Senado · Agricultura
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Log inel nombre de Dios y de la Patria se abre la sesión de Agricultura obviamente nuestra senadora Alejandra Sepúlveda y una posibilidad de verse y la Comisión de Incentivos a la Gestión Sostenible de Suelos Agropecuarios. En el caso de los agropecuarios, la Comisión de Incentivos a la Gestión Sostenible de Suelos Agropecuarios está en el Congreso de los Estados Unidos. Sí, le damos la bienvenida a los senadores, la Senadora Alejandra Sepúlveda, el Senador Durana, a los asesores del Ministerio de Agricultura. Hoy día, vuelvo a dar las excusas oficiales del Presidente, que hoy día está también afectado por un problema físico, no pudo acercarse al Senado. Le agradecemos a los senadores que hoy día estamos dando coro, incluida la Senadora Sepúlveda, que a pesar de su accidente hoy día en la mañana está acá presente. Y le damos la palabra a la Secretaría por la cuenta. Presidenta, tenemos solo un documento en la cuenta, que es un oficio del Presidente de la República, con el que hace presente la urgencia con carácter de suma al proyecto de ley que modifica la ley número 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada de obras de riego y drenaje para facilitar su aplicación en casos de catástrofe y emergencias que se indican, correspondiente al Boletín 16.932-01. Para el día de hoy está en tabla iniciar el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto de ley que establece un sistema de incentivos para la gestión sostenible de suelos degradados, Boletín 16.391-01. Se hizo llegar un documento, una proposición de votación por parte de la mesa de asesores, que está en cada una de las carpetas de ustedes. Esta es la carpeta. Ya. Ya, está todo, sí. Sí, perfecto. No sé si hay algo que comentar de parte del Ministerio de Agricultura para dar inicio al proceso. Presidenta, muy buenas tardes. Senadora, con mucho cariño espero que se recupere pronto. Senadores, hoy día estoy oficiando que el subsecretario de Agricultura es un arrogante, entonces me toca dar estas palabras iniciales. No, lo principal, lo firmo. Ojalá, ojalá. Comentarle, Presidenta, y a las senadoras y senadores por su intermedio, que en este momento nosotros empezamos la votación en particular de este proyecto y nosotros estamos muy satisfechos del trabajo de la mesa de asesores que ha dado muy buenos frutos en esta Comisión. Fueron alrededor de siete sesiones entre agosto y octubre y donde muchos de los artículos no requirieron una discusión, por lo cual tampoco hubo indicaciones al respecto. Entonces había pleno consenso, o se llegaron a estos consensos en base a la discusión técnica y también evidentemente política que en algún grado tiene esta mesa. Insistir que creemos nosotros que es muy valioso esta instancia de las mesas, más allá de la consideración que ustedes tienen que tener en estas sesiones para aprobar o no los artículos, pero estamos muy optimistas de esta discusión. Yo creo que podemos avanzar bastante rápido, hay una serie de artículos, como bien dice la minuta, que son parte de esos consensos e ir centrando la atención evidentemente en los artículos que están al final de la minuta, que son donde hay algunas discrepancias que creo que vale la pena discutir. De todas formas, como Ministerio, consideramos que no hay temas que nos hagan dudar de que el proyecto va a ver pronto la luz. Así que en eso yo creo que partimos con un buen pie. Eso, Presidenta, muchas gracias. Creo que es la apreciación que tenemos todos, de hecho yo estuve en reunión con el equipo técnico como tres cuartos de hora viendo justamente este proyecto ahora, no hay grandes diferencias, han hecho aporte algunos senadores que se han recogido, algunos de nosotros hemos hecho algunas sugerencias y por lo tanto pareciera que esto debiera tener una pronta resolución. Antes de comenzar, decir que había una idea del Presidente de hacer mañana una comisión en paralelo, lo que veo un poco complejo, que quiero preguntarle a los senadores. Primero, hay una sesión extraordinaria de 3 a 4 por el tema de Bosnia. También después hay, entiendo que es de coro calificado, aun cuando uno pudiera planificarse, pero está difícil, y después está el reajuste que sí requiere un poco más de análisis, que está terminando de revisar Hacienda y no sé cuál es la disposición, porque uno propone y Dios dispone. Ya dijeron que la planificación está hecha, no sé si ustedes creen que podremos igual hacer lo paralelo o simplemente lo suspendemos, porque... Sí, yo también tengo la misma opinión, quería preguntarle, porque no es fácil estar en paralelo con este tipo de discusiones, no sé qué piensa el senador Durana. La verdad que creo que se va a ver el tema del reajuste, que además está de misceláneas. Así es, muchas, como siempre. Hay un punto que se nos comentó que viene de renovación y que tenemos que estar observantes a lo que vimos el otro día. Sí, yo soy clara. Bueno, no solo el reajuste, sino que además hay muchas líneas misceláneas que hay que ver cómo va a estar, así que yo le pediría que... Ya, entonces el primer acuerdo para efectos de secretaría... Estaba citada. No sé si estaba citada, pero estaba solicitada de parte del presidente. Perdón. Estaba autorizado por la mesa en que a requerimiento nuestro nosotros podíamos sesionar de manera paralela, pero también hay un punto, era solo por incendio. Ya, perfecto, muy bien. Sí, su secretario. Presidenta, dos cosas. Nosotros estamos de acuerdo con suspender mañana la discusión, sobre todo porque la mesa técnica se junta mañana temprano por el mismo tema, entonces pueden haber temas que requieran madurar un poco, pero proponemos juntarnos el miércoles de 3 a 4 para abordar esos temas que aborda la mesa. Sí, de 3 a 4 comisión, dicen ustedes. Sí. Sí, adelante. Gracias, Presidenta. Saludar a las senadoras y senadores para la pronta recuperación, por cierto, de la senadora Sepúlveda y del presidente, además. Presidenta, respecto a las sesiones, efectivamente teníamos una conversación con el presidente en torno a tener sesiones mañana de 4 y media a 6, y el miércoles de 11 a 12:30, con el objeto de cubrir dos sesiones al proyecto de ley de incendio. Como indica el subsecretario, Presidenta, estaríamos de acuerdo con suspender atendidas las complejidades que han mencionado, y les queríamos proponer, si es que es posible mantener la situación de las 11 a las 12:30 en sesión ordinaria, pero agregar una de 3 a 4. ¿Por qué? Porque a las 4 de la tarde va a sesionar la sala y en el segundo punto de la tabla está también el proyecto que crea el Servicio Nacional Forestal. Por lo tanto, también se puede dar una continuidad al trabajo tanto de incendio y luego pasar a la sala a continuar con ese proyecto. Por eso proponíamos esa posibilidad con el objeto de continuar el trabajo de incendios. Yo tengo que informar que no tengo problema, efectivamente, 15-16, pero sí yo tengo, estamos invitando a una ceremonia de Janucá el miércoles, y extraordinariamente no voy a poder estar un rato porque tengo que presidir eso, y era porque además hay Navidad en la Cámara de Diputados, entonces no podíamos juntar. En ese escenario, si no tienen ningún problema, podríamos al menos acordar los dos horarios, senador. ¿Ningún horario? No. ¿Ningún horario? Yo sugeriría, igual, para que lo evalúe el Ejecutivo, que quizás lo que debiéramos apurar, en el buen sentido de la palabra, o agilizar, es el CISG, que está ya pronto a salir, o sea, si hoy día avanzamos hasta las 6, 6 y media, podemos avanzar muchísimo y nos quedarían tres artículos que son los únicos tres artículos que querían pendientes para CISG y con eso cerrar esta semana el proyecto. ¿Qué dice el subsecretario? Nosotros estamos a la disposición de avanzar lo más que se puede hoy día. Nosotros vemos que hay muchos artículos que se pueden avanzar rápidamente, y si es necesario que hagan un rato más largo hoy por nosotros, no hay ningún problema. O sea, si es que los senadores 6 y media... Hasta las 6, así que le haríamos... A particular la directora y el equipo, yo probablemente tenga que terminarme un poco antes, pero sí el equipo puede discutir hasta el final. Yo entiendo que vamos a tener de 11 a 12 y media, habría lo normal, habría comisión, y lo de 3 a 4... Conversemos lo mejor, ¿les parece? Y para no atrasar la discusión, daríamos inicio al procedimiento. ¿Me puede aclarar algún abogado a qué se refiere el artículo 55 de la ley número 458? Presidenta, por su intermedio. El artículo 15 formulamos una indicación para poder cambiar los términos que está establecido en el artículo 15 original. El artículo 15 original establece que quienes sean beneficiados por medio de algunos de los instrumentos establecidos por esta ley no podrán cambiar el uso de suelo. No obstante, en realidad, en la Cámara se produjo toda una discusión respecto al alcance de esta expresión. ¿Qué es lo que significa cambiar el uso de suelo? Y, en definitiva, lo que nos referíamos era a lo que se ha entendido como cambio de uso de suelo contemplado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcción. Por lo tanto, la indicación que presentamos en esta oportunidad lo que hace es cambiar la nomenclatura utilizada de cambio de uso de suelo por aquellos informes y autorizaciones que se exigen en el artículo 55 para los efectos de subdividir o lotear o erigir construcciones con fines ajenos a la agricultura. En el artículo 55, en sus incisos tercero y cuarto, se regula en esa hipótesis que requieren, en su caso, la aprobación de la SEREMI de Agricultura en el evento de que sea una subdivisión o loteo o del SAC con informe favorable al mismo en el caso de que sea una construcción ajena a la agricultura. ¿Ese es, Presidenta, el cambio que se propone? Tiene todo el sentido, porque en el fondo, si estoy pidiéndole un subsidio al Estado para mejorar el suelo para uso agrícola, sería ilógico que en paralelo esté gestionando una subdivisión para uso que no sea agrícola. Sí, adelante. Si un agricultor pide un subsidio, se lo dan y recupera, ¿no? Pero posteriormente tiene la posibilidad de entregar a un hijo o a una hija para poder postular a un subsidio rural que esté al lado. ¿No va a poder hacerlo? Porque, recordá que hay una ley, ¿no? Hay una ley que permite, ¿no es cierto?, construir hijos, nietos en el mismo lugar. Entonces, que no colisione con esa ley que permita, entiendo, para una subdivisión para vender, inmobiliaria, esas cosas. Pero estoy pensando más bien en la familia, ¿no es cierto?, que necesite poder tener ese tipo de subsidio, ¿no? Sí, le doy la palabra y avanzamos. Gracias, Presidenta. Muy breve, dos elementos. Lo primero es que, efectivamente, esa hipótesis que plantea por su intermedio la senadora Sepúlveda no está contemplada en esta prohibición, porque aquellas posibilidades de subdividir con los efectos de que se transmita a un heredero o a un hijo, por ejemplo, están contempladas en el Decreto Ley 3.516, al cual no alude esta norma, sino que alude a los cambios de uso de suelo del artículo 55, con fines ajenos a la agricultura, donde no está contemplada la vivienda del familiar, que sí está regulada en la letra J del artículo primero del Decreto Ley 3.516. Por lo tanto, no estaría esa hipótesis ahí. Y lo segundo es que la prohibición es respecto de la superficie sometida al plan de manejo. Por lo tanto, en la superficie que no esté sometida al plan de manejo, tampoco rige la prohibición. De tal manera que en ese lugar, independientemente de esta prohibición, podría realizarse esa solicitud del artículo 55 o la de la vivienda del familiar que plantea la Senadora Sepúlveda, por su intermedio. Sí, pero está bien aclarada la consulta. Sí, yo me quedé con una duda de la indicación anterior, que también le quería consultar la 12, ¿no? Donde dice que no podrán postular aquellos sancionados por infracciones contempladas al título quinto de esta ley. Si nos puede recordar cuál es el título quinto de la ley, que no lo tengo, como yo no he estado ahí. Entonces, me quedé con esa duda, Presidenta, al Ejecutivo. Es la indicación 12. ¿A qué se refiere en términos gruesos el título quinto de la ley? Sí, no hay problema. Andrea. Gracias, Presidenta. La indicación presentada es parte de la propuesta de sistema de incumplimientos y sanciones, donde se operativiza una sanción administrativa, que es impedir la postulación de beneficiarios infractores al sistema, según lo establecido en los artículos 19 y 20. Acá en el fondo lo que estamos diciendo es que aquellos que han sido sancionados por los servicios SAG y por el INDAP no puedan volver a postular. ¿Cuál es el objetivo de esto? El objetivo es que el INDAP, efectivamente, también puede establecer sanciones, pese a no tener la función fiscalizadora. Hoy día, tal como está establecida la normativa, pese a que se incumpla normativa dispuesta, por ejemplo, en el CIS, el INDAP no puede establecer sanciones. Y con esto le estamos permitiendo esa facultad. Muy buena la aclaración, porque efectivamente el SAG sí la tiene, el INDAP no. Así que estamos ordenando la casa. Ahora, sí, no dejo de preguntarme. Nosotros, no solamente en esta ley, en muchas, bueno, varias comisiones le hemos dado cada día más trabajo al juzgado policial local. Yo creo que es un tema que el gobierno va a tener que evaluar, porque las plantas, los cupos que hay en las comunas son bien escasos. Pero ese es otro tema. Así que avancemos, por favor, secretaria. Senadora Alejandra Sepúlveda. Yo tengo una duda en relación al comité técnico que se va a realizar. Claro. Y que yo creo que es muy interesante que puedan estar, no es cierto, tanto el sector público como el sector privado. Pero se van a enviar las observaciones, ¿no? Se envían las observaciones. ¿Pero dónde está la retroalimentación? ¿Existe de esas observaciones? Porque yo creo que es muy importante que fundadamente, ¿no?, se le diga, porque generalmente las regiones enviamos observaciones y el nivel central no pesca o no acusa, recibo de nada. Entonces, yo creo que si está en la universidad, que si está en línea, debería haber una instancia en la cual a mí me permitiera una respuesta institucional fundada de lo que está diciendo la región. Yo creo que sería importante, no sé si está, pero creo que además fundada. Porque siempre te dicen, no, ¿por qué? Porque no. Entonces, necesitamos saber por qué no. O por qué sí y lo incluyen posteriormente, ¿no? Senador Durana, hay aquí una observación. ¿No sería malo agregar unas letras D al listado que está ahí? Pero le damos la palabra al senador Durana y ahí responde. Adelante. En la línea de lo que ha planteado la senadora Sepúlveda, ¿verdad? Yo creo que tiene toda la razón, porque desincentiva a este comité si es que simplemente el Ceremi toma la decisión de que no es vinculante. Entonces, está bien, no es que le hagamos vinculante, pero al menos que este informe del comité llegue al nivel central y que haya respuesta. Porque si es solo al Ceremi, y para el Ceremi no es vinculante, va a haber un total desinterés en el funcionamiento de este comité. Entonces, al menos que exista una autoridad nacional que dé respuesta a las observaciones surgidas por el comité. Me parece de toda atención y ver la posibilidad si podemos modificar o anexar una letra nueva. Gracias. Le agradezco a los dos senadores. Yo estoy absolutamente de acuerdo. Usted, senador La Torre, yo creo que por un tema de responsabilidad con la ciudadanía, los invitamos a participar en forma voluntaria y no le contestamos y tampoco le respondemos por qué no, en caso de que fuera no. Le doy la palabra. Muchas gracias, Presidenta. Quisiera destacar que en el último inciso de este artículo se señala que el funcionamiento de los comités, así como el procedimiento de selección de los representantes que correspondan, será regulado por medio del reglamento de la presente ley. Nosotros estamos trabajando en el reglamento y específicamente hemos incluido que las resoluciones de los directores regionales deberán considerar, deberán, no podrán, deberán considerar lo que está establecido en los comités técnicos y en cualquier caso deberán emitirse resoluciones fundadas para los distintos actos administrativos. Eso respecto de la consulta. Respecto de la posibilidad que esto sea o no sea vinculante, la verdad es que por normativa nosotros no podemos ejecutar recursos públicos de forma vinculante a los resultados de un comité técnico y esto tiene que ver con la responsabilidad del Estado respecto de cómo se asignan y se ejecutan los recursos. Sí, de todas maneras lo que pedía la senadora era una respuesta fundada, nada más. Es una institución nueva, ¿no? Y esa institución nueva a mí me parece muy interesante, porque tú obligas al análisis en la región y, además, por la especificidad, o sea, lo que pueda pasar en la región de Ojigui no tiene nada que ver con lo que va a pasar en Arico, Parinacuta. Entonces, creo que debería, como estamos hablando del método, estás diciendo que no es vinculante, estás diciendo, no es cierto, por qué se conforma. Yo creo que correspondería ir aquí, y no en un reglamento, que las observaciones serán respondidas, ¿no es cierto?, en tiempo y forma y fundadamente. Eso. Subsecretario. ¿Va a responder Javier? OK. Presidenta, por su intermedio. En el análisis de los CTR, naturalmente, hay múltiples funciones que tienen, una de las cuales, por ejemplo, es formular propuestas al Minagre para el Buen Desarrollo del Sistema, que es natural que puedan tener esa facultad de opinar respecto a alguna adecuación normativa que haya que hacer. Pero quizás la función más importante de los CTR es la de la letra A, que dice relación con asesorar a los directores regionales del INDAP y del SAC para los efectos de administrar los recursos de los concursos. Y como bien ha indicado la directora de BAD, Presidenta, por su intermedio, este sistema es un sistema descentralizado, en donde los recursos son asignados directamente por los directores regionales del INDAP y del SAC. Y en ese proceso, emite una opinión consultiva este CTR, este Comité Técnico Regional. Ahora, esa opinión debe ser considerada en el acto administrativo que va a dictar el director del INDAP o del SAC, particularmente si es que la opinión del director del INDAP o del SAC va a ser contraria a la que manifiesta el Comité Técnico Regional. Al momento de formular ese acto administrativo, deberá fundarlo, porque es una exigencia general de todo acto administrativo y, en especial, los que sean, en este caso, distintos a los pronunciamientos o los informes intermedios que se produzcan dentro de este procedimiento. De tal manera que, por cierto, que las decisiones que tomen los directores regionales del SAC o del INDAP tienen que ser fundadas en ese caso, respecto de las propuestas que le haga el CTR en relación a la administración de los recursos de los concursos. Pero quizás puede ser distinto al momento en que formule una propuesta respecto al cambio normativo de la ley o del reglamento, porque en términos generales ellos estiman que algo no está funcionando para tal o cual motivo. Entonces, las funciones son distintas, pero respecto a la administración de los recursos, la decisión de los directores regionales del SAC o del INDAP debe ser fundada y, por cierto, que contener la respuesta favorable o desfavorable respecto a lo que propone el CTR. Gracias, Presidenta. Senadora Sepúlveda, con eso ya tenemos que resolver. Cómo se van a distribuir los recursos y que sean fundados, está bien, los recursos están ahí y van a ser regionales. Pero sabes que una de las dificultades más complejas que tenemos, precisamente en el minuto, por ejemplo, de las emergencias, que también te incluí aquí, en el minuto de la posibilidad de ocuparlo en lo comunitario, por ejemplo. Entonces, frente a esa situación, fíjate que en la región estamos siempre con las manos bien atadas y cosas que puedan ser novedosas en un programa, interesantes de aplicar, no se puede porque la normativa tiene ciertas características. Entonces, la región se transforma como interdicta, teniendo los recursos, y tenemos que más bien adaptarnos a los alineamientos nacionales. Incluso estoy pensando en los recursos del gobierno regional, ni siquiera en los de INDAP o del SAC, los del gobierno regional que necesitamos, que es plata nuestra de las regiones, no nos permiten gastarlo de determinada manera. Y tenemos que adaptarnos al instrumento, no a las necesidades. Entonces, creo que nosotros no podemos cometer el mismo error aquí. Y me acaba de hacer la indicación, que las opiniones de los comités no serán vinculantes para los directores regionales, sin perjuicio del deber de dar respuestas fundadas de las propuestas del comité. Eso es todo, eso es lo que pedimos. O sea, pedimos no ser interdictos, somos entes pensantes las regiones, queremos hacer propuestas porque tenemos identidades regionales y problemas regionales. Entonces, creo que deben incorporar esto para que a lo menos nos digan sí o nos digan no. ¿Podría dar lectura, por favor? Sí, yo colocamos... Fue así, en el segundo inciso, las opiniones de los comités no serán vinculantes para los directores regionales, no serán vinculantes. Sin embargo, es deber de dar respuesta fundada de las propuestas del comité. ¿Hay alguna...? No sé si... Porque al principio decimos opiniones y después decimos propuestas. Yo creo que eso hay que arreglarlo, claro, porque son propuestas en el fondo. Son propuestas las que se envían. Obvio. Pero esas propuestas tienen que ser... Primero de responder y segundo fundadamente. Hay mucha dificultad en agregar una letra D al listado. O sumarlo ahí mismo. En el segundo inciso, con modificaciones nomás. Porque lo han pedido dos senadores y yo comparto que es necesario. En el fondo es simplemente un... Claro, ni siquiera es que van a tener que acceder a lo que están proponiendo. Podrían responder que no y dar argumento. Por favor. Le proponemos lo siguiente, Presidenta. Tomar esto para analizarlo, pero para no dilatar esta discusión, seguir con una siguiente indicación y no solo tomarlo, lo dejamos considerando que... Que van a evaluar, aprobaríamos todo, pero quedaríamos pendientes con eso. Para que lo vea la Secretaría, quedaría pendiente una última letra, que hay una propuesta acá de redacción, pero ustedes tienen que consultarla, me imagino. Sí, Presidenta. Eso, pero dejar es que en el sentido de esta conversación, evaluar... Perfecto. Eso. Sí, sí, sí. Además. Que no se votaría. Que habría una indicación que no se votaría. Claro, porque en el fondo tienen que traer una propuesta a ellos. Perfecto. Ahora, nosotros lo único que queremos es que al trabajo voluntario de un comité en que se integra el sector privado, al menos esta condición de no vinculante es muy leonina. Entonces, lo único que queremos es que por lo menos Santiago sepa que se hizo una presentación y que al menos hay una opinión, porque es sentir muchas veces de una región. Ahora, entendiendo, para terminar el punto, que esto no tiene que ver con entrometerse en los puntajes, porque esto es un concurso, que hay puntajes técnicos, que no tiene que ver con las formas, con el procedimiento, con los criterios, con otras cosas. Cómo mejoramos el procedimiento, no con que alguien va a llegar y va a decir, mira, yo creo que los que estaban abajo suban. No, eso es otra cosa. Presidenta, entendiendo eso, por eso nosotros lo teníamos más considerado a nivel reglamentario, porque es más procedimental. Pero por eso, ahora nos abrimos a evaluarlo en el sentido que lo mencionan ustedes. Mire, yo no quiero seguir ahondando, pero todos hemos estado en servicios públicos en donde nos han pedido que voluntariamente nuestros gremios participen en estos procesos. Y la verdad es que muchos hemos discutido cómo podríamos mejorar, pero al final quedan una muy bonita conversación en el escritorio de la región y esto nunca, de alguna manera, le ha servido a alguien para mejorar el proceso. Entonces, eso es lo que estamos pidiendo, nada más. Entonces, ahora podemos seguir. Disculpe. Presidenta, en ese entendido, la indicación número 11 quedaría pendiente. La votamos, pero queda pendiente la modificación. Ya, el inciso, la nueva letra que se le agregaría. Luego pasamos a la página 16 del comparado, artículo 17, inciso segundo, letra A, la indicación 16 del Ejecutivo para suprimir el siguiente texto. Profesionales del área silvagropecuaria, tales como ingenieros ambientales, médicos veterinarios, ingenieros forestales o convención en conservación de recursos. Vamos, nomás. Pasamos a la página 18. La indicación 17 del artículo 19, también del Ejecutivo, para sustituirlo por el siguiente. Artículo 19. Las multas establecidas en la presente ley serán aplicadas por el juzgado policía local competente conforme al procedimiento ordinario dispuesto en la ley número 18.287 que establece el procedimiento ante el juzgado policía local y las reglas que a continuación se señalan. Las infracciones deberán ser denunciadas ante el juzgado policía local competente por las personas que señalan el artículo... Tercero de la Ley Nº 18.287, o por los directores regionales del Servicio Agrícola y Ganadero o del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la región que corresponda. Las infracciones serán conocidas por el juez de policía local de la comuna en que éstas hayan sido cometidas, salvo en los casos de las infracciones señaladas en los artículos 22 y 23, las que serán conocidas por el juez de policía local de la comuna donde se ubique el domicilio del infractor. La sentencia que dicta el juez de policía local será notificada a los directores regionales del Servicio Agrícola y Ganadero y del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la región respectiva para que dispongan de las medidas que correspondan aplicar en el ámbito de sus competencias. Esta indicación es materia de ley orgánica constitucional y habría que dirigir un oficio a la Corte Suprema. No sé si los abogados están pendientes de lo que planteó la secretaría. Si lo puede repetir, por favor. Sí, hay dos cosas. Uno, hay un error en el número de la ley. De la observación es número de la ley juzgado Policía Local y aquí no hay fecha porque uno entendería, porque aquí debiera decir en el año del concurso al que corresponda, porque no sé, o estamos seguros que esto siempre se hace así. Porque si hay situaciones en las cuales no se dio cumplimiento, no sé, ese mismo año que no dio cumplimiento, en este caso el agricultor se… ¿Hay plazo? Ya. Ok, entonces no he preguntado nada. Vamos nomás, dos años, harto tiempo. Pasamos a la indicación 18, de su excelencia el Presidente de la República, página 19 comparado, que se refiere al artículo 20, y es para reemplazarlo por el que sigue. Artículo 20. El que incumple un plan de manejo aprobado por causa que no constituyan caso fortuito o fuerza mayor, así calificadas por el respectivo director regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario o del Servicio Agrícola y Ganadero, según corresponda, ni sean consecuencia de una catástrofe o emergencia agrícola declarada por la autoridad competente, será sancionado con multa equivalente al monto total que le hubiere correspondido recibir. En aquellos casos en que el director regional respectivo determine que ha existido un cumplimiento parcial a lo comprometido en el plan de manejo aprobado, el instrumento se pagará proporcionalmente a lo ejecutado en él. Luego pasamos a la indicación número 19, página 20 del comparado, que recae en el artículo 21, que es para sustituirlo por el siguiente. Artículo 21. El que, habiéndose adjudicado recursos por medio de los instrumentos que establece esta ley, incumpla lo señalado en el artículo 15, será sancionado con multa equivalente al 200% del monto total que hubiese recibido o que le hubiese correspondido recibir. Voy a interrumpir. ¿En cuánto es lo que ha estimado el Ministerio de Agricultura, pensando en un promedio? Porque el 200% es harto. ¿Cuánto dinero más o menos? Adelante, por favor. Por su intermedio, Presidenta, no tengo actualmente las cifras del promedio. Voy a buscarlas, pero sí sé que el monto máximo de bonificación es alrededor de 8 millones de pesos. Esa es la mejor respuesta. O sea, el máximo de multas sería 16 millones. Senador. Presidenta, ¿qué pasa? O me imagino que un agricultor puede renunciar a la adjudicación del concurso, porque si no ha recibido nada de parte del Estado, me parece un poco injusto que se le castigue el 200%. Está bien el que recibió, pero ¿y el que no ha recibido? Sí. No, pero es que, por su intermedio, Presidenta, esto está regido a los que ya se adjudicaron los beneficios, no a los postulantes. Con las reglas cuando ya se ha adjudicado. ¿Se adjudicó? Mi pregunta es si yo a los adjudicados recibo dinero y obviamente yo lo que estoy trabajando en función del plan de manejo que yo comprometí en función del dinero que se me ha entregado. Pero yo quiero consultar del dinero no entregado. Es decir, que me imagino que uno es contra reembolso. Finalmente uno con su plata y después reembolsa ese plan de manejo. ¿También es el 200%? Creo que lo primero, podrían enlazar el artículo 15, que aquí está mencionado, todo. ¿En qué condiciones de temporalidad, como plantea el senador, se daría esta circunstancia? No, pero en términos generales, y Javier, voy a ahondar. En términos estrictos, cuando se adjudica, tiene que firmar un compromiso para realizar las labores. Y en ese momento entran todas las condiciones. Él puede, evidentemente, retractarse entre que se adjudica y firma el compromiso. Una vez hecho eso, empieza, ya tiene que realizar las labores porque ya está seguro de que va a usar los recursos públicos que fueron destinados para ello. Sería muy raro, por cierto, señor senador, al senador Durana, que alguien comience los trabajos y a la mitad diga no los requiero. Entonces, rebajenme el subsidio. Senador Durana. Lo que pasa es que yo hago un análisis entre la indicación 18 y la indicación 19. Entonces, en la práctica, en el terreno, cómo conversan, porque la indicación 18, de una u otra forma, dice que el director regional va a ver o va a evaluar un cumplimiento parcial y en la 19 dice que prácticamente se incumple y la multa es un 200%. Entonces, una cosa es la teoría y otra es la práctica. Claro, la práctica. Porque aquí dice el que incumple un plan que no constituye caso fortuito o caso de fuerza mayor, así calificada por el respectivo director, porque claro, si hubo una indignación y quedó la escoba, bueno. Entonces, dice, según corresponda, ni sea consecuencia de una catástrofe o emergencia, dice, será sancionado con una multa equivalente al monto total que le hubiera correspondido recibir. El máximo, lo que me plantean las profesionales es 8 millones de pesos, ¿cierto? Y, por otro lado, aquí dice, no, 16 es el doble. Y aquí dice, por otro lado, será sancionado con multa equivalente al 200%. La diferencia es lo que no nos entiende la duda. Gracias, Presidenta. El artículo 21 se refiere a los incumplimientos al artículo 15 y el artículo 15 dice relación con el cambio en el uso de suelo. Lo que aquí estamos hablando es que aquellas personas que en un periodo de dos años después de haber recibido una bonificación transmiten un cambio en el uso de suelo en los términos en que lo explicó el asesor del ministro de Agricultura, serán sancionados con una multa equivalente al 200% del total. Solo se refiere a la infracción que está vinculada con el cambio en el uso del suelo. En los otros casos, en el artículo anterior se hacía referencia a los incumplimientos en los planes de manejo. Sí, ahora se… Ahora, quizás pudo por orden, pero una cosa mía no más, que cuando se hablaba del 15 se inmediatamente se planteara el que no cumpla con esto. Hubiera quedado quizás más fácil de comprender, pero es algo más… Senadora. Yo tengo una pregunta también del orden más bien práctico. Cuando… Porque aquí hay un operador, ¿no? Hay un operador que nace el plan de manejo, etcétera. El seguimiento que hace el operador, ¿hasta qué minuto es o hasta qué minuto se va a establecer el seguimiento de ese operador? Me refiero a las prácticas, ¿no es cierto?, que se van a realizar en el minuto, ¿no es cierto?, de hacer las labores. Me refiero a un segundo estudio de suelo para saber la efectividad de lo que ocurrió. No sé si me explico, porque yo creo que es muy importante que los agricultores se informen de esto. O sea, les pongo un ejemplo. Un agricultor recibe fertilizantes para el plan de manejo y lo hace en otro lado, porque suele ocurrir. O no ocurría en forestación. Permanentemente. El plan de manejo se hacía en un lugar, pero después el agricultor creía que era mejor hacerlo en otro y hacía en otra parte deforestación. Entonces, si el agricultor quiere fertilizar en un lado y de repente dice, no, ¿sabes qué? No, voy a fertilizar en otro. ¿No hay conciencia mucho de la rigurosidad del plan de manejo? Entonces, es importante poder capacitarlo, es importante el seguimiento que haga el operador de las consecuencias y del lugar donde se afecta el suelo. Yo tengo ahí una complementariedad que me pueden ustedes... Yo entiendo que esto está todo georreferenciado, porque con eso ya estamos al otro lado. O sea, si hay georreferenciación exacta de los potreros y de la superficie, ¿no tendríamos por qué? Justamente como dice Alejandra, si hubo un cambio, el que va a supervisar se va a dar cuenta inmediatamente que no cuadra el punto, digamos, que se informó. Y ahí van a tener que tener, por eso que es importante que el director regional tenga la plasticidad de entender que no se hizo en el loteo o en el lugar A, sino que se hizo en el B. Pero se hizo. Sí, pero ahí yo estoy... Perdón que no estamos entrando en tierras más profundas, pero es importante porque yo no estaría de acuerdo. O sea, si yo fuera directora de algo, tenemos que conversar. Si yo cambio el potrero, cambio todo. Porque de un potrero a otro hay una diferencia gigante. No, porque es otro análisis de suelo, otra estructura, otra historia. Y yo creo que ahí el legamo de la ejecución está mal hecho, claramente. O sea, si yo quiero cambiar el potrero, tengo que cambiar todo el plan de manejo. O sea, desde partir del análisis de suelo hay que hacerlo de nuevo. Porque de lo contrario, todo lo que queremos nosotros, que es el seguimiento del impacto del programa, lo perdemos. Todo. Y el concurso y todo. Y el cálculo. Porque cuando uno hace cálculos para aplicación de productos y todo, lo hace en función de los datos de inicio. Entonces, yo creo que ahí, como plantea Alejandra, eso es una realidad que ocurre mucho más de lo que quisiéramos. Pero en ese contexto yo diría que ahí hay un problema de base que no es muy subsanable. O sea, el proyecto está mal ejecutado. Gracias, Presidenta. Efectivamente, en el literal D del artículo 2 establecemos que el plan de manejo está georreferenciado y, por lo tanto, está asociado a una superficie que no puede ser cambiada. ¿Puedo? Pasa. O sea, pero bueno, esta será parte de la responsabilidad del asesor técnico, del agricultor y de los acuerdos que firma. Porque entiendo que él tiene que firmar un compromiso. El no cumplimiento tiene multa y no es poca. Senadora, si esto ocurriera, que yo creo que va a ocurrir, ¿esto va a quedar a criterio del director o no? Porque en una parte dice que va a quedar a criterio del director. Entonces, no solo decir eso, porque a mí no me gustaría que quede a criterio del director. Porque lo que va a ocurrir es que podemos tener un criterio A, un criterio B y un criterio C para un mismo concurso. ¿No? Eso. Ya, vamos avanzando, pero están bien las preguntas porque van aclarando. Incluso que les guste de qué se trata esto. Directora, por su intermedio, Presidenta. Solo aclarar que lo que queda a criterio de los directores es en aquellos casos en que sea fortuito. Por ejemplo, ante la muerte de un productor. En esos casos queda a criterio del director... Fuerza Mayor. Claro. ¿Cuándo es Fuerza Mayor? Perfecto. Vamos, Secretaria. Página 21, el comparado. Indicación 20 del Ejecutivo para reemplazar el artículo 22 por el siguiente. Artículo 22. El que con el propósito de acogerse a alguno de los instrumentos que establece esta ley, proporciona antecedentes falsos o adulterados, o realice cualquier otro acto fraudulento tendiente a obtener indebidamente alguno de ellos, será sancionado con una multa equivalente al 200% de lo solicitado de conformidad al instrumento respectivo, lo anterior sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles, penales o administrativas que correspondan. Si el infractor ya ha percibido recursos por medio de alguno de los instrumentos que establece esta ley, se aplicará una multa del 200% de lo percibido, estando obligado además a restituir los recursos indebidamente obtenidos que correspondan. La misma sanción establecida en el inciso precedente se aplicará a quien, habiendo obtenido recursos por medio de alguno de los mencionados instrumentos, lo haya destinado intencionalmente, en cualquier forma, a una finalidad distinta a la contemplada en esta ley. La página 22 del comparado. Artículos nuevos. Artículo 21. Estas indicaciones de su Excelencia la Presidenta de la República, para intercalar a continuación del artículo 22, los siguientes artículos nuevos, readecuándose el orden correlativo de los artículos siguientes. Artículo. El operador acreditado que confeccione un plan de manejo utilizando maliciosamente antecedentes falsos, que elabore un informe técnico sin considerar los resultados de los análisis practicados por un laboratorio acreditado, o el que certifique falsamente hechos que constituyan presupuestos para el pago de alguno de los instrumentos que establece esta ley, será sancionado con una multa de 200 unidades tributarias mensuales y accesoriamente con la eliminación permanente del registro respectivo. Lo anterior, sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles, penales o administrativas que correspondan. El laboratorio acreditado o autorizado que expida un certificado sin haber practicado el examen correspondiente o que consigne en él datos distintos a los resultados obtenidos en el análisis practicado, será sancionado con una multa de 200 unidades tributarias mensuales y accesoriamente con la inhabilitación perpetua para participar en futuros concursos o procesos para el otorgamiento de los instrumentos que se regulan en esta ley. En caso de que el infractor sea una persona jurídica, se sancionará a sí mismo en la forma indicada en este inciso a quienes hayan suministrado los antecedentes o información falsa que sirvió de base para expedir un plan de manejo, informe técnico o certificado falso y a quienes hayan consentido o actuado concertadamente en la expedición de dichos documentos. La eliminación del registro en el caso de los operadores y la inhabilitación para participar en futuros concursos en el caso de los laboratorios acreditados serán implementadas por el Servicio Agrícola y Ganadero en la forma que establece el reglamento. Y el último artículo que se agrega dice lo siguiente, cualquier otra infracción a lo establecido en esta ley distinta a las señaladas en los artículos precedentes será sancionado con una multa de entre 10 a 50 unidades tributarias mensuales según determine el juez de policía local competente. Todas las multas que se apliquen de acuerdo con lo señalado en esta ley serán a beneficio municipal. La consulta con las reglas que hay hoy día, ¿cuánto hay anualmente de cobros de este tipo? No sabemos. Senador Durana. Presidenta, por si te intermedio, dos consultas a los profesionales. Lo primero es, ¿cómo conversa una multa del 200% de lo percibido con una multa de 200 unidades tributarias mensuales? Y lo segundo, cuando hablamos de instrumento público, porque estos son los antecedentes falsos, alterados, ¿no tendrá competencia otro tribunal de la República que no el juzgado policía local? Cuando estamos hablando ya de falsificación de documento o instrumento público, no sé qué tiene que ver el juzgado policía local en esta área. Gracias. Tiene la palabra Javier. Gracias, Presidenta. La primera pregunta, por si te intermedio, señor Durana, respecto a las 200 UTM en un caso y el 200% de lo percibido en el otro. Se trata de infracciones distintas, que por lo tanto se proporcionan en relación a lo que se ha otorgado. En el caso de las 200 es una infracción más tarifada con atención a la infracción concretamente que se plantea ahí, que dice relación con los laboratorios. Particularmente que expiden un certificado y una vez practicado el examen correspondiente, ahí estamos apuntando particularmente a uno de los sujetos que está habilitado en esta ley para hacer acciones en el marco de esta normativa. Ahí se aplican las 200 UTM, pero en el resto el 200% se aplica respecto al predio porque pueden ser los 8 millones que es el máximo de la bonificación, pero también puede ser mucho menos. Estamos pensando en el 8.3. Claro, es una norma residual, una norma válvula, quien definiría todas las otras infracciones no contempladas anteriormente se van a funcionar con ese monto. Ahora es un monto menor, porque ya las infracciones más graves que dicen relación con el plan de manejo, el cambio de uso de suelo, expedir antecedentes falsos, se identifica certificado maliciosamente, etcétera. Todo eso ya tiene su sanción particular porque en atención a su gravedad se le pone aquella multa, pero cualquier otra infracción no contemplada en estos artículos se sanciona con esta multa de menor entidad porque entendemos que son infracciones menores. Y a lo segundo, por su intermedio, Presidenta, la segunda consulta decía relación con si el Juez de Policía Local es el competente para estos casos. Aquí estamos hablando de infracciones de carácter administrativo que en definitiva aplica el Juzgado de Policía Local en su calidad de Tribunal de Justicia, que no forma parte del Poder Judicial, pero que no deja de ser un tribunal propiamente tal. Por lo tanto, le corresponde aplicar la sanción administrativa que es denunciada en este caso. El director del SAC o el director del INDAP, en su caso, que es un procedimiento administrativo sancionador más o menos tradicional. Ahora bien, si el director del SAC o el INDAP, o bien el mismo Juzgado de Policía Local, detecta que aquí hay un posible delito, naturalmente tendrá que remitir la denuncia correspondiente a la Fiscalía para que inicie la investigación penal, sea por ejemplo un delito de falsificación de instrumento público o otro que pueda detectar en el procedimiento. El Juzgado de Policía Local para estos efectos aplica la sanción administrativa y eso sin perjuicio de la responsabilidad penal por algún delito e incluso, como se dice en el proyecto, de otras responsabilidades civiles o administrativas. Gracias, Presidente. El laboratorio no haya engañado por ABC motivo, ¿no? ¿Qué es lo que pasa con el agricultor? Porque a lo mejor incorporó el Plan de Manejo, hizo el plan de manejo que correspondía, pero fueron otras instancias a las cuales no tuvieron... se hizo esto, por ejemplo. Entonces, efectivamente en el plan de manejo no era el adecuado. Ah, no correspondía, no tenía los antecedentes para que estuviéramos, no las consecuencias positivas que queremos con la fertilización, pero el agricultor no tendría por qué pagar en las complicaciones, no supongo yo, ni el operador ni este, si fuera solo uno, o sea, que esto fuera compartimentalizada la responsabilidad de las multas, ¿no? El Presidente, por su intermedio, efectivamente acá la responsabilidad es de quién ejecuta el instrumento, o sea, en el caso de los laboratorios, si el laboratorio extiende un informe donde se detecta que o no se realizó el análisis o la información entregada no corresponde a la que efectivamente es el resultado de los análisis, la sanción va al laboratorio y no existe ningún tipo de sanción al productor. Lo mismo en el caso de los operadores, y los operadores realizan un plan de manejo fraudulento que no da cuenta de las consecuencias del terreno, las sanciones al operador y tampoco al beneficiario. Es importante aclarar que aquí lo que dice la redacción es el laboratorio acreditado autorizado que expide un certificado sin haber practicado el examen en los datos distintos a los resultados. ¿Por qué? Porque podría haber una muestra mal tomada y eso no es responsabilidad del laboratorio. Ojo con eso, porque se contaminan las muestras. La gente cree que sabe tomarla y no. Entonces, eso es en la página 22, artículos nuevos del 21 en el tercero. Sí, segundo, lo digo solo para que quede la historia de la ley, que son cosas diferentes, no porque, o sea, que le cierren el laboratorio y todo, cuando en realidad la responsabilidad no le corresponde, era de otro. Sí, ya podemos seguir, por favor. Presidenta, página 23 del comparado, indicación número 22 que recae en el artículo 23 de su excelencia el Presidente de la República para reemplazar la frase de alguna universidad reconocida por el Estado por lo siguiente que lo permitan. Página 23. Luego pasamos a la torre, es el sentido de la indicación, o sea, que en relación a las universidades. Si no puede explicar un poquito el contexto de la indicación. A ver, efectivamente acá se dispone que Odepa, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, será responsable de gestionar la evaluación de impacto del sistema y la Cámara de Diputados se incluyó el que este debe ser realizado por alguna universidad reconocida por el Estado. Y la propuesta del Ejecutivo es dejarlo abierto a los distintos participantes que, bueno, que participan de una licitación. Esto así tradicionalmente se ha hecho y en la segunda propuesta. Nosotros lo dejamos más abierto, no solo sujeto a la universidad, institutos de investigación como, por ejemplo, línea, entre otros. Está bien que quede más abierto, en mi opinión, perfecto. Podemos seguir la indicación número 24, página 25 del comparado, disposiciones transitorias, artículo primero del Ejecutivo para reemplazar la frase al que hace referencia el artículo 25 por lo siguiente de esta ley. Luego la indicación 25 en la misma página, en la página 25 también, artículo segundo, inciso segundo de su excelencia el Presidente de la República para reemplazar el siguiente texto final: sin perjuicio de lo anterior, se podrán establecer preferencias o bonificaciones en su postulación a quienes lo hagan por primera vez para partes de predios no bonificados previamente o para predios nunca antes beneficiados, aunque el titular ya haya recibido beneficios en períodos anteriores. Por lo siguiente, no obstante lo anterior y en la forma que determina el reglamento, se podrá dar preferencia en su postulación a quienes no hayan obtenido el beneficio contemplado en la ley 20.412 o a quienes postulen para bonificar actividades que se realizan en predios o partes de estos que no hayan sido bonificadas previamente, sin perjuicio de que su titular haya recibido beneficios en períodos anteriores. Es la última indicación en la que está dentro del Ejecutivo. Puede explicar esta antes de... porque este es el primer listado, terminaría el primer listado que habíamos acordado revisar por completo, entonces le pediría al Ejecutivo que esta última si la puede explicar. Gracias, Presidenta. Efectivamente se realizan dos cambios en esta indicación, una que dice relación a que no obstante, o sea, perdón, en este artículo lo que se establece es que se podrán establecer preferencias o bonificaciones a quienes por primera vez estén postulando o aquellas partes del predio que por primera vez sean beneficiadas, entre otros. Y lo que se establece en esta modificación es que esas disposiciones deberán estar contenidas en el reglamento. En el anterior quedaba sujeto a las distintas instituciones y acá queda sujeto a lo establecido en el reglamento. Y en el reglamento, si hubiera, se hubieran, por ejemplo, esto podría una región tomarlo y otra no, esto es una decisión nacional. Los concursos son regionales y son los directores regionales quienes establecen. Perfecto, ¿hay alguna otra consulta respecto de esto? Pero no importa, porque más vale pregunta que qué hace con la duda. ¿Cuánto yo, cuando supongamos que este concurso dura una cantidad de años y yo como agricultor presento mi plan, todos los años voy mejorando, hay un límite? O sea, ¿qué pasa si ya el potrero o la superficie afectada al plan ya no tiene dificultades y los niveles de fósforo son adecuados, los microelementos, la materia orgánica? ¿Puede también rechazarse ese plan por parte del INDAP o del Servicio Agrícola Ganadero? Efectivamente hoy día en el SIRS algunas prácticas están... ...tres veces, específicamente aquellas que tienen que ver con fertilización. Hoy día lo que estamos planteando es que cualquier restricción obedezca a parámetros técnicos. En tanto, existen una serie de prácticas que es deseable incluso que se repitan en un mismo territorio. Perfecto, o sea, en el fondo va a quedar siempre sujeto a la revisión técnica del plan, al tipo de proyecto. Perfecto, senador. La verdad que una consulta que no tiene nada que ver con las indicaciones a votar, sino que con algo que manifesté en la sesión anterior, estando presente el señor Ministro de Agricultura. ¿Qué pasa con los predios que arriendan bienes nacionales? ¿Cuál es la categoría de ellos frente a la agricultura campesina? No sé cómo ellos son partícipes con este proyecto, estamos hablando de que en las regiones de Arica y Parinacota, de O'Higgins, en la sexta región, hay un problema con el valor del arriendo, y la verdad es que no veo en el proyecto cómo participan la pequeña agricultura, la agricultura campesina que tiene arriendos con bienes nacionales. No veo a bienes nacionales participando de este proyecto, ni tampoco siendo parte del comité consultivo, porque ellos tienen mucho que decir con respecto al valor de la tierra y cómo se desarrolla esta agricultura. Eso es, Presidenta. No es un tema menor, sé que es una situación muy local, pero que no hay que despreciar porque efectivamente el propietario de la tierra es el Estado, es una condición diferente a la que hemos visto acá. Damos la palabra y luego sometemos a votación todo este articulado. Por su intermedio, Presidenta, efectivamente, senadores, es un problema que se registra en aquellos terrenos que hoy día son propiedades del Estado y donde se prohíbe el lucro, y por lo tanto, la posibilidad de acceder con instrumentos del Estado para efectivamente generar condiciones para mejorar la comercialización son complejas. Por eso, desde el Ejecutivo y específicamente desde el Ministerio de Agricultura hemos estado trabajando con el Ministerio de Bienes Nacionales y una de las alternativas que hemos visto es la posibilidad de arrendar los terrenos a los productores a precios módicos. De esta forma, los terrenos, como no han sido cedidos, podrían estar disponibles para actividades que puedan ser lucrativas. Eso lo estamos trabajando, lo estamos abordando. No es materia específica de esta ley, pero como Ministerio de Agricultura lo tenemos en el horizonte como uno de los problemas que debemos enfrentar para efectivamente generar las condiciones para productores y productoras. Senadora Sepúlveda. Mire, los terrenos que tiene el SAG, como los que tienen bienes nacionales, son entregados a los agricultores con un arriendo que yo comparto con el senador Durana, que son bastante caros en términos de bienes nacionales, y lo que tiene el SAG son distintos. Pero esos no están en todas partes, entonces es más difícil de encontrar. Pero tienen un fin de lucro, o sea, los agricultores tienen que desarrollarse. Siempre está eso, o sea, yo no lo tengo ahí por bonito. Y siempre ha sido este el problema, el problema es si el subsidio va al suelo o va a la persona. Es el cuestionamiento permanente de estos instrumentos. Entonces yo creo que esto tiene que ir, no tiene que haber una diferencia entre el subsidio que se entrega a la persona y el subsidio que se entrega al suelo. Porque además lo que estás haciendo es enriquecer los suelos del Estado, no tiene que ser un suelo del Estado, que lo va a ocupar un agricultor o una agricultora. Entonces creo que yo comparto, no los pueden dejar afuera. No, no, no, no, no, no. Aquí los agricultores que están en bienes nacionales tienen el legítimo derecho, oye, el legítimo derecho a postular a esto, el legítimo derecho. Entonces creo que no corresponde. En el caso del senador Durana, que son un montón de tierra, y que yo vuelvo a repetir, y que nos da de comer todos los días, como nosotros también en la región de O'Higgins tenemos mucho. Entonces yo quiero aquí una cosa, no hay discrecionalidad, porque si la hay, vamos a tener problemas. Sí. Le doy la palabra. Presidenta, muchas gracias. Efectivamente, en el artículo 12 está dispuesto que quienes hoy día tienen terrenos de bienes nacionales puedan postular. Sí, está puesto en el artículo 12. Está puesto que puedan postular quienes de forma individual o colectiva, las personas naturales o jurídicas, que sean propietarias, arrendatarias, medieras y comodatarias de los suelos que se propongan intervenir. En eso yo no creo que haya, siempre ha estado así descrito. Sí, está en la página 12, sí, yo eso lo sabía. Y además, precisamente, Presidenta, con esta discusión, como alguien quiere ir a colocar problemas, esta discusión la zanjamos entonces de esa forma. Para mí estaba zanjado, pero está bien, si alguien tenía dudas, Subsecretario, por favor. Solo, ser súper enfático, aquí la Directora ha dejado claro que no hay un limitante en cuanto a la tenencia de la tierra, ni con respecto a quién. Tampoco hay una provisión explícita en la ley para terrenos de bienes nacionales. Entonces, lo que acaba de leer la Directora es la muestra clara de qué se permite. Yo creo que aquí el tipo de tenencia de la tierra está ampliamente descrito, y por lo tanto, nada más que quién es el propietario de la tierra no está en discusión. Porque lo que hay que comprender, y aquí yo me voy a ir un poco al espíritu de la ley, no solo de esta, sino de la inicial, es que siendo un patrimonio y un recurso de alguna manera de todos los chilenos, más allá de que tenga propietarios individuales, el recurso suelo es un recurso que hay que cuidar, da lo mismo para este proyecto que sea el dueño. Lo importante es que él lo está usando, ¿se entiende eso? Perfecto, entonces en ese contexto sometemos a votación el total de los artículos que hemos detallado y que hemos dado lectura y hemos consultado en forma muy detallada, y está bien que así lo hagamos porque así a todos nos queda claro todo, incluyendo una letra D que quedó en un artículo pendiente que dice relación con la respuesta al comité respecto de las observaciones que realiza. Sí, Presidenta, la indicación número 17 habría que aprobarla con modificaciones formales por el número de la ley que está y que dice juzgado de policía local. Y la indicación número 11, el Ejecutivo va a presentar una indicación para modificar en base a lo propuesto con la senadora Sepúlveda. Sí, quedamos en 11. ¿No dejamos pendiente la 11? Habíamos quedado de no dejarla pendiente y esperar la letra que falta. Estoy de acuerdo, pero eso implicaría no poder aprobar ahora el artículo completo. Ya. Presidenta. Sí, es que yo creo que si el objetivo es agregar algo, un punto a una indicación que es mayor, que tiene varios otros, aprovechamos de sumarla al paquete de indicaciones aprobadas, sin embargo, al referéndum quedaría esto pendiente. Sí, ya. La idea, Carola, es que si hay alguna diferencia con la secretaría nos digan, no hay ningún problema. Si hay algo que no estamos haciendo bien, son nuestros ministros de fe. Lo que pasa es que la propuesta que hizo la senadora Sepúlveda es respecto del inciso segundo que habla sobre los directores regionales, ¿cierto? Y dentro de las funciones del Comité Técnico Regional, solamente la función de la letra A es respecto de los directores regionales, no las tres funciones. La observación nuestra no es sobre los directores, nuestra observación es el concepto, que el Ejecutivo responda a las observaciones del Comité Técnico, digamos, fundadamente. Si el Comité Técnico tiene un acta que dice que, respecto a este concurso, nosotros sugerimos tal y tal cosa, esto se viene al nivel central... Y el nivel central responde al Comité Técnico de la región. No es vinculante, no es vinculado al director específicamente. Eso es lo que yo entendí. Si le parece, yo creo que hay que aprobar todo y que el Ejecutivo pueda ordenar la idea, ¿no? Y que ustedes vean dónde está la idea e incorporen la idea en algunos de los articulados. Si el Ejecutivo está de acuerdo, porque yo creo que el sentido nuestro es que la región reciba de vuelta las respuestas a las observaciones que hace respecto al concurso del año 2025. Eso es lo que queremos. Adelante. Sí, nosotros estamos de acuerdo. Lo que precisamente dijimos nosotros es que debemos evaluar la mejor forma de incorporar una idea que es la que se manifestó acá de la senadora. Nosotros entendemos que en su conjunto la idea puede ser aprobada, ¿cierto? Y el complemento, nosotros vamos a evaluar la mejor forma de incorporarlo. No es al director, porque el director regional va a pensar lo mismo que el... No, es cómo se responden las propuestas del Consejo. Exacto. Aun cuando digan que no a todo, pero que al menos respondan con fundamento. Eso. Entonces, la señora presidenta somete a votación las indicaciones número 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, entendiéndose que las indicaciones 11 y 17 se aprobarían con modificaciones. ¿El senador La Torre? A favor. ¿El senador Durana? A favor. ¿La senadora Sepúlveda? A favor. ¿La presidenta? A favor. Están todas aprobadas 4 por 0 y 2 con modificaciones. Luego pasaríamos al estudio de las indicaciones que se someten a consideración de la comisión. Las indicaciones son, la número 1 de la senadora Sepúlveda refería al artículo 2, la número 2 de la senadora Sepúlveda, refería al artículo 2 también, la número 14, también, de la senadora Sepúlveda, refería al artículo 15, la número 15, también, de la senadora Sepúlveda, la número 23, refería a la articulación de los instrumentos. Estaba bien productiva nuestra senadora, muy productiva la senadora. La 26, y la 26. ¿Qué propone la secretaría? ¿Son inadmisibles? Ah, entonces le voy a pedir a la secretaría que dé cuenta de la admisibilidad de las indicaciones, independiente de lo que opine el Ejecutivo de recoger alguna propuesta. La indicación número 1, la honorable senadora Sepúlveda, se refiere a la letra B del artículo 2, que es para reemplazarla por la siguiente: B, mediano productor agrícola, persona que al momento de la postulación no tenga la calidad de pequeño productor agrícola y tenga ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro que no excedan las 30.000 unidades de fomento, de conformidad con lo dispuesto en el número 18 del artículo 8 del Código Tributario. Y la indicación número 2, también de la senadora Sepúlveda, que se refiere a la letra C para suprimir el siguiente texto: cualquier productor agropecuario que demuestre ingresos anuales máximos por ventas y servicios y otras actividades del giro que en el último ejercicio del correspondiente año tributario sean inferiores a las 5.000 unidades de fomento. Se estimó que estas indicaciones inciden en la administración financiera del Estado y que está contemplada en el artículo 65, inciso III, de la Constitución Política de la República. Senadora. Presidenta, mire, esto tiene que ver con la clasificación, ¿no? Que vimos las complicaciones en pequeños propietarios forestales, creemos que hay complicaciones aquí también. Entonces, la idea era, primero, usar la ley del INDAP como principio fundamental para los pequeños agricultores. Y después de eso, incorporar esta clasificación de unidades de fomento de venta para el mediano agricultor, porque estrictamente el Ministerio de Agricultura no tiene esa clasificación, lo tiene más bien Economía. Entonces, la idea... Es por venta. Claro, por venta. Entonces, nosotros ocupamos, y me llama la atención que últimamente se están ocupando las categorías del Ministerio de Economía, y no las categorías que tenemos nosotros en Agricultura. Sobre todo para el pequeño agricultor, también nos estaban midiendo por venta. Y nosotros no nos medimos por venta, nos medimos por activos. Por activos y por las necesidades de riesgo básico. Entonces, esa fue la indicación que hicimos, también para el mediano. Eso fue. Ya, desde el principio se planteó este tema, si bien yo recuerdo, cuando vimos el proyecto como llegó de la Cámara, nos llamó la atención esta situación de los beneficiarios que no obedecía a ninguna clasificación oficial. ¿Cuál es la posición del Ejecutivo frente a esto? Sí, Senador Latorre. Presidenta, la consulta, todas estas indicaciones que estamos revisando son admisibles, son inadmisibles... Quiero aclararle que las cuatro últimas, en el punto 3, las cuatro de la Senadora Sepúlveda son todas inadmisibles, ya lo dijo la Secretaría. Sin embargo, dado que son temas que se requiere analizar antes de despachar el proyecto, la idea es que podamos conversar con el Ejecutivo de cómo hacemos, si es que se acoge alguna. Eso es, Senador. Dito que está acá, discúlpenme, este lo hizo la ODEPA. Entonces, me imagino que nos va a explicar ODEPA después de esto, porque este es el tema, digamos. ¿Cuál es la opinión de ODEPA referente a esto? Presidenta, algo muy general, la directora ODEPA va a explicar en específico esto. Pero a nosotros nos preocupa algo que fue muy discutido en la Cámara de Diputados, y además el hecho de que existen agricultores que no son INDAP y son pequeños. Entonces, ahí hay un tema de fondo que a nosotros nos preocupa que queden excluidos en el fondo de los beneficios de este programa. Eso en términos muy generales, y por eso, nosotros tratamos de buscar también una forma objetiva que no puede tener sus limitaciones. Siempre se puede discutir una forma objetiva de poder clasificar a la agricultora y a los agricultores, una forma objetiva donde dispongamos de información. Muchas veces se han discutido otro tipo de indicadores que la calidad de la información o la cantidad de información disponible no existe. Entonces, nosotros por eso vamos por el tema del ingreso por dentro. Hay bases de datos, hay información objetiva que a todos se les mide con la misma vara. Pero lo central es que nosotros entendemos que en base a la indicación de la senadora Sepúlveda hay un grupo que queda excluido, que son los pequeños INDAP, si lo quieren llamar de esa forma. Presidenta. Gracias, Presidenta. Sí, quisiera complementar un poco lo que ha señalado el subsecretario subrogante, señalando que más que quedar fuera lo que no nos permite la propuesta de la senadora Sepúlveda es focalizar en aquellos productores que no reúnen hoy día los requisitos para estar dentro del INDAP y que están siendo atendidos por el Servicio Agrícola y Ganadero. Nosotros hoy día tenemos, cuando hacemos una comparación entre las condiciones del INDAP y las condiciones del SAC, lo que vemos es que el 65% del presupuesto del SAC se focaliza en pequeños productores, y pequeños productores entendidos como productores que tienen el mismo nivel económico que aquellos productores que hoy día están en el INDAP. Esto nos permite esta diferenciación, esto de incluir entre los pequeños productores aquellos que reúnan las características que les permiten ser usuarios del INDAP, y que además a través de las ventas nosotros podamos equiparar a aquellos que hoy día no están en esa institución, pero que puedan ser atendidos por el SAC, nos permite realizar concursos focalizados en ese grupo, que hoy día los realizamos, hoy día en las distintas regiones, los distintos comités técnicos, los distintos directores focalizan los recursos, disponen la focalización de los recursos hacia aquellos pequeños productores que hoy día están siendo atendidos por el SAC. Ese es el motivo por el que no compartimos la indicación que ha sido propuesta por la senadora Sepúlveda. Sin perjuicio de eso, la indicación primera, la de la letra B, va muy en línea con lo que nosotros estamos presentando, y es en realidad una propuesta de reacción alternativa, bastante similar a la que nosotros planteamos. Senadora. Presidenta, mire, a mí lo único que me preocupa es que quede claro quiénes son usuarios de INDAP y son pequeños agricultores. Eso es lo único que me interesa, porque lo del INDAP es más abierto, ¿no? Es más abierto. Pero lo que me preocupa también es que una cosa es ser usuario de INDAP y otra es cumplir los requisitos de la ley, ¿ya? Porque eso es lo que hoy día cuesta que se entienda. Y porque este es un... Claro, porque yo puedo no ser usuario de INDAP porque nunca he ido al INDAP, pero ser pequeño agricultor, dos hectáreas de riego básico, 3.500 unidades de fomento como activo y vivir de la agricultura, ¿no es cierto? Pero también puedo ser dos hectáreas de riego básico, 3.500 unidades de fomento y no vivir de la agricultura porque soy un profesional que llega, ¿no es cierto? Eso es INDAP, eso es INDAP. Y lo otro, por eso que hay que tener claridad de la ley del INDAP y el usuario de INDAP, que son dos cosas bien distintas. Lo único que pido, nada más. Eso. Para el Ejecutivo, con estas nuevas formas de reacción que usted ha propuesto, ¿quedaría zanjado lo de la solicitud? ¿Presidenta? Sí, por supuesto. Por su intermedio, Presidenta. Hay dispositivos específicos en el proyecto de ley que refieren directamente a la calidad de pequeño productor agrícola del INDAP. Por ejemplo, en el artículo quinto se establece que hasta el 60% de los recursos… Perdón, en la página 7. En la página 7 se establece que hasta el 60% de los recursos irán destinados a los pequeños productores INDAP, con nombre y apellido, por decirlo así, o sea, refiriéndose a la ley orgánica del INDAP. Por lo tanto, ahí hay una diferenciación respecto de la definición general de pequeño productor agrícola que puede ser productores INDAP más otros agricultores y aquí en este caso específico se está estableciendo que el 60% de los recursos van a los INDAP específicamente. Luego, por ejemplo, en el artículo 12 se establece que dentro de los que pueden postular, específicamente los pequeños productores agrícolas y campesinos de la ley INDAP, también se hace la especificación en ese caso. Es decir, la sola calidad de cumplir los requisitos de la ley INDAP habilita a postular, sin perjuicio de otros agricultores que puedan tener ingresos por venta menores a 30.000 que también pueden postular como pequeños en este caso. Y así puede haber otra norma en el proyecto. A lo que voy, presidente, quería manifestar es que el proyecto sí hace la distinción necesaria entre aquellos pequeños no INDAP y los pequeños INDAP, particularmente para la distribución de los recursos. Y eso ya es un elemento importante que resguarda también a la agricultura familiar campesina que está en el INDAP particularmente. Gracias, presidente. ¿Hay alguna observación más respecto de este tema? El tema es que el proyecto, o sea, la indicación de la senadora es inadmisible. Independiente de eso, sometemos a discusión, digamos, esta situación de segmentación, si queremos decirlo así, o definición del tipo de usuario. Sí, senadora. Mire, ¿por qué enredan? ¿Por qué enredan? Si pequeño productor agrícola es la ley del INDAP. Y se acabó. Y se acabó. Ese es pequeño productor agrícola. Porque una de las complicaciones más grandes que tiene el INDAP es cuando va a la Contraloría, revisa y no son usuarios. No son usuarios. Y ahí tienen las penas del infierno, los sumarios, todo lo que le están dando. Tú estás abriendo aquí una puerta. Una puerta. Que tiene que ver más bien con rectificar, modificar, actualizar la ley del INDAP. Pero si tú la planteas así, estás metiendo unidades de fomento, de venta, en algo que no corresponde. En algo que no corresponde. O sea, solo la ley 18.910. Para un tema, moción de orden. Mostraría, porque los próximos artículos, porque no vamos a cerrar el proyecto hoy día. ¿Qué otras cosas estaría pendiente? Presidenta, la indicación número 14. ¿Ya? Que está en la página 15 del comparado, también de la senadora Sepúlveda. Que también sería inadmisible, que es para intercalar el siguiente inciso, segundo nuevo. Tampoco podrán quemar residuos agrícolas o rastrojos en toda la superficie del predio, a no ser que por razones fitosanitarias o sanitarias, el Servicio Agrícola y Ganadero, o la autoridad sanitaria respectiva, indique lo contrario mediante la correspondiente resolución fundada. Esta acción está en este momento contemplada todavía en la ley 20.412. La ley del SIFT. Lo que pasa es que esta ley ha sido su vigencia, ha sido prorrogada mediante diversas leyes, pero cuando no se vuelva a prorrogar, no tiene esa facultad, entonces no se puede otorgar esa facultad. Entiendo. ¿Cuál es la otra? Perdón, es que le haga leer las cuatro, pero... También está la página 15, que es para reemplazar la oración. La prohibición antes señalada se extenderá por la siguiente. Las prohibiciones de este artículo se extenderán. Después tenemos el artículo 15. Después tenemos la indicación 23. La indicación 23 está en la página 24 del comparado, que es un artículo nuevo para agregar a continuación del artículo 25 el siguiente artículo nuevo. Los gobiernos regionales podrán comprometer recursos para complementar el financiamiento de los instrumentos dispuestos en esta ley que se ejecuten en la respectiva región. Las transferencias que el gobierno regional realice serán utilizadas para aumentar los valores unificados o la cobertura de usuarios beneficiados dentro de la región, según disponga el respectivo convenio con el Servicio Agrícola y Ganadero o Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario, según corresponda. Asimismo, el gobierno regional podrá comprometer recursos para el financiamiento de los mismos instrumentos en las situaciones indicadas en el inciso final del artículo 90. A ver, esta especial indicación se ha puesto prácticamente en muchos proyectos de ley o incluso en la ley de presupuestos. Educación tiene una indicación muy parecida en la ley de presupuestos este año para complementar recursos de programas que hoy día están deficitarios. Entonces, no sé cuál sería el argumento porque nos estamos obligando, nos estamos facultando. Sabemos que es inadmisible, no está en discusión, nunca ha estado, eso es obvio. Cuando nosotros hicimos la indicación para educación, porque yo estuve presente en ese acuerdo, obviamente sabíamos que era inadmisible, pero le permitimos al gobierno regional poder cofinanciar, por ejemplo, transporte y también le permitimos al gobierno regional cofinanciar los computadores de los niños de escuelas subvencionadas que hoy día no pueden recibir porque primero están los de los públicos, lo que sobra se lo damos a los subvencionados, aún teniendo incluso condiciones de promedio de pobreza más bajos. Entonces, si hemos facilitado a otros ministerios la posibilidad de que el gobierno regional pueda complementar recursos, ¿cuál sería el argumento como para no hacerlo en este programa? Senadora. Esto fue parte de la primera discusión que tuvimos con la subsecretaria, en otra sala. Pero fue el de que son muy pocos recursos los que están hoy día involucrados, entonces era bien vergonzoso llevar esto a la sala con tan pocos recursos, ¿no? Y siempre se planteó la posibilidad de incorporar al gobierno regional y que ustedes, incluso, ustedes iban a hacer la indicación, ustedes la iban a hacer, pero como no vimos la indicación, colocamos para que se discutiera, pero fue parte de los acuerdos, por lo menos, sí, fue parte de los acuerdos. La subsecretaria estuvo de acuerdo con incorporar los gobiernos regionales. Es más, vamos a recordar que en el proyecto de ley de incendios estamos facultando también a los gobiernos regionales para complementar recursos en el combate a incendios. En el fondo, cada vez que el Estado le está transfiriendo recursos al gobierno regional, vamos a tener que hacer este ejercicio de ir incorporando al gobierno regional con esta autonomía que puedan complementar recursos en instrumentos que ya existen, si eso es bastante lógico. Además, se le agrega esto al royalty, pero tiene que tener la facultad el gobierno regional, de lo contrario estamos amarrando de pies y manos, sobre todo en zonas agrícolas, en todo Chile, no solamente en las regiones nuestras del sur, sino que en el norte cuando haya acceso a agua. Senador La Torre. Presidenta, una consulta. En la ley de presupuesto que aprobamos hace poquito para el 2025, ¿no viene una glosa en esta dirección? O sea, ¿no estaría ya considerada una consulta al Ejecutivo? Por un año. Ese es el problema de las leyes de presupuesto, que el otro año puede cambiar la mano y decir, ¿sabes qué? Entonces, lo que nos interesa es que en esta ley, así como va a quedar en la ley de incendios, ¿por qué no en la ley de suelos degradados? Si pudiera ser una prioridad para una región. Podría ser que no, y no de ni uno, también puede ser. Senadora, lo que conversamos con la subsecretaria ese día era, primero, eran muy pocos recursos, ¿no?, que vienen en la ley, poquitos. Y la idea era incorporar una fórmula que fuera rápida de ejecutar. O sea, aquí está nuestro director de la Comisión Nacional de Riego y sabe lo difícil y lo lento que es poder ejecutar algo del gobierno regional, teniendo el gobernador o la gobernadora la intención de hacerlo. Pero es súper burocrático. Entonces, la idea también es que exista esta ley para no pasar por el proyecto, por la cuestión y todo. Claro, o sea, ¿entienden?, ¿no? Un poco ese es el sentido. Y lo conversamos y la subsecretaria estuvo de acuerdo. Pueden leer las actas de ese minuto. Don Javier, gracias, Presidenta. Lo primero que me gustaría comentar es que uno de los motivos por los cuales este programa, el CIRS, redujo sus recursos fue, precisamente, por, primero, la evaluación externa que tuvo la ley 20.412 con la Universidad de Chile, que tuvo distintas observaciones al respecto del programa. Y lo segundo, las evaluaciones que realiza la misma Dirección de Presupuesto. De hecho, hay distintas evaluaciones ex-ante que ha realizado sobre este programa, en el cual viene, precisamente, la observación en torno al CIRS, como lo tenemos hoy día. Entonces, uno de los compromisos que hemos asumido como Ministerio es impulsar este proyecto de ley con la finalidad de que, si todo va bien, podamos tenerlo aprobado, ojalá en enero, luego trabajar los reglamentos y que empiece a operar para el año 2026, incorporando en el proyecto de ley de presupuesto el CIGS propiamente tal. Hasta el momento, para el próximo año, vamos a tener el CIRS, que viene prorrogado por la ley de presupuesto, que se publicó el sábado. Y con ello, lo que buscamos, y que, por cierto, depende de otras instancias, pero esa es nuestra pelea, es aumentar los recursos que están destinados al CIGS. El CIRS tuvo una disminución de recursos importante desde el año 2021-2022 y se ha mantenido desde esos años, pero nuestro objetivo es incrementarlo. Y uno de los requisitos sine qua non para que ello ocurra es tener una nueva ley y tener un nuevo reglamento que cumpla y supere el estándar de aquellas observaciones que se hicieron y que nosotros creemos que en este proyecto se cumplan. Eso es lo primero. Lo segundo, nosotros compartimos el espíritu de la indicación en términos generales, o sea, estamos de acuerdo con la idea de que los gobiernos regionales puedan complementar estos recursos. Y en esa línea me tomo un poco lo que plantea el senador La Torre. Un poquito antes de venir, estábamos en diálogo con la Dirección de Presupuesto por el mismo motivo, consultar, bueno, esto lo podemos hacer hoy día con los instrumentos legales que tenemos, sí o no, y cómo hacer eso. Y estamos en ese diálogo. A propósito que ya vamos a tener que ver la indicación presidenta que se dio anteriormente, podríamos ver también este aspecto. Ahora bien, la senadora, por su intermedio, también plantea un tercer elemento que dice relación con la rapidez. Pero la indicación planteada, y ahí nos gustaría algún diálogo con ella también, plantea la existencia de un convenio, y es ese convenio el que puede ser que también genere un trámite. Entonces, hay que ver bien el mecanismo. Yo sé que en la ley de presupuestos se discutió este punto en particular en el Senado, que dice relación cómo llegamos más rápido. Porque cuando hay un convenio por medio, evidentemente hay un trámite administrativo que ralentiza. Entonces, planteo esos temas porque evidentemente es un tema que compartimos la idea. Queremos ver también con la Dirección de Presupuestos cómo quedó finalmente la ley de presupuestos, que se publicó recientemente este sábado, nos gustaría ver los alcances de ello, y ver cómo hacerlo efectivamente más ágil. La redacción que nos plantea la señora Sepúlveda. Hay varios temas. Hay el tema del tamaño del predio, del beneficiario. Yo les pediría pudieran conversar en más detalle con la senadora. Y está este tema. Ahora, no nos perdamos porque este proyecto va a ser para ejecución 2026. O sea, más allá de lo que diga la ley de presupuestos, la ley de presupuestos es por un año y por lo tanto lo que queda en esa glosa tiene que ver con el SIGES, con el actual, no con este que viene. Esto es un escenario futuro y también tengo claro, y tengo la misma opinión de la Universidad de Chile, que este proyecto tenía muchas cosas que mejorar. No estaba funcionando bien como estaba. Senadora Sepúlveda. Es que yo siempre he creído que el Ministerio de Agricultura utiliza, por lo menos en la región que yo represento, ¿no? Muchos recursos con los gobiernos regionales. Entonces, yo creo que de cómo hacemos al comienzo de año convenios con el Ministerio de Agricultura que te permita después sacar para la Comisión Nacional de Riego, para el INDAP, para el SAC, ¿me entendés?, para emergencia, para emergencia en forma rápida porque tú ya tienes un acuerdo, un acuerdo. Entonces, esa es la idea del convenio porque lo otro es armar un programa que es mucho más complejo que lo otro. Entonces, era abrir la puerta de los gobiernos regionales. Si bien lo pueden hacer ahora, pero es mucho mejor que esté en la ley. Yo quisiera, además, bueno, primero acordar algunos puntos, tanto con el subsecretario, con la directora del SAC o DEPA y los asesores legislativos en torno a cómo seguimos. Nos quedan 4 puntos que más bien yo diría que son 3 de discusión todavía, que no es mucho lo que queda. Y por otro lado, hay una solicitud que yo había hecho que es bien técnica y que dice relación, que a mí me pasa que la cero labranza es y será probablemente la tecnología hoy día. No estoy diciendo que a futuro nos inventen algo mejor, pero la cero labranza hoy día es la única técnica que conozco que de alguna manera tiene un impacto menor en el suelo cuando se trata de cultivos de cereales en regiones como la mía en donde se produce el 100% del 48% que retiene el país de cereales. O sea, prácticamente todo el trigo, toda la avena, toda la cebada. Y obviamente que cuando hay quemas y no hay cero labranza, eso es más barato. Pero por otro lado, hay esfuerzos de algunos agricultores que creen en la sostenibilidad y en un suelo que tienen que cuidar para las futuras generaciones e invierten. Y lamentablemente en todos los meses que llevamos nunca se incorporó. Yo no digo la misma plata ni nada, pero no hubo ningún acercamiento a incorporar el hecho de que las personas hagan ese esfuerzo que en mi opinión es tan o más importante, cualquiera de los dos, como incorporar abono verde, como fertilizar, porque de alguna manera todos sabemos el daño, o sea, lo beneficioso que sería que algún día todos los agricultores contaran con el recurso de la cero labranza. Pero mientras no hay un incentivo, tampoco y valga la redundancia, hay un incentivo para los agricultores si finalmente, y más si arriendan, podrían decir, bueno, trabajo cuatro o cinco años y después me cambio campo porque finalmente no es mi problema que este suelo se compacte y se queme además producto del tipo de manejo, porque no solamente, ojo, la cero labranza no es un tema solo de quemas, sino que también del tipo de manejo del suelo que al no compactarlo y al trabajar de otra manera se produce una situación mucho más positiva para el suelo. Yo no puedo evitarlo porque sería una irresponsabilidad, ya no como senadora, sino que como género agrónomo, no decirlo, porque creo que es importante cuando en la historia de la ley se discute y diga, bueno, pero la senadora no dijo nada sobre esto. Entonces lo he dicho muchas veces y creo que es una oportunidad para el Estado incorporarlo, aunque sea algo, pero es una señal muy importante para modernizar la agricultura nuestra y trabajar de verdad en el tema medioambiental, porque tenemos un montón de normativas, pero a veces da la impresión que no se cumplen mucho. Así que se los dejo. Yo no sé cómo seguimos, porque ya no quedan prácticamente las cosas que nosotros estamos acá planteando, que podrían ser discusión de la mesa técnica. Tengan confianza en que lo que conversamos nosotros acá es lo mismo que conversamos con ellos, o sea, estamos súper en contacto con lo que pensamos. Por lo tanto, quedaría una... tendríamos mañana como para tratar de discutir algunos temas, si podemos mejorar algunas cosas y ya ver si el miércoles podemos cerrar esta discusión de CIGES, cerrar el proyecto. No sé si le parece a los senadores, pero creo que ya no es mucho más lo que nos queda por discutir. Yo quedo muy tranquila también con el tema de los terrenos del norte, que el senador Durán ha planteado muchísimo y el hecho de que el tipo de tenencia de tierra no influya para el beneficio es algo importante. Javier, tiene la palabra. Presidenta, por su intermedio. Valorando la voluntad de la comisión de querer lanzar este proyecto, ha atendido que son, si creo me equivoco, cuatro o cinco temas los que tenemos que revisar. Llegar con... Son tres. Son tres o cuatro, porque además tenemos el tema de la indicación de la OCTR. Claro, pero requeriría un trámite importante, porque habría que abrir plazo a indicaciones mañana, nosotros ingresar una indicación mañana mismo, que esté acordada internamente el Ejecutivo, que eso nos va a demorar un tiempo y llegar el miércoles a la primera hora. Yo creo que va a estar difícil cumplirlo, Presidenta. Sugerimos eso, sugerimos que podamos trabajarlo con su equipo durante las semanas que vienen y hay un trabajo avanzado también en la mesa técnica de incendio y podríamos eventualmente tomar ese tiempo de la sesión ordinaria el miércoles para aquello. Yo le sugeriría, sí, que... Si le parece bien, Presidenta. Tener un tiempo para conversar, que la primera semana de enero, de vuelta de la semana distrital, que sería el día lunes o miércoles, seis o nueve, ¿sí? No, siete, ocho, sí. Lunes seis o miércoles ocho, cerremos ese bote lo que quiera de SIGESS. Porque es bueno ir cerrando capítulos, ir cumpliendo... Yo creo que lo del tema de incendios está más... No digo que es complejo, pero queda un poquito de análisis todavía. Por lo menos sentir que ya terminamos con un proyecto y lo despachamos a la sala ya es importante. ¿Están de acuerdo ustedes con eso? Perdón. Sí, les doy la palabra. En el fondo tendría que presentarse las indicaciones durante la primera semana de enero y que se voten esas indicaciones en la segunda semana. Eso implicaría, porque esto va a quedar, digamos, como acuerdo, entonces sería la primera semana... ¿Estamos de acuerdo en la primera semana de las indicaciones de SIGESS? Subsecretario, ¿sí? Para ser muy preciso, Presidenta, nosotros lo que nos comprometemos es, en el marco de la mesa técnica, discutir si es viable emitir indicaciones sobre estos temas. Nosotros sabemos que todo es inadmisible, de ustedes depende lo que se pueda, eso lo sabemos. También tenemos un objetivo de que esto sea votado en sala en enero, ese es un objetivo también de nosotros. Solo recalcar eso, porque en algunos casos quizás no lleguemos a un acuerdo. No, eso es parte de este trabajo. Pero como yo tengo mucha fe en el Ministerio, yo... ¿Ah? ¿En la Hacienda? No, tengo más en el de Agricultura. Yo diría que podríamos pensar, porque tengo que informarle al Presidente para poder solicitar, ¿cierto? Si ustedes le estiman conveniente entre mañana y pasado, yo la avisaré con tiempo cuándo se abriría o no, porque si no ya tendríamos que pedir permiso el día 7 de enero para abrir... ¿Está bien? ¿7 de enero? Tiene que ser breve, porque si no se nos va... No, no, no. Ya, el 7... El 7 por 15 minutos, por media hora. Presidenta. Sí, Javier. Una hora, me sugeriría, por favor. Ya, el 7 entonces de enero, por una hora. ¿Ese es el acuerdo? Sí. Y si no se vota el miércoles 8, se votaría el lunes 13. ¿Está bien? Plantea la Secretaría que en una hora corremos el riesgo de que se ingresen más indicaciones. ¿Media hora? No, en una de esas, parece que es de una hora. Bueno, ahí lo vemos, pero no va a ser más de una hora. Eso. Quedaríamos entonces, el mismo 7 se solicita, no más de una hora, y luego, si pudiéramos votar el mismo miércoles, quizás despacharíamos el proyecto el 8. El miércoles 8. También. También va a ser una cosa más histórica, pero podría ser la votación el jueves 9 en Temuco. No es malo. Ya, pero esas semanas, porque no da para más. O sea, vamos a tener tres semanas para discutir este tema con la Comisión Técnica. Tiempo suficiente, y sé que van a... Muchas gracias también, Rodrigo, por el trabajo que se ha hecho. El equipo en general, todos los asesores, sé que se han juntado harto, pero ha sido un trabajo muy fructífero. Ahora queda lo de incendios, que es harina de otro costal. Muchas gracias, y sin más que tratar, se cierra la sesión.