1.- Considerar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.435 para la inscripción de derechos de aprovechamiento en el Catastro Público de Aguas (Boletín N° 17.151-33).
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En nombre de Dios y de la patria se abre esta sesión. Quiero saludar al senador Juan Castro y a la senadora Loreto Carvajal, que se encuentran presentes como miembros integrantes de la Comisión de Recursos Hídricos, de Certificación y Sequía. Esta sesión ha sido convocada para analizar y realizar la votación de una moción parlamentaria, la cual el Ejecutivo ha tenido gran interés, que se encuentra en segundo trámite constitucional y que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.435 para la inscripción de derechos de aprovechamiento de agua en el Catastro Público. Quiero saludar al director general de Aguas que se encuentra presente, don Rodrigo Sangüesa, a María Graciela Béas, también asesora legislativa de la DGA, saludar a don Carlos Esteves, coordinador del área hídrica del Ministerio de Obras Públicas, a Tomás Mendoza y a Estefano Salgado, ambos coordinador y asesor legislativo, y también saludar a Eduardo Baeza de la Biblioteca del Congreso.
Señor Secretario, le ofrezco la palabra sobre la cuenta. Gracias, Presidenta. Ha llegado un oficio el señor director ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, por medio del cual, en cumplimiento de la establecida glosa de la Ley de Presupuestos para el Sector Público, remite el detalle de las obras realizadas mediante el financiamiento otorgado por INDAP y CNR con sus características, dimensiones y distribución geográfica. Por otra parte, se recibió un oficio de la Comisión de Recursos Hídricos y Certificación de la Cámara de Diputados, solicitando que durante el mes en curso pudiera votarse el proyecto de ley que figura en la tabla del día de hoy, que es lo que está precisamente contemplado. Eso es la cuenta, señora Presidenta. Muchísimas gracias.
Se ofrece la palabra sobre la cuenta, temas varios. Si les parece, puedo ser extensiva. Nosotros hicimos una solicitud por el portal de transparencia, donde le hemos requerido información, tanto al Ministerio de Obras Públicas como a la Dirección de Presupuestos, para que informe cuál ha sido el gasto efectivo en el ítem de inversión y estudios de los sistemas de agua potable rural. Al parecer, quienes están a cargo de esta tarea en el Ministerio de Obras Públicas no entendieron bien de qué se trataba la solicitud de información, que en nuestra opinión es muy clara, es decir, del presupuesto asignado el año 2024, indique cuánto fue el ejecutado y, además, indique cuántos nuevos arranques usted pudo disponibilizar y eso desagregado por comunas. Si les parece, hacemos ese requerimiento como comisión. Así se acuerda.
Senadora Carvajal. Sí, sobre el punto, Presidenta, además, considerar si se puede tener como anexo a esa solicitud la expresión clara respecto a los recursos a propósito de las emergencias y las urgencias, particularmente regiones como la que yo represento, la región de Ñuble, han tenido recursos dispuestos a propósito de lo que fueron las inundaciones, los que han sido los incendios, en donde efectivamente no solo hay un retardo en los recursos, sino hay un retardo en la ejecución de obras, donde ha quedado mucha gente en esas circunstancias urgentes, sin posibilidad de tener agua potable, dado que, obviamente, también el fuego consume lo que es la parte de los arranques y demás. Entonces, quisiera también agregar ese elemento, recursos, además, anexo a propósito de las urgencias. Si les parece, así se acuerda.
Señor Secretario, iniciemos la discusión del proyecto. A ver, bueno, en primer lugar, cabría, si le parece a la Comisión, votar en general y, posteriormente, pronunciarse respecto del detalle de los artículos y las indicaciones. Si así lo estima la Secretaría, ¿les parece que por unanimidad? Así se acuerda. Entonces, ha aprobado, en general, el proyecto y, a continuación, correspondería pronunciarse en particular sobre el articulado y las indicaciones que se han presentado, que sería lo siguiente. En primer lugar, el...
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Y yo creo que es correcto como se propone porque también puede ocurrir que los conservadores de bienes raíces se demoren, como ocurre en la realidad, en enviar esta información. Pero aquí lo que está diciendo es que se envió la información, la DGA procedió a registrarlo, en ese caso no procedería multa por no hacer el trámite al que se refiere el inciso siguiente. Me parece, por tanto, apropiado, Presidenta. Muchas gracias. ¿Se ofrece la palabra? Si le parece, senador Gaona, ya, por unanimidad. Senador Gaona, habíamos procedido a votar en general este proyecto de ley, ¿quiere que incorporemos su voto? ¿Se le parece a la comisión? Así se acuerda también. Gracias. Correspondería, acá hay una duda que, a ver, en la página 3 quiero plantear una duda respecto del inciso quinto, porque el inciso quinto señala el plazo que se contempla en el inciso primero, que se acaba de prorrogar. Será de cinco años para aquellos derechos de aprovechamiento no inscritos cuyos titulares sean pequeños productores agrícolas de conformidad con lo expuesto en la ley 18.910. Con lo que se aprobó va a coincidir ese artículo. Yo no sé, quizás el Ejecutivo tenga alguna opinión de la pertinencia de eliminar ese artículo o quizás, ¿no es cierto?, en la página 3, el inciso quinto, sobre la pertinencia de mantener ese inciso en el artículo segundo transitorio o eliminarlo, porque esto estaba establecido antes cuando no coincidían las fechas con el inciso primero y ahora van a coincidir. Yo no sé si el Ejecutivo tiene alguna opinión y no vale la pena eliminarlo o tiene otra idea. Ofrezco la palabra al Ejecutivo sobre el comentario de la Secretaría desde el punto de vista de la técnica legislativa que esta mesa suscribe. Señora Presidenta, por su intermedio, la verdad es que este artículo efectivamente hoy día no tiene mucho sentido de acuerdo a los plazos que estamos ajustando. No obstante, tampoco vemos que en este momento sea prudente eliminarlo. Creemos que ahí la frase que habla sobre los pequeños productores agrícolas probablemente pudiese causar alguna suspicacia en términos de que algún usuario pudiese ver que estamos derogando algún artículo que a ellos les serviría. En estricto, si queda, no mueve la aguja hacia ningún lado, porque en definitiva los plazos se mantienen respecto a lo que estamos modificando, y mantenerlo tampoco, así que lo dejaríamos. También, acogemos el punto del Ejecutivo. Sigamos con el numeral 2. Muy bien, solo una inquietud. La indicación número 2 está en la página 4 e intercala un inciso séptimo nuevo que señala de conformidad a lo previsto en el inciso sexto del artículo 122 del Código de Aguas, la Dirección General de Aguas informará semestralmente las acreditaciones efectuadas conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del presente artículo, a la Comisión de Recursos Hídricos de Certificación y Seguida del Senado, a la Comisión de Recursos Hídricos y Certificación de la Cámara de Diputados, y a los organismos y organizaciones indicados en el inciso final de este artículo. Solo una duda, Presidenta. Cuando dice, de conformidad a lo previsto en el inciso sexto, el inciso sexto dice que la Dirección General de Aguas deberá publicar en el sitio web institucional la información contenida en el Catastro Público de Aguas y la actualizará periódicamente. Quizás es más exacto decir, en el marco de lo previsto. ¿No es cierto? Pero, aparte, claro, o en concordancia, es solamente una cosa de redacción. Senador Gaona. Yo en general no tengo inconveniente con esta información, pero lo que se publica, quiero sacar algunas dudas respecto a si la información que se le va a entregar al Congreso debe ser innominada o no. En el catastro se informa los que acreditan tener derechos de agua, todos con nombres, con todos los detalles.
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Y esa información es pública, o sea, cualquiera puede acceder. Ah, ya, perfecto. Entonces, ya no hay un tema de protección de datos privados ni nada por el estilo. Entonces, por lo tanto, esa información, en el fondo, es mostrar cada seis meses, sacar un consolidado del catastro y entregarlo aquí a la Cámara. Ya, bueno, o sea, son esos términos. Y si es lo mismo que está en la página web y es público, no veo problema. Ahora sí. Solo que, pedagógicamente, ese informe puede hacerse como se concuerde con las condiciones. Es decir, se puede hacer por cuenca, por zona, etcétera. Obvio, para que sea útil. Cosa que el catastro, en general, es más bien universal. Entonces, le voy a dar como una sistematización que sea de utilidad para, no sé, para todos. Claro, porque uno, en el fondo, lo que podría estar visualizando. ¿Por qué esta indicación que hemos presentado con la senadora Allende y el senador Castro? Porque si nosotros tuviésemos la disposición de contribuir y colaborar para que, efectivamente, cumplamos los plazos y no sigamos en esta eterna prórroga de exigencias de plazo, podríamos mirar cómo se comportan ciertos territorios. Y avalar con esto discusiones de presupuesto, por ejemplo, para que los servicios puedan direccionar recursos en los territorios que están más desfavorecidos con el catastro público de agua. Es decir, es información para toma de decisiones. No necesariamente tendría que ser nominada. Claro. Más bien, uno le puede decir, me imagino yo, quienes estén en la comisión en ese tiempo, decir, sí, pero ¿sabe qué? Nosotros queremos mirar qué es lo que pasa en la cuenca del Choapa, Limarí. ¿Qué pasa y no quiénes? Claro. Entonces, decir, bueno, ¿qué es lo que pasó en esa cuenca, que hoy día tenemos un 98% del agua registrada en el catastro? A ver, empecemos a mirar qué prácticas hicieron, que puedan replicar otras. Entonces, ese es el sentido. No es el sentido de solicitar información por tratar de complicar la existencia, sino cómo se colabora en este proceso. Ya. Perdón. Sí. Senadora Allende y luego... ¿Le parece bien cada seis meses? Dice, sí, semestralmente. ¿Le parece bien? A ver, yo digo cada seis meses. ¿Sí? ¿No hay problema? Perfecto. Director. Sí, señora Presidenta. Quizá indicar que, en concordancia con lo que dice Carlos, justamente el sentido de este informe semestralmente es más que el listado que hoy día está publicado en la página. Es decir, hoy día si uno ingresa puede, efectivamente, bajar un listado por región, ¿cierto? En algunos casos hay información completa del derecho de aprovechamiento, entiéndase el titular, el RUT, el tipo de derecho, el caudal, etc. Lo que probablemente va a ocurrir es que no todos los derechos van a tener todas las características. Lo que no significa, ¿cierto?, que no pueda estar en este listado de información. Y en el marco de eso, ¿cierto?, más que un listado de remitir, ¿cierto?, a la Cámara y a la Comisión de Recursos Hídricos, deberá ser un informe ejecutivo, ¿cierto?, que efectivamente diga cuántos derechos por región hay, cuántos son consultivos superficiales subterráneos, ver el alcance de si es posible o no lograr, ¿cierto?, determinar en qué cuenca o en qué acuífero están, y ver también, efectivamente, cuál es la brecha, mirando justamente lo que señala usted, Presidenta, que es un poco poder focalizar en algunas regiones, en algunas cuencas, los recursos disponibles dentro de la Ley de Presupuestos del Servicio en Particular de la DGA cada año. Si les parece, a los colegas senadores, lo aprobamos por unanimidad. Presidenta, solamente la pregunta. ¿Le parece que pongamos, por ejemplo, en concordancia con lo previsto en esos sectores? Sí, sí, es de forma. Así se acuerda. Aprobado. Vamos al numeral 3. Bien. Entonces, pasamos a la indicación número 3, que agrega un nuevo número para reemplazar, perdón, para reemplazar en el inciso séptimo, que pasa a ser octavo, del artículo segundo transitorio, la frase, excepto en el caso de los indígenas y comunidades indígenas, excepto tratándose de servicios sanitarios rurales, de indígenas y de comunidades indígenas. Se agrega a los servicios sanitarios rurales. Respecto al tema de no aplicar la causal de cauce. También está una indicación que hemos presentado con la senadora Allende, el senador Castro, porque tal como lo ha señalado el director ejecutivo, el director de la DGA, respecto de otra indicación, nos interesa dejar absolutamente claro la protección para las comunidades que están más desfavorecidas desde el punto de vista del acceso a las tecnologías, etc.
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Indígenas, comunidades indígenas y servicios sanitarios rurales. Sí. Claro, sí, porque... Ambos. Ahora, ¿no es cierto?, decía... No todos los servicios sanitarios rurales son desfavorecidos. No, pero... Claro eso, ya. Pero cumplen una función social muy importante, no cabe duda de eso. Le ofrezco la palabra al Ejecutivo para que se pronuncie respecto de esta indicación parlamentaria, si tiene alguna dificultad o objeción. Señor Presidente, ninguna dificultad. La verdad es que también ha sido una materia levantada por los distintos comités de agua potable en regiones. Y aquí, dentro de los actores, Rufino Evia, que es justamente uno de los representantes de los comités, principalmente ha manifestado esta idea. Nos parece bien incorporarlo dentro de esta excepción. Muchas gracias, señor Esteves. Y si a la comisión le parece bien mandatar al secretario en este punto, porque en el Código de Aguas vigente dice, excepto en el caso, y aquí vamos a agregar los servicios sanitarios rurales, y la propuesta de indicación dice, excepto tratándose. Entonces, ver si es que la secretaría, si les parece, puede ver cuál... Homologar el lenguaje. Sí, lo que pasa es que... si uno lee el artículo, dice, no obstante, sí le será aplicable a los casos anteriores, lo dispuesto en su cuarto de este artículo, excepto en el caso, voy a abrir una repetición, es por eso, es por eso. Sí, es para que no se repita caso a caso. Sí, que como estaba bien el código. O sea, claro, no en el código, sino que acá estamos viendo la 21.435. Porque si no, diría, sí le será aplicable a los casos anteriores, por eso se cambió. Bueno, si el Ejecutivo está de acuerdo, nos parece, por unanimidad. ¿Se lo va a Carvajal? ¿Está de acuerdo? Sí. Muy bien. Aprobado 5-0. Aprobado 5-0, la indicación número 3. Pasamos entonces a la última indicación, que es la indicación número 4, que recae en el número 2 del artículo único. Este número 2 modificaba el artículo décimo de la ley 21.435, que establece que lo dispuesto en el 1º artículo 132 comenzará a regir desde el 6 de abril de 2025 y la Cámara aprobó cambiar 6 de abril de 2025 por 6 de abril de 2027. Ahora, la indicación de la senadora, señora Provoste, Allende y el señor Castro Prieto, proponen suprimir el artículo décimo transitorio. O sea, no suprimir el número dos de la Cámara, sino que suprimir derechamente el artículo décimo transitorio. Eso es, señora Presidenta. ¿La van a retirar? Sí, tenemos una duda, por eso la queríamos retirar. Sí, porque en el fondo, si estamos dando plazos para que la gente inscriba y acredite, tiene que ser el mismo, para la gente que quiera reclamar, si no tiene inscripción ya no podrá reclamar. Toda la razón. Sí, tiene que retirar esa... ¿Retirar la indicación? Senadora. ¿Todos o pueden reclamar los que están inscritos? Con esto podrían reclamar solo los que están inscritos. No, con... Reclamarían todos. Con esto, reclamarían solo los que están inscritos. Entonces mejor dijémosle a los que reclamen que puedan reclamar todos. Y a los que reclaman también. No era el sentido, así es que la retiramos. Don Carlos. No, solamente para entender, porque hay dos cosas. Es decir, por un lado, me parece coherente con lo que se resolvió hace cinco minutos de retirar la indicación porque hace cinco minutos lo que se dijo es para qué suprimir, cuando en este caso había comunidad de criterio para votar en contra de lo que se proponía. Entonces, en este caso, a nosotros sí nos parece apropiado o no nos parece apropiado que se vuelva a prorrogar este artículo. El artículo vigente, que no se está aplicando, lo que establece es que no cualquiera puede reclamar. La DGA está llena de congestión en su expediente. Entonces, si se acuerda una recarga artificial de acuífero...
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