es un proyecto que busca eliminar la informalidad. Para entender cuáles son las ideas matrices y fijar la discusión en lo que se busca como Ejecutivo, este proyecto, que se trabajó con las tres asociaciones que estuvieron en la sesión anterior, tiene como foco crear un régimen que permita que aquellas personas que tienen una patente de comercialización de ferias libres puedan acceder a un sistema preferente en materia de IVA.
¿Necesita el Servicio de Impuestos Internos una ley que diga que tiene que fiscalizar a los informales? No, no la necesita. ¿Necesita que esa ley disponga que puede solicitar el auxilio de fuerza pública para el ejercicio de fiscalizaciones? No, no la necesita. Es decir, cuando el Servicio de Impuestos Internos se instala en un control carretero junto a Carabineros, eso no está en la ley; fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias forma parte de sus fundamentos de funcionamiento.
¿Qué es lo que va a permitir esta norma? Que el servicio, en su despliegue territorial, llegue a una feria y pregunte al señor: ¿tiene su patente? ¿Este es su RUT? ¿Está usted en el registro de ferias libres? En caso de no tener patente y no estar registrado, se le podrá girar el IVA; y al informal se le aplicará un 19% en base al cálculo que realice el Servicio de Impuestos Internos. Por ello, hay que tener claro que esta ley no puede determinar qué se hará con los informales, porque no es una ley de control de informales, sino una ley de beneficio tributario para los comerciantes de ferias libres.
Para la informalidad existía el proyecto de cumplimiento tributario, que otorgaba mayores facultades de fiscalización al servicio y permitía que los informales se acercaran, por ejemplo, a solicitar asistencia para determinar el IVA, dado que se estableció la norma de las 50 transferencias. Así, si se detectan 50 transferencias y el comerciante está en una feria libre, no es necesario fiscalizarlo, pues se encuentra dentro del sistema; aunque, si llegásemos a notar que en definitiva los comerciantes de ferias libres solo reciben transferencias y no utilizan la máquina, habría que discutir si el sistema está funcionando bien, ya que ellos mismos han manifestado que desean contar con medios de pago electrónicos, porque son más seguros para ellos y para los consumidores.
En cuanto a las comisiones, el proyecto de ley es claro: la suma entre el pago sustitutivo y la comisión que se cobre no puede superar el 3,5% de las ventas. ¿Por qué se llegó a esa conclusión? Porque, en la mesa de trabajo, se estableció que el proveedor que más cobraba aplicaba un 3,5%, y ese fue el tope máximo que se determinó. Por lo tanto, los proveedores de medios de pago deberán ofrecer sus servicios a sabiendas del límite establecido.
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Que tienen que cumplir con el pago del 1,5. El impuesto no se puede subsumir por el pago de la comisión. Yo no puedo cobrar 3,5 y decir: “Ah, entonces no hay impuesto”. El impuesto va primero, la comisión va después. Por lo tanto, ¿qué es lo que va a pasar? Que aquellos proveedores de medios de pago que cobran menos que 2, que no son pocos, van a acceder —o lo más probable es que tengan mayores ventajas—. ¿Qué es lo que va a ocurrir? Que el proveedor que ofrezca la menor comisión, lo más probable, va a ser el que tenga la mayor cantidad de comerciantes de Ferias Libres.
Gracias, presidente.
Vamos a escuchar al Sindicato de Ferias Libres número 3 de La Serena, la señora Gloria Vázquez y María Aravena.
—¿Tú eres?
—Gloria, adelante, por favor, ven para acá. Aprieta ahí, debajito, que te van a ayudar.
Buenos días a todos. Mi nombre es Gloria Vázquez, yo soy dirigente de Ferias Libres y pertenezco a La Serena. Hoy somos invitados aquí por nuestros otros compañeros de Santiago, y les damos las gracias a ustedes por escucharnos, porque han sucedido cosas muy irregulares que no habíamos sido escuchados anteriormente, y es grato sentarnos acá y debatir un tema que es importante para nosotros.
Voy a mencionar algo súper importante. Acá se está hablando de beneficios al feriante, lo cual nos causa risa, pues esto no es un beneficio para ninguno de nosotros. Me refiero al tema del informal, como ya ha mencionado el señor diputado. Es necesario que haya una regularización, porque hoy se nos exige regularizarnos. También entiendo que el Servicio de Impuestos Internos, como bien se expuso, quizás no tenga por qué sacar a los informales, pero resulta que tenemos municipalidades que sí deben cumplir con su labor y que debe haber un gobierno con mano dura, lo cual no se ha visto en mucho tiempo.
O sea, vamos a transitar hacia un régimen en el que tendremos que pagar nuestras tribuciones como corresponde, pero el informal no lo hará. ¿Ustedes quieren que nosotros, o que se hable de esta ley, solamente pagando los impuestos y utilizando maquinitas en lugar de efectivo? ¿Por qué? Porque sencillamente, ¿qué va a pasar con el informal? Va a estar parado en una esquina, mientras nosotros usaremos nuestras maquinitas y tendremos que subirle los precios a nuestros clientes, ya que quienes nos venden incrementarán sus precios ante esa obligación. Pero el informal no lo hará; él estará en una esquina vendiendo mucho más barato que nosotros, evitando muchas de las obligaciones que tenemos que cumplir.
Y eso para nosotros no es un beneficio; es lamentable escuchar esos argumentos, pues siento que la realidad del feriante nadie la ve. Nosotros hemos sido totalmente bloqueados últimamente, y es de verdad lamentable. Me voy a enfocar solamente en ese aspecto: esta ley no nos favorece en nada. Disponemos de un 3,5% —1,5% que debemos pagar al Servicio de Impuestos Internos y 2,0% a una empresa privada—. No entiendo quién se beneficia más, ¿una empresa privada o el gobierno? No logro comprender esa parte.
Además, como feriantes, no sé si han ido a una feria y han visto lo duro que trabajamos, las mercaderías que perdemos. Mucha gente paga trabajadores, fletes y otros gastos, perdiendo mercancía. ¿Y dónde se refleja en este proyecto de ley todo eso? Aquí se observa solamente una ganancia. Por ejemplo, si yo vendo 500.000 pesos, tendré que pagar, por transacción, 17.000 pesos. Si se suman esos montos en cinco días, imaginen cuánto debo pagar al mes, sin contar lo que pierdo y gasto. ¿Dónde queda el desajuste? Voy a evitarme un contador, voy a evitarme facturas, voy a evitarme todo, pero ustedes van a informarle a todo Chile, a todos los carabineros, que cuando nosotros pasemos con camiones llenos, como dicen que el feriante tiene mucho dinero, con camiones llenos.
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Llenos con verdura y cuando nos pidan dónde está la factura, porque puede pasar también que vamos a estar robando algo. Van a pasar papeles escritos a cada feriante de que estamos autorizados para pasar sin factura y evadir factura. Entonces, yo creo que deberían poner ojo en muchas cosas de eso.
Y yo, de verdad, les doy las gracias por escucharnos hoy día. Me siento muy orgullosa de ser feriante; me siento muy orgullosa de tener aquí a mis compañeros que están hoy día acá atrás, y espero que también ustedes voten a conciencia, porque nosotros aquí nos levantamos a las 5 de la mañana para sacarnos la cresta trabajando, discúlpenme la palabra, para que ustedes después de repente nos digan que nosotros tenemos hoy un beneficio que claramente a nosotros nos está afectando. Esta es la realidad: Serena no es lo mismo que Santiago; Santiago no es solamente Chile. Tienen que escuchar a las demás regiones. Santiago no trabaja como las otras regiones. Eso tienen que quedarle súper claro. Nosotros tenemos otro mecanismo de trabajo. En todos lados hay delincuentes; sabemos que Santiago es peor, pero es diferente, así que yo los invito a que tomen conciencia con esto.
Le agradecemos su intervención. Y finalmente, tenemos a nombre de la Feria Persa Los Morros a don Claudio Cerda. ¿Está acá, don Claudio? No, no está. No hay reemplazo.
Bien, se acaban entonces las audiencias que estaban comprometidas, tal cual lo hicimos ver. Era necesario poder también, obviamente, escuchar la contraparte de quienes no están de acuerdo con este proyecto. Ahora vamos a entrar en votación del proyecto, así está la orden del día. Por lo tanto, vamos a pedirles a quienes ya hicieron su presentación que quedan en absoluta libertad para poder efectivamente agradecerles y dejar el espacio para que nosotros podamos seguir en la función de nuestra votación. Muchas gracias por sus presentaciones.
Secretaria, entonces, vamos a comenzar con la votación. Primero, presidente, este proyecto pertenece a la competencia de la Comisión de Hacienda solamente; por lo tanto, se debe votar en general. Señor Barrera, señor Barría, señor Donoso, señor Mellado, señorita Rojas, señor Romero, señor Rey, señor von Mühlenbrock, diputado, señor César Sepúlveda. Queda entonces aprobado en general con cinco votos a favor y cuatro votos en contra.
Vamos a lo particular. Respecto, entonces, ahora al texto del proyecto de ley, lo van a votar artículo por artículo, cada numeral, dentro de lo que se modifica. El proyecto de ley consta de un artículo único más de dos artículos transitorios. Dentro del primer artículo, que agrega un párrafo en el título de impuesto al valor agregado del Decreto Ley sobre el impuesto a las ventas y servicios, se señala lo siguiente: pasa a ser un párrafo tercero. El nombre es el siguiente: “Del régimen de tributación especial para comerciantes que ejercen la actividad de ferias libres”. Artículo 35J. Los contribuyentes, personas naturales, cuya actividad comercial sea la venta de bienes en ferias libres, que cuenten con un permiso patente otorgado por la municipalidad en la cual realicen su actividad y que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, exclusivamente con el giro de ferias libres, podrán acceder al régimen especial establecido en el presente párrafo. La inscripción a este régimen sustitutivo deberá realizarse al momento de iniciar actividades o dentro del mes de enero correspondiente.
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