Senado Seguridad Pública

Senado - Seguridad Pública - 3 de marzo de 2025

3 de marzo de 2025
18:30
Duración: 1h 14m

Contexto de la sesión

1.- Bol.N° 17026-07 Continuar el estudio del proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Quintana, señora Vodanovic, y señores Durana, Flores y Ossandón, que modifica el Código Penal, para considerar como circunstancia agravante el ingreso clandestino al país. A esta sesión ha sido invitado el Fiscal Nacional del Ministerio Público, señor Ángel Valencia.

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Recording in progress. Del viaje que hizo esta misma comisión al norte de Chile, en ella contesta la señora subsecretaria de Hacienda que es competencia propia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública la destinación de un relativo menor monto de recursos económicos en el cumplimiento de funciones críticas por parte de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que se desempeñan en la macrozona norte, razón por la cual entiendo yo que debe remitirse entonces la solicitud de información directamente al ministerio que la subsecretaria señala, que señala no tener competencia en esa materia. Eso es todo en materia de cuentas, señor presidente. Antes de iniciar la tabla, quiero recordarles que esta semana la Comisión sesiona en la Región de Los Ríos, los días jueves y viernes. El jueves en la tarde, adelante señor Collao, don Rafael, el día jueves en la tarde sesiona para exposiciones de temas de interés nacional y también del sur de Chile, de la macrozona sur. Tienen confirmada su asistencia, entiendo, lo podremos verificar en todo caso, pero hasta antes del receso estaba confirmado el fiscal nacional, estaba confirmado el director de la Agencia Nacional de Inteligencia y estaba también confirmado el director general de la PDI. Hasta ahí teníamos confirmado y entiendo que producto de un proyecto que hoy día está ingresando, perdón, que acaba de ingresar esta mañana a la mesa del Senado, que tiene que ver con una nueva modificación muy sustantiva del escadafón de la PDI, de ser destinado mañana por la mesa y ratificado por la sala a esta comisión, lo pondremos de inmediato en tabla para ser informado por el Ministerio del Interior con la autoridad que corresponda asistir el día viernes en Valdivia. Dicho esto, el jueves en la tarde, colegas, tenemos en Valdivia las exposiciones sobre temas nacionales y de macrozona sur de las autoridades que acabo de mencionar y el viernes en la mañana sesión legislativa. En primer lugar de la tabla debe ocurrir exactamente la señora Tania Gajardo, con el aplauso de los senadores Moreira y Ossandón, cuyo respaldo tiene. Ya lo hemos instruido. Lo hemos instruido y con la firma unánime. Sí, así es. Muy bien. Espero, colegas, que puedan asistir a la sesión en la región más linda de Chile, decimos nosotros, porque se va a enojar. Sí, está confirmado el senador Quintana, la senadora Vodanovic y el senador Flores y el senador Durana. O sea, entiendo que sí.
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Lo había confirmado antes del receso. Bueno, y si no, usted viene de Puerto Montt y lo representa la comisión, ¿no? Va a ser... No, no, por supuesto, está autorizado por régimen interior ya desde enero. No sé si el senador Ossandón va a poder ir o está todavía en sus menesteres. A Temuco. A Temuco. Lo que pasa es que el día jueves no hay vuelo en Valdivia o está en remodelación el aeropuerto. No, desde Valdivia ya hay vuelo. Hay un vuelo que están tomando por la van que dispone la comisión y el equipo. Van a tomar el vuelo a las cinco de la tarde de Temuco, a las cuatro de la tarde de Temuco. Pero hay un vuelo de Valdivia al mediodía, que lo podemos ver. No lo sé, pero usted lo averigua. Lo vemos. Lo vemos. Muy bien. No, no, por esa razón, por esa razón el equipo viaja el miércoles en la tarde. Muy bien, tenemos aumento de volumen, notoriamente. Sí, sí. Sí, sí, no, no, hay espacio. Hay espacio. Y el corazón es grande en la región. Bien. Iniciamos entonces. Si pueden bajarle un poquito el volumen, que se está acoplando además. Un poquito nomás. Un poquito. Por ahí, por ahí, por ahí. Muy bien. Vamos a continuar entonces con el estudio del proyecto de ley iniciado en moción de los honorables senadores, señores Quintana, la señora Vodanovic, y los señores Durana, Flores y Ossandón, o sea, la comisión completa, que busca modificar el Código Penal para considerar como circunstancia agravante el ingreso clandestino al país, de acuerdo al Boletín 17.026. Estaba con nosotros la señora subdirectora de la Unidad Especializada de Crimen Organizado y Drogas, doña Tania Gajardo, y le ofrezco de inmediato la palabra. Saludamos al senador Castro. Bienvenido, senador, a esta comisión. Muy bien, muy bien. Lo esperamos, senador Moreira. Fortalecer este proyecto de ley es importante, estas cifras dan cuenta de qué pasaba con estos delitos de ingreso clandestino y fraudulento en los últimos cinco años, que fueron delito en Chile. De un total de 9.776 ingresos por estos delitos, más de la mitad se aplicó facultad de no inicio, o sea, ni siquiera archivos, facultad de no inicio de la investigación. Después, del 2018 al 2022, los últimos cinco años de vigencia de ambos tipos penales del decreto ley 1094. En segundo lugar, los archivos eran sobre los 1.100. En segundo lugar, los archivos, más de 1.000 de esos 9.000 casos, y las sentencias condenatorias, que esto también es bastante ilustrativo, tan solo fueron 17 en los últimos cinco años de vigencia de estos tipos penales. Entonces, con estos números, sobre todo, mostrar el por qué, con cifras, el Ministerio Público está muy de acuerdo con lo señalado en el mensaje que dio origen a este proyecto de ley. Luego de señalar esto, en segundo lugar, un tema que sí como Ministerio Público queremos destacar es cuál tendría que ser, como para preocuparse de ello, la conexión entre el ingreso y la ejecución del delito. Nosotros pudimos mirar en legislaciones comparadas, como en España, en Italia, en Francia y en Estados Unidos, las agravantes de permanencia ilegal, que es distinto a la de ingreso clandestino o ilegal, están siempre relacionadas con las dificultades de identificación del autor o con las facilidades de identificación.
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de la ejecución del delito. Entonces, tal cual está hasta la fecha expresada la agravante, es más difícil encontrar esa vinculación, ya que no se señala específicamente, como en otras agravantes legislaciones comparadas, que esto haya facilitado. El ingreso clandestino está derogado dentro de la derogación del Decreto Ley 1094 y no es un vocablo que se utilice actualmente en la Ley 21.325. Por lo tanto, eso podría llegar a generar problemas de interpretación para el juez penal al momento de tratar de comprender qué significa un ingreso clandestino. Estaríamos frente a un elemento normativo de un agravante que no va a encontrar su descripción en alguna ley vigente porque el Decreto Ley 1094 fue derogado, que era donde se aludía a este vocablo. Además, en el Decreto Ley 1094 el término ingreso clandestino tenía dos acepciones, no era unívoca. Una acepción eran los ingresos por pasos no habilitados y otra eran los ingresos por pasos habilitados de manera oculta. Por lo tanto, tampoco es tan sencillo señalar que simplemente uno debiera pensar que el ingreso clandestino es aquel que regulaba el Decreto Ley 1094. En ese sentido, quizás podría ser un poco más sencillo para un juez penal utilizar el vocablo ingreso ilegal, que sí está descrito a propósito del 411 bis en su inciso final, y esto fue incorporado por la Ley 21.325, o sea, una incorporación reciente, y en él se señala que por entrada ilegal se entenderá el paso de ingreso y la ejecución del delito, ni tampoco algún límite temporal entre ese ingreso y la ejecución del delito. Podría pasar situaciones problemáticas en las que, por ejemplo, una persona realiza un ingreso ilegal, clandestino o fraudulento, está durante cinco años en Chile intentando regularizar su situación migratoria y al año número seis comete un delito. Pero al año número seis, cuando comete el delito, ese sujeto, como ya inició un proceso de regularización, ya es una persona identificable por el Estado, al mismo nivel que un chileno. Y ahí ese ingreso irregular no tiene un efecto de dificultar la identificación del sujeto activo del delito. Esa situación, que tal cual está planteada al momento la agravante, podría ser una situación desproporcionada en la cual tuviésemos problemas o a la facilitación de la ejecución del delito, como se plantea en legislación comparada. Otra observación es respecto de la deportación posterior al cumplimiento de la pena privativa de libertad. Esto está expresado en el proyecto de ley, de tal manera que en todos los casos, pareciera que una vez cumplida la pena, la persona debe ser deportada. En esto uno debiera entender que siempre debe cumplir la pena privativa de libertad. El problema que podría suscitarse acá es cómo podemos conciliar esto con el artículo 34 de la Ley 18.216 en cuanto existe la posibilidad de que las personas condenadas, tal cual ustedes lo están mirando ahí, a ciertas penas y que son extranjeros que no tienen residencia legal en Chile, puedan sustituir su pena privativa de libertad, porque esto facilita el que las cárceles no estén tan colapsadas. En algunas situaciones es un aliciente para ese problema. Por último, el último ámbito de observación tiene que ver con que las infracciones de ingreso ilegal, me refiero a las infracciones administrativas de la Ley 21.325, no son aplicables a niños, niñas o adolescentes. Entonces, ¿les sería aplicable el agravante una vez que son adultos? Si su ingreso irregular fue mientras eran niños, niñas o adolescentes, o bien, aplicando el agravante a aquellas personas que ingresan ilegalmente siendo adultos, porque además uno entiende que ahí tomaron la decisión. Si son niños, niñas o adolescentes, probablemente vienen acompañados de un adulto que toma la decisión, o a veces ingresan solos justamente porque sus propios padres o cuidadores los mandan a cruzar la frontera solos. Entonces, para ir concluyendo, el objetivo es castigar más severamente a quienes se valen de una situación de clandestinidad.
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... por su ingreso ilegal al país es un objetivo muy valorable para el Ministerio Público. Además, se observa en esta agravante un injusto propio, distinto de la sola entrada ilegal, que es una infracción administrativa en nuestro país. Y nos vamos a permitir, Presidente, proponer alguna fórmula que pudiera resolver alguna de estas observaciones. Podría ser de la misma manera como estaba descrito, pero agregando la finalidad que les señalábamos hace un momento, que sí está en dar una expulsión en vez del cumplimiento efectivo de la condena en Chile. Eso por mi parte. Muchas gracias. Muchas gracias, doña Tania. Saludo también a don Rafael Collao, asesor legislativo del Ministerio del Interior, que pide la palabra y se lo otorgamos. Gracias, Presidente. Quisiera hacer un comentario en relación a lo que acaba de informar la subdirectora Gajardo. Existen dos indicaciones, una de su breve autoría, Presidente, y otra del senador Quintana, al proyecto de ley, que creo que entre ambas resuelven bastantes de los puntos que el propio Ministerio Público ha señalado. A ver, en el caso de lo primero comentado por Tania, indica el senador Quintana, Presidente, que la nueva agravante, que de hecho es sustitutiva en este sentido, es agregar una que diga que se excluirá de la aplicación de dicha agravante quienes hubiesen ingresado por un paso no habilitado siendo menores de 14 años. O sea, el senador Flores hace cargo de la segunda parte de los comentarios del Ministerio Público. Entonces, en ese sentido, me parece que se empiezan a alinear las ideas. Como lo dijimos la primera vez que vinimos como ministerio, a nosotros nos interesa este proyecto, por cuanto distingue de mucho mejor manera que la creación de un delito, la situación de utilización de los pasos inhabilitados como circunstancia que es utilizada por algunas personas para cometer delitos. Ingresar al país por pasos inhabilitados es una cosa, pero valerse o prevalerse de esa circunstancia para favorecer, aumentar, en ese sentido estamos de acuerdo con el Ministerio Público, Presidente, en el sentido de que es un injusto propio. Es decir, añade más reproche que el delito cometido y para eso son las agravantes. Las agravantes son para añadir reproche, son para añadir pena a las personas que cometen los delitos prevaleciéndose de una superioridad, de la clandestinidad. Y lo más importante, Presidente, es que esta agravante no es una agravante que busca criminalizar la migración, porque es para todos. El chileno que ingrese por pasos inhabilitados para cometer un delito busca sancionar la estadía ilegal en el país o la estadía clandestina. Nosotros no estamos de acuerdo con esa figura, nos parece mucho mejor esta y por lo tanto ingresamos una indicación que se parece bastante a la que ingresó el senador Quintana en este proyecto. Nosotros como Ejecutivo muchas veces ingresamos indicaciones a dos proyectos que están siendo tramitados por el apuro, por la necesidad de que salga pronto, lo hicimos en carrera policial, lo hicimos en Ministerio de Seguridad, o sea, muchas veces se presentan indicaciones en distintos proyectos porque el interés es que salga lo antes posible y el compromiso del Ejecutivo es obvio que si este proyecto avanza con rapidez, dado que es de artículo único y que pasa a segundo trámite y rápidamente nosotros dejaríamos de lado la indicación que presentamos en el otro proyecto y lo haríamos ver en la Comisión de Gobierno Interior de que esto ya está resuelto por la Comisión de Seguridad. Es el compromiso que hemos realizado siempre en todos los proyectos de ley, vamos a hacerlo nuevamente ahora, estamos ingresando una indicación que tiene que ver con un compromiso que tomamos con esta comisión. Cuando creamos el Ministerio de Seguridad Pública, nosotros nos comprometimos a hacer una flexibilización de la carrera de carabinero y esa indicación va a ser presentada en un proyecto de expedición preferente que está en segundo trámite y en otra carrera y lo que salga primero, bueno, eso será lo que será ley y lo demás tendremos que renunciar a esa nomenclatura, no vamos a hacer dos agravantes al mismo tiempo, sino que lo que quiero manifestar, Presidente, es que somos conscientes de la duplicidad y queremos que exista porque queremos que en cuanto antes salga y lo que sí, estamos muy de acuerdo con el texto de la indicación sustitutiva del senador Quintana porque se parece mucho a la del Ejecutivo, en ese sentido, en eso estamos muy de acuerdo con el senador. Muchas gracias, Rafael. Puedo hacer una pregunta, está el autor de la indicación, el senador Quintana, y la...
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