Senado Hacienda

Senado - Hacienda - 11 de marzo de 2025

11 de marzo de 2025
13:30
Duración: 2h 10m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 11608-09 Sobre el uso de agua de mar para desalinización.

Vista pública limitada

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Secretaria, perdón. En nombre de Dios y la patria, se abre la sesión. El día de hoy, Secretaria Presidente, se recibió del Ministerio de Economía dos documentos que responden a solicitudes de los senadores en la sesión que se celebró por la Comisión el 15 de enero para tratar el proyecto de ley que crea una agencia de financiamiento e inversión para el desarrollo, AFIDE. El primero de ellos corresponde a un informe del Banco Interamericano de Desarrollo, referido a los programas públicos de apoyo al capital de riesgo de Corfo, y el segundo a un informe que detalla los principales hitos en el desarrollo y gestión de los programas de fomento a la industria de capital de riesgo de Corfo. Estos documentos fueron enviados por correo electrónico a los miembros de la Comisión y entiendo que la idea sería incorporarlos en el informe, pues responden a un compromiso de hacer llegar estos antecedentes a la Comisión. Esa es la cuenta, Presidenta. Muy bien, el día de hoy hemos sido convocados a continuar, Secretaria, con el proyecto de ley que, la verdad, ya ha sido objeto de varias sesiones, pero que estamos a puertas de poder despachar. Se realizaron ingresos a las indicaciones; pedimos permiso en la sala para tener un plazo de indicaciones adicionales. El señor Esteves, que es representante del Ministerio de Obras Públicas, me dice que viene en camino y estaría llegando en cinco minutos, así que, si usted nos puede hacer una relación de la situación actual: en primer lugar, se fijó efectivamente un plazo para el ingreso de indicaciones, un plazo que vencía el miércoles pasado a las 10 de la mañana y, en ese plazo, se ingresaron 22 indicaciones de su autoría. Posteriormente, el senador Insulza, el día jueves, comunicó su intención de suscribir también estas indicaciones. Sin embargo, como el plazo ya estaba vencido, nosotros estamos dejando constancia de ello e informando al respecto, pero el boletín ya se había elaborado, publicado y también comparado. De hecho, las indicaciones —que han sido acordadas con el Ejecutivo— son lo que hemos venido concordando entre todos. Yo simplemente fui el vehículo para que ingresaran; sin embargo, podrán participar todos los senadores que deseen ser parte de esta construcción, con sus asesores, y la gracia que hemos tenido es contar con un equipo de asesores.
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Presidente: Los senadores tienen un comparado en su pupitre que consigna las indicaciones, que como señalé son 22. La Secretaría tiene dudas respecto de la admisibilidad de algunas de ellas, que en su momento fueron mencionadas. El Presidente declara la admisibilidad, no la Secretaría. Por eso hay instituciones que funcionan; así es lo lindo que tiene nuestro país. Les recuerdo que en este proyecto, el cual es objeto de pronunciamiento por parte de la Comisión de Hacienda, se habían determinado algunas normas como normas de competencia. Existen indicaciones que inciden en algunas de esas normas y otras que inciden en otras distintas. Entonces, vamos a ir viéndolas una a una, ¿les parece? Por ejemplo, para partir en la página 2 del comparado, está el inciso segundo del artículo primero, que es una norma de competencia de la Comisión y que no tuvo indicaciones. Tendríamos que votarla, ¿no? Que dispone, además, la presente ley regula la elaboración y actualización de una Estrategia Nacional de Desalinización y el procedimiento de otorgamiento de una concesión o destinación marítima especial de desalinización, así como su ejercicio, fiscalización, sanciones, renovación, caducidad y término, lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en las normas generales sobre concesiones marítimas. Muy bien, ¿la ponemos a votación? El Presidente somete a votación el inciso segundo del artículo primero. — ¿Senador Lagos? — ¿El Ejecutivo va a venir? — Sí, viene atasado el Ejecutivo. — Ah, ya. Me gusta estar coordinado con el Ejecutivo, por lo menos. Pero sí, voto favorablemente. En este caso en particular, todos hemos estado bastante coordinados con el Ejecutivo. Afortunadamente, ha habido buena disposición de todos. — ¿Senador Coloma? Sí. Mándeme la grabación del sitio del Senador Lagos, porque la encontré lo más tímido que he hecho desde que lo conozco. — ¿Senador Isurza? A favor. — ¿Senador García? A favor. — ¿Presidente? A favor. Queda aprobada, entonces, por unanimidad de los miembros de la Comisión. Enseguida, en la página 11 del comparado, hay indicaciones al artículo tercero del proyecto. Primero, las indicaciones al inciso segundo, que son las indicaciones 1H y 2H. La indicación 1H es una adecuación formal para acomodar el nombre. Sí, le damos la bienvenida. En virtud del atraso, vamos a postergarlo y vamos a poner otro proyecto en tabla, ¿no? Muy bien, le damos la bienvenida al coordinador del área hídrica, señor Carlos Esteves; al coordinador legislativo, Tomás Mendoza; al asesor legislativo, Estefano Salgado; y a la asesora legislativa del DGA, señora María Gracia Beas. Bienvenidos a todos. Un océano, un agua en el cielo... Sigamos, sigamos, sigamos. Bueno, acabamos de votar, partimos la votación, estimados, así que les pido que tengan el comparado, don Carlos, frente a ustedes. Estamos recién pasando a la página 11 del comparado, que contiene las indicaciones 1H y 2H. No sé si ustedes tienen el comparado; se lo podemos proporcionar para que estemos todos mirando lo mismo. Ahí le van a pasar, don Carlos, un comparado igual al nuestro, para que podamos... Entonces, les invito a la página 11. En la página 11 estábamos a punto de votar las indicaciones que son de mi autoría, pero que en realidad son parte del trabajo de todos los asesores, así que en realidad comparto la autoría con el resto de los colegas.
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Y con el Ejecutivo, para que usted también vaya dando cuenta del contenido de las mismas y así vayamos avanzando. Secretaria, ¿cuáles son las indicaciones a su juicio que usted entendía que podían ser? No, ninguna de las que estamos viendo. No, cuando llegue se las voy a mencionar. Perfecto. Es que sería bueno recordarle o repetir lo que usted señaló para que el Ejecutivo lo sepa, porque conversamos en la pasada en el Tribunal de la Secretaría. ¿Se puede discutir la visibilidad? Claro. Cuestión que va a resolver la Comisión. ¿Sería por patrocinio o por ideas matrices? No, porque son cuestiones públicas. Entonces, la indicación 1H, que está en la página 11, es simplemente una adecuación, es para suprimir una referencia que ya no corresponde a seguridad pública. Yo entiendo que sí, porque la 2H reemplaza en el inciso segundo de este artículo la frase “la estrategia nacional deberá ser revisada” por la siguiente: “la estrategia nacional tendrá una prospectiva de largo plazo sin perjuicio de que deberá ser revisada.” Don Carlos. Bueno, presidente, en mi opinión ambas reacciones apuntan en la misma dirección. Entendí que la opinión de los asesores, de los senadores en esta línea era que quedara claro que no era una estrategia, por decirlo así, quinquenal o sexacional, sino que siempre estaba pensando en un largo plazo. Y otra cosa distinta era que pudiera ser actualizada a seis años. Entonces, nosotros no tuvimos ningún inconveniente en que se agregue que tenga una prospectiva de largo plazo. Muy bien, lo aprobamos por unanimidad. Sí, es sencillo. Y actualizada cada seis años. Sí, exactamente. La frase completa es “la estrategia revisada y actualizada cada seis años.” Seguimos, secretaria. En el inciso cuarto, que está en la página 13, hay una indicación para agregar a este inciso una oración final: “La página 13 se agrega para dicho proceso de evaluación, el reglamento podrá considerar la colaboración de sectores académicos, de la industria o de sectores públicos, incluyendo aquellos de carácter regional o comunal.” Esta es una de las indicaciones que a la Secretaría le merece duda, porque se está otorgando una facultad en el fondo, con el poder a considerar. Claro, ¿o, Carlos? O sea, presidente, yo creo que este es un elemento que deberán ver en su juicio, pero es bueno ver el contexto en el que se está discutiendo. Dentro de lo que es la Estrategia Nacional de Desalinización se plantea que su reglamento, en lo que se refiere a participación ciudadana, deberá permitir el acceso oportuno y por medio apropiado a la información necesaria para un efectivo ejercicio de este derecho. Además, establecerá los parámetros y orientaciones relevantes para la definición de objetivos, metas, indicadores, estándares y líneas de acción, a considerar su consecuente evaluación, etapas de actualización y demás normas para su correcta ejecución. Entonces, lo que se propone aquí es que para ese proceso de evaluación el reglamento podrá considerar la opinión de otros actores, tales como académicos de la industria, sectores públicos, etc. En general, una cosa es la discusión estrictamente formal, pero lo que tiene que ver con el ADN del proyecto, nosotros creemos que nos está agregando una función estrictamente nueva, pero es una facultad, y es una facultad, además, que la ejerce el propio Ejecutivo: puede ejercerla o no ejercerla. En mi opinión debiera ejercerla, pero queda a juicio de la Comisión sobre el ADN.
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La discusión sobre una eventual inadmisibilidad o no sobre este punto. Lo que entiendo entonces es que el Ejecutivo está de acuerdo con el texto, ¿cierto? Por la consistencia misma, sí. No, no, y con el contenido mismo. Por eso es parte del acuerdo de la mesa de los asesores. El tema es que efectivamente esto genera una facultad, que es verdad que no es mandatoria, pero le abre una facultad. Entonces aquí, colegas, tenemos que decidir si avanzamos con esto, porque podríamos pedir el patrocinio del Ejecutivo. El problema, entiendo, es que significaría demorar la tramitación del proyecto. Señor Coloma. Sí, Presidente. Yo creo que esto es una facultad efectivamente del Ejecutivo, porque si no, no nos miremos ahora, que estamos todos más o menos de acuerdo; el día de mañana puede dejar un precedente. Entonces hay dos opciones: o el Ejecutivo lo patrocina, claro que tendría que patrocinarlo de aquí a cuando se vote – no sé cuánto se espera votar esto en la sala, no me imagino la próxima semana, digamos – o mañana. No está en tabla, me parece, así que si no se encuentra en agenda, no se verá mañana; podría ser el próximo martes, ya que son sesiones especiales, con objetivos definidos. Sí, Presidente. Entonces yo sugiero, o sea, si no hay una indicación del Ejecutivo patrocinándola, yo la declararía… o sea, comparto que debería ser el admisible. Si el Ejecutivo la patrocina, presentaríamos – usted habría querido un plazo, señor Presidente – pero me parece que es lo razonable. Y yo creo que, además, no es algo que haya cambiado la estructura del proyecto. Yo prefiero que no pase nada si declaramos el admisible; es una buena indicación, una dirección correcta, pero creo que no afecta la naturaleza del proyecto. Sí, Presidente. Sí, don Carlos. Y solo señalar que hay claridad sobre este punto: el Ejecutivo no va a presentar indicaciones. Claro, por eso es que la modalidad de trabajo con la mesa de asesores… así es, así es. Pero eso... lo tenemos claro. Muy bien. Entonces se acoge lo que sugiere nuestra estimada secretaria. No, no está bien que sea el admisible, eso es lo que es: se acoge la inadmisibilidad. Enseguida, respecto del artículo quinto, en la página 16 del comparado, está la indicación 4H que en el encabezamiento del artículo quinto suprime la expresión “al menos”. Eso lo conversábamos en la sesión pasada. ¿Cuál es el sentido de la animidad? Sí, por eso lo sacamos… claro, para un poquito más de certeza. ¿Lo aprobamos por la animidad? Muy bien. Todas estas cosas las conversamos en la sesión pasada; es lo bueno de haberlo digerido previamente, no estamos innovando. Luego, en la página 17, respecto del literal C, hay una indicación que sustituye – a ver, el literal C dice “identificación de criterios para determinar aquellas zonas de mayor aptitud para implementar proyectos de desalinización”, refiriéndose al contenido de la estrategia nacional – por “identificación de criterios para determinar aquellas zonas de mayor aptitud para implementar proyectos de extracción, conducción y desalinización de agua de mar”. Esta indicación también ha generado dudas en la Secretaría, porque está ampliando. Sí, colegas, les pido la atención un segundo. Esta indicación sí es muy relevante, porque, acuérdense que hicimos el tema de la servidumbre. Entonces, en este caso, dado que la servidumbre permite facilitar una serie de cosas que no estaban, es importante, ojalá, poder aprobarla. Más allá de que la Secretaría también dice que está en un área gris sobre la admisibilidad, en este caso yo me inclino por una cuestión de decisión política, porque no hay una diferencia de fondo ni de contenido con el Ejecutivo, sino que se trata del trámite legislativo que debemos seguir, ojalá pudiéramos aprobar esta indicación, declarada admisible. ¿El Ejecutivo está de acuerdo con el contenido? Cien por ciento. ¿Y el título? Una cosa es la desalinización, otra cosa es… ah, conducción. Y si los lugares son...
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Así es, pero señor Coloma, primero, después el senador Lago y después el senador Sursa. Primero, lo formal. Yo, tal como el anterior, me pareció que era clara; la admisibilidad aquí me parece mucho más dudosa y, creo que, más bien admisible, porque se está hablando de criterios. No, no: una cosa es el poder del Ejecutivo, pero ya que uno no puede definir un criterio un poquito más, que sea una palabra única y que no se pueda modificar esa organización, sino que se pueda agregar extracción, conducción, me parece que es súper razonable. Creo que ayuda al proyecto y, en un sentido común práctico, si no se incorpora el tema de extracción y conducción, es muy complejo entender qué es la desalinización; entonces, me parece que ayuda al proyecto, ayuda en un buen sentido y, siendo admisible, además es importante. Yo, por lo menos, lo daría a favor. Un segundo, don Carlos. Está hablando acá de extracción, conducción. Yo no sé si hoy día, ya con la normativa que existe, está dada la posibilidad de extraer y conducir agua de mar; se hace muchas veces, incluso, para llenar piscinas y otra cantidad de cosas por el estilo. Para las mineras, efectivamente. Entonces, la verdad es que, por un lado, yo creo que en realidad se está ampliando y refiriendo aquellas cuestiones que probablemente no correspondan, pero, sobre todo, me parece un poco redundante, porque si se puede, aquí el tema es la desalinización del agua de mar; si las otras partes ya están permitidas por las leyes actualmente, ¿para qué se las va a poner de nuevo? Muy bien, senador Lago, y después, don Carlos. Me parece pertinente, conceptualmente, la propuesta, la comparto. Lo que sí, siguiendo el criterio anterior y lo que hicimos en la indicación precedente, deberíamos mantener el mismo platicamiento, así que no tengo dificultad. Lo otro, y una duda nomás, es que tal vez estas indicaciones, que son suyas, fueron conversadas —entiendo, no sé si en ese momento eran suyas o no— pero se fueron conversando con los asesores y con el Ejecutivo. Habría sido más práctico que el Ejecutivo hubiera asumido varias de ellas, que le hubieran dado el tiro por sus señas, con lo cual no habríamos evitado esta discusión; si estaban de acuerdo, si el Ejecutivo estaba de acuerdo con los asesores en el sentido de esto, no habría sido necesaria toda esta discusión si se hubiera venido con una indicación del Ejecutivo. Digo yo, una pregunta —no estoy haciendo una pregunta, porque no sé si habría sido más expedito—: ¿no se hubiera evitado la conversación si hay que esperar a que alguien la presentara después? Eso es todo el tema, ya tendríamos todo a aprobar. Presidente, lo que ocurre es que esta aclaración que se propone y que se propuso por los asesores parlamentarios, nosotros la dijimos que nos parecía bien, porque si uno vuelve a la página 6 del comparado, donde se define qué es la concesión de desalinización, se expresa de manera tal que la concesión de desalinización de Aguadamar—acto en virtud del cual el Estado, a través del Ministerio competente, entrega el uso y goce de bienes nacionales de uso público o bienes fiscales a una persona jurídica de derecho privado o a un órgano de la Administración del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio—es para, y aquí voy a subrayar, la extracción y aprovechamiento de Aguadamar para su desalinización, incluyendo el tratamiento, conducción y disposición final de dicha agua desalinizada. Por tanto, es plenamente consistente con el texto que ya había ingresado anteriormente en el Ejecutivo. No me parece que haya una ampliación de facultades, ya que esto ya está expresado; por eso, en su oportunidad, dijimos que estábamos de acuerdo. De acuerdo, entonces, en el fondo, de acuerdo con el Ejecutivo, esto es admisible. Perfecto. Senador García: Presidente, una consulta, porque todo esto está referido a la desalinización, a las servidumbres para trasladar agua salada. Eso ya hoy día se puede hacer, ¿requiere ley o no la requiere? Porque a mí me dicen: “a ver, presidente, nosotros estuvimos con la Comisión de Agricultura el día jueves en Copiapó y visitamos la planta desaladora de Atacama, que estaba orientada a consumo humano, pero ellos dicen que, digamos, el gran objetivo es poder trasladar agua salada para las faenas mineras”. Pero no sé si eso está autorizado por la legislación. Presidente: Sí está autorizado por la legislación.
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Vigente, pero el procedimiento es obviamente más complejo. Lo que aquí se hace es simplificar, incorporándose una indicación que aún no se ha votado, en la que justamente se permite que las concesiones marítimas que transportan agua salada también puedan utilizar el mecanismo de servidumbre que aquí se establece. Entonces, se pone en votación la indicación y se la considera como admisible. El señor presidente somete a votación la indicación 5H: Senador Lagos, Senador Coloma, Senador Insulza y Senador García. Queda aprobada por la unanimidad de los miembros de la comisión. Enseguida, respecto del literal E, en la página 18, hay una indicación que elimina la frase final que dice “considerando criterios de justicia ambiental.” Don Carlos. Sí. Gracias, señor presidente, y por su intervención, indico que, como primera cosa, esta frase “considerando criterios de justicia ambiental” formó parte de una indicación que se introdujo en la discusión dentro de la Comisión de Recursos Hídricos del Senado, y en esa oportunidad manifestamos nuestra discrepancia. Primero que nada, porque esta adición está dentro del contenido de la estrategia de desalinización. Nosotros entendemos que, en la letra E, que es donde está la modificación, lo único que señala es que se deben indicar criterios para determinar aquellas bahías o áreas de bahía en las que se recomiende evitar la carga o disposición de salmueras por sus características esenciales, criterios que deben estar contenidos en la estrategia. No creemos que se deba privilegiar uno en particular, como puede ser el criterio de justicia ambiental, que resultaría muy novedoso establecer en nuestra normativa, ya que en el ordenamiento jurídico no está contemplado, salvo lo que proviene del convenio de Escazú, que aún está en plena implementación por parte de nuestro Estado. Ahora, dicho lo anterior, cabe señalar también que en el artículo tercero de este mismo proyecto de ley se establece que el objeto de la estrategia es justamente orientar el desarrollo sostenible de los proyectos de desalinización. En consecuencia, no se ha obviado la mirada que se debe tener respecto de las consideraciones de justicia ambiental y, por otra parte, la participación está muy asegurada para las comunidades dentro de la misma estrategia. De hecho, se incorpora un inciso tercero que establece, en línea con la Ley Marco de Cambio Climático, una participación ciudadana de 60 días y, luego, en el inciso cuarto se refuerza la idea de que esta participación debe tener ciertas características; y me remito al inciso cuarto del artículo tercero, el cual dispone que el reglamento, en lo referido a la participación ciudadana, deberá permitir el acceso oportuno y por medios apropiados a la información necesaria para un ejercicio efectivo del derecho. Consecuentemente, creemos que la adición no aporta. Muchísimas gracias. Se procede a poner en votación la indicación 6H: Senador Lagos, Senador Coloma, Senador Insulza y Senador García. Queda aprobada la indicación 6H por la unanimidad de los miembros de la comisión. Enseguida, también, en la misma página del comparado, la indicación 7H suprime la expresión inicial “recomendaciones”. Esto es algo formal, nomás que lo vimos la vez pasada, ¿se acuerdan?
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¿Les parece que lo aprobamos por unanimidad? Claro, era más directo nomás, ¿no? Luego, en la página 19, está la letra I, que no tuvo indicaciones, pero que es competencia de la comisión. Lo aprobamos por unanimidad, estimados. En la página 22 del comparado hay una indicación al artículo VI que agrega en este artículo un inciso final nuevo, disponiendo que, sin perjuicio de lo anterior, quien haya sido titular de una concesión o destinación vencida podrá solicitar una nueva concesión o destinación. Esto lo discutimos largamente la otra vez, ¿de acuerdo? Acordamos que, en el fondo, se podía pedir una nueva, pero no simplemente renovarla, sino que era para clarificar aquello. ¿Sí, don Carlos? Sí. Cabe señalar que, aunque esto no fue parte de la discusión de la mesa, en la sesión anterior salió como tema una consulta que realizó el senador García Romino, y también el senador Kast. Se puso de manifiesto que, al terminarse el plazo y tras una eventual prórroga, el titular podía volver a solicitar una concesión en ese punto. Si bien a nosotros nos parecía que estaba implícito, al no estar expresado de forma clara se nos pidió avanzar en esta dirección y este texto, que en su oportunidad elaboramos y trabajamos con su equipo senador, lo explicita. Para clarificar, la prórroga es más automática, es decir, la primera. En cambio, postular una nueva concesión implica iniciar un proceso completamente nuevo; se precisa, en igualdad de condiciones, que se puede solicitar un proceso distinto. En votación, secretario. —Indicación 8H. Senador Lagos: A favor. Senador Coloma: A favor. Senador Insulza: A favor. Senador García: A favor. Queda aprobada por unanimidad de los miembros de la comisión. Luego, en la página 24, está la indicación 9H, correspondiente al artículo octavo. Se discutió este asunto en la sesión anterior y, de forma formal, se está reemplazando la expresión "junto con el resguardo del, por y el". En las páginas 26 y 27 se incluye la indicación al artículo noveno, designada como indicación 10H, presentada por el senador Kast; y, en las páginas 27 y 28, aparece otra indicación del senador Kast a los mismos incisos tercero y cuarto, que propone reemplazar. Entiendo que esta es la segunda en subsidio de la primera. La Secretaría también ha manifestado una duda de admisibilidad respecto de estas indicaciones, ya que tratan esencialmente lo mismo, aunque se plantea una fórmula levemente distinta. Voy a leer la indicación 10H: El senador Kast propone sustituir los incisos tercero y cuarto del artículo noveno por el siguiente: "Los prestadores u operadores sanitarios pagarán al titular de la concesión por el agua aportada un valor no inferior al costo marginal, el cual será determinado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o por la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, según corresponda. Las obras y los costos de operación y de mantención requeridos para la extracción, potabilización de aguas y para su transporte hasta el punto de consumo serán de cargo de los sistemas sanitarios respectivos." Asimismo, presenta la posibilidad de sustituirlos por este siguiente texto: "Los prestadores u operadores sanitarios pagarán al titular de la concesión por el agua aportada un valor no inferior a los costos marginales de operación y de la amortización de la inversión necesaria para garantizar el aporte de agua, el cual será determinado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o por la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, según corresponda. Las obras y los costos de operación y de mantención requeridos serán de cargo de los sistemas sanitarios respectivos."
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Para la extracción, potabilización de aguas y para su transporte hasta el punto de consumo, serán de cargo de los sistemas sanitarios respectivos. Aquí tenemos dos temas: uno, que es la admisibilidad, y a ese respecto le pregunto su opinión, secretaria, con total objetividad, como siempre. Después quiero explicar el fondo de por qué hicimos esto. En la sesión pasada tuvimos una conversación; si quiere, don Carlos, usted la explica y luego yo doy mi opinión, pero aquí hay dos opciones: habría que elegir una o, eventualmente, irse por el lado de la admisibilidad. Presidente, solo quiero señalar que, a nuestro juicio, presumo que es un error, pero se dice que es para reemplazar o sustituir los incisos 3 y 4, y creo que todo lo que se propone está vinculado al inciso 4. El inciso 3 no aborda el tema del recurso económico; se refiere a cómo se determina si el porcentaje será 1, 2, 3, 4, hasta un máximo de 5% del total de las aguas. En consecuencia, considero que lo primero es dejar claro que lo que se propone es reemplazar el inciso 4. Este inciso, ¿qué es lo que tiene de diferente? Porque ya establece que los costes de operación y de mantención requeridos para la potabilización de agua y para su transporte serán, en general, de cargo del sistema sanitario. Luego se indica que el valor que pagarán los prestadores u operadores sanitarios al titular de la concesión será determinado por la Superintendencia, por la CIS o por la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, según si se trata de un prestador urbano o rural, agregando el ejercicio de sus competencias y mencionando las leyes en que se fundamentan. Aquí se origina un error, pues dichas leyes, que permiten la tarificación, están relacionadas con lo que se cobra a las personas por el servicio sanitario y, por tanto, no tienen relación con lo que se pagaría a quien realizó la obra de sanización, sino con que todas las redes, etcétera, quedan a cargo de la sanitaria. Por ello, considero que la redacción que se propone, al eliminar la mención al DFL-70 y a la ley 20.998, es correcta, ya que estas normativas no otorgan competencias para resolver con el desalador el tema de las compensaciones, sino que se refieren a la tarificación y a las inversiones que debe hacer la propia sanitaria en materia de red y conducción, como se iniciaba en el proyecto proveniente de la Comisión de Recursos Hídricos. Finalmente, se añade que se establece un piso, estableciendo que el pago que aquí ya se determina – el cual será fijado por la CIS o por la Subdirección – no podrá ser inferior al costo marginal; esa es la primera indicación. Antes de dar la palabra al señor Coloma, una pequeña explicación: en la redacción anterior se cometía el error de referirse a una normativa que no corresponde a lo que debe pagarse a la desalinizadora, teniendo presente que en este contexto se obliga a dicha planta a destinar un porcentaje al uso humano – una cuota con carácter más social –, y que, para definir el precio de esa obligación, la parte nebulosa era cómo se iba a cobrar. En el texto original se hacía referencia a un decreto que no tenía relación con ello; la nueva indicación corrige ese error y agrega un elemento adicional, estableciendo que el pago debe ser, como mínimo, el costo marginal. La segunda indicación plantea, como alternativa, que este piso sea el costo marginal más la amortización de la inversión. Son alternativas, y en el fondo presento ambas para que sean debatidas, ya que en la sesión pasada se discutió el tema de cómo se iba a tarificar ese...
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cuota social humana, no lo discutimos, no llegamos a afinarlo. Entonces se ingresaron dos indicaciones que tienen dos pisos distintos. Y podemos elegir cuál, pero en el fondo yo quería traer a la discusión de la mesa, de la Comisión, estas dos opciones. Senador Coloma. Gracias. Hablando de aspectos, lo primero me preocupa una afirmación, don Carlos, en cuanto a que el gobierno no va a presentar indicaciones, porque lo que debería uno hacer aquí es que el gobierno presente una indicación respecto a este punto específico, ya que entiendo el argumento de que, en el fondo, a usted le gusta la indicación del senador porque corrige un problema que se venía produciendo; pero yo creo que no es admisible, porque si lo fuera, lo entendería. Así que, en mi opinión, lo que correspondería, si uno quiere resolver el problema, es que una indicación de este tipo sea patrocinada o presentada por el Ejecutivo. Puede ser muy breve, se podría abrir un minuto de paso de indicación y hacerlo, pero hagamos las cosas bien. Yo entiendo el punto: tiene razón, la indicación resuelve, cualquiera de las dos, según haya o no algún criterio. Pero para que sea, a mi juicio, por lo menos pertinente, debería tener el patrocinio del Ejecutivo. Ese es el problema que yo quería agregar. ¿Puede clarificar, Carlos, cuál es el problema de timing, cuál es el problema de poder patrocinar eventualmente alguna de estas indicaciones? Porque entiendo que hay un tema procedimental que ustedes habían optado por el cual se iba solamente por indicaciones parlamentarias; pero, si no todas estas indicaciones pudieran ser presentadas por el Ejecutivo, aquí no se trataría de un tema de orgullo, ni mucho menos, pues hemos tratado de facilitar el trabajo desde la Comisión. Pero entiendo que había un argumento del Ejecutivo por el cual no querían hacerlo, eso quiero escuchar. Presidente, lo primero es que cuando nosotros trajimos el proyecto acá hace seis meses y lo defendimos en la Comisión, estábamos defendiendo el proyecto tal como venía, y lo que pidió la Comisión fue que se abriera una mesa de trabajo con los asesores y los senadores para ver qué adecuaciones se podían hacer o proponer. Entonces se presentaron aproximadamente unas 45 propuestas de indicaciones de parte del equipo parlamentario, y en general, a muchas de ellas dijimos que estábamos en contra, que no nos parecían, por lo que muchas fueron retiradas y otras fueron adecuadas. Esta en particular no viene de esa mesa; esto viene de la última sesión que hubo acá hace una semana. En esa sesión, esta discusión que estamos teniendo aquí, lo que está en el debate no proviene de la mesa, sino que se propuso en la última semana. Yo lo que señalé ahora, y no creo que sea para nada, en mi opinión personal, inconstitucional, es que creemos que se debería eliminar lo que dice en el inciso actual, en ejercicio de sus competencias de acuerdo al DF, el E70, qué sé yo, etc. Eso, eliminar o rechazar algo que está en el texto, no me parece inconstitucional. La eliminación está perfecta; el cambio es lo que complica. Sí, para allá voy: la otra alternativa es eliminar, y ahí no habría ningún obstáculo. Lo que pasa es que ese reemplazo es el que complica. Sí, comparto la preocupación. Solamente quiero señalar que lo que dice don Carlos es que, en el fondo, la posición del Ejecutivo es más bien eliminar, ¿me entiende? Con lo cual no se resolvería, porque la indicación que yo presenté buscaba dar certeza sobre el tarifario, que quedaría ambiguo, como venía en el proyecto, y lo que yo buscaba hacer —lo que sí requeriría patrocinio— es lo del tarifario. Entonces nos quedaríamos con menos claridad sobre el tarifario. Esa sería la vía de avanzar expeditivamente sin patrocinio. Don Carlos. Señor Lau. Estamos todos de acuerdo en que la indicación suya, la que trata de aclarar o no, precisar cómo se va a cobrar, etc., tendría un viso de inadmisibilidad. ¿Estamos de acuerdo en eso? Ya. Y la pregunta es si el Ejecutivo comparte ese criterio de admisibilidad, que creo que sí, ¿ya? Y la pregunta de fondo es si le gusta lo que está proponiendo alguna de sus dos indicaciones, que son dos alternativas. Porque, si no le gusta, se resuelve el tema, ya que, al ser inadmisible, no la podemos votar y el Ejecutivo no la patrocina. Se cae la indicación y queda el texto como está, salvo que nosotros queramos el texto que aparece en el cuarto, rechazándolo o aceptándolo. Sí, pero yo vuelvo con mi pregunta, don Carlos, y es una pregunta más procedimental. Yo entiendo lo que usted dice: la mesa ha trabajado con bastante propósito y seriedad por todos los asesores, a quienes aprovecho para agradecer nuevamente. ¿Por qué el procedimiento de patrocinar algún elemento adicional? Usted me podría decir: "Mire, es que esto no lo queremos patrocinar porque no estamos de acuerdo", lo cual es una razón de fondo perfectamente legítima, pues es legítimo que al Ejecutivo no le guste el contenido, pero yo asumo que, como no...
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No se ha querido patrocinar nada, hay un tema más procedimental de que el patrocinar significaría una vuelta más larga. Quiero que me explique un poco esa dimensión del procedimiento. O sea, presidente, originalmente, pero esto puede cambiar, naturalmente, esto es político. Pero originalmente nuestra posición era, porque estamos en el primer trámite constitucional, nos vamos a ir a la Cámara de Diputados; en la Cámara de Diputados se va a abrir un espacio de indicaciones, y algunos elementos que aquí, en nuestro juicio, quedasen pendientes, nosotros éramos partidarios de proponerlo como propuesta de indicaciones. Esto no quiere decir que, si quedan uno o dos elementos en que se genera un consenso en esta comisión, nosotros sí vamos a ir a la CESPRE y plantearlo. La discusión anterior que tuvimos fue efectivamente muy larga, porque hay muchos ministerios involucrados en esa discusión. Mi recomendación es, por ahora, que todo lo que está en el inciso, que comienza con la obra y los costos, termine en servicios sanitarios rurales y lo que viene después sea eliminado. Es un primer despeje que elimina un error, porque si queda así, te obliga a que el proceso para concordar cuál es el valor a determinar sea en función de las competencias que establecen esas leyes que no establecen competencias en esta materia. Entonces, eso es lo primero. Y nosotros, a partir de hoy, conversaremos con la CESPRE sobre si podemos hacer una indicación en este punto en particular. Y yo no lo puedo comprometer hoy, porque es algo que tendríamos que evaluar con CESPRE, con Hacienda, con Economía y con Bienes Nacionales. Muy bien. Entonces, quedamos con ese compromiso de que usted lo va a evaluar con la CESPRE; aprobamos esta indicación rechazando la parte que tiene error, cosa que vamos a ir avanzando y usted, en el fondo, se compromete a ver el tema tarifario para que quede con más claridad. No, se rechaza la parte del inciso, en el fondo. ¿Le parece, secretaria? Efectivamente. Yo retiro la indicación, la retiro y, en el fondo, se vota para rechazar una nueva votación separada o no podría. Se aprueba el inciso y, en el fondo, se vota separadamente la parte que queremos eliminar, que es después de servicios sanitarios rurales. ¿Le parece? Enseguida, en la página 31 del comparado, está la indicación 12H que al artículo 10 le agrega un inciso final nuevo que dice: “Sin perjuicio de lo anterior, los titulares de concesiones o destinaciones marítimas de extracción de agua de mar otorgadas en conformidad con el decreto con fuerza de ley número 340 de 1960 del Ministerio de Hacienda sobre concesiones marítimas, podrán constituir e imponer servidumbres legales en conformidad a lo dispuesto en este título para las obras de extracción, conducción y disposición final de aguas saladas o salinas a través de predios ajenos a su costa.” Muy bien, esto lo discutimos largamente en la sesión pasada de Central, dentro del proyecto y, colega, si les parece, estamos viendo el tema de las servidumbres, que es un elemento central, así que no sé si hay acuerdo para que lo aprobemos por unanimidad. Muy bien. Se habría, entonces, aprobado por unanimidad esta indicación. Luego, en la página 43 del comparado, fuimos al artículo 18; aquí, hay una indicación que en el encabezamiento del artículo 18 reemplaza el texto que dice “además de los requisitos exigidos para las concesiones marítimas pertinentes, la solicitud por la conjunción”. Es simplificación, es la ecuación formal nomás. La aprobamos por unanimidad. En la página 49, no hay indicación en el artículo 20, que es de competencia de la comisión. ¿Lo aprobamos por unanimidad? Sí, viene. Enseguida, en la página 53, respecto del artículo 21, hay dos indicaciones, la indicación 14H y 15H. La primera es bastante formal, también reemplaza la expresión “la compatibilidad” por “el grado de convergencia”, se explicó en la sesión anterior, así es; y la segunda suprime la frase…
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