El nombre de Dios y de la Patria se abre la sesión.
Vamos a comenzar a funcionar en comité, saludar a la ministra, subsecretaria y nuestros equipos de discusión, saludar también al académico, el profesor que nos ha acompañado y… Hay un accidente en el camino, por eso se nos informa que principalmente la senadora Pascual está con algún inconveniente de demora y el senador Araya. Si le parece, comencemos en comité. Yo lo que recomiendo es que despachemos primero el articulado, que es el quinto transitorio, para efectos de leer las dos alternativas que la Secretaría nos ha acompañado, y luego pasamos al 69, al tipo penal con el profesor y también con los asesores que nos han acompañado. Señor Secretario, si hacemos lectura de las dos redacciones del quinto transitorio, gracias.
Eh, como usted ha señalado, señor Presidente, esta Secretaría ha redactado dos alternativas, dos textos posibles, recogiendo las inquietudes que sus señorías formularon el día de ayer. La primera alternativa de reacción sería la siguiente. Ah, dicho sea de paso, este artículo quinto pasa a ser sexto, porque ya le incluimos un nuevo transitorio antes sobre la información que deben rendir los ministerios de justicia y desarrollo social y familiar.
Artículo 6º. Procedimientos pendientes. Los procedimientos judiciales de susceptibilidad a adopción y de adopción que se encuentren pendientes al momento de la entrada en vigencia de esta ley se sustanciarán con arreglo a lo dispuesto en la presente ley, salvo cuando, en atención del interés superior del niño, el tribunal estime pertinente continuar tramitando el asunto de conformidad con la ley número 19.620.
La segunda alternativa de reacción dice: Artículo 6º. Procedimientos pendientes. Los procedimientos judiciales de susceptibilidad a adopción y de adopción que se encuentren pendientes al momento de la entrada en vigencia de esta ley se sustanciarán en atención al interés superior del niño con arreglo a lo dispuesto en la presente ley, en especial en lo que respecta a los plazos que esta ley contempla y al ejercicio de derechos por parte de los niños, niñas y adolescentes.
Se ofrece la palabra Luz.
Gracias, presidente. Mire, yo creo que las dos redacciones recogen lo que conversamos ayer. Creo que es más simple la primera, la establecida en la letra A, pero a mí me deja tranquila cualquiera de las dos redacciones. Si tuviera que elegir, prefiero la primera alternativa.
Gracias, presidente.
Gracias. Yo también suscribo esa opinión. Creo que se recogió muy bien la redacción de lo que señalamos, que opera, obviamente, la nueva ley y en aquellos casos determinados por el juez, en atención al interés superior del niño, se puede aplicar el procedimiento antiguo, con lo cual creo que salvamos cualquier inconveniente. Es una buena fórmula. En principio me dicen que viene entrando la senadora Pascual y Araya. Pondríamos en votación en su momento los dos textos, al menos con una primera, obviamente primero la A, porque creo que es la más íntegra desde el punto de vista de la redacción.
Ministro, ¿alguna opinión sobre esto? ¿Algún otro artículo, secretario, que debiéramos despachar, además del tipo penal?
Sí, presidente. Además del tipo penal, nos quedan todavía unas últimas dos indicaciones, la 213 y la 214, que están en la página 240. Estas indicaciones, 213 y 214, que son de los senadores Pascual y Araya, proponen incorporar un artículo transitorio nuevo, que es del siguiente tenor:
Artículo transitorio. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia convocarán a una mesa de trabajo para abordar la problemática de las víctimas y familias de víctimas de adopciones forzadas y sustracción de menores, separadas ilegalmente por agentes del Estado, con el objeto de concordar medidas para el esclarecimiento de los hechos, facilitación de la búsqueda de las personas víctimas, reparación y establecimiento de garantías de no repetición.
Señor presidente, esta Secretaría considera que esta indicación es inadmisible.
Voy a esperar que llegue Claudia. Nosotros hicimos un punto y, aprovechando que está la ministra, a la luz de este proyecto queremos, obviamente, modernizarlo y actualizarlo, pero con todas las reuniones, audiencias y acopio de información surgen decenas, decenas, cientos de adopciones ilegales que, yo lo dije, son en periodo de dictadura pero, desgraciadamente, también en periodo de democracia, que se continúan con malas prácticas, constituyendo lo que yo creo que lindan en los delitos a propósito del ’69 que vamos a discutir. Entonces, creo que es importante poder recoger esa información. Efectivamente, voy a esperar que llegue Claudia, porque hay que actuar de acuerdo a nuestra normativa. Nosotros hicimos la indicación poniendo un punto, y ahí me gustaría escuchar a la ministra cuáles son los trámites que se están haciendo. Tengo entendido que el gobierno adoptó una política, una comisión, que nos explique usted, ministra, y voy a tomar una resolución en consecuencia como presidente.
A propósito de eso, se integra el senador Osandor. Viene Adán Noscuero, como siempre sustentándolo. Podría ser permanente un poquito, porque vamos a proceder a la votación de la mesa, o sea, al menos de la renovación. Tocaría la presidencia, consignarlo, y vamos, por tanto, a dar por iniciada la sesión formalmente. En nombre de la Patria, se abre la sesión.
Lo de Claudia para hacer el punto sobre esa indicación que tiene ese objetivo, yo simplemente hago... Señor fiscal, puede permanecer, no hay inconvenientes... Además, hay un tipo penal aquí, de la Senadora Núñez y… Ministra, llegando, Claudia, le voy a pedir una opinión breve de qué es lo que se está haciendo para esta situación de adopciones ilegales y todo eso.
Si le parece que procedamos a la votación del primero. El señor Presidente somete a votación la alternativa A para el artículo quinto transitorio, que pasa a ser sexto.
Senadora señora Vensperger.
Senador Soros Andón.
A favor por la letra A.
Igualmente, a favor de la propuesta de la letra A.
Aprobado el artículo quinto transitorio, que en realidad pasa a ser sexto.
Gracias. Continuamos, si le parece, para abrir la discusión del tipo penal, aprovechando que antes la ministra tiene que retirarse a la Comisión de Hacienda de la Cámara y, sin perjuicio de la votación, la vamos a tomar con los dos colegas que vienen entrando por la relevancia de eso. Pero le pediría que abriera la discusión, o al menos que nos ayudara el académico invitado, para efectos de la precisión que queríamos hacer, principalmente en el inciso primero del tipo penal. Jaime tiene la palabra.
Muchas gracias, señor Presidente. Solo me gustaría poder confirmar, con los equipos de asesores, que finalmente la decisión fue eliminar la palabra "engaño". Si me confirman que esa es la decisión y que es el texto definitivo, porque por lo menos yo no vi eso, veo que asienten con la cabeza, así que lo doy por sí.
Entonces, en definitiva, el artículo que imagino que tienen a la vista quedaría de la siguiente manera:
Artículo 69. Obtención ilegal de un niño o niña o adolescente.
El que, con vulneración de los procedimientos previstos por la ley, obtenga la entrega de un niño o niña o adolescente, parecido por otra persona, para facilitar la constitución o modificación de su estado civil, alterar su filiación o obtener su cuidado personal, será sancionado con presidio menor en su grado medio.
Ese primer inciso, entiendo, no generaría en esta reacción ningún problema. Las únicas diferencias con el texto que salió de la Comisión de Niñez son algunas cuestiones de nomenclatura: utilizar "niño o niña o adolescente" en lugar de "menor", agregar "la entrega" en el título, eliminar la idea de sacarlo del país con fines de adopción, porque esto no correspondía, según se observó, y se agregó aquí "obtener el cuidado personal", dado que eso es una posibilidad que está en la actual ley y correspondería, entonces, también regularlo a propósito de este tipo de pérdidas.
Luego viene una hipótesis agravada del inciso anterior, que corresponde a la pena: será de presidio menor en su grado máximo, presidio mayor en su grado mínimo y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales, si concurrieran alguna de las siguientes circunstancias; y aquí viene el cambio que se conversó ayer, y quedaría de la siguiente manera: hubiere mediado abuso de autoridad o de confianza. Con esto se elimina la hipótesis de engaño, quedando esa como parte de la hipótesis básica.
En segundo lugar, si hubiera entregado o prometido entregar un beneficio económico o de otra naturaleza, o, en tercer lugar, si hubiera actuado por la entrega o promesa de un beneficio económico de otra naturaleza.
Luego viene otra hipótesis agravada, con las mismas penas del inciso anterior.
En el proceso anterior se impondrán sanciones cuando el delito fuere cometido por empleado público, abogado, médico, matrona, enfermera, asistente social y se agrega una norma general para que no quede ninguna profesión relevante fuera u otro técnico profesional que ejecute la conducta abusando de su oficio. Entendemos que con esto pueden quedar incluidos, por ejemplo, psicoterapeuta o psicólogo, sin abusar de su oficio, cargo o profesión, o si el delito fuere cometido y encargado a cualquier título del cuidado del niño, niña o adolescente. Después, aquí no hay ningún cambio relevante.
El inciso siguiente establece que las penas señaladas en este artículo se aumentarán en un grado cuando se persiga la salida del país del niño, niña o adolescente. Luego, el penúltimo inciso, que se agriega en 100 % y recoge lo que estaba previamente en la indicación del artículo 72, establece la siguiente norma, que constituye un tipo especial de adelantamiento de la punibilidad: “El que hubiera entregado un beneficio económico u otra naturaleza, o hubiera recibido un beneficio económico u otra naturaleza para la comisión del delito contemplado en el inciso primero de este artículo, siempre que no se hubiera obtenido la entrega del niño, niña o adolescente y los hechos no estén comprendidos en los párrafos nueve y nueve bis del título quinto del libro segundo del Código Penal, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo”. La pena contemplada en este inciso se aumentará en un grado cuando se persiga la salida del país del niño, niña o adolescente. Lo que busca este inciso es sancionar en aquellos casos en que el delito no ha llegado a consumarse por haberse pagado una cantidad de dinero por la obtención ilícita de la adopción, ya sea habiendo pagado o recibido dicha suma. Y si la regla especial establece que no se aplicará este artículo, en la medida en que se puedan aplicar los párrafos nueve y nueve bis del título quinto del libro segundo del Código Penal, es porque se hace referencia, principalmente, al delito de cohecho, que posee una pena mayor y, por lo tanto, a la que se deberá aplicar. Con esto, en definitiva, quedará sancionado y se evitará un vacío de punibilidad respecto de las personas que, sin ser funcionarios públicos, hubieren comprometido, mediante el pago o la recepción de un pago, la infracción de las reglas establecidas en esta ley para obtener la adopción. Y se entiende que con ello quedará cubierto todo lo que los señores senadores y senadoras habían solicitado.
Finalmente, en todos los casos señalados en este artículo se aplicará, además, si correspondiera, la pena de inhabilidad para ejercer el cuidado personal, la potestad y la guarda del niño, niña o adolescente.
Eso es, señor presidente. Gracias, profesor.
Antes de entrar a la discusión del texto y cómo se ha modificado, si le parece a los colegas, a Claudia y a Pedro, se agregará su voto en la votación anterior, por la letra A, que era la redacción que consideramos más adecuada a lo que se discutió ayer y que propuso la secretaría. Se suman los votos de la senadora Pascual y el senador Araya.
Ahora, lo que ofrezco es la palabra sobre la redacción del artículo 69. Luz.
Gracias, señor presidente.
Yo, en términos generales, estoy de acuerdo con la redacción propuesta del 69. A mí me hacía ruido que en el número uno de la primera pena grabada apareciera la palabra “engaño”, porque ello implicaría que siempre se aplicaría esa pena, impidiendo la aplicación del inciso primero del 69, puesto que, claramente, para obtener esa entrega ilegal es necesario, de alguna manera, que medie un engaño, sea de la forma que fuere. Por ello, señor presidente, me parece también que las otras reacciones son correctas y, con esta reacción final, agradezco al profesor Vinter y a los asesores del Ministerio por haber llegado a esta conclusión.
Gracias, señor presidente.
Se ofrece la palabra Claudia.
Sí, gracias, señor presidente. Disculpen mi retraso, y les saludo a todos. Yo también quiero opinar a favor, digamos, de esta nueva propuesta del día de ayer, que es casi igual a la última que nos habían traído. Nos había entrado la duda, precisamente, porque creíamos que el tema del engaño tenía que no estar, digamos…
... de la redacción para que se pudiera producir la hipótesis de base, digamos, así que estoy totalmente de acuerdo con esta nueva redacción y, por supuesto, agradezco tanto a los asesores y asesoras nuestras de senadores como a don Jaime Vinter y, por cierto, a los asesores y asesoras de los Ministerios de Justicia y de Desarrollo Social que pudieron llegar a esta propuesta de consenso. Gracias.
Si no hay más palabras pedidas, pondríamos en votación el texto que está en la propuesta que circula en esta hoja, señor secretario, con los argumentos que se han señalado por parte del abogado y de los senadores que han intervenido. Gracias, Presidente.
El señor Presidente somete a votación la propuesta de redacción del artículo 69, que ha sido fruto del consenso, tal como lo ha señalado su señoría.
Senadora, señora Benzberger. A favor.
Senadora, señora Pascual. A favor.
Senador Solaraya. A favor.
Senador Soros Andón. A favor.
Señor Presidente. A favor.
Señor Presidente, resultado de la votación: cinco votos por la firmatividad. Aprobado el artículo.
Continuamos.
Presidente, corresponde ahora dirigirse a la página 240 de nuestro comparador. Pero antes de ir ahí, Presidente, sus señorías deben resolver la situación de las indicaciones 186 y 187, las cuales motivaron en definitiva este artículo 69; dichas indicaciones están pendientes, y todavía no se ha pronunciado. ¿Qué página? Página 169 comparador. ¿No deberían entenderse como rechazadas, como su señoría lo estima pertinente? Yo lo que le pediría, secretario, es que, dado que hemos aprobado –pues se subsume la idea del fondo en el artículo–, la idea sería retirarlas.
Sí, yo las retiro, por lo menos, Presidente. Perdón, ¿en qué página está? 169. Yo creo que sí les parece, porque, si bien se mantiene la idea, es un texto distinto que hemos suscrito todos. Siendo los dos autores, yo retiro también la mía y retira Claudia, y quedamos con el texto. Retiradas.
Ahora entonces, Presidente, y ya finalmente, corresponde dirigirse a la página 240. Allí figuran las indicaciones 2.3 y 2.14. Estas indicaciones son de la senadora Zora Pascual y suya, señor Presidente, y proponen incorporar un artículo transitorio nuevo, que es del siguiente tenor:
Artículo transitorio.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia convocarán a una mesa de trabajo para abordar la problemática de las víctimas y familias de víctimas de adopciones forzadas y sustracción de menores separadas ilegalmente por agentes del Estado, con el objeto de concordar medidas para el esclarecimiento de los hechos, la facilitación de la búsqueda de las personas víctimas, la reparación y el establecimiento de garantías de no repetición.
Señor Presidente, esta Secretaría considera que estas indicaciones son inadmisibles.
Gracias, señor Secretario. Creo, digamos, tener una opinión muy similar a la de Claudia. Nosotros hicimos estas indicaciones haciendo el punto en este proyecto sobre el conjunto de adopciones ilegales que se han producido, principalmente en época de dictadura, pero también, desgraciadamente, en democracia, en el que hubo un conjunto de facilitadores que permitieron estas adopciones en distintos lugares. Creo que se está avanzando en distintos lugares, en distintos frentes judiciales, investigativos y administrativos, y yo las voy a declarar inadmisibles, porque hay que ser rigurosos desde el punto de vista de lo que corresponde. Pero le pediría, Ministra, dándole inmediatamente la palabra, que nos informara –no necesariamente en su cartera, pero en el conjunto de actuaciones del Estado– cómo se va a abordar esto.
Muchas gracias.
Gracias, Presidente.
Bueno, en primer término, nosotros…
Compartimos que esta indicación es inadmisible, sin perjuicio de lo anterior, compartimos la preocupación que está detrás de la indicación. Sin duda, la realidad de las adopciones ilegales es una realidad que ha estado presente en nuestro país; es algo que ha salido al debate durante la tramitación tanto en esta comisión como en la comisión de familia, porque es una realidad que, como usted bien señalaba, hemos tenido que enfrentar, sin duda, durante la dictadura militar, pero también en periodos de democracia, y hay estimaciones de que están en el rango de los miles. Por lo tanto, sin duda, son situaciones gravísimas de vulneraciones a los derechos humanos. Y por lo tanto, el gobierno ha trabajado en esta materia. Fue, de hecho, uno de los anuncios que realizó el presidente en una de sus cuentas públicas, y quisiera dar cuenta de que se creó una mesa interinstitucional de trabajo sobre adopciones forzadas o irregulares, una mesa que fue creada por resolución exenta del Ministerio de Justicia el 1 de marzo del 2024, la cual es liderada, sin duda, por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y de la cual el Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de la Niñez, también forma parte. La mesa ha estado trabajando y ha ido acotando sus funciones. Puedo señalar que se ha concentrado fundamentalmente en tres ámbitos. Primero, en una dimensión de carácter más ejecutivo que busca generar una serie de medidas que deben adoptar las instituciones que son parte de la mesa; y les paso a señalar cuáles son estas instituciones: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y también el Servicio de Registro Civil e Identificación, el Servicio Médico Legal, el Servicio Nacional de Menores y el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia. Por lo tanto, esta primera dimensión tiene que ver con que estas instituciones adopten medidas para hacer eficientes los canales actuales por los cuales se transmiten las solicitudes de las posibles víctimas. Luego, la mesa también tiene como objetivo construir una propuesta jurídica que permita a las personas que sostienen haber sido víctimas de adopciones forzadas e irregulares acudir de manera voluntaria a instancias institucionales para aportar su huella genética, con la finalidad de encontrar coincidencias con otras personas. Y, por último, en una segunda dimensión, la mesa se ha planteado proponer recomendaciones de política pública que propendan a la verdad, la justicia y la reparación. Por lo tanto, de esta manera, la preocupación que han planteado los senadores se ve recogida en una línea de trabajo que ha adoptado el Ejecutivo, y sin duda, la aprobación del delito que acabamos de ver también fortalece nuestro marco jurídico. Y en ese sentido, también es parte de las garantías de no repetición, podríamos considerarlo.
Gracias, Ministra, por la extensa explicación.
Yo, al menos, con eso voy a retirar mi indicación.
Senadora.
Sí, Presidente, yo también la retiraría en el entendido de que es inadmisible; si no, tampoco tengo problema en que se declare totalmente, porque creo que, y quiero explicarlo para la historia de la ley y, sobre todo, para las organizaciones. Hoy día hay una organización, Madres e Hijos, que incansablemente, de hecho, solo en este verano se han producido encuentros y reencuentros entre madres e hijas que han vivido esta situación. Por lo tanto, esta es una necesidad; entiendo absolutamente que la indicación la hicimos precisamente para poder contar con, además, la información que hoy estamos escuchando por parte del Ejecutivo. La indicación es inadmisible, puesto que le confiere facultades y tareas al Ejecutivo que no nos corresponde como parlamentarios. Por lo tanto, desde ese punto de vista, no hiere mi orgullo si, al declarar inadmisible, se plantea que esta mesa no solo tiene que trabajar —y me alegro mucho de que tenga las tres líneas de trabajo—, sino que siento que las garantías de no repetición aún están por escribirse en la historia. Y, desde ese punto de vista, le pido al Ejecutivo, Presidente, por su intermedio, que quede en la historia de la ley, de que el retiro o la inadmisibilidad, la declaratoria de inadmisibilidad de estas indicaciones, no quede como un mero acto.
administrativo, sino que quede con un compromiso por parte de este gobierno y de los futuros gobiernos, porque son compromisos de Estado, la garantía de no repetición, de que esto no solo no vuelva a ocurrir, sino que pueda culminar las tres líneas de trabajo y de acción que nos han sido reportadas hoy día por esta mesa. Gracias, Presidente. Gracias, Claudia. Yo al menos la voy a retirar, Claudia, si le parece que también la retiremos para efectos de declarar, digamos, retirada las dos. ¿Habría acuerdo? Sí. Retirada la 213 y 214, y ahí pedirle, Ministra, reiterar las argumentaciones que hemos dado de que el acompañamiento de la comisión y eso, poder mantener ahí la información correspondiente. Señor Secretario. Señor Presidente, se ha despachado el proyecto en particular. Perfecto. Se da por despachado el proyecto. Agradecer principalmente a los asesores que han trabajado arduamente, Ministra y subsecretaria y a sus equipos, perdón, no quiero ser descortés con alguien que no nombre, del Ministerio de Justicia. Gracias a todos. Y despachado el proyecto, Ministra, solo por un tema de rigurosidad y por los cambios que hemos hecho, nosotros no quiero poner un plazo de cuándo nos va a ver en la sala directamente, porque la Secretaría suele hacer un trabajo acucioso del articulado de compaginar cada una de las normas; tiene que ir a Hacienda, pero ya al menos creo que se ha hecho un muy buen trabajo acá y cumplimos lo que nos comprometimos cuando usted nos invitó a un desayuno en que, además, el Presidente de la República solicitó personalmente la urgencia de este proyecto. Si le parece, suspendemos un minuto, gracias, Ministra, gracias a su equipo. Suspendemos dos minutos.
En nombre de Dios y la Patria se abre, se reanuda la sesión. Vamos a proceder al segundo punto de la tabla, que consiste en terminar la revisión del texto aprobado, en particular del proyecto que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas de Delito. Nuestro secretario, don Rodrigo Pineda, hará algunas adecuaciones y consignará observaciones respecto al tercer proyecto; no hay inconveniente de que los equipos de la Fiscalía se integren para efectos del mismo. Y, Rodrigo, lo escuchamos respecto de las adecuaciones.
Gracias, señor presidente. Señoras y señores senadores, como ustedes bien saben, la comisión, a finales de enero, culminó el estudio de este proyecto que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas de Delito. Como es costumbre —de manera muy prudente y conveniente en esta comisión—, el texto, una vez construido por la Secretaría de la Comisión, se remitió al Ejecutivo, el cual efectuó una serie de observaciones, todas muy atinentes y, tratándose básicamente de cuestiones de forma, la Secretaría las ha acogido (algunas correcciones de tipeo y antecedentes que faltaban). Agradezco al Ejecutivo el trabajo realizado en colaboración con esta Secretaría.
Queda una última cuestión: a nosotros, como Secretaría, nos surgió una duda respecto de la construcción de un artículo de la Defensoría de Víctimas de Delito. Existen dos documentos en la carpeta, denominados Propuesta del Ejecutivo y Propuesta de la Secretaría. Quiero advertir a sus señorías que, en cuanto al contenido del proyecto, no existe discrepancia entre el gobierno y la Secretaría, sino una duda sobre la forma de configurar el precepto para que tenga la mayor claridad posible.
La comisión aprobó –y se resaltó en negrilla– una serie de enmiendas a este artículo y agregó un número 6 nuevo, que se incluyó a instancias del senador, don Durresti, y que el Ejecutivo adoptó en el debate, al tratarse de una atribución de un órgano público: mantener comunicaciones y trabajo colaborativo con la unidad de atención a las víctimas y testigos del Ministerio Público, con el fin de abordar de forma interinstitucional la participación de las víctimas en el proceso penal.
El Ejecutivo, en la discusión sobre estas normas, planteó que el número 6 debería ubicarse a continuación del número 5, lo cual parece obvio. Sin embargo, la Secretaría considera que dicho numeral debería situarse después de los tres párrafos que conforman el número 5. Si bien en este numeral se establecen una serie de derechos –otorgar información, asesoría, orientación, representación y asistencia psicosocial a las víctimas–, de repente aparece una atribución que no se alinea con la lógica de la prestación de servicios directos a la víctima, sino que constituye un deber general del servicio. Por lo tanto, a la Secretaría le parecía que ubicar dicho numeral a continuación del 5 podría generar interpretaciones diversas, sobre todo porque después se establecen las normas relativas a los funcionarios que pertenecen a Carabineros. Habíamos pensado que, en ese contexto, resultaría más conveniente que esta disposición se integrase luego de esos párrafos, para que ustedes lo vieran.
Gráficamente elaboramos una propuesta de la Secretaría, artículo 26, no sé si el Ejecutivo lo tiene, que la idea contenida en el número 6, que es mantener comunicaciones de trabajo colaborativo con la Unidad de Atención a Víctimas, concluyera en el precepto, porque no dice relación directamente con estas cinco primeras tareas que tiene la Defensoría, sino que se ubique como un deber, en realidad es un deber; y por lo tanto la Secretaría quería sugerirles, tanto al Ejecutivo como, obviamente, a ustedes en primer lugar, que la idea contenida en ese número 6 que propone el Ejecutivo sea un inciso final y que resalte la idea de que es un deber.
Quiero insistir en que no hay una discrepancia entre el Ejecutivo y la manera de ubicar esta disposición, sino en la forma de concebirla, en el número 6. Yo copio el número 6, para que vean que tiene las mismas palabras, los mismos verbos rectores, todo lo que se emplea. Creemos que esa sería una innovación.
También hay una innovación de forma que yo quería proponerles: como en cada uno de los números se va diciendo “otorgar, otorgar, otorgar, otorgar”, se sugiere usar una técnica que es, simplemente, para el cumplimiento del objetivo del servicio, deberá otorgar:
1. información,
2. asesoría,
3. orientación,
4. representación,
5. asistencia psicosocial.
Después vienen las normas que ya están aprobadas respecto a los chufos y, rematar con un inciso final que será esto. Entonces, a lo mejor sería bueno saber la opinión del Ejecutivo sobre esto, Presidente, y si les parece... Subsecretario, por favor.
Subsecretario: Sí, Presidente, buenos días, señor Presidente. Nos parece, como Ejecutivo, que la propuesta de la Secretaría se hace cargo de las dudas que teníamos y queda mucho mejor redactada; por lo tanto, nos parece mucho mejor así.
Presidente: Perfecto, creo que hay acuerdo. Voy a poner en votación la propuesta de la Secretaría, si pudiéramos consignarla de esa forma, con las argumentaciones que ha dado el señor Secretario. En votación.
[Se pone en votación la organización en cuanto a la forma de esta disposición.]
Senadora Pascual: Sí, entendiendo que es una adecuación de forma y, como dijo Pedro en la sesión anterior, que me parece muy bien, como de geografía dentro del artículo, lo voy a votar a favor. Solo tengo la inquietud de que, al colocar “deberá otorgar” y luego hacer la enumeración, el número 6 dice “mantener comunicación”, y no viene directamente del “otorgar”; entonces, no sé si ahí le ponemos “y mantener”, como para que se distinga de todos los anteriores, o algo que sugiera usted mismo, como Secretaría, que siempre tiene la mejor propuesta. Eso, nada más.
Senadora Araya: A favor.
Senadora Despergue: A favor.
Presidente: A favor.
Resultado: 4 votos por la afirmativa, ninguno en contra. Nosotros miraríamos la observación de la senadora, señora Pascual, para buscar el mejor ajuste posible, en coordinación con el Ejecutivo, si es que prospera esa idea. Eso en cuanto a cuestiones de texto, de texto del Ejecutivo.
La otra cuestión que yo quería plantear es relativa a la calificación de algunas normas del proyecto, la calificación de las disposiciones de orden. Esta es una cuestión, quiero advertirlo de entrada, que en parte se resuelve en la Cámara de Origen, porque cuando la Cámara de Origen califica y notifica, es el criterio que al final se le da a conocer al Tribunal Constitucional en el examen, lo cual no quiere decir que entre las Cámaras no exista discrepancia, y a veces el Senado ha calificado algunas normas con un quórum distinto, y en otros casos hemos coincidido. Bueno, en este proyecto hay una disposición que está, si van al texto comparado –que le hemos preparado para ustedes para que vean cómo va el proyecto, en la página 15 del texto comparado–, que fue la norma bastante discutida respecto del…