En nombre de Dios y la patria, se abre la sesión. Antes de iniciar la sesión, el ministro me ha pedido un minuto para solicitar algo, así que, ministro, le doy la palabra. Senadores, lo que quería pedir es que hagamos un minuto de silencio por estos tres brigadistas de la CMPC que murieron en Los Sauces y también por la señora que murió en el incendio de San Esteban. Seguir lamentando la muerte de compatriotas producto de incendios, como nos contaba la directora de CONAF. Todo indica que uno de los incendios fue en Los Sauces, que un vecino le prendió a otro, la presunción que hay, que hay otros por manipulación de hornos de barro en el caso de San Esteban y por parrillas asaderas no controladas en el caso del Cajón del Maipo. Pero bueno, más allá de la rabia por la negligencia, hagamos un minuto de silencio por las víctimas. Encantado, ministro. Hacemos un minuto de silencio. Quiero agradecer el trabajo que estaban haciendo las personas que hoy día son mártires de una situación que probablemente pudo haberse evitado, como lo decía el ministro, y nombrarlos: Duván Alejandro Ignacio Olate Farías, de 22 años, José Luis Quesada Barra, de 44, y Cristian Alexis Guerra Cuña, de 43. Uno era de la región de la Araucanía de Angol, el resto de Los Ángeles y otro de muy cerca de la octava región también, si no me equivoco. Es lamentable por la familia... No, no, no, no, no, no, no, no, no. Pero lo importante aquí es básicamente hacer este minuto de silencio que nos pidió el ministro y plantear que Los Sauces, como toda la zona de Nahuelbuta, que lo hemos conversado mucho, que está al lado de Purén, que era el ejemplo que yo siempre daba, son comunas pequeñas que tienen prácticamente como principal actividad la forestación y algo de agricultura básica y ganadería menor. Entonces, me puedo imaginar la dificultad que debe ser controlar un incendio aquí, con las temperaturas que habían ayer, el viento, y sobre todo que no hay cómo controlar, no hay cómo parar. Y la verdad es que la CMPC hoy debe estar lamentando, no me cabe duda, la muerte de estos tres funcionarios. Y sé que están investigando tanto CONAF como la PDI, las policías, y se les agradece mucho. Porque cuando ya hay una pérdida de vida, lo más importante, ministro y directora, es que las familias sepan por qué. Porque si fue accidental, bueno, está de Dios que así fuera, hubo un error humano, quizás no. Pero si fue intencional, que las personas que hicieron esto paguen lo que tengan que pagar, porque la vida no se devuelve. Entonces, habíamos estado contentos, quiero decirle, porque en general en la Araucanía, con nuestra experiencia, hemos tenido pocos incendios, y espero que esto no sea un mal augurio, pero en general el año pasado y este han sido bastante más, han sido menores los incendios. O sea, no hemos sufrido lo que sufrimos en otros años, ha estado controlado, la gente ha hecho sus cortafuegos, hay un orden. Esto, por eso mismo, es que me parece raro esta situación y espero que se aclare. En nombre de la Araucanía, agradecerles a las familias y a ustedes también el trabajo que están haciendo en terreno, porque nosotros lo estamos viendo.
Gracias, Senadora. Secretaria de Cuentas, por favor. Sí, señor Presidente. Tenemos diversos oficios, uno del Ministro de Agricultura, con el que da respuesta a un oficio enviado por esta Comisión relacionado con los sumarios elaborados en el Instituto de Desarrollo Agropecuario. Así también, la respuesta del Director General de Obras Hidráulicas a otra petición de la Comisión, en el que informa la ubicación de los servicios sanitarios rurales. También el oficio del Sindicato Nacional Progresal PDTI, en el que solicitan ser recibidos por la Comisión para que se instale una mesa de negociación vinculante con INDAP para gestionar el traspaso a planta de los extensionistas, además de otras problemáticas del gremio. Y finalmente, la Directora Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, en la que informa la Glosa 03 del Programa 03 de la Ley de Presupuestos del 2024 sobre programas recuperativos del bosque nativo. Y además, la excusa de la Senadora Sepúlveda, que está en la Comisión de Trabajo y no puede asistir. Sí, efectivamente iba a decir eso. La señora Sepúlveda está en la Comisión de Trabajo en el Congreso, en Valparaíso, y el senador Durana está en la Comisión de Seguridad. Por eso no están acá, pero como tenemos quórum, vamos a seguir avanzando en la ley que regula la prevención de incendios forestales y rurales y otras materias correspondientes al Bol. N° 16335-14. Secretaria, sí, en puntos varios, el senador Latorre. Gracias, presidente. Bueno, también me sumo, obviamente, al minuto de silencio. También falleció gente en la región de Valparaíso, además de pérdidas, digamos, varias. Y hay un elemento, presidente, como solo lo dejo como reflexión, que en la discusión de esta ley, un momento Corma se oponía bastante a que CONAF haga las pericias, que aporten justamente al esclarecimiento, si es algo intencional, si es una negligencia, qué personas podrían estar involucradas, etcétera. Y creo que toda la evidencia, lamentablemente, los hechos son aprendizaje a partir del dolor, digamos. Da cuenta que es muy importante esa intervención de un organismo exacto, de un organismo público. Y más aún, habiendo aprobado la semana pasada a CERNAFOR, ahora estamos esperando el tercer trámite en la Cámara. Y creo yo, esto es opinión personal, yo vengo acá a reemplazar a la senadora Paulina O'Donoghue, pero lo hemos conversado también. Creo que es muy, muy importante que salgamos del periodo legislativo, habiendo despachado esto, al menos en lo que corresponde a nuestra responsabilidad. Después veremos los tiempos, tercer trámite, etcétera. Ojalá den los tiempos, pero sabiendo que no es de implementación inmediata, porque hay artículos transitorios, reglamentos. Ya para la temporada de incendios de este verano ya no fue, pero sin duda alguna, que es una señal del Parlamento decir, mire, sacamos la ley, porque lamentablemente estamos viviendo situaciones y queda mucho de verano todavía y pueden seguir ocurriendo. Creo que es importante por responsabilidad con el país sacar esta ley, al menos de este periodo legislativo de la Comisión. Eso, presidente. Gracias. Gracias, senador. Efectivamente, nosotros, si no terminara hoy día, el miércoles a más tardar, este proyecto de ley estaría ya aprobado por la Comisión. De ahí seguirán los pasos normales, si tiene que ir a Hacienda, ir a Hacienda, pero eso ya va a ser responsabilidad del Ejecutivo empujar en esos lugares. Hoy día tenemos aprobados CIGES también, pero ya salió de acá, está en Hacienda. Hacienda tiene varios proyectos que tiene que revisar, dentro de los cuales está ese, va a estar pensiones, va a estar el tema del que ya dije y hay otro más, no, no, otro más de Hacienda que son ahí. Son ocho proyectos, como estuvimos viendo hoy día con el senador Latorre y con la senadora, que están en comité listos para ver, pero ninguno es fácil, ninguno es chico, digamos, por decirlo así. Por lo tanto, se está buscando la fórmula que se pueda avanzar lo más rápido posible. Así que usted, ministro, va a tener la tarea de hablar con la SECTEX para que ellos pongan estos proyectos, una vez que salgan de Hacienda, lo antes posible para poderlos votar. Tal como dice el senador Latorre, nosotros vamos a llegar hasta acá, lo vamos a aprobar, después pasos que siga, este tiene que ir a la Cámara todavía, así que le queda harto a usted. Pero dicho eso, y también sumándome a las palabras del fallecimiento de los trabajadores, que es algo lamentable, esperemos que cuando esta ley ya está en aplicación, ayude bastante a minimizar todos estos riesgos que está habiendo la gente hoy día y los bosques. Secretaria, ahora partamos.
Corresponde ver el artículo 17 que está en la página 47 del comparado. La propuesta de la mesa es aprobarlo en los mismos términos que fue aprobado por el Senado, que diría lo siguiente: artículo 17, cumplimiento de acciones o medidas en zonas de amortiguación. El cumplimiento de las acciones o medidas destinadas a reducir o eliminar la continuidad de la vegetación arbórea, arbustiva y herbácea en una zona de amortiguación será responsabilidad de los propietarios de predios ubicados en ella, quienes, una vez notificados de la afectación de su predio, deberán contar con el apoyo técnico institucional, el que podrá ser prestado por el servicio y a través de convenios establecidos por el municipio o gobierno regional que corresponda, en virtud del cumplimiento de esta ley y su reglamento. El cumplimiento de las medidas deberá ajustarse a criterios de factibilidad de ejecución de las mismas, considerando, entre otros, el entorno predial, el estado del arte de la infraestructura de conexión predial, accesos prediales y capacidades de respuesta a los servicios de emergencia. Sin perjuicio a lo anterior, el servicio podrá asistir técnicamente a los propietarios y organismos antes referidos en el proceso de implementación de acciones o medidas en las zonas de amortiguación, colocando especial énfasis en los pequeños propietarios forestales, así definidos en la Ley 20.000283. En los casos en que el propietario de un predio no dé cumplimiento a las acciones o medidas antes señaladas según motivos fundados presentados, el servicio calificará el incumplimiento según los criterios mencionados en este artículo y podrá, en virtud de sus competencias, ejecutar en dicho predio las acciones tendientes a reducir o eliminar la vegetación arbórea, arbustiva o herbácea correspondiente. Para realizar las acciones, podrá disponer en su resolución el auxilio de la Fuerza Pública. El daño patrimonial efectivamente causado en virtud del cumplimiento de las medidas ordenadas por esta ley deberá ser indemnizado en conformidad con el procedimiento expropiatorio consagrado en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y demás cuerpos legales aplicables. Gracias, secretaria. Ministro, o Catalina, ¿algo que decir con respecto a esto? Presidente, por su intermedio, saludar a los senadores y senadoras presentes. Efectivamente, esta fue una norma que quedó pendiente de revisión y de votación a propósito de los compromisos que adquirió el Ejecutivo en el ingreso de indicaciones que fueron en la línea de apoyar a los pequeños propietarios y a los propietarios en general que se vieron afectos por las normas contenidas en el proyecto de ley. En ese sentido, y como ya habíamos advertido en su momento en la discusión en el primer trámite constitucional en la Comisión de Vivienda, el Ejecutivo hizo reserva de constitucionalidad de este artículo, solicitó a su vez la inadmisibilidad del mismo, puesto que compromete recursos fiscales que no están siquiera magnificados en este momento. La indicación, sin perjuicio de aquello, se votó la inadmisibilidad, la cual fue aprobada por parte de la Comisión. Y como Ejecutivo, por supuesto, siempre hemos dicho que, en la línea de lo que ya hemos señalado, efectivamente se establecen obligaciones para los propietarios, pero desde la mirada del Ejecutivo estas por ningún motivo serían expropiaciones propiamente tal, en el sentido de que esto sería una limitación a la propiedad privada, más no una prohibición del uso de la misma, que es lo que se entiende por expropiación. En esa línea, como Ejecutivo, se hicieron todos los esfuerzos disponibles, tanto con DIPRES como con Hacienda, en incluir incluso un articulado que ya fue aprobado en la línea de la rebaja del avalúo fiscal. En ese sentido, lo que conversamos en su momento con la mesa de asesores era que, una vez que se cumpliera dicho compromiso, en la Comisión se podría evaluar el retiro de la indicación presentada por los senadores y aprobarse la indicación del Ejecutivo, que es la que retira, por tanto, el inciso asociado al daño patrimonial. Gracias, senador. Gracias, Catalina. Le ofrezco la palabra a los senadores sobre esta materia. Senadora Araena. A ver, esto que dejamos para el final, porque justamente es complejo, tiene una situación, como yo diría, más bien de conciencia respecto de qué es lo correcto en términos de que desde el momento que todavía no tenemos la claridad absoluta y no estamos pidiéndola tampoco.
de cuáles van a ser efectivamente las zonas específicas que se van a ver afectadas, entendiendo, yo quiero pedirle al Ministerio comprender que nosotros no estamos para nada en desacuerdo que efectivamente hay zonas que van a tener que ser limitadas respecto de la situación de especies arbóreas, pastizales, incluso construcciones que de una u otra manera o actividades que puedan poner en peligro a toda la ciudadanía. Sin embargo, por otro lado, el hecho de que cualquier actividad vaya a prohibirse porque es necesario para el país, y yo con eso no hay discusión, la lógica sería, según la ley, que ese terreno, ese espacio se expropiara. Eso dice la norma. Incluso debe haber un interés público para que se expropie. Y por lo tanto, ¿qué interés más público que este? Y voy a dar el ejemplo que usted mencionó, ministro, del camping que tiene esta persona en la zona de algo de cerca de Santiago, que es un incendio grande, en donde mostraban hoy día en televisión, no es el canal, pero mostraban las parrillas, el lugar donde hacían asado, que estaba alrededor de vegetación, alrededor de una cantidad de madera que tenían como casi una reserva ahí. Entonces uno dice, ¿cómo es posible que no exista una área despejada de varios metros de circunferencia alrededor de esa actividad o definitivamente simplemente no la realice? O sea, uno podría preguntarse hoy día frente a lo que implica el riesgo de tener un camping donde se puedan hacer asados al lado de casas. Uno diría, quizás la persona que vaya a hacer la supervisión diría... Sí puede haber camping, pero ¿cómo digamos resguardo que las personas no tiendan a utilizar algún tipo de fuego para cocinar o algo y corramos el riesgo que hoy día ha corrido la gente? Entonces, ese es el meollo del asunto. O sea, nosotros entendemos la posición del gobierno que esto implicaría gasto, pero tampoco podemos decir cuánto gasto porque esto va a depender efectivamente en la práctica lo que se determine en la estructura. Hoy día puede ser todo, puede ser nada, puede ser un poco, pero nosotros no podemos abstraernos de esto porque también somos legisladores y tenemos claro que la diferencia es entre la propiedad privada y la pública. Y sí, yo tendría que eliminarse la actividad o prohibirse porque el efecto que esto puede conllevar es gravísimo. Entonces, con ese ejemplo digo, habría que expropiarle, dado que no va a poder desarrollar su actividad que ha hecho durante tanto tiempo. Es un ejemplo muy práctico. Gracias. Gracias, senadora. Ofrezco la palabra a Catalina. Senador, por su intermedio, señalar lo siguiente. Esta discusión efectivamente la tuvimos en el primer trámite constitucional y acá es importante relevar un antecedente que ya existe a propósito de lo que hace CONAF y cuál es el espíritu finalmente de este proyecto de ley. El proyecto tiene sus bases en el rol social de la propiedad privada, que es una construcción jurídica, en torno a cómo regulamos en general en países que tienen estándares constitucionales como los nuestros. En esa línea lo que estamos buscando con este proyecto efectivamente es regular ciertas medidas que deberán incorporar los propietarios de los predios que se encuentren en zonas de riesgo, que es algo que CONAF ya hace, pero que no tiene la facultad legal para hacerlo. En ese orden de ideas, señalar que la pauta de prescripción técnica del 2021 es un instrumento que estamos incorporando dentro de este proyecto de ley y subiéndolo a una jerarquía de rango legal. Ese instrumento ha sido objeto de estudio y observaciones por parte de la Contraloría General de la República porque anteriormente, y esto también lo hemos explicado acá, la CONAF no contaba con ningún instrumento que estandarizara las medidas de prevención de incendios o de protección de incendios, si queremos hablar en un marco más amplio. La Contraloría le ordena a CONAF en 2018 que tiene que establecer un instrumento de carácter, si bien no vinculante, pero que contenga todas las instrucciones asociadas a la protección de incendios. En ese sentido, sabemos, y esto también es de conocimiento por parte de CONAF, que grupos del gremio de las forestales hicieron consultas a Contraloría a propósito de la expropiación de las normas que allí se contienen, por ejemplo, los cortafuegos, los raleos, la poda de pastizal o el manejo de arbustos.
La República fue empática en señalar que las medidas que ejecuta CONAF no son expropiatorias ni lo pueden ser porque constituyen una limitación a la propiedad privada, más no una privación. Y por tanto, no podría proceder la expropiación de los mismos porque en ningún caso lo que se está haciendo es la ejecución de... perdón, la prohibición de actividades dentro de los predios, sino que más bien la regulación de los mismos. ¿Qué es lo que hemos dicho y lo que señalaba Enricardo del Minbo en su momento y lo que también explicábamos en su momento? Es que incluso creándose áreas de restricción, las allí presentes, mediante el artículo 62 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, no podría prohibirse la ejecución de una actividad que ya existe, sino que más bien lo que se hace es regular en torno a los niveles de riesgo para la ejecución de medidas de prevención. Por tanto, y en la línea de lo que ya hemos dicho, como Ejecutivo vislumbramos, por supuesto, una inadmisibilidad dentro del texto y, como hemos dicho también, esto sería una regulación que efectivamente limita algunos campos de acción dentro de la propiedad privada, pero no priva de la naturaleza para la ejecución de las acciones económicas dentro de la misma. Gracias, Catalina. Senadora, ¿alguna acotación? Básicamente me pongo en el otro supuesto, en el que tiene que ver con la interfaz, que está más vinculado al trámite más breve que dice relación con el cambio del plan regulador. El plan regulador sí, efectivamente, y bien que así sea, tiene zonas de restricciones que pueden quedar de actividades económicas, o sea, todos sabemos que los planos reguladores justamente hacen eso, restringen algunas actividades sobre otras. Gracias, señora. O sea, el municipio sí tendría esa facultad a partir de la ley. Otra acotación. El ministro y Ricardo. Por su intermedio, presidente, a la senadora Araneda, reiterar lo que... Primero, y esto no es anecdótico, ¿no? Esto se perdió por un voto en la Cámara, porque una persona se distrajo y salió al baño. Porque había bastante conciencia de que esto no ocurre en ningún país de la OCDE. Es como, si uno aprobara esto, podríamos tener a las empresas eléctricas pidiéndonos al Estado chileno que se le indemnice por tener que con las forestales pactar el tener despejado debajo de las torres de alta o mediana tensión y demás. Porque estamos hablando de eso. Si para prevenir incendios se requiere en ciertas propiedades, en ciertas condiciones, expropiar no alcanza. Y créanme que yo investigué esto, senté estudiándolo, sé que existía en la OCDE y no existe, porque es simplemente imposible. Por cierto, cuando uno imagina el interfaz urbano-rural y si hay casos de municipios que piden, miren, en esta zona vamos a hacer un parque y allí eso lo tienen que planificar y tienen que pagar expropiación, si es que hay una industria instalada allí que tuvo permiso de edificación. O sea, que no es una industria trucha que pagó y que tiene un rol, que tuvo contribuciones. Y por tanto, en estricto rigor, para los casos onerosos, que reiteradamente la Senadora lo ha recordado con razón, existen los mecanismos legales, insisto. Si son estas cosas de terrenos tomados, por cierto, en ningún caso. Que está resguardado lo que pactamos, todo esto de facilitar los recursos con los gobiernos regionales, obligar a INDAP y a CONAF a asistir técnicamente y acompañar a los actores para que esto sea menos oneroso para particularmente los pequeños propietarios agrícolas y forestales en el entorno de la ciudad y las localidades. Eso.
Yo pregunto, ¿cuál es la que vamos a votar en el fondo? ¿Cuál es la que tendríamos que votar? Senador, del artículo 17 la idea. ¿Nosotros podemos terminar de votar hoy día, presidente, o no hacerlo? Y nosotros tampoco queremos, o sea, todos queremos que haya ley de incendios porque, o sea, de verdad es una situación muy grave la que ocurre en el país. Según lo que me informan a mí los asesores, la voluntad para haber mejorado la redacción de este artículo no existió tanto porque no podemos nosotros proponer que Cercotec va a tener, podrá hacer una cosa genérica, no le damos así al director de Cercotec ahora que crea un programa, si ni siquiera sabemos si lo va a usar porque podría ser que no, pero al menos haber dejado un articulado que permitiera de alguna manera acudir a algún lado antes de quedarnos sin nada.
Entonces, yo vuelvo, porque nosotros aquí no vinimos a pelear con el gobierno, ni a hacer un gallito de quién gana, aquí no gana nadie si las cosas no salen. Esa es mi opinión. Entonces, yo sugeriría, porque lo único que hay que hacer aquí es sentarse a buscar el mayor de los... Yo le voy a dar un ejemplo, en armonización con infancia dejamos un solo artículo para hoy, que nos costó una semana llegar a acuerdo para que todos estuviéramos en paz con la redacción y lo sacáramos. Y eran cuatrocientos y tantos artículos. Entonces yo digo, no hay ninguna opción, como lo hemos hecho, ministro, en cuántos proyectos hemos trabajado juntos estos años, de buscar una alternativa de mejor redacción de esto. Porque si efectivamente usted tiene razón. La opción es que se tiene que, lo que expliqué anteriormente, para las que son legales. Entonces quisiera por su intermedio que pudiera explicarlo, que dé tranquilidad, porque la casuística es importante, entonces los casos que se han explicado, si es una barraca, etc. Si puede, por favor, hablar.
Presidente, efectivamente la ley general ya contempla un artículo que fue citado en la sesión pasada, que es el artículo 62, que permite que efectivamente una actividad que está formal, es decir, que tiene permiso de edificación y recepción de su construcción y una actividad económica y tributa, no puede ser expulsada por el cambio de uso que el sector haya tenido, por la razón que sea, y puede seguir efectuando su actividad en el fondo sin ningún problema. Y efectivamente esta normativa permite que, el ejemplo de la barraca, el ejemplo del camping, son posibles. Sin embargo, como nosotros lo pusimos en evidencia en el caso de Villagotania, son los vecinos los que descubrieron, gracias a la intervención de las organizaciones no gubernamentales, que efectivamente ellos podrían tener un plan para enfrentar los incendios y ese plan fue controlar el combustible. Pero eso no viene dentro de la cartilla que le dio el banco cuando compraron las propiedades ni cuando obtuvieron los subsidios en ese caso. Es decir, es una actividad, algo distinto, nuevo que no está y que ellos efectivamente lo hicieron y efectivamente tuvo tributo, es decir, rindió un esfuerzo.
Entonces, desde ese punto de vista, las actividades económicas que pudiesen ser de alguna manera caer en una restricción, es decir, que no se conformare, como dice la ley general, no están impedidas de seguir funcionando y no puede entenderse que van a ser expulsadas. Eso es lo primero. Lo segundo, que como los propietarios de Villagotania van a tener que hacer actividades distintas a las que se hacía para controlar el riesgo de incendios forestales, tanto para proteger su capital, es decir, lo que tienen ahí, como también para, en el fondo, trabajar con el entorno. Y eso significa que, en el fondo, el ejemplo de la barraca o el ejemplo del camping van a poder seguir funcionando. Se lo decía el ministro, en Torres del Paine no se puede hacer fuego en cualquier parte. Hay lugares determinados y son construcciones para efectuar. Por lo tanto, lo que va a cambiar es la forma en que se ejerce la actividad, pero el camping va a poder seguir funcionando en el lecho del río y la gente va a poder disfrutar del aire libre, pero hacer fuego es lo que, en el fondo, de alguna manera, ese es el control o la limitación que va a aparecer. Y efectivamente, a las actividades futuras les aplica esta misma normativa. Por lo tanto, la persona que quiere emplazarse en una zona de interfaz o una zona de amortiguación va a tener que controlar en el fondo o entender cuáles son las limitaciones para que, en el fondo, de alguna manera, tome la decisión de emplazarse o no. Eso sería, presidente. Gracias, Ricardo.
Con el permiso de los senadores, le voy a pedir a una de las asesoras que nos pueda explicar la visión que no se llegó a un acuerdo en una materia como esta, que ojalá hubiese sido. Así que, Carmen, le ofrezco la palabra. Ministro, por su intermedio, presidente. Este articulado fue sujeto de muchas horas de discusión y propuestas distintas, porque se entiende que no hay disponibilidad de recursos, pero sí de programas. Y el tema aquí, parte de la propuesta es también que como CONAF, como agricultura, no hay referencia reiteradamente en la mesa de asesores que al final el riesgo y las amenazas van por la evaluación de Senapred, finalmente que son los mapas que van a mandar. Como aquí es para futuro, o sea, es medidas preventivas en la actualidad que pueda actuar CONAF con auxilio de la ley, con todo el respaldo para las actividades de prevención en materia de incendio, también se basan en Senapred a los mapas de riesgo y amenaza, porque están asesorados técnicamente tanto por MIMBU como por CONAF en materia de prevención de incendio. Básicamente, por eso lo dejamos para la discusión de la mesa de ustedes, pero se buscaron múltiples formas de redacción, pero al final también aquí tuvo la disposición agricultura, pero sujeto a DIPRES, a Interior en este caso, porque se refiere a Senapred, Interior DIPRES y a CICPRES. Finalmente, el tema más allá de la redacción son las actividades que están detrás de la redacción, que sí es parte de la propuesta que nosotros hicimos, porque se entiende que además un privado sí se deja. Eso es una. Y segundo, hay un elemento que sí lo ingresaron ustedes, senadores, aquí en la discusión respecto a los bienes de propiedad fiscal y a los bienes que tienen que tener otro tratamiento, porque eso en realidad en este artículo, por ejemplo, habría que considerarlo también las obligaciones para el propio Estado y eso, bien sincero, en la mesa de asesores lo plantearon ustedes, senadores, nosotros en la discusión no lo tomamos incluso en la mesa de discusión tanto con DIPRES, con SECPRES y con agricultura, pero eso lo plantean ustedes acá y habría que incorporarlo a este elemento, que el propio Estado también tiene que tomar medidas respecto a sus propios bienes fiscales y en el ámbito municipal. Vuelvo a insistir que aquí faltó un poquito de trabajo, en mi humilde opinión, de análisis de lo que tiene que ver con los bienes fiscales, de alguna solución que no es específica, es que efectivamente yo les planteé que el Ministerio de Economía tiene hoy día programas que no los va a inventar, existen a través del CERCOTEC, que trabaja con justamente reconversión de algún emprendimiento que por una situación externa como esta, que van a ser algunos casos, tenga que cambiar su actividad económica, eso sucedió con el terremoto, son los programas de emergencia bien llamados del CERCOTEC, sucedió también con el volcán que erupcionó y otras afectaciones que hacen que la actividad que se desarrollaba ya no se pueda hacer en su totalidad. Entonces, o se modifica o se cambia por completo, pero esos programas existen, entonces si hubiéramos incorporado el tema de, digamos, la responsabilidad sobre bienes fiscales, la responsabilidad de los municipios y hubiéramos agregado este tema del Ministerio de Economía que pueda socorrer en casos necesarios, que es algo que puede ser, como ustedes dicen, muy especial, excepcional, podríamos haber de alguna manera hecho una redacción, yo iría más allá. Entonces mi disposición en el fondo sería cómo avanzar, y ha ocurrido en otros proyectos de ley que pasan igual por el sedazo de Hacienda, que hay aspectos muy específicos y muy particulares que no estamos hablando de la generalidad, digo, para no trabar la discusión, avanzar y dejar para esa etapa final de negociación tal vez un punto pendiente o un punto para afinar qué instrumentos, porque creo que no estamos lejos, o sea, estamos hablando de cuestiones bien específicas, esa es mi impresión, no estamos hablando de que, oye, en una región completa hay que reconvertir a todos, no, estamos hablando de cuestiones bien específicas. Esa es mi impresión, no sé si acá CONAF nos podrá decir, dado los mapas de riesgo y vulnerabilidad, etcétera, dónde hay que hacer intervenciones tal vez más consistentes, pero esa es mi propuesta, presidente, ya que en esta etapa podemos seguir quizás conversando cuantas veces más y vamos a estar trabando el avance por ese punto que es específico, pasarle la pelota, dado que es un tema financiero, económico, pasarle la pelota a Hacienda. Eso, presidente. Yo quiero proponerle a la comisión de este artículo especial de…
Lo pendiente hasta el miércoles, para dar la oportunidad de poder conversar con los servicios que aquí se han nombrado y ver si podemos llegar a un acuerdo con ellos en esta matina en cierre. Y seguimos avanzando en el resto. Si no hay nada el miércoles, el miércoles votaríamos a lo que salga, por decirlo así, al criterio de cada uno, ¿de acuerdo con eso? ¿O si no lo votaríamos ahora? Bueno, presidente, obviamente es preferible lo que la misma senadora Araneda se ha abierto y sugiere el senador La Torre, de que como esto tiene que ir a Hacienda, tiene que volver a la Cámara, eso nos da tiempo para ajustes, pero tenemos que avanzar y recuerde que todo ese título que se creó de involucrar a los gobiernos regionales, involucrar a INDAP, involucrar a CONAF, apuntaba en dicha dirección y creo que Vivienda también ha reiterado que está la reglamentación en el urbanismo. Muchas gracias por la confianza.
Como antecedente adicional a la votación, el artículo señala que el daño patrimonial efectivamente causado en virtud del cumplimiento de las medidas ordenadas por esta ley deberá ser indemnizado en conformidad al procedimiento expropiatorio consagrado en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución de la República y demás cuerpos legales aplicables. Acá hay un problema jurídico. La expropiación, como bien decíamos, se refiere a la privación del atomismo de expropiación a un daño patrimonial, que es algo completamente distinto a la expropiación y de allí que nosotros no estemos de acuerdo con esta indicación en términos jurídicos.
Ya, pero en ejemplo, cuando hay un camino interno que lo enrola el MOP y le cambia el destino donde la persona no puede hacer lo mismo que hacía cuando estaba en su poder absoluto, eso automáticamente es un juicio contra el Estado. Por lo tanto, aquí puede pasar eso. Si la persona está cultivando mandarinas y con esta medida no puede seguir cultivando mandarinas, obviamente hay un juicio de por medio. Eso, para que lo tengamos claro que cómo opera el sistema hoy día. Entonces, a eso nos vamos a poner el tema. Simplemente hacer el punto y el antecedente de que aprobándose esta norma, lo que se estaría cambiando a nivel legal sería el cambio conceptual de lo que significa la expropiación versus a un daño patrimonial en términos civilmente comprendidos.
Gracias, Catalina. Lo que está diciendo el asesor Sebastián Amado es que se mantiene lo que dice la Constitución. No, lo que dice la Constitución es lo que está diciendo él. Solo lo único que hay que dejar claro que, si nos equivocamos en la votación, el agricultor va a reclamar y va a ir a la justicia y son ellos los que van a resolver el tema y eso se puede...
A ver, la indicación 85 está retirada. ¿Quién es la de ustedes? Ya, retirada. Página 47. Pues corresponde votar la indicación 86 del Ejecutivo. Indicación 86. En votación. Senador Aravena. En contra. Senador Provence. Perdón, Senador La Torre. A favor. Senador Provence. En contra. Queda rechazado 2 por 1. La 87, también en votación. Senador Aravena. En contra. Senador La Torre. A favor. Senador Provence. En contra. Queda rechazada 2 por 1. La 88, que la senadora Sepúlveda. También en votación. Senador Aravena. En contra. Esto es bueno, explicar lo que estamos votando. Por lo menos yo estoy votando en contra porque, de alguna manera, al aprobar, a dejar lo que está en la Cámara de Diputados, no tiene sentido votar esto a favor.
Antes de… es que como estábamos en la discusión del otro punto, esta de la senadora Sepúlveda, entonces no escuché o no me quedó claro cuál era la posición del Ejecutivo en relación a esta indicación en específico, la 88, porque estábamos discutiendo más bien. Lo que yo entiendo es que, al no haber llegado a acuerdo, lo que se plantea es que lo que está aprobado por el Senado que viene de la Cámara de Diputados es lo que se sostendría, se mantendría para que esto se negocie en Hacienda, de tal manera que todas estas indicaciones ya no tendrían sentido y por eso hay que pasar las votaciones, ¿sí? Sí, lo que pasa es que… perdón, presidente, solo que entre medio, claro, había dos del Ejecutivo, otras de los senadores de oposición y otras de la senadora Sepúlveda, entonces por eso me quedaba claro el sentido con respecto a las anteriores, por eso yo voté a favor de las del Ejecutivo, entendiendo que esto se sigue discutiendo, pero no me queda clara la de la senadora Sepúlveda. ¿Cuál es la posición del Ejecutivo al respecto? Sí, lo que pasa, senador, de acuerdo a lo que habíamos comprometido en su momento con la senadora Sepúlveda, que la indicación 87 subsumía la de ella porque la de ella no incluye a los pequeños propietarios forestales, por tanto, y ella luego regulariza el artículo 13 de la ley 18.910 que se refiere a pequeños productores agrícolas, simplemente es una corrección de forma para unificar el lenguaje que se utiliza en todo el texto y la 87 subsume la indicación 88 que no incluye a los pequeños propietarios forestales y, por tanto, en ese caso debería aprobarse la 87, sin perjuicio de que, como señala la senadora Lavena, esta discusión debiese quedar para la Comisión de Hacienda. En votación entonces. Estamos votando la indicación 88, senador Latorre. No, dado ese argumento, claro, yo la voy a aprobar en el sentido que yo aprobé también la 87, que fue rechazada acá, pero yo la aprobé y la idea era que fuera subsumida. Entonces, bueno, mi votación es a favor de la indicación. Senador Pérez, ¿cómo vota? En contra. Queda rechazada 2 por 1. La indicación 89 del presidente de la República. Senadora Aravena, ¿cómo vota? En contra. Senador Latorre. A favor. Señor presidente. En contra. Queda rechazada 2 por 1. La indicación 90, ahora, de la senadora Sepúlveda, que agrega el siguiente párrafo. En caso de ejecutar la acción en virtud de este artículo, el servicio podrá requerir a los propietarios del pago de los costos incurridos en las acciones realizadas en sus respectivas propiedades, sin perjuicio de hacerle a su costa los casos indicados en el inciso segundo. ¿Es admisible o inadmisible? Inadmisible. Se declara inadmisible, presidente, ¿no? Sí. Y después la indicación 91 del presidente de la República y 92 de la senadora Sepúlveda para suprimir el inciso cuarto. Senadora Aravena. En contra. Senador Latorre. A favor. Señor presidente. En contra. Queda rechazada 2 por 1, o sea, que ha rechazado el inciso, la indicación 91 y 92. Ya. ¿Terminamos el artículo? La pega en Hacienda, entonces, ministro, ¿ya? Sigamos. Ahora vamos a la página 57, la indicación del presidente de la República, 97 a 1. Ya, ¿quién propone incorporar un título segundo nuevo del siguiente tenor? Título segundo, otras normas para la prevención y mitigación de incendios forestales. ¿Va a poner en votación el título? Vamos por el artículo, el artículo y el título. Artículo 57, el artículo 26, facultades de los comités comunales para la GIEP.
Los comités comunales para la gestión del riesgo de desastres a los que se refiere el artículo 8 de la ley 21.304 que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres sustituye a la Oficina Nacional de Emergencia por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres que adecúa normas que indican las fases de mitigación y preparación en cumplimiento con las normas de convocatoria y periodicidad reguladas en el artículo 10 de la misma ley. Podrán proponer acciones o medidas, solicitar la opinión a las entidades privadas y recibir los aportes de la comunidad organizada y organizaciones de la sociedad civil. En esta parte, la mesa sugiere repetir la indicación anterior del Ejecutivo que tenía otro inciso que dice: se entenderá por comunidad organizada aquellas entidades, instituciones u organizaciones que cuenten con personalidad jurídica que no formen parte de la Administración del Estado y cuyo objeto sea la prevención de incendios. Este es el artículo 26. Senadora Aravena. A favor.
Artículo 27. Educación y difusión. El servicio deberá realizar actividades de educación, difusión y capacitación sobre prevención y mitigación de incendios forestales a las municipalidades, organizaciones de la sociedad civil, comunidades organizadas y a cualquier otro actor público o privado a fin de reducir el riesgo por incendio forestal. Cuando se declara una emergencia preventiva por riesgo de incendios forestales de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la ley 21.364, el Servicio Nacional de Prevención de Riesgo ante Desastres, con cargo a su presupuesto vigente en el marco de las fases de mitigación y preparación, realizará acciones o medidas para la difusión y preparación ante la emergencia. Para estos efectos, los servicios de radiodifusión y los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, a los que se refiere la Ley 18.168 General de Telecomunicaciones que operen en el territorio declarado en emergencia preventiva, deberán cumplir con la obligación establecida en el artículo 7 bis de la Ley 18.168.
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación, secretaria. Senadora Aravena. A favor. Senadora Torre. A favor. Senador Proes. A favor. Se ha aprobado por unanimidad.
Artículo 28. Prevención comunitaria. Para los efectos de esta ley se entenderá por prevención comunitaria al conjunto de iniciativas, acciones o medidas cuyo objeto sea la gestión para la reducción del riesgo de incendios forestales realizadas por organizaciones de la sociedad civil o las comunidades organizadas, las que podrán ejecutarse en colaboración. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación, secretaria. Senadora Aravena, ¿cómo vota? A favor. Senadora Torre. A favor. Senador Proes. A favor. Queda aprobado por unanimidad.
Artículo 29. Asistencia técnica. Para el cumplimiento de las acciones o medidas para la prevención y mitigación de incendios forestales contempladas en los artículos 9 y 17, el Servicio, los municipios y los gobiernos regionales, con cargo a sus presupuestos vigentes, podrán establecer mecanismos para asistir técnicamente a los propietarios del predio donde estas se deban implementar. El Servicio y el Instituto de Desarrollo Agropecuario, con cargo a sus presupuestos vigentes, establecerán mecanismos que faciliten a los pequeños propietarios forestales y pequeños productores agrícolas la implementación de estas acciones o medidas. Se priorizará a los pequeños propietarios forestales y a los pequeños productores agrícolas cuyos predios hayan sido afectados por incendios forestales que se encuentren ubicados en áreas de riesgo alta o crítica o aquellos que colinden con zonas urbanas o infraestructura crítica. Para estos efectos se entenderán por pequeños propietarios forestales aquellos definidos en el decreto ley número 25.565, que sustituye el decreto ley 701 de 1974, y por pequeño productor agrícola aquellos definidos en el artículo 13 de la ley 18.910. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación. Senador Aravena, ¿cómo vota? A favor. Senador La Torre. A favor. Senador Proes. A favor. Queda aprobado 3 por 0.
Artículo 30. Funciones de gobiernos regionales. Los gobiernos regionales, en el ejercicio de las funciones establecidas en el literal J del artículo 16 de la ley 19.175, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley número 1.