1.- Bol.N° 15525-25 Iniciar el estudio de las indicaciones al proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de tipificar los delitos de robo y hurto de cobre y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución (Boletines 15.525-25 y 16.587-25, refundidos).
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Gracias, sean ustedes muy bienvenidas y bienvenidos. En nombre de Dios y de la patria, damos inicio a la Comisión de Seguridad Pública en sesiones extraordinarias de hoy miércoles quince de enero. Iniciamos. Señor secretario, le solicito de lectura a la cuenta. Gracias, presidente. En cuenta, solamente señalar lo que ya le he adelantado: se recibió un oficio de la Comisión de Régimen Interior, en la que se comunica que se autoriza a los senadores integrantes de la Comisión de Seguridad Pública a aceptar, ¿no cierto?, la invitación que en ese minuto había cursado la Comisión de Relaciones Exteriores a la sesión que se realizaría en Arica el día viernes diecisiete de enero del presente año. Luego se hizo la corrección de separar las dos sesiones, en la mañana como Relaciones Exteriores y en la parte de la tarde como unidas de ambas comisiones. Eso es todo en materia de cuenta, señor presidente. En ese contexto, tal como lo hemos conversado, solicitaría que se responda a la coordinación de comisiones que sesionaremos justamente como comisiones unidas, Relaciones Exteriores y Seguridad por la macrozona norte, tal como fue constituida, digamos, para aclarar, dado que originalmente la invitación era de Relaciones Exteriores para poder asistir. Hoy día asistimos en titularidad, ¿no? Y tenemos quórum para hacerlo. Solicitaría que eso se hiciera llegar. ¿Alguna opinión sobre la cuenta? Senadora Sandoval, ¿usted siempre tiene opinión? Tenemos todo coordinado ya con el senador Durana y con el senador Insulza de la otra comisión. Muy bien. Como hemos sido extraordinariamente convocados para continuar con uno de los cuatro proyectos que tenemos en simultáneo, corresponde hoy día iniciar el estudio de las indicaciones al proyecto de ley en primer trámite constitucional que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de tipificar los delitos de robo y hurto de cobre y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución, de acuerdo a los boletines refundidos 15.525-25 y 16.587-25. Se ha invitado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en este caso asiste el asesor legislativo del ministro, don Rafael Ferrada. Se excusó, pese a que él había solicitado ser escuchado, el presidente del Consejo Minero, don Joaquín Vilarino, que por encontrarse fuera de Chile, por razones de su cargo, solicitó ser escuchado en otra oportunidad. Entiendo que nuestro secretario de comisión le respondió que ya estábamos por despachar el proyecto, de tal manera que se agradecía su interés, pero ya no tendríamos más tiempo. En todo caso, hemos pedido que si tiene alguna exposición que hacer, lo pueda hacer llegar a esta comisión. Ofrezco la palabra al señor secretario para que dé cuenta de las indicaciones recibidas que entiendo que son del senador Durana, por favor. Así es, señor presidente, en la carpeta de sus señorías se encuentra el comparado. Efectivamente, en el plazo establecido por la sala del Senado se formularon a este proyecto solamente dos indicaciones, ambas del honorable senador señor Durana, una en la página dos y otra en la página tres del comparado. Esas son las únicas dos indicaciones y por lo que nos señaló al comienzo el señor Rafael Ferrada del Ministerio de Justicia, quería participar dando alguna opinión sobre ellas. No sé, presidente, si primero doy lectura o le damos al autor la palabra. Se le ofrece la palabra al autor de las indicaciones e inmediatamente después al representante del Ministerio de Justicia, que entiendo tiene algunas sugerencias de ajustes de forma que deberían ser consideradas. No sé si hay de fondo, entonces partamos con las indicaciones que han llegado formalmente y después veamos si lo que informa el Ministerio de Justicia es de forma que lo podamos asumir o si es de fondo que tendríamos que incorporarla como indicaciones, si la comisión tuviese bien. Senador Durana, le ofrezco la palabra. La verdad que yo vengo con la intención de retirarlas. ¿Ambas? Ambas. Ya. Pero dado que existirían... No, vengo con la intención de retirar ambas indicaciones, pero igual me gustaría escuchar la opinión del ejecutivo. Muy bien, esperemos entonces hasta la postura del ejecutivo. Señor Ferrada, le ofrezco la palabra. Buenas tardes, presidente, por su intermedio saludar a los senadores presentes y a todos los...
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de diez años y un día, de año y un día. Con el abigiato, el juez determinaría que tiene diez años y un día, y luego aumenta en un grado, estaría entre los quince y uno a veinte. Pero, ¿qué pasa con la regulación actual? Como lo postula la propuesta legislativa, el juez debería tomar la pena, aumentarla. En su mayor, quince años y un día a veinte, y aumentar en un grado. Y tendría un perpetuo por unas lesiones. Sabríamos que igual es un poco desproporcionado de acuerdo a todo esto. Así que lo que postulamos es que el juez determine el grado y luego de eso se aumente el grado correspondiente, siguiendo el espíritu que postularon en su oportunidad.
En cuanto a otro comentario bien importante, la norma siguiente, el 448-D-CIES, establece una circunstancia agravante en el caso de cometerse una sustracción de minerales. Establece la propuesta que hace esta comisión que la pena asignada al delito va a aumentar en un grado más. Es decir, ya aumentó en un grado y aumenta otro grado más cuando se ejecute bloqueando vías férreas, impidiendo el paso de un tren o convoy de carga, rompiendo mineductos, o cuando se lesione o amenace a trabajadores que se desempeñan en faenas mineras. Acá nos parece excesivo aumentar otro grado. Así que nuestra propuesta es que pueda ser una circunstancia agravante del delito para que el juez lo determine y no que aumente un grado nuevamente. O sea, como que se repetiría lo mismo.
Y lo otro también, presidente, es eliminar esta figura de agravante cuando se lesione o amenace a trabajadores. Sabemos que es grave, pero esta amenaza o lesión ya lo tiene el tipo penal de los robos con intimidación. Es decir, se establecería una infracción al nem vis in idem, es decir, que no se puede, porque la circunstancia de existir una amenaza estaría calificándose para el tipo penal del robo con violencia y a su vez sería un agravante, por lo cual el código penal lo establece en el artículo 63 que no se puede tener lo mismo hecho en circunstancias como agravante y también como circunstancias del tipo penal. Por lo cual yo creo que no sería necesario tener esa parte de la agravante.
Y quería hacer una última observación porque falta una referencia súper importante. Las normas de determinación de la pena que tienen los robos, gracias a la ley, a la segunda ley corta que se derivó, es que existe un marco rígido para los delitos de robo. Es decir, el juez no puede bajar en un grado o no puede aumentar en un grado. O sea, puede solamente estar entre los grados. Es decir, si la pena del robo con violencia es de cinco años y un día a quince, el juez no puede bajar a tres años y un día. Y esas son las reglas que están en la actualidad. Pero la propuesta legislativa omite establecer que esa regla de determinación de la pena se van a aplicar a la sustracción de minerales. Es decir, tendría que aplicarse a las normas generales, la cual se puede bajar un grado, y eso yo creo que se soluciona con una simple referencia en el artículo 449 del código penal que establece estas reglas particulares de determinación de la pena, agregando que también se haga referencia al cuarto cuater. Así que esas son como las tres apreciaciones que tenemos.
Y respecto, si quiere, me refiero a las indicaciones que había postulado también el señor Durana. Bueno, existe una figura que también se incorporó por la ley de sustracción de madera, que es una cierta presunción en cuanto a la receptación de madera, que si a una persona la sorprenden con alguna madera sin respaldo, se entendería que es un autor, no como receptador, sino como autor de sustracción. Y se remite a unas penas del 446, que son las penas del hurto. Y ahí igual, ojo con eso, porque las penas son penas que son menores, o sea, pueden ir del precio menor en su grado mínimo, es decir, 61 días, hasta el máximo, hasta los 5 años. Es una pena de simple delito. Es decir, se remite a eso. Y es una pena igual menor a la receptación. Pero lo que realizan en cuanto a la propuesta que tiene el señor Durana es como suprimirlo y llevar todo, la pena, a la receptación, al tipo penal de receptación. Así que igual es el 456 bis A.
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¿Qué realiza? Que sorprende a una persona como receptador. Es como que no sea un delito y es una postura que debe tomar la comisión. Lo que hizo la solución que hizo el proyecto de madera, del robo de madera, dijo que era autor de su flexión de madera la persona que sorprende como receptador, pero también puede ser una receptación, que lo consideran también como la propuesta que tiene el senador Durán. Es una consideración que lo debe tener la Comisión, así que esa es la observación especial. Antes que la retire, en el robo de cables y el robo de cobre, a mí me tocó mucho eso. La mayoría están todos relacionados, o sea, es un comprador que manda a cortar y quema, ¿no? Esto no es tan fácil, por eso que era lo mismo que la madera. La madera, uno decía, hagamos un ejercicio, me roba un camión de madera y salgo con el camión, y a donde me encare lo vendo. Era evidente que había una red, ¿ya? No es como cuando se roba una radio de un auto y van a la calle 10 de julio y la venden por ahí. No, aquí esto es por encargo. Y cuando hicimos el proyecto ley, es porque nos dimos cuenta que había salido de Chile un barco lleno de cobre refinado. Y nadie refinaba cobre, o sea, era puro rojo. Y por Arica. Habían partido en la bodega. ¿Cuál es la dirección, compañero? Y eso, por eso que yo creo que en el fondo está bien que se retire la indicación, porque elimina eso y esto es la experiencia en el robo de madera, era claro. Porque esto estamos hablando... Por ejemplo, hoy día en los campos hay un problema súper grave, se están robando los transformadores. Entonces uno cuando mira un transformador, en la práctica dice, oye, qué difícil esto, porque sacarlo y todo el tema es muy complicado. Y no es nada de complicado, porque como no lo van a usar como transformador, lo echan abajo y que caiga, ojalá se rompa, porque lo que van a hacer es derretir el cobre que está adentro. Y eso está vendido ya, o está encargado. Así que eso, y yo creo que las penas son bajas, al revés, yo creo que este proyecto debe tener penas más altas, o sea que realmente hoy día el tema del robo de cable deja por mucho tiempo a gente, por ejemplo, sin internet, sin cables y un montón de cosas, hacen un daño social inmenso, salvaje, sí. Tanto es así que se han eliminado en gran parte, mi ejemplo que yo vivo en el campo, tuve que eliminar el teléfono. Hoy día tengo el mismo número y el teléfono, pero inalámbrico, con señal, porque la verdad es que todos los meses estábamos sin teléfono. Se robaban los cables, robaban los cables, robaban los cables, robaban cientos de metros. Entonces hacen un daño inmenso. Eso es, presidente, ese comentario. Muy bien, gracias, senador Sandón. Senador Durán, autor de las indicaciones. Sí, efectivamente, por lo menos tomó la decisión de retirar esta indicación. Porque creo que las penas no hay que disminuirlas. La verdad es que hay que ejecutar la acción real para tratar de inhibir en que definitivamente exista robo de cable, que tanto daño como lo ha manifestado el senador Sandón, provoca en muchos sectores, más aún cuando hoy día todas las operaciones comerciales son vía internet. Por lo tanto, desde esa mirada, no es solo estamos hablando del robo cable, sino que fundamentalmente el daño que este provoca en la sociedad civil. Ahora, lo que tiene que hacer el senador Sandón es no más cables, ¿entiendes? Y con eso soluciona su vida. Muchas gracias, senadora Durán. Senadora Bodanovic. Gracias, presidente. Saludar al ejecutivo, creo que a mí me parece importante que las normas que se tomaron, por ejemplo, en esta ley de robo de madera, no solo respecto de las penas, sino de las técnicas investigativas y otras normas las pudiéramos incorporar aquí, porque la verdad es que lo que ha señalado el senador Sandón por su intermedio, presidente, es efectivo. Aquí hay mafias, hay que buscar cómo llegar a quien encabeza esta actividad criminal. Son asociaciones ilícitas, hay que tener la forma de tener medidas inclusivas y llegar a quienes conducen y sirven de cabeza del delito. Porque si no, lo que ocurre es que...
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