Muy bien, pues buenas tardes a todos los miembros de la Comisión Mixta. Abrimos la sesión y empezamos con una pequeña modificación del orden del día que consistiría en que el punto 2 lo pasaríamos como último punto del orden del día, si les parece a todos los grupos parlamentarios correcto. Procederíamos de esta forma e iniciamos con el primer punto del orden del día, que es la propuesta de reglamento. El Parlamento Europeo y el Consejo, relativo a la aceleración de la concesión de autorizaciones para proyectos de preparación en materia de defensa. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo el señor Floriano Corrales en un turno de máximo de cinco minutos. Muchas gracias, señor presidente.
No necesitaré probablemente los cinco minutos, pero sí me gustaría compartir con la Comisión que esta propuesta de reglamento se enmarca perfectamente en un contexto internacional que hace cada día más necesario que la Unión Europea alcance cuanto antes su autonomía estratégica en varios aspectos, pero en este caso en el ámbito de la defensa. La propuesta de reglamento sobre la que se emite el siguiente informe, además hay que entenderla en un contexto y es que se trata de una parte de un paquete ómnibus de preparación en materia de la defensa. Se presentó en junio de 2025 y este es uno de ellos. Creo que tanto las propuestas como los objetivos claves que se plantean en esta propuesta de reglamento va precisamente en la línea de ir dando pasos en esa autonomía estratégica en el ámbito de la defensa al que me refería.
No en vano se trata de reducir los permisos para proyectos en materia de defensa con un objetivo muy ambicioso de intentar reducirlo a… a 60 días. Se propone también la creación de ventanillas únicas en los Estados miembros para esta industria y facilitar la participación de empresas, incluyendo a entidades ucranianas en el Fondo Europeo de la Defensa. Creo que, si no olvidamos, además, que se promueve la compra conjunta de equipos de defensa y se elevan… umbrales de los contratos para agilizar las transferencias entre distintos países y buscar ayudar a los Estados miembros a coordinar sus inversiones, yo creo que se dibuja un marco que encaja en ese objetivo que se plantea la Comisión y que yo creo que es compartido por el Consejo en su inmensa mayoría, de que que la Unión Europea pueda tener en un plazo razonable esa autonomía estratégica de la defensa, que se ha convertido en una necesidad, sobre todo en un entorno geopolítico como el que nos está tocando vivir.
Por todo ello, yo creo que merece la pena que esta comisión mixta se pronuncie en favor de esta propuesta de reglamento y esa es la línea, la dirección en la que se pronuncia mi grupo parlamentario. Nada más y muchas gracias, señor presidente.
Muchas gracias al señor Floriano Corrales. Tendría la palabra los grupos parlamentarios, si alguno quiere tomar la palabra. Procederíamos, si les parece, con todas las iniciativas. En el caso de que no se solicite por parte de algún grupo parlamentario la votación.
votaríamos por asentimiento. Y sería este caso que se les parece que quedaría aprobado por asentimiento.
La segunda iniciativa es la propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las directivas 2009-43 y 2009-81 en lo que respecta a la simplificación de las transferencias de productos relacionadas con la defensa dentro de la Unión Europea y a la simplificación de la contratación en materia de seguridad y defensa. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el informe el señor Blanco Arrue en un turno de cinco minutos.
Gracias, presidente. Bueno, la propuesta normativa analizada modifica la legislación impactando directamente sobre el mercado de la defensa con el objetivo de garantizar un enfoque armonizado entre los Estados miembros. La finalidad de la propuesta es la razón... racionalización de los procedimientos y la reducción de los obstáculos burocráticos, creando un mercado europeo de la defensa más ágil y propicio para desarrollar una industria europea de la defensa competitiva e innovadora. Asimismo, debemos destacar que quiere alinearse con el enfoque y los objetivos de la defensa. En el libro blanco, se definen los objetivos conjuntos sobre la preparación de la defensa europea y tiene por objeto facilitar la aplicación del plan Rearmar Europa Preparación 2030. También incluye disposiciones destinadas a adaptar mejor la normativa de la Unión a las necesidades de la ejecución de los programas industriales de defensa de la Unión Europea, como el Fondo Europeo de Defensa. Por lo que respecta a los intereses españoles en relación con la propuesta normativa, hay que destacar que los objetivos de simplificación y armonización de la regulación de estas operaciones son adecuados en sí mismos. No obstante, en la propuesta se especifica que la comisión estará facultada para definir determinados elementos no esenciales del marco de transferencia mediante la adopción de actos delegados, incumpliendo el principio fundamental para el que han sido concebidos, ya que estos no pueden modificar elementos esenciales del articulado. En todo caso, se señala que la propuesta analizada no está sujeta al principio de subsidiariedad, ya que se modifican las directivas 2009-43 y 2009-81. En ese sentido, cuando se trata de modificar normas ya adoptadas por la Unión, este principio no se aplica de forma autónoma, sino que se entiende satisfecha por el hecho de que la acción se limita a ajustar un marco jurídico ya existente. En conclusión, y por estos motivos expuestos, despido el apoyo de esta comisión a esta propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifican estas directivas 2009-43 y 2009-81, y que en este caso, como he mencionado, no requeriría conformidad con el principio de subsidiariedad establecido en el vigente Tratado de la Unión Europea, ya que, como he mencionado, no incumpliría dicho principio. Muchas gracias.
Muchas gracias al señor Blanco Arrue. Tendría la palabra el grupo de los parlamentarios. Y en su caso, si les parece, quedaría aprobado por asentimiento. Pasamos al punto cuarto del orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican los reglamentos 2016-679, 2016-1036, 2016-1037, 2017-1129, 2016-1039, 2016-1040, 1.023.542 y 2.024.573, en lo que respecta a la ampliación de determinadas medidas de mitigación disponibles para las pequeñas y medianas empresas, a las pequeñas empresas de mediana capitalización y otras medidas de simplificación. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo la señora delegado Taramona Hernández.
Sí, gracias señor presidente. Señorías, en nombre de mi grupo parlamentario comparezco hoy ante esta comisión para presentar el informe de subsidiariedad relativo a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo del Consejo, incluida en el cuarto paquete ómnibus que tiene por objeto extender determinadas medidas de simplificación y alivio administrativo a las pequeñas empresas de mediana capitalización, las denominadas Small Mid-Caps. Que la Comisión Europea, mediante recomendación C-3500, definió como aquellas empresas que no entran en la categoría de PYME, ya que superan los 250 trabajadores pero tienen menos de 750 empleados, y un volumen de negocio anual menor o igual a 150 millones de euros, o un balance menor o igual a 129 millones de euros. Son, en definitiva, para que lo entendamos, esas pequeñas empresas que han dejado de ser PYME, pero que están aún muy lejos de convertirse en grandes corporaciones. Pues bien. Esta propuesta legislativa, presentada por la Comisión Europea el pasado 21 de mayo de 2025, se enmarca en un conjunto más amplio de iniciativas para reducir cargas burocráticas, mejorar la competitividad de la Unión y garantizar un entorno regulatorio más proporcionado y adaptado al tamaño real de las empresas.
Esta propuesta modifica de forma puntual seis textos legislativos europeos ya en vigor, el Reglamento General de Protección de Datos, los reglamentos anti-dumping y anti-subvenciones, el relativo al folleto, el reglamento sobre baterías y sobre gases fluorados.
En lo que respecta al principio de subsidiariedad, el análisis realizado concluye con claridad que esta propuesta se ajusta plenamente a los criterios establecidos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En los ámbitos de competencia no exclusiva afectados, las obligaciones que se revisan derivan directamente de reglamentos europeos, que son de aplicación directa e inmediata a los Estados miembros, así que en consecuencia solo puede actuarse a nivel europeo. Una intervención nacional generaría divergencias normativas que fragmentarían el mercado interior, perjudicando a las empresas, especialmente a las que operan en más de un país. Y además, materias como la protección de datos, la armonización del mercado interior o la protección del medio ambiente requieren de un tratamiento uniforme y coordinado que garantice la seguridad jurídica y evite obligaciones desproporcionadas.
Por otro lado, en el caso de la política comercial, también afectada por la política comercial común, en virtud del artículo 207 del tratado, estamos ante una competencia exclusiva de la Unión, por lo que el principio de subsidiariedad no es de aplicación. Hay que evaluar únicamente el cumplimiento del principio de proporcionalidad, que también se acredita en esta propuesta, ya que la iniciativa no introduce reformas estructurales, sino ajustes puntuales pensados para equiparar el trato de las small mid-caps a las pymes únicamente allí donde las cargas administrativas son comparables y para evitar que sufran un salto normativo desproporcionado en su crecimiento que pueda desincentivar la expansión o frenar la inversión.
Este enfoque fue ya defendido tanto en el informe Draghi sobre la competitividad europea como en el informe Leta sobre el futuro del mercado único y se alinea con el compromiso de la Comisión de reducir las cargas de información en al menos un 25% para todas las empresas.
No obstante, señorías, no podemos dejar de señalar que esta misma lógica de simplificación normativa y protección de las pymes contrasta con la actitud del gobierno de España, que ha incumplido reiteradamente la obligación de transponer a nuestro ordenamiento la directiva comunitaria que actualiza los umbrales económicos para determinar el tamaño empresarial.
Esta dejadez no solo ha llevado a que nuestras microempresas y pymes corran el riesgo de quedar indebidamente sometidas a las exigencias financieras y de sostenibilidad propias de las grandes compañías, incrementando cargas administrativas y debilitando su competitividad, sino que esta falta de diligencia está exponiendo a España a sanciones y procedimientos de infracción ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Me refiero, lógicamente, al nuevo ultimátum de la Unión Europea al gobierno de Sánchez por no aplicar la ley PYME.
Miren, los problemas del gobierno de Sánchez con la transposición de normativa de la Unión Europea al ámbito jurídico español se han convertido, desgraciadamente, en un incumplimiento habitual y han llevado a España a ser el país con más número de infracciones y sanciones impuestas desde Bruselas junto a Grecia.
Así todo, por los motivos expuestos, consideramos que la propuesta de reglamento es conforme al principio de subsidiariedad establecido y animamos a todos los miembros de esta comisión a apoyar el presente informe.
Muchas gracias.
Muchas gracias a la señora delegada Taramona Hernández.
Si algún grupo de parlamentarios quiere, todavía habrá, en cuyo caso queda aprobado por asentimiento.
El punto 5 del orden del día es la propuesta directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican las directivas 2014-65 y 2022-2557 en lo que respecta a la ampliación de determinadas medidas de mitigación disponibles para las pequeñas y medianas empresas y a las empresas de mediana capitalización y otras medidas de simplificación.
Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo la señora Corujo Berril.
No, no, gracias. Ah, perdón. No, perdón. El señor... Gracias, señor presidente.
Son varias las propuestas de normativa comunitaria que vienen hoy a pasar. El control de aplicación del principio de subsidiariedad, que tiene mucho que ver con uno de los objetivos principales que tenemos marcado como organización y como Unión Europea, que es la mejora de la competitividad y la remoción, el remover todos aquellos obstáculos que puedan suponer disminuir la capacidad de competir y por lo tanto de crecer, de desarrollarnos y de mejorar.
En este caso, y bueno, lo decía, la competitividad y la productividad son esenciales para el desarrollo de las empresas y es elemento central de la política de la Unión Europea.
Ya en 2023 la Comisión constató la necesidad de simplificar los requisitos de información para las empresas y para las administraciones. Y hubo un compromiso de reducción de un 25% del...
Reducción de los costes administrativos que en el caso de las pequeñas empresas de las pymes se elevó al 35% en las medianas y pequeñas empresas de reducción de costes. Mario Draghi, como ya ha comentado la persona que me ha antecedido en el punto anterior, en su informe El futuro de la competitividad, sugiere que la Comisión, y ciñéndonos a lo que afecta a este punto, amplíe las medidas de mitigación existentes, las que son disponibles para las pymes, y proponga medidas de simplificación, en este caso no solamente para las empresas de mediana capitalización, sino también para las pequeñas y medianas empresas y para las microempresas.
El objetivo es apoyar a las de mediana capitalización que se enfrentan a desafíos muy similares a los de las pymes, en la medida en que todavía se encuentran en etapas de crecimiento y que se puedan beneficiar de la proporcionalidad a la que me refería y que dejen de estar sujetas a las mismas exigencias que las grandes empresas, que tienen muchísima mayor capacidad para afrontar el cumplimiento de las normas. En concreto, la norma establece condiciones específicas para garantizar que los mercados de crecimiento beneficien efectivamente también a las de mediana capitalización, facilitando su acceso al capital. Además, es una propuesta que va a permitir a este tipo de empresas importantes ahorros de tiempo y de costes, también en el contexto de las ofertas públicas. Es una valoración preliminar que no puede ser por menos que positiva. Los intereses españoles, además, se alinean con la propuesta, especialmente en lo relativo a garantizar la simplificación de las cargas administrativas y a fomentar la competitividad de las empresas en el entorno del mercado único. No es una propuesta que haya generado discrepancias ni debates en el seno de la Unión Europea y, bueno, remarcar a efectos del control en la aplicación del principio de subsidiariedad que las obligaciones que se imponen a las empresas se imponen de manera directa e indirecta a través del derecho de la Unión y, por lo tanto, solo podrían modificarse a escala de la propia Unión Europea. Es por ello que solicitamos el apoyo a esta propuesta de acuerdo al principio de subsidiariedad. Muchas gracias. Tienen la palabra los grupos parlamentarios. Aprobaremos, en su caso, por asentimiento, esta nueva iniciativa.
El punto 6 del orden del día es la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el reglamento 2021-1119 por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo la señora Martín Pérez.
Gracias, presidente. La presente propuesta modifica el reglamento 2021-1119 y se basa en el artículo 192, apartado primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece que la Unión Europea debe contribuir a alcanzar, entre otros, el objetivo de la lucha contra el cambio climático. Para ello, Europa ha establecido un ambicioso marco para descarbonizar su economía de aquí al año 2050. En el citado reglamento se establece el marco para lograr esa neutralidad climática y la Unión Europea ha fijado sus objetivos climáticos tanto para el año 2030 como para el año 2050. El artículo 4, apartado tercero de este reglamento exige además un objetivo climático intermedio para 2040, que marque el ritmo de reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero a escala de la Unión Europea, para lo cual la Comisión Europea debe presentar una propuesta legislativa de modificación del citado reglamento. Así lo hizo el 6 de febrero del año 2024, cuando la Comisión publicó una comunicación sobre el objetivo climático de la Unión para 2040. La comunicación presenta una reducción neta de las emisiones de gases de efecto invernadero del 90% en comparación con los niveles de 1990 como objetivo recomendado para 2040. Esta propuesta, señoría, no prescribe políticas, tecnologías ni medidas específicas y deja a los Estados miembros flexibilidad para alcanzar los objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Asimismo, el informe de evaluación de impacto que acompaña la presente comunicación sobre el objetivo climático para 2040 indica que el logro de un objetivo climático para ese año implicaría esfuerzos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de la Administración.
miembros y con carácter excepcional. Además, se ha de señalar que la acción conjunta de la Unión Europea ofrece seguridad jurídica a operadores económicos y autoridades de vigilancia de mercado. Por los motivos que les he expuesto, les pido su voto favorable a la propuesta de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que hemos enumerado al principio. En lo que respecta a la digitalización y las especificaciones comunes, dado que es conforme al principio de subsidiariedad establecido en el vigente Tratado de la Unión Europea. Gracias. Muchas gracias al señor Almirón Ruiz.
Tiene la palabra los grupos parlamentarios. Procederíamos a su aprobación por asentimiento y pasamos al punto 8 del orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los reglamentos 765/2008, 2016/424, 2016/425, 2016/426, 2023/1230, 2023/1542 y 2024/1781 en lo que respecta a la digitalización y las especificaciones comunes. Se ha recibido informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo el señor Cruz Santana.
Muchas gracias, señor presidente. Efectivamente, y de ahí el error. Pensaba que me tocaba el anterior. Es porque se trae una nueva propuesta referida a digitalización y a las especificaciones comunes y serviría perfectamente la exposición que ha hecho mi compañero en relación tanto al contenido, a la posición de España y también a que se acomoda al respeto y al cumplimiento del principio de subsidiariedad. En esta iniciativa, y voy a ser muy muy breve porque no será tampoco de cansaros con las mismas argumentaciones. En resumen, la iniciativa pretende optimizar y digitalizar las obligaciones de los agentes económicos, introducir un contacto electrónico obligatorio en los productos, permitir la entrega digital de declaraciones de conformidad e instrucciones de uso, manteniendo excepciones para la información de seguridad. Fomentar la interoperabilidad a través de carteras digitales empresariales y el pasaporte digital de producto. Establecer un marco armonizado para las especificaciones comunes. Desde la perspectiva española, como decíamos, consideramos que tiene impactos positivos. En cuanto a las pymes, reducción de coste y simplificación de trámite, la introducción del contacto electrónico obligatorio facilitará la trazabilidad y la comunicación con las autoridades de vigilancia del mercado, favorecerá el uso de pasaporte digital, la competitividad. Y bueno, en la misma línea que decía el señor Almirón, pues el problema fundamental, las dudas en las reservas que se tendrán que resolver a lo largo de la tramitación de esta propuesta, tiene que ver con las especificaciones comunes, en las que sí es verdad que hay un debate abierto en el seno de la Unión Europea. Pero bueno, aquí lo que nos compete es valorar la aplicación y conformidad de la propuesta con el principio de subsidiariedad. Y en este caso, por el carácter transfronterizo del mercado anterior, por la necesidad de un marco armonizado en materia de digitalización, que solo puede desplegarse de forma eficaz mediante norma uniforme a nivel de la Unión Europea. La consideración de las propias especificaciones comunes como un instrumento, una herramienta excepcional, pues por todo ello entendemos que la propuesta sí se acomoda al principio de subsidiariedad y, por lo tanto, la propuesta de informe que hacemos en sentido favorable. Gracias.
Muchas gracias al señor Cruz Santana. Tendrán la palabra los grupos parlamentarios. Procedemos entonces para su aprobación por resentimiento.
Y pasamos al punto 9 del orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la eliminación gradual de las importaciones de gas natural ruso, la mejora del seguimiento de las posibles dependencias energéticas y la modificación del Reglamento 2017/1938. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para su presentación el señor Hispán Iglesias.
Muchas gracias, señor presidente. Es sabido que Rusia desde el principio del siglo XXI ha utilizado el gas como un instrumento esencial para extender su influencia geopolítica. Lo hizo creando dependencias de su gas barato para a continuación chantajear a las naciones dependientes del mismo y someterla a sus intereses. Lo hizo con las naciones del centro y el este de Europa y lo hizo con Alemania a través de los gasoductos Nord Stream 1 y 2, en el que el error estratégico de Alemania fue de la mano de la corrupción, entre no pocos que se vieron involucrados en el mismo, singularmente el socialista Gerhard Schroeder. La guerra de Ucrania nos obliga a tomar medidas para evitar que seamos los europeos quienes financiamos a Rusia su guerra a través de la compra de gas. La presente propuesta se basa en la comunicación Repower de mayo de 2022 y en la declaración de Versalles de los jefes de Estado y de Gobierno que pedían…
Poner fin a la dependencia de Europa de la energía rusa mediante la mejora de la energética, la aceleración del despliegue de renovables y la diversificación del suministro. El reglamento que se informa establece un nuevo marco de transparencia y seguimiento mediante la modificación del artículo 14 del reglamento que establece que los importadores de gas natural de origen ruso faciliten información contractual detallada a la comisión y a las autoridades nacionales competentes. A pesar de los importantes avances y de la interrupción del tránsito de gas ruso a través de Ucrania a finales de 2024, las importaciones de gas ruso se mantienen en la Unión. Se calcula que en 2025 representan alrededor del 13% de las importaciones totales de gas de la Unión. Países como España han incrementado notablemente sus compras de gas a Rusia por una cantidad de 10.000 millones de euros desde el inicio de la guerra. Señor socialista, financiar masivamente a Rusia, como ustedes han hecho, es estar en el lado correcto de la historia, como presumen.
La medida principal propuesta en esta reforma del reglamento es la prohibición, a partir del 1 de enero de 2026, de las importaciones de gas basadas en nuevos contratos celebrados después del 17 de junio del 25 y la prohibición de las importaciones restantes basadas en contratos existentes para el 17 de junio de 2026, en el caso de contratos de gas a corto plazo y a más tardar a finales del 27 en contratos de gas a largo plazo. Este plazo ha quedado obsoleto, ya que el lunes la comisión anunció un paquete de sanciones que adelanta al 1 de enero de 2027 la prohibición total.
Por tanto, vamos a dar la opinión sobre un texto que ha quedado desfasado. A mi grupo le parece bien, pero nos gustaría que el Gobierno actualizase su informe respecto a las consecuencias de este adelanto, un informe en el que además de literatura debería incluir números, saber cuál va a ser el coste para la economía española de esta improvisión y de haber ido a remolque. Porque en el informe que nos remitieron ayer ya incluía párrafos alarmantes sobre terminación abrupta de los contratos de GNL y que el coste debe ser asumido por la Unión Europea. Nos gustaría saber qué propuestas va a hacer el Gobierno sobre este coste.
El Gobierno debe estar presente en estos debates porque afecta a temas esenciales como es la cuestión energética, pero consideramos que lo relativo a este reglamento es oportuno, necesario y que respecta el principio competencial del que en el futuro esperamos más información por parte del Gobierno de España.
Muchas gracias. Solo para aclarar, entiendo que no hace falta solicitar un nuevo informe al Gobierno sobre este reglamento. Cuestión distinta los que vengan a... Sobre este reglamento no. Lo que pasa es que como la comisión el lunes anunció una reforma de este reglamento... Correcto, entonces cuando venga el nuevo, pues, ¿no? Sí, o la propuesta. No sé de qué manera lo va a articular la comisión este cambio de fechas. Pero vamos, como tenemos que pronunciarnos sobre un reglamento, sobre una propuesta pasada, bueno, pues, con lo que tenemos.
Entonces procederíamos a su aprobación.
Sí, simplemente recordar. Algunos confunden una comisión de informes de subsidiariedad con una comisión de PNL. Creo que deberíamos saber dónde estamos y qué hacemos en cada momento. Además, no es la primera vez que ese diputado tiene ese problema. Muchas gracias.
No sé si algún grupo parlamentario quiere intervenir. Procedemos a la aprobación del informe.
Pasamos al siguiente punto de orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, porque se modifica el reglamento 575.2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito en lo que respecta a los requisitos aplicables a las exposiciones de titulización. Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para presentar el mismo la señora Pascual Rocamora.
Gracias, Presidenta. Buenas tardes, señorías. Tras los informes de Enric Coleta y Mario Draghi de 2024, se ha recomendado que la titulización sirva como medio para reforzar la capacidad de préstamo de los bancos de la Unión Europea para atender las necesidades de financiación de las prioridades de la Unión, entre ellas la defensa, la creación de mercados de capitales más profundos, la construcción de la Unión de Ahorros e Inversiones o el aumento de la competitividad en la Unión Europea. La experiencia con el marco de titulización que se puso en marcha tras la crisis financiera de 2008 indica que es un marco demasiado conservador y limita el uso potencial de las titulizaciones en la Unión Europea, dado que los elevados costes operativos y los requisitos de capital, pues al final lo que hacen es, son excesivamente conservadores, indebidamente elevados y no son suficientemente sensibles al riesgo. Entonces mantienen a muchos inversores fuera de este mercado.
Esta revisión servirá para ajustar el marco prudencial aplicable a los bancos y las aseguradoras, reflejar mejor los riesgos reales y eliminar los costes prudenciales indebidos a la hora de emitir e invertir en titulizaciones. Al introducir el concepto de un límite máximo de ponderación de riesgo sensible, en el que los umbrales mínimos de ponderación son proporcionales al nivel de riesgo del conjunto de exposiciones subyacentes, las escalas se han equilibrado para lograr mejores resultados en términos de reducción de los requisitos de capital, manteniendo al mismo tiempo resultados prudentes. Con lo cual, consideramos que la propuesta de reglamento es conforme al principio de subsidiariedad establecido. Muchas gracias a la señora Pascual Rocamora por su presentación.
Si algún grupo parlamentario quiere intervenir. El señor Sánchez García.
Con la venia, señor presidente. Bueno, señora oradora, lo que usted nos ha explicado no tiene que ver nada con la subsidiariedad. Uno. Dos. Lo que ha dicho usted es intrínsecamente contradictorio. No sé si esto es de su cosecha o se lo ha escrito alguien, me da exactamente igual. Dice usted que es excesivamente conservador y luego dice que claro, que entonces eso... Propicia más riesgo, aclarece, o es conservador y por lo tanto no propicia el riesgo, o si propicia el riesgo tendrá que ser menos conservador. Por lo demás aquí, lanzar grandes campanadas sobre la titulización, pues bueno, como lo ha dicho la Unión Europea, pues nos callamos. Pero vamos, es una cosa, en fin, un poco de chiste, sobre todo los que, si hablamos de aquellos que resultaron perjudicados por esos abusos que... Hubo ocasión de detectar y de sufrir en la crisis de 2008 y años sucesivos.
Muchas gracias al señor Sánchez García. ¿Algún grupo parlamentario más?
Entonces, procedemos a su aprobación por asentimiento.
Y vamos al penúltimo punto de orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el reglamento 2017-2402 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2017, porque se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada.
Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene el señor Sánchez García. Gracias, señor presidente, con la venia.
Bueno, podría reiterar lo que acabo de decir en alguno de sus particulares, no todos. Ya anuncio, como interpreto que han tenido ocasión de comprobar los señores diputados y senadores, que el informe es favorable a considerar esta iniciativa conforme con el principio de subsidiariedad, toda vez que, en definitiva, se trata de una regulación de derecho mercantil sobre ese, vamos a decir... sospechoso fenómeno de la titulización cuando ha habido abuso de él, y lo ha habido, pero que en síntesis es algo que afecta al mercado interior.
Por lo tanto, el mercado interior es objeto de la iniciativa legislativa y es también materia compartida entre la Unión y los Estados Unidos y por lo tanto es preciso informar acerca de la conformidad de esta iniciativa con el principio de subsidiariedad.
Sabido esto y sabido también que es una iniciativa legislativa de reforma de normas ya en vigor, me permito decir algo en contra de lo que he oído esta mañana en algún turno anterior. Y es que ha dicho un ponente del Partido Socialista, si no hierro, que claro, lo que sea reforma de normas preexistentes no precisa de examen de conformidad con el principio de subsidiariedad. Eso tampoco sé quién se lo ha contado a usted o si es su cosecha, pero eso es erróneo. Claro que precisa, porque usted lo que tiene que hacer es examinar el contenido objetivo de la reforma.
Aquí hemos visto en este Parlamento ya muchas reformas que no guardan ninguna relación con las normas preexistentes reformadas. Algún caso de esto ha dado lugar, por cierto, a un auto del Tribunal Constitucional que suspendió la tramitación de unas enmiendas.
Bueno, quiero decir con esto. Esto que dice usted, perdóneme, pero es erróneo también. Claro que hay que examinarlo. Usted puede decir que habría una presunción de que como quiera que reforman normas preexistentes y aquellas ya fueron suyos informadas acerca de su conformidad con el principio, pues cabe presumir que estas normas no son de la norma.
También cabe presumir prima facie, pero usted las tiene que examinar en su contenido material, porque con una reversa en contenido material, si verdaderamente se está excediendo de aquello que no debe ser excedido porque sería en detrimento de los Estados miembros, que eso es lo que pretende el principio de subsidiariedad. Bueno, en cuanto a esta reforma en particular, de esa iniciativa sobre la que... Versa el examen, en este caso, desde el punto de orden del día, no hemos advertido en el contenido objetivo material de esta iniciativa nada que pueda reputarse necesariamente contrario al principio de subsidiariedad y, por lo tanto, el informe es favorable.
Gracias al señor Santiago García.
¿Algún grupo parlamentario que quiera tomar la palabra? Procederíamos a su aprobación por asentimiento y pasamos al... Último punto del orden del día, la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo del Consejo, por el que se modifican los reglamentos 1907-2006, 1272-2008, 528-2012, 2019-2021 y 2021-697, en lo que respecta a la preparación en materia de defensa y a la facilitación de las inversiones en defensa y las condiciones para la industria de la defensa.
Se ha recibido el informe del Gobierno e interviene para su presentación el señor Sánchez García.
Hola, señor presidente. En primer lugar, agradezco a la mesa que haya aceptado desplazar del orden del día este informe al último punto, porque yo me he retrasado en llegar a la sesión de la comisión.
Y ahora, entrando ya en lo que es propiamente la materia de esta iniciativa legislativa, debo decir que sí se ha recibido informe del Gobierno, como ha dicho el señor presidente de la comisión. El informe del Gobierno tiene la cualidad de distinguir sobre el contenido material de la iniciativa y distingue bien, en mi opinión. No llega a ninguna conclusión clara, pero distingue bien. Porque dice que algunas de las reformas que se pretenden son relativas a Medio Ambiente y Mercado Interior, que son competencias compartidas y que, por lo tanto... procede examinar su compatibilidad o su conformidad con el principio de subsidiariedad. Y sobre estas, pues yo debo decir que he examinado su contenido, como sucedía en el caso anterior, el anterior punto del orden del día. Tampoco observamos nada que pueda ser necesariamente disconforme con el principio de subsidiariedad.
Y luego hay una segunda parte, que es la que se destaca en esa división por el Gobierno, que es la relativa... a lo que es el Fondo Europeo de Defensa, EDF por sus siglas en inglés. Claro, esto ya es más discutible porque... digo discutible, pero no necesariamente nos vamos a oponer por lo que voy a exponer. Es discutible porque el legislador europeo tiene acaso la escasa habilidad de decir que todo esto se ordena a la defensa de Europa. En relación con la guerra de Ucrania, bueno, pero vamos a ver si es que la Unión Europea no tiene competencias en materia de defensa. Entonces, ¿aquí de qué estamos hablando? Es que no estamos hablando de una materia que no precise de examen en cuanto a su regulación, con arreglo a lo que sea el principio de su conformidad o disconformidad con él. Es que no es una materia de la que sea competente la Unión Europea. Si todos los acuerdos que se están adoptando, salvo cosas como esta, sobre el conflicto bélico en Ucrania por la invasión rusa, son decisiones intergubernamentales, por una razón, porque decisiones no puede haber de la Unión Europea. Bueno, puede haberlas y ha habido alguna, pero son decisiones adoptadas ultravires. La Unión Europea ya sabemos que tiende a hacer lo que le da la gana, entre otras cosas porque los gobiernos y los estados miembros lo consienten, en lugar de impedírselo, no afeárselo, impedírselo. Bueno, y esta es la cuestión.
Entonces vamos a ver, aquí el Fondo Europeo de Defensa. El Fondo Europeo de Defensa en su constitución... Ya es algo discutible, toda vez que, como digo, la Unión Europea no tiene competencias en materia de defensa. Pero, en fin, existe, preexiste. Y preexiste por un reglamento reformado en una ocasión precedente a esta. Bien. Ahora, para contraerme a lo que es la subsidiariedad en relación con esa iniciativa legislativa. ¿Qué se dispone aquí? Todo lo que se dispone, a pesar de que se reconoce expresamente que es para facilitar la defensa europea...
En hipótesis relativas a la guerra de Ucrania, que no se dice cuáles son, por cierto, no se dice cuáles son, porque es evidente que la guerra de Ucrania no tiene lugar en el territorio de ningún Estado minorano europeo, en fin, no se dice.
Lo cierto es que las reformas, repito, son sobre todo relativas a la industria, a la industria de defensa. Bien, en esa medida, y como quiera que sean relativas a la industria de defensa, no podemos negar que la industria sí es una competencia de la Unión Europea, toda vez que al menos la menciona el artículo 6b del Tratado de Funcionamiento Europeo, cuando dice que las acciones de la Unión Europea podrán tener por finalidad apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados miembros en su finalidad europea, en materia de industria.
Y luego también es cierto que como quiera que la industria de defensa es una industria de alta tecnología, es cierto que el artículo 4.3 del Trato de Financiamiento de la Unión Europea dice que cabe... Perdón. Sí, von der Leyen debe estar pendiente en lo que diga. Para advertirle que... No tengo ninguna duda. Que hacen acta ordinal. No tengo ninguna duda. Ya le convendría. Bueno, pero no creo que lo haga.
Digo que puede entenderse referida en su contenido material de esta iniciativa lo que sería la investigación y desarrollo tecnológico y el espacio mencionados en el artículo 4.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Bien, pues en esa medida tampoco tenemos una objeción definitiva a esta iniciativa legislativa en cuanto a su conformidad con el principio de subsidiariedad. No por ello creo que deben ignorarse los comentarios que he hecho sobre acaso ciertos excesos.
Y por último, concluyo con algo que ya he dicho aquí en esta comisión varias veces. No sé, yo creo que aquí estamos como... fascinados por un descubrimiento del Mediterráneo del señor Draghi en octubre de 2014, que ni es descubrimiento ni es nada, que es que nos dijo que todo se resuelve en las economías europeas invirtiendo en defensa.
Bueno, pues si esto es así, esto es así, no me puedo explicar cómo no se le ha ocurrido a nadie antes del señor Draghi. Y si no es así y es falso, pues basta ya de decir bobadas, porque evidentemente... Esta industria de defensa no es como un huento amarillo que va a resolver todo, ni una panacea para los problemas de la economía europea y en particular los problemas de la industria europea, que en el caso de España está depauperada desde el ingreso de España en las comunidades europeas.
Nada más. Muchas gracias, señora Cintia García. Procedemos a aprobarla por asentimiento. Y con esto finalizaríamos la presentación de los diferentes informes de subsidiaría que teníamos previstos y procederíamos a la suspensión de la comisión hasta la celebración de las comparecencias que tiene previstas el secretario de Estado para la Unión Europea.
Si les parece a los tres portavoces de los grupos parlamentarios, en este tiempo en el que el resto de la comisión se va a tomar un café o lo que proceda, nosotros podríamos trabajar y adelantar la asignación de los diferentes informes de asesoría que son 24. Entonces tenemos un trabajo intenso.
Muy bien, pues reanudamos la sesión de la Comisión Mixta para la Unión Europea, dándole la bienvenida al secretario de Estado para la Unión Europea, el señor Fernando San Pedro Marcos, y procediendo en este caso a la celebración de dos comparecencias, la primera a petición propia para dar cuenta...