Senado Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía

Senado - Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía - 21 de enero de 2025

21 de enero de 2025
18:00
Duración: 5h 44m

Contexto de la sesión

1.- ( Bol.N° 11073-07) Continuar con el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de la prisión preventiva y de suspensión de ejecución de la sentencia, respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años.

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de la Comisión de Derechos Humanos del Honorable Senado de la República. Secretaria. Oficio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el que hace presente la obligación de crear antes del 30 de enero de 2025 una Comisión Asesora denominada Comisión Asesora para el Fortalecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos en Chile, de conformidad con la glosa 30, el capítulo 1 del programa 03 de la partida 50, Tesoro Público y la Ley de Presupuesto del presente año, punto que está en el primer lugar de la tabla del día de hoy, señor presidente. Eso sobre la cuenta. Con la palabra, presidente. En el día de hoy, ya hemos tenido tres sesiones de la Comisión de Relaciones Exteriores para los efectos de poder revisar la denuncia que nosotros hiciéramos hace ya dos años sobre la salida de más de 19.000, casi 20.000 niños chilenos que han salido fuera del territorio nacional, acompañados por sus padres o bien solos. Se chequearon esos antecedentes con los datos del gobierno panameño y también con el gobierno mexicano. Decirle además que en el día de hoy concurrió a la Comisión de Relaciones Exteriores la ACNUR y también concurrió la Defensoría de la Niñez, y se acordó conformar una comisión técnica para los efectos de darle seguimiento a esta situación y ver cómo es posible establecer condiciones que permitan establecer acciones concretas para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes que estén en esa condición. Eso era primero. Y lo segundo, que respecto al primer punto de la tabla, nosotros hemos propuesto el nombre de Tomás Duval para ser parte justamente de esa comisión asesora. Yo agregaría ahí que de esta comisión solicitáramos al Ministerio de Justicia también las diligencias, la información respecto de lo que acaba de mencionar el senador Chaguán. Creo que esto es multisectorial, no es una cuestión solo de relaciones internacionales, también debiéramos involucrar a la Defensoría de la Niñez, en fin, que la institucionalidad actúe e interactúe. Y que, si fuera posible, secretaria, oficiáramos en esas condiciones esta solicitud. Aprovechando que está la subsecretaria, que se abriera la posibilidad de oficiarlo y que hubiera después una propuesta en la comisión. ¿Estamos de acuerdo? Ya, ok. Entramos entonces a no ser que el senador Núñez no tiene nada sobre la cuenta, no. Bueno, el segundo punto de la tabla es, o sea, el primer punto de la tabla en estricto rigor, lo otro es la cuenta, es fijar el procedimiento en las condiciones señaladas de la glosa 30, capítulo 1, programa 03, partida 50, el Tesoro Público de la Ley de Presupuesto, a objeto de dar inicio al proceso para definir dos integrantes que debe proponer la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de esta corporación, los que formarán parte de la comisión asesora para el fortalecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos en Chile. Esta sesión tendrá por objeto también recibir de parte de los integrantes de esta sus candidatos a integrantes de la referida comisión asesora. Se hace presente que el plazo dispuesto para la creación de la comisión vence el 30 de enero del año presente. Ofrezco la palabra, senador Chaguán. Ahora sí. Presidente, nosotros estamos proponiendo el nombre de Tomás Duval para que sea parte justamente de esa Comisión Asesora para el Fortalecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos. Tomás Duval es un académico de reconocida trayectoria y en ese contexto...
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Además, sociólogo, cuenta con todo y cada una de las condiciones justamente para poder dedicarse a estas temáticas. Es una persona que además tiene especialista, experticia en materia de derechos humanos y por tanto cuenta con todo nuestro respaldo. Yo quiero también ofrecer la persona a Óscar Patricio Rojas Mencina, él es abogado y magíster en Ciencias Políticas de la Universidad Diego Portales (UDP), magíster en Derechos Humanos y Democratización de la Universidad Nacional de San Martín, Argentina (UNSAM), en el Global Campus of Human Rights y doctorado en Ciencias Políticas en la misma universidad. Tiene una experiencia profesional de más de 10 años como asesor legislativo en el Congreso, asesor legal en el Instituto de la Mujer, coordinador del programa asociado del Centro de Derechos Humanos e investigador en el Informe Anual de Derechos Humanos de la UDP. Experiencia académica por más de 10 años como profesor de la clínica de migrantes y refugiados de la UDP y distintos cursos referentes a derechos humanos, trabajo, migración, refugio, interculturalidad de la UDP y UNSAM Argentina. Después está lo extenso del currículum, ahí está. ¿Hay otra proposición de algún integrante de esta comisión? No. Ya, entonces comento a la comisión la presentación de los dos senadores. Quiero señalar que a mí me parece que además hay equilibrios políticos, divisiones, y me parece que debiéramos aprobarla por unanimidad si le parece, presidente. Tomemos las votas. ¿Usted quiere decir? Señalar que la comisión tiene que adoptar un procedimiento y establecer las bases de cómo se va a realizar. Entonces, la Cámara de Diputados, las personas citaron a los dos nombres que tenían y los entrevistaron por Zoom porque hay que ver que cumplan con la expertise necesaria. Entonces, si pudiéramos el jueves en algún minuto citar una comisión cortita que los escucharan y después votamos. Para que esto hay que hacerlo con todos los principios de publicidad, transparencia, y no discriminación. Tenemos la reforma previsional y todos sabemos lo extenso que va a ser eso. No veo cómo el margen y no creo que nos autoricen ese día a funcionar en paralelo. ¿Puede ser? ¿A qué hora puedes tú? ¿A qué hora puedes? ¿Puede ser? Ya, mañana entonces a las 4 de la tarde, convocado. Entiendo que el ministerio también tiene que estar acá. Ustedes tienen que estar por esto o no. No necesariamente. Ya, perfecto. Entonces están convocadas las dos personas para conversar. Pasamos al segundo punto, que es continuar con el estudio de las indicaciones presentadas en el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal en materia de procedencia de prisión preventiva y de suspensión de ejecución de sentencia respecto de mujeres embarazadas o que tengan hijos o hijas menores de tres años, boletín número 11.073-07. Para esto está invitada la subsecretaría de Derechos Humanos, la señora Daniela Quintanilla, las abogadas de la División Jurídica, señora Flor Benazul y María Florencia Draper, el jefe de División y Protección de la Subsecretaría de Derechos Humanos, el señor Sebastián Cabezas. ¿Están todos los que mencioné? Sí, y todas también. Secretaria, ¿en qué quedamos la semana pasada? Presidente, la semana pasada quedamos con el artículo primero de la indicación 1 y 2 de los senadores Campillay, Carvajal, y senadores Turresti, Quintana, Zadera, y los senadores Chaguán, Barras, Elbel y Huacar.
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Catálogos de los delitos, si hacerlo en forma fija o ser más flexible y no definirlos en ningún catálogo, para eso efectivamente la mesa se iba a reunir y no sé si habrán llegado a algún acuerdo. Muchas gracias, presidente, por su intermedio. Saludar a los senadores que integran esta comisión. Efectivamente, por el mandato que se dio a esta comisión de volver a hacer el intento a través de una mesa de asesores de llegar a acuerdo, nosotros podemos informar muy satisfactoriamente que se alcanzó acuerdo en prácticamente la mayoría de los elementos que estaban ahí todavía en discusión para la norma. Los principales puntos de acuerdo, más allá del texto propiamente tal, diría que van en dos líneas. Por una parte, el estándar de la formalización. A nosotros nos parecía que era un estándar muy feble, es una comunicación unilateral del Ministerio Público en un momento de la investigación muy inicial, con pocos antecedentes, y entonces logramos conciliar un acuerdo en que el estándar debiera ser la acusación, es decir, cuando el Ministerio Público ya tiene una investigación penal avanzada y cuando ya formula cargos con un mayor nivel de certeza respecto de los antecedentes de la investigación que sustenten el tipo penal por el que se va a perseguir. Y en eso logramos un acuerdo bien transversal. Y luego, respecto de quienes debieran estar excluidas del acceso a este derecho, tenemos también un acuerdo transversal en que aquellas mujeres que hayan sido acusadas por cumplir funciones de jefatura o ejercicio de mando en los delitos de asociación criminal o terrorista. Independiente de los tipos de delitos que se trate, para no abrir un catálogo, más bien la prevención es que mujeres que tengan alta peligrosidad y que estén efectivamente cumpliendo roles de jefatura y de mando puedan quedar excluidas de este derecho. Justamente porque sabemos, y esto fue parte de la discusión en la sesión pasada, que la mayoría de las mujeres en estos contextos son más bien utilizadas que siendo jefas de la asociación y por tanto en eso también hay un acuerdo bastante transversal de la mesa de asesores. Donde no se logró un acuerdo diría que es más bien de técnica legislativa que de modelo regulatorio sobre la pertinencia y forma de incorporar las conductas que son consideradas en la aplicación de la nueva ley antiterrorista. Ahí hay todavía algunos puntos que afinar y que sería lo pertinente que se discutieran en la sesión de hoy, pero sí enfatizar en que en lo sustantivo tenemos un acuerdo en prácticamente el 90% de la norma, digamos, y que además es un acuerdo del modelo a adoptar, y por lo tanto el resto de las normas debieran ser normas espejo bajo este acuerdo transversal. Entonces pensamos que fue un acuerdo provechoso y que ojalá podamos avanzar en la sesión de hoy. Muy bien. Escuchando lo que usted dice, quiero proponerle a la comisión que, para avanzar hoy día, los artículos están ya los que estamos de acuerdo. Entonces, que estemos revisando los que estamos de acuerdo y los votamos. Y despejamos entonces los que aún hay distancias por pulir en la nueva convocatoria de los equipos técnicos. ¿Les parece? Tenor Chagüán, tenor Núñez, tenor Walker. Muy buenas tardes. Mire, le explico. Los equipos técnicos llegaron a algunas conclusiones en que hay consenso. Y eso se expresa en los artículos que podemos... Por lo tanto, si tenemos acuerdo, mi sugerencia es que votáramos aquello. Y el equipo técnico junto con la subsecretaría volvieran a juntarse para lograr el acuerdo en aquellos en donde aún tenemos distancia y se logrará finalmente encontrar un acuerdo consensuado que satisfaga las partes. Entonces, mi propuesta hoy día votemos lo que tengamos artículo por artículo acordado. ¿Estamos de acuerdo? Muy bien. Entonces tienen ustedes a mano y usted secretaria el artículo y vamos viéndolo con el comparado y vamos. El ejecutivo no lo tiene el acuerdo de la mesa. Por favor, presidente, por su intermedio, perdón, las indicaciones que tenemos acuerdos para votar esas. Hay acuerdos respecto de las que presentó la señora Campillay salvo la norma del artículo.
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141 bis y 15 ter en lo referente al catálogo de la restricción para acceder al derecho que acaba de ser mencionada la subsecretaria. Y como se dijo recientemente, y aprovechando que está el senador Walker también, que fue uno de los senadores que nos dio las indicaciones para que pudiéramos llegar al consenso, el consenso, como decía la subsecretaria, se arribó en lo relativo a considerar a las mujeres acusadas en el procedimiento donde está siendo investigada y que ejerza roles de jefatura o de mando en la asociación criminal o terrorista. Y respecto a eso, hubo acuerdo. En lo único punto que no hubo acuerdo y que, como decía la subsecretaria, eventualmente se podría discutir en esta sesión, es respecto si es precedente aplicar otros delitos de la ley antiterrorista que fue despachada pero que aún no ha sido promulgada. Respecto del otro, de todo el contenido, ya hay acuerdo como se vio en la sesión pasada, señor presidente. Por eso, les reitero, o sea... todo lo que no tengamos acuerdo mi idea es hoy día no verlo sino avanzar en lo que sí tenemos acuerdo y eso si fuere posible lo votáramos hoy día para dar una seña clara que estamos avanzando. Eso es lo que les quiero pedir, los puntos que hay disenso aún por favor que se vuelva a juntar el equipo técnico y con ustedes encontremos una salida. Lo que pasa es que la mesa de asesores no redactó un texto propiamente tal, porque el mandato fue que encontráramos acuerdo. Entonces yo lo que propondría es que viéramos las indicaciones y en esas indicaciones nosotros podemos explicar la formulación que quedó en acuerdo, no hubo la redacción de un texto propiamente tal, Presidenta. Entonces, queda pendiente las indicaciones 1 y 2 correspondientes al artículo primero. Tendríamos que ir al artículo segundo, que está en la página 16, con la indicación 3, la letra A, que es para, se modifica la Ley 18.216, que establece penas indicativas como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad. Entonces la indicación 3 modifica el literal A del artículo 15-TER en el siguiente sentido. Estas son indicaciones de la senadora Campillay y Carvajal y señores Durrest y Quintana. Primero suprime la expresión O que tenga el cuidado personal exclusivo, la letra A. Después la letra B reemplaza a continuación de la expresión menor de la palabra dos por tres. Y finalmente reemplaza a continuación de la expresión del tribunal la palabra podrá por deberá. También reemplaza la frase, a menos que se encontrare imputada por un delito cometido en contra de uno de sus hijos o hijas menores de edad, o que la persona haya sido condenada por delitos cometidos en contra de uno de sus hijos o hijas menores de edad, o por delitos contra la vida o integridad física, psíquica o sexual de las personas menores de edad, o que se haya decretado en una medida de protección a favor del hijo o hija menor de dos años que hubiera radicado en el cuidado personal en una persona distinta a la madre, por lo siguiente: a menos que la persona condenada se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: a) sea objeto de una investigación formalizada o haya sido condenada por un delito en contra de uno de sus hijos o hijas menores de edad; b) haya sido condenada por delitos contra la vida o integridad física, psíquica o sexual de personas menores de edad; o c) se haya decretado o se encuentre pendiente de resolución en este u otro proceso una prohibición de acercamiento a la persona condenada a favor del hijo o hija menor de tres años o que se haya decretado por resolución el cuidado personal o proteccional del niño o niña menor de tres años en una persona distinta a la madre. También, bueno, la indicación 4 agrega un inciso segundo nuevo que dice lo siguiente: en caso de que se decreta la libertad de vigilancia intensiva, el plan de intervención individual al que se refiere el artículo 16 deberá incluir la derivación de la mujer embarazada o madre de un niño de tres años a la red intersectorial y las acciones que el delegado realizará con esta red para que tanto estas mujeres como sus hijos o hijas cuenten con programas de atención adecuados y accedan a las prestaciones necesarias según sus requerimientos de intervención. Y finalmente, la indicación 5 que está en la página 23 agrega: para los efectos de lo dispuesto en este artículo y en el artículo 34 bis, se deberá acreditar el estado de embarazo por medio de un certificado emitido por un médico o un profesional funcionario de un servicio público de salud de no más de 30 días desde su emisión o por cualquier otro medio idóneo.
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Para acreditar la afiliación se acompañará el correspondiente certificado de nacimiento con todas las anotaciones que correspondan. Eso es en cuanto a la indicación al artículo 15-3 de los senadores Campillay, Carvajal y Durres-Tiguentana. Y por su parte, la indicación 3-A de los senadores Chaguán y Walker sustituye solo la letra B, que está en la página 19, que dice: haya sido condenada por delitos contra la integridad física, psíquica o sexual de personas menores de edad, por delitos contra la vida o contenidos en el párrafo décimo del título sexto del libro segundo del Código Penal del artículo 16 de la ley 20.000, o en los delitos que la ley califique como terroristas. Presidente, lo que pasa es que recogiendo su misma inquietud y su misma sugerencia, la subsecretaria y los asesores del Ejecutivo tienen razón en cuanto a que nos metemos nuevamente a la discusión del catálogo de exclusión de los delitos y si son todos los de la ley antiterrorista. Tal vez es mejor, en su misma lógica, seguir pasando aquellos aspectos en que haya menos controversia. Es que en el fondo la diferencia es en la letra D y en el resto estamos todos de acuerdo. Y en la letra D hay una formulación respecto de la cual buena parte de la mesa tenía acuerdo, que es que la letra D diga haya sido acusada en este proceso por cumplir funciones de jefatura o por ejercicio de mando en asociaciones criminales o terroristas. Entonces, quizá, presidente, habría que someter esa letra D a votación porque creo que ya las mesas de asesores un poco agotamos la posibilidad de llegar a un acuerdo. Hemos tenido ya tres, las que llegamos y después no. Es en la letra D en la que hay una diferencia sobre cómo... Gracias. A menos de encontrarse imputada, eso es. Tendríamos que votar sobre las dos proposiciones. Si es la por representar a la otra. Presidente. Y no es posible que aprobemos lo siguiente, que había acuerdo en esto, de que haya sido acusada por cumplir funciones de jefatura, ejercer mando o haber dirigido financiado asociaciones criminales o terroristas o en adherencia a los fines de una asociación terrorista sin ser necesariamente parte de la misma. Creo que eso tiene mucho más espacio de convergencia porque vamos a ganar. No se esforzó. Si no, esta reacción lo que va a ocurrir es que vamos a ganar el catálogo. Entonces lo que yo propongo es que los tres votos de las distintas oposiciones, si les parece al senador Walker y al senador Van Ryssenberger, vayan en esta dirección.
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