Cámara de Diputados Sesión de Sala

Cámara de Diputados - Sesión de Sala - 17 de marzo de 2025

17 de marzo de 2025
20:00
Duración: 3h 30m

Contexto de la sesión

1. Proyecto de ley, iniciado en mensaje, que reconoce el derecho al cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. Informes de las comisiones de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación; y de Hacienda. Diputadas informantes, la señora Marlene Pérez y la señora Camila Rojas, respectivamente. Boletín No 16905-31. Plazo de la urgencia: 17.03.2025. Este proyecto contiene disposiciones de ley orgánica constitucional. 2. Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, para exigir la implementación de protocolos de emergencia en actividades y competiciones deportivas. MODIFICACIONES DEL H. SENADO. Boletín No 15426-29. 3. Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica cuerpos legales que indica en materia de legítima defensa. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, rendido. Discusión pendiente. Boletín No 15630-07. Este proyecto contiene disposiciones de quórum calificado. 4. Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Tributario para fortalecer la autonomía del Ministerio Público en la investigación y persecución de delitos tributarios. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. Informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo. Diputado informante, el señor Christian Matheson. Boletín No 16533-07. Este proyecto contiene disposiciones de ley orgánica constitucional. 5. Proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica ley N° 18.700, para otorgar un día de permiso laboral a quienes ejercen como vocales de mesa en elecciones y plebiscitos. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, rendido. Discusión pendiente. Boletín No 17221-13. 6. Informe de la Comisión Especial Investigadora encargada de fiscalizar los actos del Gobierno, en especial, del Ministerio de Educación, en relación con la implementación del Sistema de Educación Pública, desde el año 2022 a la fecha, y las complejidades que ha experimentado el proceso de admisión escolar para el año 2024 (CEI 53), rendido. Discusión pendiente. TIEMPO DE VOTACIONES Conforme al artículo 107 del Reglamento de la Corporación, terminadas las discusiones, se abrirá un tiempo de votaciones en el que se votarán los proyectos de las tablas de Fácil Despacho y del Orden del Día.

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Exacto, exacto. Entonces, dado eso, yo sugiero que la invitación al director de Carabineros y a los demás invitados por el motivo que estábamos hablando queden para el día miércoles 26. ¿Les parece? Ok, miércoles 26. Entonces, diputado Longton. Presidente, muchas gracias. Quisiera oficiar al Ministerio de Desarrollo Social, su Secretaría de la Niñez, y al Ministerio de Justicia, particularmente por una nota que salió hoy en El Mercurio, que indica que se reporta escaso avance del Estado en el cumplimiento de medidas para combatir la explotación sexual infantil. En razón de ello, la Fundación San Carlos de Maipo señala que cada una de las instituciones recibe una nota en promedio de 2,5 o 2,4, respecto al cumplimiento de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia bajo la Ley de Marco de Garantías y otras políticas públicas relacionadas con el Servicio Nacional de la Niñez, que se creó hace algunos años en nuestro país. Hoy, pareciera que los niños están más desprotegidos que en años anteriores, debido a la escasa oferta de políticas públicas, el poco seguimiento y la limitada implementación. Lo leí incluso en conversación con el defensor de la niñez que estuvo hace pocas semanas acá. Este es un dilema que se profundiza cada vez más y las instituciones están haciendo muy poco para corregir esta situación. Por lo tanto, espero que los distintos ministerios señalados nos den una respuesta respecto a qué está la Política Nacional y cuál es el avance en las medidas de protección a los niños, particularmente aquellos que son objeto de explotación sexual infantil. Me parece muy relevante lo planteado por usted, por lo que le propongo a la comisión que oficiemos al respecto. Ha sido aprobado, diputado Leiva. Muchas gracias, presidenta. Mire, esta fue una materia que hemos discutido en varias sesiones respecto al número de homicidios. Existe un informe sobre el número de homicidios, y lo que yo no logro entender es por qué una materia que puede ser tan integrada –al establecer la interoperabilidad de órganos del Estado como el Servicio Médico Legal, el Ministerio Público y la Policía– requiere que el informe correspondiente al año 2024 se conozca recién a fines de marzo de 2025. Ese tema debiera estar en línea, pudiendo tener un margen de error, por cierto. Pero lo que yo le quiero preguntar a la subsecretaria de Prevención del Delito es que me entregue el procedimiento: ¿cómo se adoptan esos temas? ¿Cómo se cotejan? ¿Cuál es el procedimiento? Solamente quiero agradecerle, presidente. Estaba corriendo de comisión en comisión; ustedes vieron, todos los colegas, cuál es la situación. Yo solamente le pedí al ministro –se lo pedí acá– que no sea posible que las cifras que manejamos para conocer el número y tomar medidas lleguen con un desfase considerable de esa entidad, presidenta. Muchas gracias, diputado Leiva; coincido plenamente con usted. Enviaremos ese oficio y propongo que, para el próximo miércoles 19, en que comparecerá el ministro del Interior, también se cite a la subsecretaria de Prevención del Delito. Bien, ¿cómo están? Buenas tardes. Son las 16:54 ya de esta jornada aquí en la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile, lunes 17 de marzo. Con esto concluye la Comisión de Seguridad Ciudadana, que llevamos hace ya unos ratos en pantalla, puesto que están tomando acuerdos y, en breves instantes, la jornada finalizará, porque a mis espaldas nuestra corporación va a iniciar el trabajo legislativo en la sala de sesiones. Será la sesión número 3 de la presente legislatura, iniciada el pasado 11 de marzo, con el proyecto, vía mensaje del Ejecutivo, que crea un Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados en el primer lugar de la tabla. Después, se presentarán las modificaciones que propone el Senado a la moción que exige la implementación de protocolos de emergencia en actividades y competiciones deportivas, para dar paso, en tercer lugar, a un proyecto que ya ha estado en tabla, que ha sido discutido, pero aún falta debate y, obviamente, la votación, se trata del proyecto en materia de legítima defensa. La salvedad es que dicho proyecto cuenta con un informe negativo y fue rechazado por la Comisión Técnica respectiva. También fue rechazado el punto 4 de la tabla, correspondiente a la moción que fortalece la autonomía del Ministerio Público en la investigación y persecución de delitos tributarios. En quinto término se presentará la moción que otorga un día de permiso laboral a los vocales de mesa, la cual también requiere debate y votación, para dar paso, en sexto término, a un informe que ya ha estado hace tiempo en tabla, relativo a la investigación que hizo una comisión especial sobre la implementación…
5:00
Del sistema de educación pública desde el año 2002 a la fecha y que presidió la diputada Camila Rojas. Esos son los puntos, entonces, en la tabla de esta jornada, que está a breves instantes de comenzar y que, una vez que se materialice, será la número 13 de la presente legislatura, recordándoles que cada 11 de marzo la Legislatura y las sesiones empiezan nuevamente con el número correlativo en adelante. Los invitamos entonces a profundizar en los temas a abordar, y nos imaginamos que concentrarán gran parte del debate en esta jornada, precisamente en el punto 1 de esta tabla, ¿no es cierto? Proyecto de ley, iniciado en mensaje, que reconoce el derecho al cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados. Ese es el objeto de esta ley: reconocer a todas las personas el derecho al cuidado, el cual comprende tanto el derecho a cuidar como a hacer cuidado y al autocuidado. El derecho a cuidar, al cuidado, señala el proyecto de ley, se garantizará de manera gradual y progresiva a las personas que, en atención a su situación de dependencia o por no haber alcanzado su plena autonomía, requieran recibir cuidados, y a las personas cuidadoras, sean estas remuneradas o no remuneradas. Esa es una innovación respecto de la actual legislación. Asimismo, la presente ley –ahí está el nombre del proyecto, ¿no es cierto?– establece el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, que tiene por finalidad promover la autonomía, autovalencia y la vida independiente, prevenir la dependencia y proveer apoyos y cuidados en un marco de corresponsabilidad social y de género. Los órganos de la Administración del Estado, dentro del marco de sus competencias, cumplirán con los principios que esta ley establece y promoverán el reconocimiento del derecho a los cuidados en un marco de corresponsabilidad social y de género. Las disposiciones del presente título serán aplicables a todos los órganos y servicios públicos, incluyendo los gobiernos regionales y municipios, sin perjuicio de la regulación especial del título. En ese marco, el proyecto, que es bastante extenso, hace una serie de definiciones. Por ejemplo, define lo que son los apoyos y la autonomía, concepto importante en este proyecto y en este marco legal que se pretende instaurar, entendiendo la autonomía como el Estado que permite controlar y tomar por iniciativa propia decisiones acerca del proyecto personal de vida, considerando el apoyo y la cooperación equitativa con otras personas. En el caso de niños, niñas y adolescentes, estos ejercerán su derecho de acuerdo con su autonomía progresiva, tal como está contemplado en la ley 21.430, la Ley sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. También se definen autovalencia y cuidados, que consisten en un trabajo socialmente necesario, comprendiendo un amplio conjunto de actividades cotidianas de gestión y sostenibilidad de la vida, que se realizan dentro o fuera del ámbito del hogar y tendientes a generar mejores condiciones de salud, entre otras, y que propicien el bienestar biopsicosocial en quienes los reciben. Para las actividades que se relacionan con temas sanitarios y conlleven la intervención de profesionales del cuidado, se entenderá que cumplen dicha calificación aquellos señalados en el artículo 113 del Código Sanitario. Asimismo, se precisa el término de persona cuidadora no remunerada: toda persona que, sin recibir remuneración a cambio, realiza trabajos de cuidados para personas con dependencia por motivos de salud, de curso de vida o de discapacidad, y para niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de la existencia de un vínculo de parentesco entre ellas o de la pertenencia a un mismo hogar. También se define lo que es persona cuidadora remunerada. Bien, ahora el vicepresidente Gaspar Rivas nos invita a esta jornada en la sala de sesiones. El acta de la sesión centésimo trigésima segunda de la legislatura anterior se declara aprobada. El acta de la sesión centésimo trigésima tercera de la legislatura anterior queda a disposición de los parlamentarios. El señor prosecretario dará lectura a la cuenta. Gracias, señor Presidente. Buenas tardes. Se ha recibido, para esta sesión de sala número tres, del día 17 de marzo, el mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, por el cual da inicio a la tramitación del proyecto que aprueba el acuerdo complementario al acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Irlanda sobre...
10:00
El ejercicio de trabajo remunerado por parte de familiares dependientes del personal destinado a misiones oficiales, suscrito el 15 de marzo del año 2023. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, por los cuales se hace presente la urgencia calificada de suma para el despacho de los siguientes proyectos: Sobre armonización de la Ley 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, y la Ley 20.032, que regula el régimen de aportes financieros del Estado a los colaboradores acreditados con la Ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. También para el proyecto que moderniza el Gobierno Corporativo de la Empresa Nacional de Minería. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, por los cuales se hace presente para el despacho de los siguientes proyectos:  • El que modifica el Código Penal para tipificar y sancionar los delitos de zoofilia y bestialidad.  • El que fortalece a la Superintendencia de Salud y modifica normas que indica.  • El que reconoce, protege, garantiza y promueve los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual retira y hace presente la urgencia calificada de discusión inmediata para el despacho del proyecto que fortalece y moderniza el sistema de inteligencia del Estado. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual retira y hace presente la urgencia suma para el despacho del proyecto que modifica el Decreto Ley número 825 de 1974 sobre impuesto a las ventas de servicios para establecer un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual retira la urgencia simple hecha presente para el despacho del proyecto que mejora la competencia y perfecciona el mercado del gas licuado. Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República, mediante el cual remite, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 42 de la Carta Fundamental, información actualizada el 14 de marzo del presente año sobre las medidas adoptadas en virtud del estado de excepción constitucional de emergencia en la denominada macro zona sur. Oficio del Senado, por el cual se comunica que ha aprobado en primer trámite constitucional el proyecto inicial mensaje sobre armonización de la Ley 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, y la Ley 20.032, que regula el régimen de aportes financieros del Estado a los colaboradores acreditados con la Ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto inicial mensaje con urgencia suma, que fija un plazo máximo para que los proveedores de servicios de internet y telecomunicaciones entreguen registros de llamadas y otros antecedentes de tráfico comunicacional en delitos de crimen organizado y otros cuya investigación requiere especial celeridad. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto iniciado en moción con urgencia suma, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para facultar el retiro del cableado de las municipalidades. Informe de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, recaído en el proyecto iniciado en moción con urgencia suma, que modifica el Decreto Ley número 2695 de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella, con el objeto de aumentar el monto del avalúo fiscal que permite acceder a la regularización de bienes raíces urbanos. Informe de la Comisión Especial Investigadora, encargada de reunir antecedentes sobre determinados actos del Gobierno en relación con el proceso de acreditación, entrega de recursos públicos, financiamiento, cumplimiento de la normativa educacional vigente y funcionamiento general de las universidades. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores González, Don Mauro, Araya, Don Jaime, Becker, Beltrán, Castro, Joanet y Lonton y la diputada señora Navellán, que modifica el Código Penal y la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales para aumentar las sanciones y restringir la aplicación de penas sustitutivas respecto del delito de daños a la propiedad causados mediante rayados, marcas y otras acciones similares. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Mateson, Beltrán, Bernales, Lee, Pino y Teao, y las diputadas señoras Ahumada y Cariola, que modifica el Decreto con Fuerza de Ley 5200 de 1929 del Ministerio de Educación Pública para...
15:00
Uniformar la antigüedad de los documentos notariales, conservatorios y judiciales que deben remitirse anualmente al Archivo Nacional. Comunicación de la diputada señora Cariola, por la cual renuncia a la Mesa de la Corporación. Copia autorizada de la resolución del Tribunal Constitucional, recaída en presentación efectuada por la diputada señora Muñoz, en el marco del procedimiento de control preventivo de constitucionalidad relativo al proyecto que crea un nuevo sistema mixto de pensiones y seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica. Finalmente, señor Presidente, copia autorizada de la resolución del Tribunal Constitucional, recaída en recurso de reposición deducido en contra de la sentencia que resolvió el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de diputados y diputadas respecto del artículo 1, no metal 1, letra B, del proyecto de ley que crea un nuevo sistema mixto de pensiones y seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica. Es toda la cuenta para esta sesión, señor Presidente. Muchas gracias, señor Prosecretario. Se ofrece la palabra sobre la cuenta. Diputada Navellán: Gracias, señor Presidente. Sí, me gustaría pedirle al señor Secretario, respecto del artículo 42 del Reglamento, en base a ese artículo, respecto de la subrogancia producto de la renuncia de la señorita Cariola. El señor Secretario: Honorable Cámara, primero la Presidenta presentó la renuncia conforme al artículo 48. El artículo 48 del Reglamento señala que, después de transcurridas 45 horas, la Cámara debe pronunciarse sobre la renuncia de la Presidenta; eso significa que será en la sesión del próximo lunes 24. Una vez transcurrido ese plazo, el reglamento, en el artículo 49, establece que la elección de ese cargo se efectuará 45 horas después, en una sesión ordinaria, lo que tendrá lugar el lunes 7 de abril. Respecto a la subrogancia, el artículo 42 es claro: el primer Vicepresidente ejercerá las tareas propias de la Presidencia y el segundo Vicepresidente, las tareas propias de la Primera Vicepresidencia, sin perjuicio de que ambos puedan, indistintamente, designarse tareas específicas en días determinados, como la apertura de la sala u otras actividades, según se hace regularmente, por ejemplo, en los incidentes. Esa es mi respuesta, diputado. Se ofrece la palabra sobre la cuenta. Diputado Luis Sánchez: Muchas gracias, señor Presidente. Sobre el punto 14, el proyecto de ley que pretende uniformar la antigüedad de los documentos notariales, conservatorios y judiciales que deben remitirse anualmente al Archivo Nacional fue asignado a la Comisión de Cultura. Creo que este asunto debiese pasar a la Comisión de Constitución, señor Presidente, porque afecta al sistema registral y al sistema judicial. Por la naturaleza de los temas que finalmente impacta, le rogaría pedir el acuerdo para ello. Interpelador: ¿En vez de o además de, diputado? Diputado Luis Sánchez: En vez de. Interpelador: ¿Hay acuerdo para la solicitud del diputado Sánchez? No la hay. En votación. Diputado Joanet, por favor, su voto.
20:00
Por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 54. Eliminé el voto de la diputada Santibáñez, que votó pareado. Ocho abstenciones. Eliminé el voto del diputado señor Coloma, que votó pareado. Rechazado. Diputado Mauro González, sobre la cuenta. Gracias, Presidente. Presidente, quiero solicitar, por favor, que el proyecto que está en el punto número 13 sea derivado a la Comisión de Seguridad. Si puede pedir el acuerdo, por favor, Presidente. El número 13, que está en la cuenta, enviarlo a Seguridad en vez de Constitución. ¿Hay acuerdo para la...? No, no hay acuerdo. En votación. Han votado todos los señores diputados y las señoras diputadas. Resultado de la votación. Por la afirmativa, 57 votos; en contra, 52; tres abstenciones. Aprobado. Se ofrece la palabra sobre la cuenta. Cerrada la cuenta. A continuación, corresponde la solicitud de la diputada Coca Erika Ñanco y, por acuerdo de los comités parlamentarios, que la Sala de la Corporación guarde un minuto de silencio por el sensible fallecimiento, el pasado lunes 10 de marzo, de don Aliro Contreras Novoa, ex decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias y Forestales y ex académico del Departamento de Ciencias Agronómicas y Forestales de la Universidad de la Frontera; doctor e ingeniero agrónomo comprometido con la docencia e investigación. Solicito ponerse de pie, parlamentarios e invitados presentes en la tribuna. Muchas gracias. Damos inicio al orden del día, pero antes de pasar al primer proyecto le vamos a dar la palabra al diputado Jorge Guzmán. Diputado Guzmán: Muchas gracias, Presidente. Saludo a la sala. Y en relación al artículo 108 del Reglamento y al artículo 23 del mismo, Presidente, vengo a hacer una solicitud: que la unanimidad de la sala nos permita que el proyecto que está segundo en la orden del día, que modifica la ley del deporte con el objeto de exigir la implementación de protocolos de emergencia en actividades y competiciones deportivas, boletín 15426-29, del cual soy autor, se pueda retirar de la orden del día y no sea sometido a votación en atención a que…
25:00
Este proyecto puede ser votado la próxima semana con presencia de las organizaciones sociales que participaron en su redacción y tramitación. El día de hoy está en primer punto de tabla la Ley de Cuidado, que obviamente genera mucha participación, y queremos solicitar la próxima semana a la Presidenta. ¿Hay acuerdo para la solicitud del Diputado Guzmán? Sí, acordado. Iniciando el orden del día, corresponde tratar a continuación el proyecto de ley originado en mensaje que reconoce el derecho al cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados. Boletín 16905-31. Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada parlamentario. Rinde el informe de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, la diputada Viviana Delgado. Honorable Cámara, de conformidad con el mandato que me confirió la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, paso a informar el proyecto de ley de origen en mensaje que cumple su primer trámite constitucional. Las ideas matrices del proyecto de ley son las siguientes: A. Reconocer a todas las personas el derecho al cuidado, que comprende el derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado. B. Establecer el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, con el fin de promover la autonomía y la vida independiente, y prevenir la dependencia. El proyecto tiene normas de rango orgánico constitucional que se especifican en el informe correspondiente. Fue aprobado en general por unanimidad. Participaron en la votación las diputadas Joana Ahumada, Viviana Delgado, Claudia Mix, Carla Morales y Marlene Pérez, Presidenta; y los diputados, señores Juan Carlos Beltrán, Félix González, en reemplazo de la diputada señora Clara Zagardía, Joaquín Lavín, Daniel Melo, Héctor Ulloa y Francisco Undurraga. Antecedentes contenidos en el mensaje. En la actualidad, la organización social de los cuidados, centrada en las familias y particularmente en el trabajo no remunerado de las mujeres, es insostenible. Es lo que las organizaciones internacionales y diversas organizaciones civiles han llamado la crisis de los cuidados, la que se ha generado principalmente debido a dos factores demográficos. En primer lugar, la esperanza de vida se ha alargado debido a las mejoras en la ciencia y en los sistemas de salud, por lo que la población que requiere cuidados también va en aumento. Según Naciones Unidas, el envejecimiento puede ser una de las transformaciones más importantes del siglo XXI, considerándolo un proceso irreversible. Esto obliga a hacerse cargo de la dependencia económica, la cual se incrementa debido a la reducción y envejecimiento de la población activa, aumentando la presión en los sistemas de seguridad social, salud y pensiones. En segundo lugar, de acuerdo a la ONU Mujeres y la CEPAL, la tasa de actividad femenina también ha aumentado, mientras que las tasas de fertilidad han disminuido. Estos dos fenómenos combinados dejan un saldo de más personas a cuidar y menos cuidadores disponibles, lo que hace imprescindible contar con políticas públicas de cuidado. A pesar de este diagnóstico, distintos instrumentos internacionales han comenzado a sentar las bases de los cuidados como un derecho humano que incorpora tres dimensiones: el derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado.
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y al autocuidado. Agrega el mensaje que la corresponsabilidad en materia de cuidados es un principio esencial que debe ser promovido para alcanzar una sociedad más igualitaria y justa. En este contexto, la creación de un sistema nacional de apoyos y cuidados se fundamenta en la necesidad de abordar la distribución desigual de las tareas de cuidado que actualmente recae de manera desproporcionada sobre las mujeres. Esta situación no solo perpetúa la inequidad, sino que también limita el desarrollo integral y bienestar de nuestra sociedad. El principio de corresponsabilidad social reconoce a los cuidados como una función esencial para el desarrollo de las sociedades, puesto que no solo sustentan el bienestar individual y de la familia, sino que también son fundamentales para el funcionamiento económico y social del país. En ese sentido, implica que todos los actores sociales, el Estado, el sector privado, la comunidad en general y las familias deben asumir un rol equilibrado en la provisión de cuidados. Plantear una organización social corresponsable del cuidado significa redistribuir las tareas que, como se ha señalado, mayoritariamente han recaído en las mujeres; al asumir ellas la mayor parte de esta responsabilidad, afrontan limitaciones para participar del mercado laboral remunerado, acceder a oportunidades educativas o desarrollarse en otros ámbitos de la vida. En armonía con lo anterior, la corresponsabilidad social se complementa con la corresponsabilidad de género, reconociendo la actual feminización de las tareas derivada de la división sexual del trabajo y la reproducción de estereotipos en la sociedad. Mediante la promoción de la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, será posible avanzar hacia un reparto más equitativo de las labores de cuidados. En suma, se requiere que el Estado reconozca el derecho al cuidado de manera que se establezcan los cuidados como otro pilar de la protección social, lo que permitirá resolver la crisis de los cuidados mediante un abordaje sistemático del tema y no solamente como una ampliación de la oferta programática en la materia. En ese sentido, un Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados se encarga de la interacción intersectorial en las políticas de cuidados existentes, considerando la relevancia de abordarlos de manera integral. Para ello, el Estado tiene el desafío de generar una institucionalidad que facilite dicha interacción y habilite los espacios para el progreso y el bienestar social. El proyecto de ley, en informe, fue objeto de una larga y fecunda discusión general en la cual la comisión recibió a diversas autoridades, principalmente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y a representantes de un gran número de organizaciones vinculadas con el tema del cuidado. Fruto de ese trabajo, surgieron varias propuestas destinadas a perfeccionar el texto original del proyecto de ley, y en efecto, durante la discusión particular se presentaron y aprobaron varias indicaciones. Entre ellas, cabe destacar las siguientes: Uno, se incorpora en el artículo 2, que establece una serie de definiciones, el concepto de apoyos, abarcando tanto los servicios como los implementos de apoyo, como son las ayudas técnicas, en concordancia con la regulación contenida en la Ley 20.422 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. También se agrega una definición de autovalencia, atendida como la capacidad que permita a una persona realizar actividades de vida diaria por sí misma, sin necesidad de otras. En el mismo artículo 2,
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Se amplían los conceptos de persona cuidadora remunerada y persona cuidadora no remunerada, en el sentido que se refieren no solamente a las personas con dependencia, sino también a los cuidados por motivos de salud, de curso de vida o de discapacidad, y para niños, niñas y adolescentes. Dos. En el artículo 5, que consagra los principios orientadores del proyecto, se efectuaron varias enmiendas. Una de ellas consiste en agregar como literal A al principio de reconocimiento de la familia, que es implementado en virtud de esta ley, debiendo proponer siempre su desarrollo y el propósito del principio de interseccionalidad. Se incorporan otros factores a considerar, además de la edad, la identidad, la identidad de género, etcétera, tales como el origen étnico, la nacionalidad, la condición socioeconómica y el estado de salud. Además, se agregan otros dos principios en el artículo 5, que son la eficacia y la eficiencia. Tres. En el artículo 12, que regula el Comité Regional de Apoyos y Cuidados, se le agregó la función de proponer el rol social, la incorporación de programas, planes y acciones desarrolladas a nivel regional o municipal, fomentando y velando por el aumento gradual en la cobertura de la oferta programática. Cuatro. En el artículo 14, que trata del Consejo Regional de la Sociedad Civil para los Apoyos y Cuidados, se incorporaron como integrantes de este organismo dos representantes de instituciones de educación superior de la región, de reconocida trayectoria en materia de apoyos y cuidados, reconociendo de esta manera el importante rol de la academia. También se agregaron como miembros de dicho organismo dos representantes residenciales u otro tipo de programas y servicios de cuidados en colaboración con el Estado, dirigidos a niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y, en un inciso segundo, se dispone que el decreto supremo que agregue programas y servicios al sistema debiera contener el objetivo del programa, las prestaciones específicas, etcétera. Además, se podrán añadir los programas, planes, servicios, prestaciones y acciones que se desarrollen a nivel regional o municipal. Seis. En el artículo 29, que establece las obligaciones del Ministerio de Transporte como parte del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, se agrega un inciso segundo, según el cual dicho ministerio deberá promover medios de transporte adecuados y accesibles a las personas titulares del sistema, así como a sus cuidadores y cuidadoras en las diferentes zonas y adecuarlos a las necesidades de los territorios. Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Desarrollo Social recomienda aprobar el proyecto de ley al cual me he referido. Es cuanto puedo informar a la sala. Gracias. ¡Arriba las cuidadoras y cuidadores! Brinda el informe de la Comisión de Hacienda, la diputada Camila Rojas. Antes de darle la palabra a la diputada Rojas, comunico a la sala que este proyecto de ley está sometido a urgencia de discusión inmediata por parte del Ejecutivo, misma que vence en el día de hoy; razón por la cual es necesario votarlo al final de la orden del día. Por lo tanto, procedamos a la votación con los parlamentarios que hayan podido alcanzar a hacer uso de la palabra. Ahora sí tiene la palabra la diputada Camila Rojas. Gracias, Presidente. Saludo a quienes están presentes en la sala y también en las tribunas. Honorable sala, la Comisión de Hacienda pasa a informar en lo referido a su incidencia presupuestaria el proyecto de ley originado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la
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Pública que reconoce el derecho al cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados. Concurrieron en representación del Ejecutivo a presentar el proyecto la Ministra de Desarrollo Social y Familia, señora Javiera Toro, y la Directora de Presupuestos, señora Javiera Martínez. La Comisión escuchó también las exposiciones de dos organizaciones de cuidadoras, la Fundación Mujer, Derechos y Cuidados y la Fundación Ronda Chile, las cuales coincidieron en valorar la relevancia que le asigna el proyecto al rol de las y los cuidadores, así como la mejora propuesta en las contraprestaciones monetarias que percibirán por sus servicios de cuidado. La idea matriz de la iniciativa apunta a reconocer por parte del Estado el derecho de apoyo y cuidado que asiste a todas las personas y, en particular, a garantizar de forma gradual y progresiva estos derechos en atención a su situación de dependencia o por no haber alcanzado su plena autonomía, y que requieren recibir cuidados y apoyo de cuidadoras. Todo ello mediante la creación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, que tiene por finalidad, por una parte, fortalecer la autonomía de las personas con discapacidad y promover la vida independiente, y por otra parte, reconocer a las personas cuidadoras, en su mayoría mujeres, quienes asimismo requieren del sistema para realizar sus proyectos de vida, alcanzar autonomía económica, disponer de tiempo libre y de descanso, e incluso tener la libertad de no querer cuidar, propiciando de tal modo la era de la corresponsabilidad social. En sus fundamentos, el proyecto de ley subraya que con esta iniciativa se busca sistematizar la oferta de apoyos y cuidados existentes, incorporar nueva oferta y establecer estándares de calidad en los servicios e instituciones que los entregan. En particular, la iniciativa reconoce el derecho al cuidado en su triple identidad: el derecho a cuidar, el derecho a ser cuidado y el autocuidado, y se formaliza como política de Estado mediante el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, concebido como un nuevo pilar compuesto por servicios públicos de cuidado, tiempo, apoyo económico y redes de solidaridad familiar y comunitaria. La iniciativa legal declara como objetivo la garantía gradual y progresiva del derecho al cuidado de las personas, tanto de quienes requieren cuidados como de quienes son cuidadoras o cuidadores. El proyecto define los vocablos claves de su contenido, reconoce el trabajo de cuidados no remunerados como una función social que contribuye al desarrollo económico y social del país, y subraya que el acceso a servicios de apoyo es esencial para que las personas puedan participar plenamente en sociedad. Asimismo, enumera los principios orientadores para la interpretación y aplicación de esta ley, establece y define el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados precisando sus objetivos, beneficiarios y su orgánica institucional centralizada y descentralizada; dispone la Política Nacional de Apoyos y Cuidados y su plan, detalla las acciones concretas para implementarlo, define la oferta programática de la Red Local de Apoyos y Cuidados, el Sistema Nacional de Cuidados y la Asignación 4 a 7, dispone los deberes de las entidades del Estado que lo componen, crea y regula un sistema de gestión de información de apoyos y cuidados, y modifica diversas normas vigentes para adaptarlas a la nueva legislación propuesta. En lo referido a su incidencia fiscal, el informe financiero de la Dirección de Presupuestos identifica dos grupos de costos en el proyecto: la institucionalidad que se crea y la nueva oferta programática. Se precisa que la creación de una Secretaría de Apoyos y Cuidados, dependiente de la Subsecretaría de Evaluación Social, implicará el nombramiento de un secretario ejecutivo y de 11 nuevos funcionarios, con un costo de 668 millones el primer año y 569 millones en régimen. Por su parte, la creación del Sistema de Gestión de Información de Apoyos y Cuidados requerirá desembolsos por 261 millones para su creación e instalación y 63 millones para su mantención. La capacitación de los equipos locales de la Subsecretaría de Salud, que desarrollarán el instrumento de evaluación y valoración de la dependencia, exigirá recursos adicionales por 147 millones el primer año y 115 millones en régimen. De esa manera, el proyecto de ley irrogará un mayor gasto fiscal derivado de la institucionalidad por 1.075 millones el primer año de ejercicio y 747 millones en régimen. En materia programática, el acompañamiento de personas con dependencia severa y sus personas cuidadoras considera una expansión.
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La red local de apoyos y cuidados para abarcar las 77.930 personas con dependencia severa inscritas en el Registro Social de Hogares hasta marzo de 2025 y el costo per cápita de la atención domiciliaria generará un costo estimado de 68.432 millones. Se adicionarán a ello las extensiones programáticas que autorice el Presidente de la República mediante Decreto Supremo. En términos consolidados, el presente proyecto de ley involucrará nuevos compromisos fiscales por 69.178 millones en régimen. En materia de financiamiento, el informe dispone que el mayor gasto fiscal derivado de la presente ley se imputará a las partidas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y del Ministerio de Salud, sin perjuicio de percibir los recursos adicionales del Tesoro Público que autorice el Ministerio de Hacienda. Para los años posteriores, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las respectivas leyes de presupuesto del sector público. Los integrantes de la Comisión manifestaron su conformidad con los objetivos del proyecto, pero expresaron algunas inquietudes por el financiamiento considerado y la cuantificación de los beneficiarios objetivos del mismo. Finalmente, puestos en votación los artículos de su competencia, la Comisión decidió aprobarlos todos por ocho votos a favor y dos abstenciones. Votaron a favor la diputada Gael Llamas y los diputados Boris Barrera, Jaime Naranjo, Jaime Sáez, Alexis Sepúlveda, Gastón von Mühlenbrock, el presidente Carlos Bianchi y esta diputada informante, Camila Rojas. Se abstuvieron los diputados Miguel Mellado y Agustín Romero. Como consecuencia de lo relatado, la Comisión de Hacienda recomienda a esta honorable sala aprobar la presente iniciativa de ley en los términos expuestos. Gracias, Presidente. Gracias, diputada. Antes de iniciar el debate, se saluda al Club de Adulto Mayor Raúl Godoy, de la Villa Eucaliptus de la comuna de Arrancagua, invitado por la diputada Natalia Romero, que nos acompaña en las graderías. Muy bienvenidos. Se saluda también a las organizaciones promotoras del proyecto de ley que se está debatiendo: Grupo de Apoyo para Familiares de Personas con Alzheimer y Otras Demencias, la asociación Yo Cuido y la Fundación Mujer, Derecho y Cuidado, invitados todos ellos por el diputado Jorge Berito y la bancada del Frente Amplio. Bienvenidos todos a la corporación. Se saluda a quienes hoy celebran su cumpleaños, en primer lugar, al diputado Tomás de Rementería y a la diputada Daniela Serrano. ¡Felicidades! Ahora, entrando al debate, tiene la palabra la diputada Carolina Tello y, a continuación, la diputada Flor Baez. Muchas gracias, Presidente. En Chile, aproximadamente un millón doscientas mil personas realizan labores de cuidado. Gran parte de ellas, por cierto, mujeres, dedican más de cuatro horas al día a un trabajo esencial, aunque total y absolutamente invisibilizado. El cuidado es la columna vertebral de nuestra sociedad, Presidente. Sin él, no existiría el desarrollo social ni el progreso económico. Sin embargo, este trabajo sigue siendo subestimado, recayendo de manera desproporcionada sobre las mujeres de forma no remunerada, lo que en muchas ocasiones genera una sobrecarga insostenible. Este proyecto de ley, Presidente, va más allá de un avance legislativo: reconoce el derecho humano a cuidar, a ser cuidado y, por supuesto, al autocuidado. Es una oportunidad histórica, Presidente, para corregir la inequidad estructural de las tareas de cuidado y garantizar que todos los chilenos y chilenas reciban los apoyos necesarios de manera digna y justa. Este proyecto de ley, Presidente, no solo crea un Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados como un cuarto pilar fundamental del Estado, sino que también reconoce a las y los cuidadores no remunerados como actores clave de nuestra economía y sociedad, mejorando así sus condiciones de vida, acceso a recursos, formación y descanso. Es un paso, Presidente, hacia la corresponsabilidad.
Fragmentos 1-10 de 40 (20 disponibles públicamente)

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